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17001233300020220014701Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2023-01-23

Radicación interna: 371 · ACCIONES POPULARES

Ponente: Hernando Sanchez Sanchez

Actor: Jorge Arias Gutierrez·Demandado: Municipio De Manizales Y Otro, Municipio De Manizales, Aguas De Manizales S.A. E.S.P.

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA CONSEJERO PONENTE: HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Bogotá, D.C., veintiséis (26) de enero de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Medio de control de protección de derechos e intereses colectivos Núm. único de radicación: 170012333000202200147-01 Actores: Jorge Arias Gutiérrez y Óscar Hernando Nieto Scarpetta Demandados: Municipio de Manizales;

Aguas de Manizales S.A. E.S.P.; y Corporación Autónoma Regional de Caldas - Corpocaldas Asunto: Resuelve sobre la admisión de un recurso de apelación AUTO INTERLOCUTORIO Este Despacho procede a resolver sobre la admisión del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia proferida el 7 de octubre de 2022 por el Tribunal Administrativo de Caldas.

Consideraciones 1. Vistos los artículos: i) 37 de la Ley 472 de 5 de agosto de 19981, sobre recurso de apelación; y ii) 322 de la Ley 1564 de 12 de julio de 20122, en especial, el inciso 2.º del numeral primero, sobre oportunidad y requisitos. 2. Atendiendo a que el recurso de apelación interpuesto por el Municipio de Manizales3 contra la sentencia proferida el 7 de octubre de 2022 por el Tribunal 1 “Por la cual se desarrolla el artículo 88 de la Constitución Política de Colombia en relación con el ejercicio de las acciones populares y de grupo y se dictan otras disposiciones”. 2 “Por medio de la cual se expide el Código General del Proceso y se dictan otras disposiciones”. 3 Mediante apoderado.

Id Documento: 17001233300020220014701270111240083 2 Núm. único de radicación: 170012333000202200147-01 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Administrativo de Caldas cumple con los requisitos previstos en la ley, este Despacho procederá a su admisión. En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria, RESUELVE:

PRIMERO: ADMITIR el recurso de apelación interpuesto por el Municipio de Manizales contra la sentencia proferida el 7 de octubre de 2022 por el Tribunal Administrativo de Caldas, por las razones expuestas en esta providencia.

SEGUNDO: NOTIFICAR a las partes e intervinientes, por estado, y al Ministerio Público, personalmente.

TERCERO: Cumplido lo anterior, se ordena a la Secretaría General REMITIR el expediente al Despacho para proveer lo que en derecho corresponda.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE. HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Consejero de Estado Id Documento: 17001233300020220014701270111240083