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11001032400020210036100Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2021-07-26

Radicación interna: 581 · LEY 1437 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Ponente: Germán Eduardo Osorio Cifuentes

Actor: Popeyes Louisiana Kitchen, Inc·Demandado: Superintendencia De Industria Y Comercio

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., trece (13) de junio de dos mil veintitrés (2023) Referencia: NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO Radicación: 11001-03-24-000-2021-00361-00 Demandante: POPEYES LOUISIANA KITCHEN, INC. Demandado: SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO Tema: Cancelación de registro marcario por no uso Auto que acepta desistimiento de prueba1 El apoderado judicial de la sociedad Popeyes Louisiana Kitchen, Inc. -parte demandante-, a través de escrito visible en el índice 57 del expediente digital, manifiesta lo siguiente: «[…] respetuosamente desisto del testimonio del señor Lucas Couto empleado de POPEYES LOUISIANA KITCHEN, INC, ya que según lo informado por nuestro cliente dejó de laborar para ellos y no tienen como localizarlo […]».

(negrillas fuera de texto) Respecto de la posibilidad de desistir de las pruebas solicitadas, el artículo 175 del Código General del Proceso – CGP, aplicable por remisión del artículo 306 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo - CPACA, establece: «[…] Las partes podrán desistir de las pruebas no practicadas que hubieran solicitado.

No se podrá desistir de las pruebas practicadas, excepto en el caso contemplado en el inciso final del artículo 270 […]». (negrillas fuera de texto original) Así las cosas, y como quiera que fue la parte actora, en el libelo demandatorio quien solicitó el decreto de dicha prueba testimonial, y dado que aún no se ha surtido la práctica de la misma, el Despacho, con sustento en la precitada norma, aceptará el desistimiento.

En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, en Sala Unitaria, R E S U E L V E:

PRIMERO: ACEPTAR el desistimiento de la prueba testimonial decretada en el sub lite, por las razones expuestas en la parte motiva de la presente providencia. 1 El expediente fue remitido al Despacho el 29 de mayo de 2023. 2 Radicación: 11001-03-24-000-2021-00361-00 Demandante: Popeyes Louisiana Kitchen, Inc. Demandado: Superintendencia de Industria y Comercio SEGUNDO: En firme esta providencia, REMITIR el expediente al Despacho para proveer lo pertinente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente por el Consejero Ponente en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.

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