CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA - SUBSECCIÓN B Consejero de Estado: Jorge Edison Portocarrero Banguera Bogotá, D. C., Tres (3) de Junio de Dos Mil Veintiséis (2026) Radicado: 11001-03-25-000-2021-00631-00 (3142-2021)1 Demandante: Juan Carlos Obando Demandada: Caja de Retiro de las Fuerzas Militares Trámite: Acción Especial de revisión Tema: Reliquidación Pensional Decisión: Decreta Pruebas El señor Juan Carlos Obando por conducto de apoderado, interpuso recurso extraordinario de revisión contra la sentencia de Veintitrés (23) de Junio de Dos Mil Veinte (2020)2, proferida por el Tribunal Administrativo de Huila, dentro del expediente 41001- 33-33-001-2016-00279-01, sustentada en la causal quinta (5) del artículo 250 de la Ley 1437 de 2011.
Con el escrito del recurso, la parte recurrente aportó las pruebas que tenía en su poder y que consideró pertinentes para resolver el asunto. El medio de impugnación fue admitido con auto de Cinco (5) de Febrero de Dos Mil Veintiséis (2026)3, notificado a la parte demandada el Diecisiete (17) de Marzo de Dos Mil Veintiséis (2026)4. A su turno, la parte demandada presentó escrito de contestación del recurso extraordinario de revisión el Diez (10) de Abril de Dos Mil Veintiséis (2026)5.
A su vez, el Despacho advierte que, el expediente correspondiente al proceso ordinario con radicado 41001-33-33-001-2016-00279-00 ya obra en el presente asunto, habiendo sido remitido de manera digital por el Juzgado Primero (1°) Administrativo del Circuito de Neiva 6. Finalmente, teniendo en cuenta que, la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares confirió poder para su representación judicial, se reconocerá personería adjetiva al profesional del derecho designado, conforme a lo establecido en el inciso segundo del artículo 75 del 1 Expediente electrónico. 2 Ejecutoriada el 2 de octubre de 2020. 3 Samai, índice 11. 4 Samai, índice 18. 5 Samai, índice 20. 6 Samai, índice 19.
(El cual también puede ser visualizado en Samai índice 43 del Juzgado de origen Juzgado Primero Administrativo del Circuito Judicial de Neiva) Número Interno: 3142-2021 Demandante: Juan Carlos Obando Demandado: Caja de Retiro de las Fuerzas Militares 2 Código General del Proceso.
RESUELVE
PRIMERO: TENER por contestado el recurso extraordinario de revisión, por parte de la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares.
SEGUNDO: Decreto probatorio: A. Demandante. Tener como pruebas, con valor que la ley les asigne, los documentos allegados con la demanda. B. Demandada. Tener como pruebas, con valor que la ley les asigne, los documentos allegados con la contestación del recurso extraordinario de revisión. C. De oficio. Decretar, como prueba de oficio, el expediente correspondiente al proceso con radicado 41001-33-33-001-2016-00279-00.
TERCERO: CORRER traslado a las partes y al Ministerio Público de las pruebas decretadas en el ordinal inmediatamente anterior, quienes, durante el término de ejecutoria de este auto, podrán manifestar lo que consideren pertinente.
CUARTO: RECONOCER personería adjetiva a la abogada Diana Pilar Garzón Ocampo, con cédula de ciudadanía 52.122.581 y tarjeta profesional 158.347, en calidad de apoderada judicial de la parte demandada, en los términos del poder allegado7.
QUINTO: Ejecutoriada la presente providencia, por Secretaría INGRESAR el expediente al despacho, para fallo.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmado electrónicamente) JORGE EDISON PORTOCARRERO BANGUERA Constancia: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la plataforma del Consejo de Estado denominada Samai. En consecuencia, se garantiza su autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA. 7 Samai, índice 20.