Micelio
25000234200020150027801Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2023-07-18

Radicación interna: 4428-2023 · LEY 1437 NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Ponente: Jorge Edison Portocarrero Banguera

Actor: Luz Dary Celis Vargas·Demandado: Direccion De Impuestos Y Aduanas Nacionales

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN B Consejero de Estado: Jorge Portocarrero Banguera Bogotá, D. C., veintidós (22) de marzo de dos mil veinticuatro (2024) Mediante escrito del 16 de marzo de 2023, el apoderado de la demandada interpuso recurso de apelación contra la sentencia del 16 de febrero de 2023, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Segunda, Subsección “A”.

Por ser procedente, se admite el recurso de apelación de acuerdo con lo establecido en el numeral 3 del artículo 67 de la Ley 2080 de 2021, que modificó el artículo 247 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (CPACA). Una vez ejecutoriado el presente auto, dentro de los 10 días siguientes, la Secretaría regresará al despacho este expediente para fallo, salvo que las partes presenten solicitud probatoria, de conformidad con el artículo 212 del CPACA y el numeral 5 del artículo 67 de la Ley 2080 de 2021.

De conformidad con los artículos 198 y 205 del CPACA, por Secretaría de la Sección, notificar personalmente al Ministerio Público y a las partes por medios electrónicos.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmado electrónicamente) JORGE PORTOCARRERO BANGUERA Constancia: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la plataforma del Consejo de Estado denominada Samai. En consecuencia, se garantiza su autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA.