Radicado: 25000-23-37-000-2022-00508-01 (28075) Demandante: Andrea Carolina Rivera Murillo Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA ACLARACIÓN DE VOTO Referencia Nulidad y restablecimiento del derecho Radicación 25000-23-37-000-2022-00508-01 (28075) Demandante Andrea Carolina Rivera Murillo Demandado Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales -DIAN Mediante sentencia del 30 de noviembre de 2023, Exp. 280751, la Sala decidió confirmar el auto apelado, por medio de la cual se negó la medida cautelar.
Al considerar que la solicitud no fue motivada en debida forma. Aclaro el voto, para precisar que si bien comparto el sentido final de la decisión, la razón para negar la medida cautelar es que la solicitud de suspensión provisional carece de objeto, pues no se puede predicar unos perjuicios irremediables de actos administrativos que no tienen fuerza ejecutoria, y por tal razón no pueden ser ejecutables al estar en curso el proceso contencioso administrativo producto del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho, según lo previsto en el artículo 829 del Estatuto Tributario.
Por las razones expuestas precisé aclarar mi voto. Atentamente, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO 1 C.P. Wilson Ramos.