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11001031500020220465200Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección C)Auto interlocutorio2022-08-26

Radicación interna: 7432 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Guillermo Sanchez Luque

Actor: Oscar Mauricio Gonzalez Salamanca·Demandado: Consejo Superior De La Judicatura - Unidad De Administracion De Carrera Judicial

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C Bogotá D.C., primero (1) de septiembre de dos mil veintidós (2022) Radicación número: 11001-03-15-000-2022-04652-00 Solicitante: Óscar Mauricio González Salamanca Autoridad: Consejo Superior de la Judicatura y otros Asunto: Acción de tutela TUTELA-Normas de reparto entre los jueces de la jurisdicción constitucional.

TUTELA-El Consejo de Estado conoce de manera privativa las solicitudes contra la misma Corporación, los tribunales administrativos y las presentadas por funcionarios o empleados judiciales de la jurisdicción ordinaria. TUTELA-La Corte Suprema de Justicia conoce de manera privativa las solicitudes contra la misma Corporación, los tribunales superiores y las presentadas por funcionarios o empleados judiciales de la jurisdicción administrativa.

TUTELA-Remite solicitud a la Corte Suprema de Justicia. El 26 de agosto de 2022, Óscar Mauricio González Salamanca formuló acción de tutela contra el Consejo Superior de la Judicatura-Unidad de Administración de Carrera Judicial-División de Calificación de Servicios de la Carrera Judicial, el Consejo Seccional de la Judicatura de Bogotá, la EPS Aliansalud, la IPS REN, el Departamento Medicina Laboral del Convenio REN Consultores SAS – Aliansalud EPS, la IPS Clínica la Inmaculada Hermanas Hospitalarias del Sagrado Corazón de Salud, María Antonieta Muñoz Acosta y Lina María Gómez Reina.

Afirmó la vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, a la estabilidad laboral reforzada y al trabajo, con ocasión de unas supuestas irregularidades en su calificación integral de servicios como escribiente nominado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca-Sección Segunda-Subsección B. El artículo 1 del Decreto 333 de 2021 establece el reparto del conocimiento de las solicitudes de tutela entre los diferentes niveles de la jurisdicción constitucional - juez municipal, juez de circuito, tribunal y corte-, según el nivel de la autoridad respecto de la que se afirma la vulneración de derechos.

El Consejo de Estado conoce -de manera privativa- las peticiones de amparo contra la misma Corporación y los tribunales administrativos. También conoce las acciones de tutela presentadas por funcionarios o empleados judiciales que pertenezcan o pertenecieron a la jurisdicción ordinaria. Idéntica situación se presenta para la Corte Suprema de Justicia, que conoce de las solicitudes contra ella misma y contra los tribunales superiores, así como las presentadas por funcionarios o empleados judiciales que pertenezcan o pertenecieron a la jurisdicción de lo 2 Expediente n°. 11001-03-15-000-2022-04652-00 Solicitante: Óscar Mauricio González Salamanca Remite tutela contencioso administrativo.

Las acciones de tutela dirigidas contra el Consejo Superior de la Judicatura y la Comisión Nacional de Disciplina Judicial podrán ser conocidas por la Corte Suprema de Justicia o el Consejo de Estado. Como Óscar Mauricio González Salamanca labora en la jurisdicción de lo contencioso administrativo -escribiente nominado del Tribunal Administrativo de Cundinamarca-Sección Segunda-Subsección B-, de conformidad con las reglas de reparto previstas por el artículo 1 del Decreto 333 de 2021, REMÍTASE la solicitud a la Corte Suprema de Justicia (reparto).

NOTIFÍQUESE esta decisión al solicitante y a las autoridades contra las que se interpone la tutela.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GUILLERMO SÁNCHEZ LUQUE DCM/MCS