CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Bogotá D.C., cuatro (04) de octubre de dos mil veintitrés (2023). Radicación: 11001-03-15-000-2023-04999-00 Accionante: María Fernanda Moreno Hernández Accionado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Primera – Subsección A Referencia: Acción de tutela – Admisión La señora María Fernanda Moreno Hernández, a través de apoderado judicial, instauró demanda de tutela contra la Sección Primera, Subsección A del Tribunal Administrativo de Cundinamarca, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales a la igualdad, debido proceso, defensa y acceso a la administración de justicia. Estima que tales prerrogativas fueron vulneradas por la autoridad accionada al proferir el auto del 9 de marzo de 2023, mediante el cual se confirmó el proveído dictado el 19 de diciembre de 2019, por el Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Bogotá, que rechazó la demanda de nulidad y restablecimiento del derecho1 presentada por la actora.
Por reunir los requisitos legales, el Despacho: R E S U E L V E PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
TERCERO: REQUERIR al Juzgado Tercero Administrativo del Circuito de Bogotá para que remita, en medio magnético, copia del expediente identificado con el radicado número 11001-33-34-003-2019-00174-00/01.
CUARTO: NOTIFICAR la presente decisión a la Subsección A de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las respectivas direcciones de correo electrónico, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia. Lo anterior, para que, en el término de dos (2) días, rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo.
QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante por correo electrónico. 1 Tramitada con número de radicado: 11001-33-34-003-2019-00174-01. Radicación: 11001-03-15-000-2023-04999-00 Accionante: María Fernanda Moreno Hernández Accionado: Tribunal Administrativo de Cundinamarca – Sección Primera – Subsección A Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 SEXTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera pertinente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
SÉPTIMO: RECONOCER personería jurídica al abogado Luis Alejandro Quintero Sáenz, portador de la tarjeta profesional 203.404 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte accionante, en los términos y para los efectos del poder que obra en el expediente.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE2 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Nota: se deja constancia de que esta providencia fue aprobada en la fecha de su encabezado y que se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha. Se recuerda que, con la finalidad de tener acceso al expediente, los abogados tienen la responsabilidad de registrarse en el sistema Samai. 2 VF