Radicado: 11001 03 15 000 2025 06454 00 Demandante: Omar Gómez Lozada Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SALA QUINTA ESPECIAL DE DECISIÓN CONSEJERO PONENTE: CLAUDIA RODRÍGUEZ VELÁSQUEZ Bogotá D.C., seis (6) de noviembre de dos mil veinticinco (2025) Referencia: Recurso Extraordinario de Revisión Radicación: 11001 03 15 000 2025 06454 00 Demandante: Omar Gómez Lozada Demandado: Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional Auto Inadmisorio Previo a decidir sobre la admisión del recurso extraordinario de revisión, el Despacho estima que, se debe requerir a la parte actora para que subsane la demanda en los siguientes aspectos: 1.
Que aporte el poder debidamente conferido al abogado Juan Carlos Arciniegas Rojas quien dice actuar en nombre y representación del señor Omar Gómez Lozada. 2. La constancia de ejecutoria de la sentencia del 8 de agosto de 2024, proferida por el Consejo de Estado, Sección Segunda, Subsección B. En esa medida, resulta necesario que se aporte el referido poder y la constancia de ejecutoria de la sentencia cuestionada.
Por lo expuesto, el despacho
RESUELVE
1. Inadmitir el recurso extraordinario de revisión presentado por Omar Gómez Lozada. En consecuencia: 2. Ordenar a la parte recurrente que, en el término de 10 días, subsane la demanda, so pena de rechazo. Según lo dispuesto en la Ley 2213 de 2022, se utilizarán los diferentes medios tecnológicos y de comunicación para cumplir los deberes constitucionales y legales, referentes al debido funcionamiento de la administración de justicia. Los escritos con las intervenciones, conceptos, respuestas, documentos y demás que deban ser allegados al proceso, deberán ser enviados por medio del link: Ventanilla Virtual del Consejo de Estado.
Notifíquese y cúmplase. (Firmado electrónicamente) CLAUDIA RODRÍGUEZ VELÁSQUEZ La validez e integridad pueden comprobarse acudiendo a la siguiente dirección electrónica: https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador