Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Referencia: Acción de Tutela Consejero Ponente: Oswaldo Giraldo López Número único de radicación: 11001-03-15-000-2023-07527-00 Actora: Adriana María Posada Torres Demandados: Presidencia de la República y otros1 Asunto: Aclaración de voto a la sentencia proferida el 1° de febrero de 2024 por la Sección Primera del Consejo de Estado ACLARACIÓN DE VOTO DEL MAGISTRADO HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Con el debido y acostumbrado respeto por la decisión proferida por la mayoría de la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Consejo de Estado, en el asunto de la referencia, manifiesto que, aunque la comparto, aclaro mi voto, considerando que, en el caso sub examine, el conocimiento de la acción de tutela de la referencia debió tener en cuenta las reglas de reparto previstas en el Decreto 333 de 6 de abril de 20212, sin que generen la falta de competencia con fundamento en la jurisprudencia de la Corte Constitucional.
En estos términos dejo expuesta mi aclaración de voto. Fecha ut supra HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Consejero de Estado 1 El Departamento Administrativo para la Prosperidad Social y la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas. 2 "Por el cual se modifican los artículos 2.2.3.1.2.1, 2.2.3.1.2.4 y 2.2.3.1.2.5 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del sector Justicia y del Derecho, referente a las reglas de reparto de la acción de tutela".