Radicado: 11001-03-15-000-2023-06398-00 Demandante: Israel Urriago Longas Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, veintitrés (23) de octubre de dos mil veintitrés (2023) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2023-06398-00 Demandante ISRAEL URRIAGO LONGAS Demandado TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA Y OTRO ASUNTO AUTO QUE ADMITE DEMANDA DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone: 1.
Admitir la demanda presentada por el señor Israel Urriago Longas, quien actúa a través de apoderado judicial, contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca y el Juzgado 59 Administrativo de Bogotá. 2. En calidad de parte demandada, notificar al Tribunal Administrativo de Cundinamarca y al Juzgado 59 Administrativo de Bogotá, entregándoles copia de la demanda y de los anexos. 3.
En calidad de tercero, notificar a la señora Mercedes Montealegre, y a los demás demandantes del proceso de reparación directa 11001-33-43-059- 2021-00308-00/01, entregándoles copia de la demanda y de los anexos. 4. Oficiar al Juzgado 59 Administrativo de Bogotá, para que, remita en medio digital y en el término de dos (2) días copia del expediente Nro. directa 11001- 33-43-059-2021-00308-00/01. 5.
Oficiar al Juzgado 59 Administrativo de Bogotá para que, notifique a la señora Mercedes Montealegre, y a los demás demandantes del proceso de reparación directa 11001-33-43-059-2021-00308-00/01. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario.
Una vez realizado este trámite, el Juzgado deberá remitir constancia de dicha notificación efectuada en debida forma. 6. Notificar el presente auto a las partes y a los terceros vinculados. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario. 7.
Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. 8. Reconocer a la abogada Karol Andrea Ramírez Narváez como apoderada judicial de la parte demandante, en los términos de los poderes conferidos (Samai, índice 2). Radicado: 11001-03-15-000-2023-06398-00 Demandante: Israel Urriago Longas Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO