CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Bogotá D.C., treinta (30) de junio de dos mil veintitrés (2023) Número interno: 68.758 Radicación: 76001-23-33-000-2016-00592-01 Demandante: Lucy Rodríguez Amisadi y otros Demandado: Nación-Ministerio de Defensa Nacional, Ejército Nacional Asunto: Reparación directa ORDEN PARA PROFERIR SENTENCIA- Deber judicial de respetarlo.
El 30 de mayo de 2023, la parte demandante presentó solicitud de impulso procesal. El proceso ingresó al Despacho para elaborar proyecto de sentencia el 17 de mayo de 2023. El artículo 18 de la Ley 446 de 1998 establece que los jueces tienen la obligación de respetar el orden para proferir sentencia. El proceso será fallado de acuerdo al turno que le corresponde.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE JHC/DAR