CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Bogotá, D.C, veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintidós (2022) Radicación número: 11001-03-15-000-2022-05158-00 Actor: Carlos Freddy González Bustamante Demandado: Consejo Superior de la Judicatura – ………………Unidad Registro Nacional de Abogados y ………………Auxiliares de la Justicia Acción de tutela Por reunir los requisitos contenidos en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se admite la acción de tutela presentada por el señor Carlos Freddy González Bustamante, quien actúa en nombre propio, contra el Consejo Superior de la Judicatura – Unidad Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia. En consecuencia: Póngase en conocimiento de la referida autoridad la admisión de la presente demanda de tutela, haciéndole llegar copia de esta, con el fin que rinda el informe señalado en el artículo 19 del Decreto 2591 de 1991, para lo cual se le otorga un término de dos (2) días contados a partir del recibo de la comunicación. Con el valor que les asigne la Ley, téngase como prueba los documentos aportados con el escrito de tutela, los cuales serán apreciados en la oportunidad correspondiente.
Por secretaría, ofíciese al Consejo Superior de la Judicatura – Unidad Registro Nacional de Abogados y Auxiliares de la Justicia, para que en el término de dos (2) días contados a partir del recibo de la notificación, allegue a través de medio magnético, los documentos pertinentes relacionados con la expedición de la Tarjeta Profesional de Abogado solicitada por el actor.