REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, nueve (9) de agosto de dos mil veintidós (2022). Magistrado Ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 11001-03-15-000-2022-04236-00 Demandante: HENRY ALEXANDER CORTÉS CUBILLOS Y OTROS Demandado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CAQUETÁ Y OTRO Medio de control: ACCIÓN DE TUTELA Asunto: ADMITE DEMANDA Por reunir los requisitos exigidos por el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991 y de conformidad con lo establecido en el artículo 2.2.3.1.2.1 del Decreto 1069 de 2015, modificado por los Decretos 1983 de 2017 y 333 de 2021 dispónese: 1º) Admítese la demanda de tutela presentada por los señores Henry Alexander Cortés Cubillos, Cielo Nid Cubillos Burbano, Leidy Lorena Cubillos, Cielo Nid Alape Cubillos, Juan pablo Benítez Cubillos y Raúl Alberto Cortés Cubillos en contra del Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito Judicial de Florencia y del Tribunal Administrativo del Caquetá con el objeto de que se ampare la presunta violación de sus derechos constitucionales fundamentales del debido proceso, educación, igualdad y acceso a la administración de justicia. 2°) Notifíquese al presidente y a los magistrados integrantes del Tribunal Administrativo del Caquetá y al titular del Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito Judicial de Florencia entregándoles copia de la demanda y los anexos. 2 Expediente: 11001-03-15-000-2022-04236-00 Demandante: Henry Alexander Cortés Cubillos y otros Acción de tutela 3°) Por asistirles interés jurídico en el proceso vincúlase y notifíquese al rector de la Universidad de la Amazonia, entregándole copia de la demanda y los anexos. 4°) Las notificaciones deberán hacerse por la Secretaría de conformidad con el artículo 16 del Decreto 2591 de 1991 mediante telegrama, telefónica, electrónicamente o por cualquier otro medio expedito y eficaz. 5°) Infórmase a las partes demandadas y a los terceros con interés que una vez notificados cuentan con el término de dos (2) días para que por el medio más expedito rindan informe sobre los hechos objeto de la presente acción. 6°) Por Secretaría General solicítese al Juzgado Cuarto Administrativo del Circuito Judicial de Florencia que remita copia magnética del expediente correspondiente al proceso de reparación directa con radicación 18001-33-33-752-2014-00102-01 en el que obró como demandante el señor Henry Alexander Cortés Cubillos y otros en contra de la Universidad de la Amazonia. 7º) Ténganse como pruebas con el valor que les asigna la ley los documentos allegados con la demanda.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia. La presente providencia fue firmada electrónicamente por el magistrado ponente en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 de la Ley 2213 de 2022.