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11001031500020230492402Consejo de Estado · Sala plena contenciosaAclaración voto2024-07-08

Radicación interna: 5668 · LEY 1881-2018 PERDIDA DE INVESTIDURA 2DA INSTANCIA

Ponente: Milton Chaves Garcia

Actor: Oromairo Avella Ballesteros·Demandado: Hugo Alfonso Archila Suarez

CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Consejero ponente: Milton Chaves García Radicación: 11001-03-15-000-2023-04924-02 Demandante: Oromairo Avella Ballesteros Demandado: Hugo Alfonso Archila Suarez Medio de Control: Pérdida de Investidura Aclaración de voto Con el acostumbrado respeto por las decisiones proferidas por la Sala Plena de lo Contencioso Administrativo de la Corporación aclaro el voto a la providencia de la referencia, pues si bien comparto el acápite resolutivo, estimo que debían utilizarse las competencias oficiosas del juez y decretar la práctica de pruebas relacionadas con los hechos objeto de la demanda de pérdida de investidura.

Puntualmente, resultaba pertinente y necesario decretar el traslado del expediente que se adelanta con el radicado 11001-0247000-2023-00025-00 en la Sala Especial de Instrucción de la Corte Suprema de Justicia contra el demandado, por la eventual conducta punible de tráfico de influencias. El traslado de piezas procesales de la actuación penal resultaba pertinente, pues conforme lo indica la sentencia de la referencia, en aquel proceso penal se indagan los mismos hechos que motivaron la presentación de la demanda de pérdida de investidura.

Con esa información se habrían robustecido las conclusiones de la providencia, pues se es del criterio que, era necesario que la decisión redundara con un mayor grado de fuerza explicativa en las razones por las cuales no se configuraban los cuatro elementos que integran la pérdida de investidura, superando la afirmación conforme a la cual, el actor no satisfizo la carga probatoria exigida.

En los anteriores términos se dejan consignadas las razones por las que aclaro el voto. Firmado electrónicamente FERNANDO ALEXEI PARDO FLÓREZ Magistrado Nota: Este salvamento de voto fue suscrito en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link.

Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha.