Radicado: 11001-03-15-000-2023-01300-01 Demandante: Maritza Orobio Cundumí 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8086/Vistas/documentos/evalidador CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA Referencia Acción de tutela Radicación 11001-03-15-000-2023-01300-01 Demandante MARITZA OROBIO CUNDUMÍ Demandado TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE NARIÑO SALVAMENTO DE VOTO DEL CONSEJERO MILTON CHAVES GARCÍA A LA SENTENCIA DEL 28 DE SEPTIEMBRE DE 2023, C.P. MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Con el acostumbrado respeto, me permito exponer las razones por las cuales me aparto de la sentencia de la referencia, en los siguientes términos. En el caso objeto de estudio, estimo que no debió flexibilizarse el requisito de inmediatez porque la demandante no expuso razones serias y suficientes que justificaran la interposición tardía del mecanismo de tutela.
No desconozco que la actora fue víctima del desplazamiento forzado, pues así fue reconocida en 2011, sin embargo, eso no impidió que conociera del fallo cuestionado luego de notificado y que, por ende, acudiera al mecanismo de tutela de manera oportuna. En los anteriores términos, dejo expresadas las razones de mi salvamento de voto. (Firmado electrónicamente) MILTON CHAVES GARCÍA