Micelio
11001031500020220541200Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2022-10-11

Radicación interna: 8701 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Carmelo Perdomo Cueter

Actor: Jairo Salazar Rivas·Demandado: Tribunal Administrativo Del Choco Y Otros

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Consejero sustanciador: Carmelo Perdomo Cuéter Bogotá, D. C., catorce (14) de octubre de dos mil veintidós (2022) Acción: Tutela Expediente: 11001-03-15-000-2022-05412-00 Actor: Jairo Salazar Rivas Accionados: Magistrados del Tribunal Administrativo del Chocó, Juez Primero (1º) Administrativo de Quibdó y director general del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena) Actuación: Admite tutela Mediante la acción de la referencia, el señor Jairo Salazar Rivas, a través de apoderado, demanda el amparo de sus derechos constitucionales fundamentales al debido proceso y acceso a la administración de justicia, presuntamente quebrantados por los señores magistrados del Tribunal Administrativo del Chocó, Juez Primero (1º) Administrativo de Quibdó y director general del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena).

Comoquiera que la presente acción alcanza a satisfacer los requisitos básicos previstos en el artículo 14 del Decreto ley 2591 de 1991, se procederá a su admisión y se ordenará notificar esta decisión a las partes por el medio más expedito y eficaz. Por tanto, se requerirá de las autoridades accionadas rendir el informe necesario para el esclarecimiento de los hechos narrados por el tutelante y allegar la documentación que repose en sus archivos relacionada con estos.

Por último, se solicitará, a través de secretaría general, del Juzgado Primero (1º) Administrativo de Quibdó copia del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho 27000-33-33-001-2017-00034-011, que deberá ser enviada en medio magnético al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co, habilitado por esta Corporación para tal propósito.

En consecuencia, se DISPONE: 1º. Admítese la acción de tutela instaurada por el señor Jairo Salazar Rivas contra los señores magistrados del Tribunal Administrativo del Chocó, Juez Primero (1º) Administrativo de Quibdó y director general del Servicio Nacional de Aprendizaje (Sena). 1 Según lo verificado en la página electrónica de la Rama Judicial (http://procesos.ramajudicial.gov.co/consultaprocesos).

Expediente: 11001-03-15-000-2022-05412-00 Jairo Salazar Rivas contra los señores magistrados del Tribunal Administrativo del Chocó y otros 2 2º. Por secretaría general, a través del medio más eficaz, notifíquese la decisión adoptada mediante este proveído a las autoridades demandadas, para que en el término de dos (2) días se pronuncien acerca de la presente acción. Igualmente y por el medio más expedito y eficaz, infórmese al tutelante sobre la admisión de este trámite. 3º.

Requiérese de las autoridades accionadas informen a este despacho sobre el conocimiento que tengan de los hechos planteados por el actor y remitan la documentación que repose en sus archivos relacionada con estos. Para tal efecto se concede el término de dos (2) días contados desde el recibo de la respectiva comunicación, previa la notificación ordenada. 4º.

Solicítese, a través de secretaría general, con carácter URGENTE del Juzgado Primero (1º) Administrativo de Quibdó copia del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho 27000-33-33-001-2017-00034-01, que deberá ser enviada en medio magnético al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co, e indíquesele que de no tenerlo en su poder dé traslado de este requerimiento a la corporación o despacho correspondiente. 5º.

Reconócese personería al abogado Diego León Tamayo Castro, identificado con cédula de ciudadanía 15.332.180 y tarjeta profesional 205.370 del Consejo Superior de la Judicatura, para actuar dentro de las presentes diligencias en representación del actor. Notifíquese y cúmplase, Firmado electrónicamente CARMELO PERDOMO CUÉTER