Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., veintiuno (21) de febrero de dos mil veintidós (2022) Consejero ponente: ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 Accionante: HERNÁN ALBERTO CRUZ BERNAL Y OTROS1 Accionados: PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA – MINISTERIO DE SALUD Y PROTECCIÓN SOCIAL – MINISTERIO DEL INTERIOR – MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO - Referencia: ACCIÓN DE TUTELA – se declara la carencia actual de objeto por sustracción de materia porque el acto administrativo acusado fue expresamente derogado Sentencia de primera instancia La Sala decide la acción de tutela presentada por la parte actora en contra del Presidente de la República2, del Ministerio de Salud y Protección Social, del Ministerio de Interior y del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.
I. LA SOLICITUD DE TUTELA 1. El ciudadano Hernán Alberto Cruz Bernal junto con otros ciudadanos -a través de distintas acciones de tutela- solicitaron la protección de sus derechos fundamentales a la libertad de locomoción, a la libertad de conciencia, de reunión y manifestaciones públicas, al trabajo, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad, a la vida digna, a la dignidad humana, a la libertad de expresión e información, a la intimidad, de asociación y a la honra, los cuales fueron presuntamente transgredidos por los aquí accionados, como consecuencia de la expedición del Decreto número 1408 de 3 de noviembre de 20213.
II.
HECHOS Y RAZONES DE LA TUTELA 2. De conformidad con lo planteado en los distintos escritos de amparo objeto de este pronunciamiento, los hechos y razones que motivaron el ejercicio de la acción de tutela se contraen, en síntesis, a lo siguiente: 1 La Sala resolverá las acciones de tutelas que fueron acumuladas al expediente de la referencia y que se encuentran debidamente identificadas en la parte resolutiva de esta decisión. 2 La Sala entiende que la demanda de tutela se presentó en contra del Presidente de la República. 3 “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVIO - 19, Y el mantenimiento del orden público”. 2 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 2.1.
Manifestaron que, a través del Decreto número 1408 de 3 de noviembre de 2021, se dispuso que las entidades territoriales debían adicionar a los protocolos de bioseguridad la presentación del carné o el certificado digital de vacunación contra la enfermedad de Covid-19 para eventos presenciales que impliquen asistencia masiva y para el ingreso a «[…] bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, y ferias […]». 2.2.
Afirmaron que, desde la expedición del Código de Nüremberg de 20 de agosto de 1947, la autonomía del paciente es un derecho esencial, por lo que nadie puede ser obligado a recibir un tratamiento en contra de su voluntad. 2.3. Señalaron que, debido a las medidas adoptadas en el referido decreto, las entidades accionadas están coaccionando a todos los habitantes que, por razones médicas, de conciencia o de culto han decido autónomamente no aplicarse la vacuna contra la Covid-19. 2.4.
Adujeron que el Decreto 1408 de 2021 desconoce las siguientes normas: i) los artículos 5° y 6° de la Declaración Universal sobre Bioética y Derechos Humanos; ii) el literal d) del artículo 10 de la Ley Estatutaria de la Salud número 1751 de 2015, y iii) el literal a) del artículo 152 de la Constitución Política. 2.5. Indicaron que la evidencia científica permitía concluir que las vacunas contra la Covid-19 no inmunizan al vacunado, por el contrario, puede ocasionar daños nocivos a su salud. 2.6.
Consideraron que resulta arbitrario, discriminatorio e inconstitucional que se adopten las medidas previstas en el Decreto 1408 de 2021, ya que se está partiendo de la premisa consistente en que las personas no vacunadas son un peligro para la sociedad. 2.7. Expusieron, además, que resulta inconstitucional que el Gobierno Nacional adopte esta medida pese a que, a su juicio, no se ha garantizado el acceso a la primera y segunda dosis a todos los colombianos. 2.8.
Sostuvieron que el contenido del Decreto 1408 de 2021 resulta lesivo de sus derechos fundamentales, por las siguientes razones: i) Como primer argumento adujeron que el decreto enjuiciado era inconstitucional porque el ejecutivo carecía de competencia para limitar, regular y restringir el ejercicio de derechos fundamentales. En ese orden de ideas, señalaron que a la luz del literal a) del artículo 152 constitucional «los derechos fundamentales de las personas deben regularse y únicamente pueden limitarse por medio de leyes estatutarias». 3 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros Por lo anterior, indicaron que únicamente el Congreso de la República, a través de una ley estatutaria, era la corporación facultada para establecer la medida obligatoria de presentación del carné de vacunación contra la Covid-19. ii) En segundo lugar, expusieron que la exigencia del carné vulneraba su derecho a la libertad de locomoción, en tanto que les impide acudir a espacios públicos para desarrollar las actividades cotidianas de relacionamiento social y de ocio. iii) En tercer lugar, señalaron que el decreto enjuiciado transgredía el derecho a la reunión porque no se les permitiría «reunirnos en espacios públicos y privados que impliquen aglomeración», a menos que se encuentren vacunados. iv) En cuarto lugar, adujeron que se vulneraba el derecho fundamental a la libertad de conciencia porque los actores, bajo el amparo del artículo 18 constitucional, se consideraban objetores de conciencia en relación con la aplicación de la vacuna.
En consonancia con esto, indicaron que la constitución establece que «nadie puede ser obligado a actuar en contra de sus convicciones»; y que a través del decreto enjuiciado se les está coaccionando para que actúen en contra de sus convicciones y de su conciencia, porque si no se vacunan no podrían asistir a ninguno de los espacios contemplados en el artículo 2º del Decreto 1408 de 2021. v) Como quinto argumento, sostuvieron que se vulneraba el derecho al trabajo, ya que están ante el perjuicio real e irremediable de no realizar con normalidad las actividades laborales que a diario desarrollan y que, en muchos casos, las realizan en los espacios en que se requiere que se presente el carné de vacunación. vi) En sexto lugar, afirmaron que se vulnera el derecho al libre desarrollo de la personalidad, toda vez que el decreto censurado está impidiendo que decidan libremente no vacunarse contra el Codiv-19. vii) En séptimo lugar, manifestaron que se vulnera el derecho a la igualdad entre las personas vacunadas y las que libremente han decidido no vacunarse porque se les está dando un trato diferenciado y discriminatorio por el simple hecho de haber decidido de manera autónoma y libre no recibir la vacuna contra el Covid- 19.
También indicaron que las medidas adoptadas eran desproporcionadas e irrazonables, ya que estaba comprobado científicamente que la vacuna no previene el contagio y, además, causa efectos secundarios, y por ello resulta innecesario el trato discriminatorio. viii) Como octavo argumento señalaron que el Decreto vulneraba el derecho fundamental a la vida digna y a la dignidad humana porque autónomamente 4 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros decidieron no vacunarse y las medidas adoptadas los sometían «a una discriminación pública y privada», desconociendo que como sujetos morales tienen el derecho a decidir sobre sus vidas, sin ser discriminados por tal motivo. ix) En noveno lugar indicaron que se transgredía el derecho a la información porque el decreto acusado: a) omitía señalar que la vacuna causa efectos secundarios graves como la miocarditis aguda, la pericarditis, etc.; b) omitía señalar que en la actualidad se desconocen los efectos secundarios de la vacuna en el mediano y en el largo plazo; y, además, c) el Gobierno ocultaba las cifras de personas fallecidas como consecuencia de la aplicación de la vacuna.
III. PRETENSIÓN 3. El extremo accionante fue unánime en solicitar el amparo de sus derechos fundamentales a la libertad de locomoción, a la libertad de conciencia, de reunión y manifestaciones públicas, al trabajo, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad, a la vida digna, a la dignidad humana, a la libertad de expresión e información, a la intimidad, de asociación y a la honra y que, como consecuencia de ello, se deje sin efectos el Decreto 1408 de 2021.
IV. TRÁMITE DE LA TUTELA 4. El magistrado de la Sección a cargo de la sustanciación del presente proceso, mediante auto de 12 de noviembre de 2021, admitió la acción de tutela promovida por el ciudadano Hernán Alberto Cruz Bernal en contra de la Presidencia de la República, de los ministerios del Interior, de Salud y Protección Social y de Comercio, Industria y Turismo.
En la misma providencia, se negó la medida provisional solicitada por el accionante. 5. Posteriormente, mediante providencia de 18 de enero de 2022, el despacho a cargo de la sustanciación del presente proceso ordenó la acumulación de 2.0474 expedientes que fueron remitidos para tal fin, los cuales se encuentran plenamente identificados en las decisiones referidas5. 6.
Cabe señalar que el presente expediente ingresó al Despacho sustanciador del proceso -para fallo- el 18 de febrero de 2022, luego de que la Secretaría General de esta Coporación adelantará todo el trámite de notificación del auto de 18 de enero de 2022. 4 Es de aclararse que, si bien es cierto en la providencia de 18 de enero de 2022, se manifestó que se acumulaban 2050 expedientes, la realidad que, de estos, 3 procesos se encontraban con el radicado duplicado, razón por la que solo fueron 2047 expedientes. 5 Dada la cantidad de expedientes se estima pertinente no volverlos a identificar. 5 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros V. INTERVENCIONES 7.
Realizadas las comunicaciones a las autoridades accionadas, se produjeron las siguientes intervenciones: 7.1. El Presidente de la República, a través de apoderada judicial, rindió informe en el que desarrolló los siguientes temas: i) el estado actual de la pandemia; ii) los avances en las coberturas de vacunación en el país; iii) la efectividad y seguridad de las vacunas; iv) la evidencia sobre la necesidad de alcanzar altas coberturas de vacunación para evitar nuevos picos, y v) el aumento de casos de Covid-19 en niños (as) y adolescentes, entre otros. 7.2.
Seguidamente indicó que la solicitud de amparo no cumplía con el requisito de la subsidiariedad, en tanto que: […] 1. La parte accionante sí cuenta con un mecanismo de defensa judicial que le permite controvertir la constitucionalidad y legalidad del Decreto 1408 de 2021, el cual se encuentra regulado por la normatividad contenciosa administrativa. 2.
Con la expedición del Decreto 1408 de 2021, se fijan restricciones razonables para que la determinación personal de los anti vacunas no afecte la vida del resto de la población y haga viable la vida en sociedad en tiempos de pandemia. Es decir, que la norma impugnada propende por la protección de derechos fundamentales de todos los ciudadanos y residentes en Colombia, por cuanto procura la garantía de derechos como la protección a la vida y la salud. 3.
En el desarrollo de la presente contestación, se pondrá de presente que con la expedición del Decreto 1408 de 2021, así como con las múltiples decisiones adoptadas por el gobierno nacional en el marco de la emergencia sanitaria, producto de la pandemia del COVID 19, se propende por la garantía de derechos de todo el colectivo, para evitar o para mitigar los daños irreparables que ya hemos padecido, como las pérdidas humanas, o las nefastas consecuencias en la sostenibilidad financiera de un sin número de hogares […]. 7.3.
Adicionalmente, señaló que «[…] con la medida que se adopta no se está afectando la subsistencia de la accionante ni de ninguno de los coasociados, comoquiera que la exigencia del carné de vacunación para asistir a lugares como: bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, y en general lugares de alta conglomeración, no afectan, en el marco de una pandemia, - donde incluso, la totalidad de los ciudadanos debimos restringir la movilidad de manera total-, la subsistencia de los seres humanos […]». 7.4.
Igualmente, al referirse a la configuración del perjuicio irremediable en el caso que nos ocupa, señaló lo siguiente: «[…] en el caso particular y concreto no se advierte la existencia de un perjuicio irremediable que haga procedente el recurso de amparo […]». 6 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 7.5.
De otra parte, resaltó que la parte actora no se encuentra legitimada en la causa por activa para promover el presente mecanismo de amparo, dado que asume «[…] la vocería de toda la sociedad y de terceros en particular, sin que se acredite que actúa como como representante legal, jurídico o agente oficiosos de ninguna otra persona […]». 7.6.
Con base en los argumentos expuestos, arribó a las siguientes conclusiones: […] 1. La acción de tutela es un mecanismo de defensa judicial con un carácter residual y subsidiario, en consecuencia, se advierte que en el caso particular y concreto no se cumple con el criterio de subsidiariedad, por cuanto la parte actora no demuestra una afectación directa y subjetiva a sus derechos presuntamente vulnerados con la expedición del Decreto 1408 de 2021, en tanto realiza suposiciones generales e incluso inciertas, que no se proyectan hacia la materialización de un perjuicio irremediable. 2.
Pese a que se enuncian una serie derechos que supuestamente afectan a la accionante, surge un debate donde se involucran derechos cuya titularidad corresponde a toda la sociedad. Luego entonces, no acredita o demuestra que la vulneración alegada de sus derechos fundamentales sea una afectación directa y subjetiva. Así como tampoco demuestra que con la entrada en vigor del Decreto 1408 de 2021, se genere un perjuicio irremediable inminente, urgente, cierto e Impostergable 3.
De otro lado, pese a las manifestaciones esbozadas por quien acciona, lo cierto es que la vacunación en contra del COVID 19, no tiene un carácter obligatorio de conformidad con la Ley 2064 de 2020 y con el Decreto 109 de 2021. 4. La acción de tutela no es el mecanismo idóneo para controvertir la legalidad de un acto administrativo de carácter general e impersonal como lo es el Decreto 1408 de 2021. 5.
El Decreto 1408 de 2021, surge como una respuesta estatal para mitigar los efectos nocivos de la pandemia generada por el COVID 19 en el marco de la emergencia sanitaria, con la finalidad de proteger la salud y la vida, prevaleciendo el principio constitucional del interés general. A pesar de que las medidas farmacológicas y no farmacológicas han mostrado un impacto positivo en el número de casos y fallecidos, algunos países han empezado a sufrir incrementos en el número de casos.
Lo cual evidencia que se deben mantener los esfuerzos hacia el control de la pandemia. 6. En el caso particular y concreto no obra prueba siquiera sumaria de la presunta vulneración de los derechos deprecados, por parte de esta cartera ministerial, soslayado el principio “onus probandi incumbit actori”. En este sentido, más allá de manifestaciones subjetivas sostenidas por la parte actora no se acredita la vulneración o amenaza de un derecho fundamental […]. 7.7.
Como consecuencia de todo lo anterior, solicitó lo siguiente: […]
PRIMERO: NEGAR por IMPROCEDENTE el amparo solicitado por cuanto nos encontramos ante (i) la ausencia del requisito de subsidiariedad; (ii) por 7 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros cuanto no obra prueba siquiera sumaria que acredite la supuesta vulneración de derechos fundamentales por parte del Gobierno Nacional y (iii) por falta de legitimación en la causa por activa.
En su defecto, solicitamos negar el amparo solicitado por cuanto no se ha vulnerado ninguno de los derechos fundamentales de quien acciona con la expedición por parte del Gobierno nacional del Decreto 1408 por cuanto: Las medidas restrictivas para las personas que no quieren vacunarse están justificadas constitucionalmente, pues: (i) No obliga a la vacunación contra la Covid-19 a ningún ciudadano colombiano;
(ii) es razonable y está encaminada permitir la vida en sociedad y económica en medio de la pandemia, protegiendo la salud en conexidad con la vida de todos los colombianos y residentes en el país, y en ese sentido se justifica la limitación al derecho a la libertad de locomoción; (ii) desarrolla el principio de solidaridad que sustenta la prestación de servicios de salud - artículos 48, 49 Y 95 de la Constitución Política-; y (iii) no es discriminatoria y encuentra plena justificación en el hecho de que no se interviene en la decisión de no vacunarse, pero acude a la restricción como único mecanismo para evitar que la población no vacunada facilite la circulación del virus y el riesgo de mutación, lo que gravemente sí afecta o al menos pone en riesgo la vida de todos los colombianos y residentes en el país […]. 7.8.
Los ministerios del Interior, de Salud y Protección Social y de Comercio, Industria y Turismo, por intermedio de sus apoderados judiciales y a través de escritos separados, rindieron informes en los que plasmaron argumentos coincidentes con aquellos expuestos por el Presidente de la República e, igualmente, solicitaron que se declarara improcedente el mecanismo de amparo de la referencia o que, en su defecto, el mismo se negara, ante la ausencia de vulneración de los derechos que se afirman transgredidos. 7.9.
El Procurador Quinto Delegado ante el Consejo de Estado emitió concepto en el que indicó que el presente mecanismo de amparo devenía improcedente, dado que lo pretendido por la actora es controvertir el Decreto 1408 de 2021 y, para tal efecto, el ordenamiento jurídico ha previsto otros medios de defensa. En tal sentido, expuso lo siguiente: […] De la lectura del texto de la demanda, es posible inferir que la presente acción va encaminada a suspender los efectos del Decreto 1048 de 2021, no siendo el mecanismo jurídico de la tutela el idóneo para tal fin, pues se trata de un acto administrativo que goza de presunción de legalidad, misma que solamente podría cuestionarse o desvirtuarse haciendo uso de los medios de control de nulidad, de nulidad y restablecimiento del derecho o de nulidad por inconstitucionalidad; en otras palabras, la legislación Colombiana contempla otros mecanismos de defensa para propender por la cesación de los efectos de un acto administrativo, lo que para el caso que nos ocupa torna en improcedente la tutela incoada […]. 7.10.
Igualmente, aseguró que, en todo caso, el Decreto 1408 de 2021 no vulnera ninguna garantía constitucional porque «[…] de la lectura del texto de esta norma es posible dilucidar que no existe tal constreñimiento, dado que en ninguno de sus apartes contempla que sea obligatorio aplicarse alguna de las vacunas del COVID-19, lo cual guarda coherencia con la manera en que 8 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros se ha implementado el Plan Nacional de Vacunación, el cual es absolutamente voluntario […]».
VI. CONSIDERACIONES DE LA SALA VI.1. Competencia 8. Esta Sala de Decisión es competente para pronunciarse sobre la acción de tutela presentada por la parte accionante en contra del Presidente de la República, del Ministerio de Salud y Protección Social, del Ministerio de Interior y del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, en virtud de lo previsto en el Decreto 2591 de 19 de noviembre de 19916, en concordancia con el artículo 1º del Decreto 333 de 6 de abril de 20217 y en armonía con el Acuerdo 80 de 12 de marzo de 2019, que asigna a esta sección el conocimiento de las acciones de tutela.
VI.2. Cuestión previa VI.2.1. De la desacumulación -ruptura de la unidad procesal- de algunos de los expedientes acumulados por haberse ampliado el escrito inicial de amparo 9. El Despacho a cargo de la sustanciación del proceso, a través del auto de 18 de enero de 2022, ordenó la admisión y acumulación de 2047 expedientes de tutela remitidos por los distintos despachos judiciales del país, los cuales tienen por objeto dejar sin efectos el Decreto número 1408 de 2021.
Tal decisión se profirió teniendo en cuenta que se cumplían los requisitos contemplados en los artículos 2.2.3.1.3.1. y 2.2.3.1.3.3 del Decreto No. 1834 de 2015. 10. Ahora bien, en el trámite de la presente acción de tutela, los accionantes en los expedientes números 11001-03-15-000-2021-08919-008, 11001-03-15-000-2021-08730- 009, 11001-03-15-000-2021-09497-0010, 11001-03-15-000-2021-09498-0011, 11001-03-15- 000-2021-09527-0012, 11001-03-15-000-2021-08251-0013, 11001-03-15-000-2021-09993- 0014, 11001-03-15-000-2021-09391-0015, 11001-03-15-000-2021-09365-0016, 11001-03- 15-000-2021-09501-0017, 11001-03-15-000-2021-07738-0018, 11001-03-15-000-2021- 6 «Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política». 7 “Por la cual se modifican los artículos 2.2.3.1.2.1, 2.2.3.1.2.4 y 2.2.3.1.2.5 del Decreto 1069 de 2015, Único Reglamentario del sector Justicia y del Derecho, referente a las reglas de reparto de la acción de tutela”. 8 Promovido por la señora July Katherine González Reina. 9 Promovido por la señora Luz Myriam Sánchez de Gutiérrez. 10 Promovido por la señora Ana Lucía Rivera Sánchez. 11 Promovido por el señor Joshua Andrés Flórez Rodríguez. 12 Promovido por la señora María Ninfa Lara Gutiérrez. 13 Promovida por Liza Roxan Cortés Osorio. 14 Promovido por el señor Luis Alejandro Vega Cárdenas. 15 Promovido por el señor Robert Armando Flórez Castaño. 16 Promovido por la señora Laura Rocío Rodríguez Zambrano. 17 Promovido por el señor Juan Gabriel Vargas Hoyos. 9 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 07714-0019, 11001-03-15-000-2021-07787-0020, 11001-03-15-000-2021-07876-0021, 11001-03-15-000-2021-08689-0022, 11001-03-15-000-2021-09595-0023, 11001-03-15-000- 2021-10477-0024, 11001-03-15-000-2021-09908-0025, 11001-03-15-000-2021-08407-0026, 11001-03-15-000-2021-08189-0027, 11001-03-15-000-2021-09466-0028, 11001-03-15-000- 2021-08939-0029, 11001-03-15-000-2021-09155-0030, 11001-03-15-000-2021-09267-0031, 11001-03-15-000-2021-08141-0032, 11001-03-15-000-2021-08845-0033, 11001-03-15-000- 2021-08756-0034, 11001-03-15-000-2021-09182-0035, 11001-03-15-000-2021-09312-0036, 11001-03-15-000-2021-10993-0037, 11001-03-15-000-2021-10227-0038, 11001-03-15-000- 2021-10237-0039, 11001-03-15-000-2021-10559-0040, 11001-03-15-000-2021-10750-0041, 11001-03-15-000-2021-10914-0042, 11001-03-15-000-2021-10539-0043, 11001-03-15-000- 2021-11148-0044, 11001-03-15-000-2021-09286-0045, 11001-03-15-000-2021-10268-0046, 11001-03-15-000-2021-08488-0047 y 11001-03-15-000-2021-09154-0048; ampliaron el escrito inicial de amparo, en el sentido de indicar que el Decreto número 1615 de 30 de noviembre de 2021, al regular la obligatoriedad de la exigencia del carné de vacunación para ingresar a ciertos lugares, también vulneraba sus derechos fundamentales, en tanto que mantuvo las medidas adoptadas inicialmente en el Decreto 1408, razón por la que solicitan que se tenga como nueva norma cuestionada por esta vía constitucional. 11.
En vista de lo anterior, y comoquiera que la ampliación realizada por los actores al escrito inicial de tutela constituye una modificación a las pretensiones -porque se solicita dejar sin efectos el Decreto No. 1615 de 30 de noviembre de 2021, que derogó el Decreto No. 1408 del 3 de noviembre de 2021-, así como una variación del objeto de la acción de tutela, y también la vinculación de una nueva entidad a la parte pasiva -porque se solicita la vinculación del Departamento Administrativo Para la Función Pública-, la Sala estima necesario desacumular49 los procesos relacionados en el numeral 10 de 18 Promovido por la señora Sandra Yurany Montenegro Martínez. 19 Promovido por la señora María Eugenia Justinico Marín. 20 Promovido por el señor Erick Gonzalo Calderón Ospina. 21 Promovido por el señor Simeón Soto Arias. 22 Promovida por Jennifer Rodríguez Ramírez 23 Promovida por Ana Deisy Rodríguez Rojas. 24 Promovido por la señora Dora Elizabeth Gutiérrez. 25 Promovido por el señor Natanael Arias Peralta. 26 Promovido por el señor Josías Suárez Perilla. 27 Promovido por el señor Luis Fidel Sánchez Díaz. 28 Promovido por el señor Dairo Alberto Cano Misas. 29 Promovido por la señora Nubia Esperanza Mayorga de Gil. 30 Promovido por el señor Rafael Antonio Estupiñán Pinto. 31 Promovido por la señora Janeth Jaramillo Uribe. 32 Promovido por el señor José Ferney Cortés Montoya. 33 Promovido por el señor Fredy Alexander Tovar Barrera. 34 Promovido por la señora Andrea Hernández Rodríguez. 35 Promovida por Elizabeth Trujillo Salas. 36 Promovido por el señor Omar Andrés Rueda Lamprea. 37 Promovido por el señor Juan Pablo Romero Pérez. 38 Promovido por la señora Eliana María Acevedo López. 39 Promovido por el señor Gildardo de Jesús Amaya Monsalve. 40 Promovido por la señora Ana Milena Pérez Buriticá. 41 Promovido por el señor Jorge Iván Medina Arango. 42 Promovido por la señora María Luz Elcy Giraldo Giraldo. 43 Promovido por la señora Edilma Rosa Giraldo de Suarez. 44 Promovido por el señor John Jaime Valencia Muñoz. 45 Promovido por el señor Luis Fernando Piedrahita. 46 Promovido por el señor Jorge Mario Rendón Velásquez. 47 Promovido por el señor Adrián Mauricio Ortega Reyes. 48 Promovido por la señora Mónica María Pérez López. 49 Ver Auto 295 de 16 de julio de 2017, Corte Constitucional, Sala Quinta de Revisión. 10 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros este ordinal del presente trámite constitucional, para que el despacho a cargo de la sustanciación de los mismos se pronuncie al respecto.
VI.2.2. De la medida provisional solicitada por la actora Isabela Cárdenas Cuéllar (Expediente 11001-03-15-000-2021-08011-00) 12. La señora Isabela Cárdenas Cuéllar, mediante escrito radicado el 14 de febrero de 2022, insistió50 en que se decrete la medida provisional solicitada por ella, con fundamento en que: […] En relación con el pronunciamiento de su despacho titulado: II.2.
De la solicitud de decreto de la medida provisional planteada en las acciones de tutela admitidas en la presente decisión, en referencia al numeral 12, sección (i) me permito adjuntar nuevas pruebas referidas a más de mil artículos científicos publicados en revistas médicas de reconocido prestigio que señalan la gravedad y los accidentes que están ocurriendo a nivel mundial por efecto y consecuencias de las vacunas.
Podrá su señoria verificar la validez de la información de tal manera, que la observación sobre la falta de pruebas es un equivoco en la apreciación del Consejo de Estado, por lo tanto sigue en pie la aceptación de la medida provisional que se ha solicitado. Quedo atenta a su valoración y respuesta a la información entregada […]. (sic en toda la cita) 13.
Sobre el particular, es de destacar que el artículo 7° del Decreto 2591 de 1991, prevé que las medidas provisionales constituyen una herramienta excepcional del juez constitucional para la protección de derechos fundamentales presuntamente afectados, siempre que se advierta la necesidad y urgencia de su adopción; o la posibilidad de evitar un daño más gravoso, de tal manera que la decisión adoptada en el fallo de tutela resulte eficaz. 14.
En consonancia con lo anterior, la Corte Constitucional ha precisado que, para la procedencia del decreto de las medidas provisionales, la autoridad judicial debe: (i) contar con una duda razonable respecto de la legalidad de la actuación cuestionada, y (ii) garantizar que, con la adopción de las órdenes, se evite que la amenaza del derecho fundamental invocado se concrete en una vulneración o se agrave el daño51. 15.
En este contexto, es de resaltarse que la Corte Constitucional en sentencia T- 103 de 2018, en atención a que consideró pertinente adoptar una decisión de fondo en el asunto objeto de su estudio, decidió no emitir un pronunciamiento en relación con la medida cautelar presentada en sede de revisión. En esa oportunidad, dicha Corporación precisó lo siguiente: 50 Cabe poner de relieve que la aquí actora con la presentación del escrito de tutela solicitó como medida provisional la suspensión del Decreto 1408 de 2021, la cual le fue negada mediante auto de 18 de enero de 2021. 51 Corte Constitucional, Auto A142A de 2014. 11 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros […] Ante la necesidad de una decisión que resuelva la causa objeto de revisión con efectos de cosa juzgada, la Sala considera pertinente emitir una determinación definitiva en el asunto de la referencia y no resolverlo provisionalmente.
Se trata de imprimir celeridad en este caso y fallarlo de manera expedida. En la causa analizada se encuentran en disputa de manera inmediata el derecho a la consulta previa de una comunidad étnica; y de forma mediata el derecho a la salud de 210.000 personas, por lo que se requiere una pronta respuesta por parte de la administración de justicia […]52.
(Se destaca) 16. Con fundamento en la anterior premisa, y comoquiera que la finalidad de la medida provisional consiste en que se adopte una medida antes de que se profiera sentencia, la Sala estima que no hay lugar a emitir un pronunciamiento frente a la solicitud de la señora Isabela Cárdenas Cuéllar, dado que a través de la presente decisión se va a resolver la controversia planteada tanto por ella por los demás actores.
VI.3. Problemas jurídicos 17. De acuerdo con la situación fáctica planteada, a la Sala le corresponde establecer: a) Si en el presente asunto se configuró o no la carencia actual de objeto por sustracción de materia, con ocasión de la derogatoria expresa del Decreto 1408 de 2021, de no ser así, determinar: b) Si se cumplen los requisitos generales de procedencia de la acción de tutela contra acto administrativo. c) Si las entidades accionadas vulneraron los derechos fundamentales invocados por los actores como consecuencia de la expedición del Decreto número 1408 de 3 de noviembre de 2021.
VI.4. Caso concreto 18. El extremo accionante solicitó la protección de sus derechos fundamentales a la libertad de locomoción, a la libertad de conciencia, de reunión y manifestaciones públicas, al trabajo, al libre desarrollo de la personalidad, a la igualdad, a la vida digna, a la dignidad humana, a la libertad de expresión e información, a la intimidad, de asociación y a la honra, los cuales fueron presuntamente transgredidos por el Presidente de la República, por el Ministerio de Salud y Protección Social, por el Ministerio del Interior y por el Ministerio de 52 Corte Constitucional, sentencia T-103 de 23 de marzo de 2018, M.P. Alberto Rojas Ríos. 12 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros Comercio, Industria y Turismo, como consecuencia de la expedición del Decreto número 1408 de 3 de noviembre de 202153.
VI.4.1. De la legitimación en la causa por activa en el sub judice 19. El artículo 86 de la Constitución Política de 1991 establece que toda persona tiene a su disposición la acción de tutela para reclamar ante los jueces, en todo momento y lugar, mediante un procedimiento preferente y sumario, por sí misma o por quien actúe a su nombre, la protección inmediata de sus derechos fundamentales amenazados o vulnerados por cualquier autoridad pública o por los particulares encargados de la prestación de un servicio público, o respecto de quienes el solicitante se halle en estado de subordinación o indefensión. 20.
Precisamente, el artículo 10 del Decreto Ley 2591 del 19 de noviembre de 1991, que se refiere a la legitimidad e interés para el ejercicio de la acción, prevé lo siguiente: […] La acción de tutela podrá ser ejercida, en todo momento y lugar, por cualquier persona vulnerada o amenazada en uno de sus derechos fundamentales, quien actuará por sí misma o a través de su representante.
Los poderes se presumirán auténticos. También se pueden agenciar derechos ajenos cuando el titular de los mismos no esté en condiciones de promover su propia defensa. Cuando tal circunstancia ocurra, deberá manifestarse en la solicitud. También podrán ejercerla el Defensor del Pueblo y los personeros municipales […]. 21. Atendiendo lo dispuesto en la norma previamente transcrita, se entiende que el titular de los derechos fundamentales que se estiman amenazados o vulnerados puede ejercer la acción de tutela: i) por sí mismo o actuando mediante apoderado judicial, o ii) a través de agente oficioso54, quien deberá manifestar que actúa como tal y acreditar las razones por las cuales el titular de los derechos fundamentales que se estiman amenazados o conculcados no puede ejercer por sí mismo su propia defensa. 22.
Al respecto, la Corte Constitucional55, en múltiples oportunidades, se ha pronunciado frente a la legitimación en la causa para ejercer la acción de tutela, señalando lo siguiente: […] En estos términos, y no obstante la informalidad que caracteriza a la acción de tutela, la jurisprudencia constitucional ha reconocido que su ejercicio está sujeto al cumplimiento de unos requisitos mínimos de procedibilidad que 53 “Por el cual se imparten instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVIO - 19, Y el mantenimiento del orden público”. 54 La Corte Constitucional, por auto 312 de 29 de noviembre de 2001.
(M.P. Jaime Araujo Rentería) mencionó que: “La causa activa corresponde a la titularidad del demandante respecto de los derechos fundamentales infringidos, la capacidad para actuar en representación de otros a quienes resulta imposible defender directamente sus propios derechos, o la capacidad para actuar como apoderado judicial de acuerdo con los requerimientos legales para el efecto”. 55 Corte Constitucional, sentencia T-552 de 2006.
M.P.: Jaime Córdoba Triviño; sentencia T-213 de 26 de abril de 2016. M.P.: Jorge Ignacio Pretelt Chaljub, entre otras. 13 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros se deben acreditar en cada caso concreto, entre los cuales se encuentra la legitimación en la causa por activa, con la cual se pretende asegurar que el accionante tenga un interés directo y particular en lo reclamado, y que en este sentido, se busque la protección de un derecho fundamental del propio demandante y no de otra persona […]”56.
(negrillas fuera del texto) 23. Igualmente, la jurisprudencia constitucional ha establecido que es posible presentar la acción de tutela cuando el titular del derecho amenazado o vulnerado se encuentra en imposibilidad de acudir a la justicia, a través de la figura de la agencia oficiosa, para lo cual se requiere verificar: i) que exista una manifestación del agente oficioso para actuar como tal; ii) que se indique en el escrito de tutela, o que se pueda inferir del mismo, que el titular del derecho fundamental no está en condiciones físicas o mentales de promover su propia defensa, y iii) que el sujeto o los sujetos agenciados se encuentren plenamente identificados57. 24.
Por todo lo anterior, para la Sala es dable concluir que, pese a la informalidad que rige en las acciones de tutelas, quien promueva esta acción constitucional tiene que ser la persona directamente afectada en el goce de sus derechos fundamentales, en nombre propio o a través de apoderado judicial, o manifestar que actúa como agente oficioso de quien materialmente no puede ejercer la acción, de lo contrario, no podría hablarse de legitimación en la causa por activa. 25.
En el caso sub examine, las entidades públicas accionadas manifestaron que la parte actora no se encuentra legitimada en la causa por activa para promover el presente mecanismo de amparo, dado que asume «[…] la vocería de toda la sociedad y de terceros en particular, sin que se acredite que actúa como como representante legal, jurídico o agente oficiosos de ninguna otra persona […]». 26.
Sin embargo, para la Sala es claro que los accionantes sí se encuentran legitimados en la causa por activa para promover la acción de amparo de la referencia, por cuanto ellos son los titulares de los derechos fundamentales que se aducen trasgredidos con ocasión de la expedición del Decreto 1408 de 2021. 27. Valga resaltar que los actores en ningún momento están pretendiendo que se amparen los derechos fundamentales de la ciudadanía en general o de terceros; por el contrario, en todas sus demandas fueron enfáticos en solicitar única y exclusivamente la protección de sus garantías fundamentales. 28.
Con fundamento en las anteriores premisas, para la Sala no son de recibo los argumentos expuestos por la parte accionada en relación con la falta de legitimación en la causa por activa los aquí accionantes y, por ende, se desestimará el planteamiento asociado a la falta de legitimación en la causa por activa propuesta. 56 Sentencia T-176 de 2011.
M.P. Gabriel Eduardo Mendoza Martelo. 57 SU-707 de 1996. M.P. Hernando Herrera Vergara. 14 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros VI.3.2. De la carencia actual de objeto por sustracción de materia con ocasión de la derogatoria expresa del Decreto 1408 de 2021 29.
En relación con la figura de la carencia actual de objeto, esta Sala de Decisión en reciente providencia de 9 de septiembre de 202158 precisó que dicho fenómeno jurídico se presenta en las siguientes eventualidades: «[…] i) por hecho superado, cuando por alguna conducta del obligado se supera la afectación a los derechos invocados de tal manera que resulte innecesario el pronunciamiento del juez, ii) por daño consumado, cuando se afecta de manera definitiva los derechos del tutelante, antes de que el juez constitucional profiera decisión de fondo sobre las pretensiones de la tutela y, iii) por sustracción de materia […]». 30.
Particularmente, y en lo atiente a la carencia actual de objeto por sustracción materia, la Sala concluyó que tal figura: «[…] se configura en aquellos casos en que deja de existir el objeto jurídico respecto del cual el juez constitucional debe tomar una decisión, por lo cual, la protección a través de la tutela pierde sentido y, en consecuencia, el juez constitucional queda imposibilitado para emitir orden alguna de protección del derecho fundamental invocado […]». 31.
En esa misma línea argumentativa, la jurisprudencia de la Corte Constitucional ha indicado lo siguiente: […] La carencia actual de objeto tiene lugar, en la medida en que la finalidad de la acción de tutela es garantizar la protección del derecho fundamental de quien invoca el amparo. Es decir, es, en principio, una finalidad subjetiva.
Existiendo carencia de objeto “no tendría sentido cualquier orden que pudiera proferir esta Corte con el fin de amparar los derechos del demandante, pues en el evento de adoptarse ésta, caería en el vacío por sustracción de materia”. La Corte ha señalado al respecto: “Esta Corporación, al interpretar el contenido y alcance del artículo 86 de la Constitución Política, en forma reiterada ha señalado que el objetivo de la acción de tutela se circunscribe a la protección inmediata y actual de los derechos fundamentales, cuando estos resulten vulnerados o amenazados por la acción u omisión de las autoridades públicas, o de los particulares en los casos expresamente consagrados en la ley.
Así las cosas, se tiene que el propósito de la tutela, como lo establece el mencionado artículo, es que el Juez Constitucional, de manera expedita, administre justicia en el caso concreto, profiriendo las órdenes que considere pertinentes a la autoridad pública o al particular que con sus acciones han amenazado o vulnerado derechos fundamentales y procurar así la defensa actual y cierta de los mismos. 58 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo.
Sección Primera, sentencia del 9 de septiembre de 2021, Exp. 11001-03-15-000-2021-02263-00, M.P. Nubia Margoth Peña Garzón. 15 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros No obstante, cuando la situación de hecho que causa la supuesta amenaza o vulneración del derecho alegado desaparece o se encuentra superada, la acción de tutela pierde toda razón de ser como mecanismo más apropiado y expedito de protección judicial, por cuanto la decisión que pudiese adoptar el juez respecto del caso concreto resultaría a todas luces inocua, y por consiguiente contraria al objetivo constitucionalmente previsto para esta acción59” […] (negrillas fuera del texto). 32.
A partir de lo anterior, es dable concluir que la acción de tutela fue instituida como un mecanismo expedito para la protección inmediata y oportuna de los derechos fundamentales de las personas y debido a esto, al desaparecer las causa que da origen a dicha vulneración, como sería, por ejemplo, la derogatoria de del acto administrativo que presuntamente vulnera las garantías fundamentales del accionante, la acción de tutela pierde toda razón de ser como mecanismo de protección judicial. 33.
En este contexto, se pone de relieve que el Decreto número 1408 de 3 de noviembre de 2021 fue derogado expresamente por el artículo 5º del Decreto número 1615 de 30 de noviembre de 202160, norma cuyo tenor literal prescribe: «[…] el presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga el Decreto 1408 del 3 de noviembre de 2021 […]» (negrillas fuera del texto). 34.
Ahora bien, en los casos sub examine, se advierte que las pretensiones de las distintas acciones constitucionales persiguen la protección de los derechos fundamentales invocados por la parte actora y, como consecuencia de ello, se ordene dejar sin efectos el Decreto 1408 de 2021. 35. En atención a lo anterior, y en consideración a que el objeto del presente proceso consiste en que se suspendan los efectos del Decreto número 1408 del 3 de noviembre de 2021, para la Sección es claro que en el caso de autos se configura la carencia actual de objeto por sustracción de materia, en el entendido que el acto administrativo que presuntamente vulneró los derechos fundamentales de los accionantes, no está surtiendo efectos jurídicos en este momento, debido a su derogatoria expresa. 36.
Cabe resaltar que, con ocasión de la derogatoria expresa del Decreto 1408 de 2021, al tenor literal numeral 5° del artículo 91 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo -CPACA61, se materializa el supuesto normativo denominado «pérdida de ejecutoriedad del acto 59 Corte Constitucional. Sala Octava de Revisión. Sentencia T-653 de 17 de septiembre de 2013.
M.P. Alberto Rojas Ríos. 60 “Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga el Decreto 1408 del 3 de noviembre de 2021”. 61 «[…]
ARTÍCULO
91. PÉRDIDA DE EJECUTORIEDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO. Salvo norma expresa en contrario, los actos administrativos en firme serán obligatorios mientras no hayan sido anulados por la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo. Perderán obligatoriedad y, por lo tanto, no podrán ser ejecutados en los siguientes casos: (…) 5. Cuando pierdan vigencia. […]». 16 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros administrativo» como fenómeno derivado, en este caso concreto, de la falta de vigencia del referido acto administrativo62. 37.
Es pertinente poner de relieve que el atributo de la ejecutoriedad hace referencia a que un determinado acto administrativo, una vez en firme, sea exigible y produzca efectos jurídicos, circunstancia que no se presenta en este caso en razón a la referida derogatoria. 38. Ahora bien, es oportuno precisar que, aunque el Decreto 1408 de 2021 fue derogado, lo cierto es que surtió efectos mientras estuvo vigente y, en ese sentido63: «[…] el hecho que un acto administrativo objeto de control no esté produciendo efectos jurídicos no impide la realización del juicio de legalidad por los efectos que pudo producir durante el tiempo en que estuvo vigente […]», razón por la cual será el juez ordinario -como juez natural de este tipo de controversias- y no el juez constitucional de tutela, el encargado de analizar la legalidad del acto y de disponer o no la adopción de las medidas cautelares que se estimen pertinentes. 39.
Sobre el particular, se pone de presente que en esta Sección actualmente cursan más de 150 demandas instauradas en ejercicio del medio de control de nulidad previsto en el artículo 137 del CPACA, a través de las cuales se busca que se declare la nulidad del Decreto número 1408 de 2021, siendo la primera en ser admitida la promovida por el señor José Ignacio Morales Arriaga, con radicación 11001-03-24-000-2021-00686-0064, y en las cuales se solicitó que se decrete la suspensión previsional del plurimencionado decreto. 40.
Asimismo, es pertinente resaltar que si bien es cierto que el Decreto 1615 de 30 de noviembre de 2021 exigió nuevamente la presentación del carné de vacunación o certificado digital para ingresar a ciertos lugares, también lo es que este juez constitucional, en el marco de proceso de la referencia, no puede emitir un pronunciamiento de fondo frente al mismo, en tanto que se trata de actos administrativos distintos, autónomos e independientes y en relación a los cuales no existe plena identidad jurídica, tal como se puede evidenciar del siguiente cuadro comparativo: DECRETO 1408 DE 2021 (03 de noviembre, 2021) DECRETO 1615 DE 2021 (30 de noviembre, 2021) DIFERENCIAS Artículo 1.
Objeto. El presente Decreto tiene por objeto impartir instrucciones en virtud de Artículo 1. Objeto. El presente Decreto tiene por objeto impartir instrucciones en virtud de la emergencia sanitaria generada N/A 62 «[…]
ARTÍCULO
89. CARÁCTER EJECUTORIO DE LOS ACTOS EXPEDIDOS POR LAS AUTORIDADES. Salvo disposición legal en contrario, los actos en firme serán suficientes para que las autoridades, por sí mismas, puedan ejecutarlos de inmediato. En consecuencia, su ejecución material procederá sin mediación de otra autoridad. Para tal efecto podrá requerirse, si fuere necesario, el apoyo o la colaboración de la Policía Nacional. 63 Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, sentencia de 15 de julio de 2021, Exp. 11001-03-24-000-2012-00323-00, C.P. Oswaldo Giraldo López.
En el mismo sentido ver las siguientes providencias: de 27 de marzo de 2003, Expediente: 0171 (7095), M.P. Camilo Arciniegas Andrade; de 10 de marzo de 2010, Expediente: 11001032400020040038001, M.P. María Claudia Rojas Lasso; de sentencia de 22 de noviembre de 2012, Expediente: 11001032400020080010000, M.P. María Elizabeth García González, de 10 de mayo de 2018, Expediente 11001-03-24- 000-2008-00248-00, C.P. Hernando Sánchez Sánchez, entre otras. 64 Fue admitida mediante auto de 25 de noviembre de 2021, por el Consejero Roberto Augusto Serrato Valdés. 17 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros la emergencia sanitaria generada por la pandemia del Coronavirus COVID- 19. por la pandemia del Coronavirus COVID 19.
Artículo 2. Exigencia del Carné de Vacunación. Las entidades territoriales deberán adicionar a los protocolos de bioseguridad vigentes, la presentación obligatoria del carné de vacunación contra el Covid-19 o certificado digital de vacunación disponible en el link: mivacuna.sispro.gov.co, en el que se evidencie, como mínimo, el inicio del esquema de vacunación, como requisito de ingreso a: (i) eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva y, (ii) bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, y ferias.
Parágrafo 1. El cumplimiento de las normas aquí dispuestas estará a cargo de los propietarios, administradores u organizadores de eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva y en aquellos lugares antes señalados. En caso de incumplimiento las autoridades competentes adelantarán las acciones correspondientes.
Parágrafo 2. La exigencia del carné de vacunación contra el Covid-19 o certificado digital de vacunación disponible en el link: mivacuna.sispro.gov.co, en el que se evidencie, como mínimo, el inicio del esquema de vacunación, como requisito de ingreso para las actividades aquí dispuestas entrará en vigencia a partir del 16 de noviembre de 2021 para mayores de 18 años y desde el 30 de noviembre de 2021 para mayores de 12 años; se exceptúa de esta medida a la población entre O y 12 años.
Parágrafo 3. El Ministerio de Salud y Protección Artículo 2. Exigencia del Carné de Vacunación. Las entidades territoriales deberán adicionar a los protocolos de bioseguridad vigentes, la presentación obligatoria del carné de vacunación contra el Covid-19 o certificado digital de vacunación disponible en el link: mivacuna.sispro.gov.co, en el que se evidencie, como mínimo, el inicio del esquema de vacunación, como requisito de ingreso a: (i) eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva y, (ii) bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, y ferias.
Parágrafo 1. El cumplimiento de las normas aquí dispuestas estará a cargo de los propietarios, administradores u organizadores de eventos presenciales de carácter público o privado que impliquen asistencia masiva y en aquellos lugares antes señalados. En caso de incumplimiento las autoridades competentes adelantarán las acciones correspondientes.
Parágrafo 2. La exigencia del carné de vacunación contra el Covid-19 o certificado digital de vacunación disponible en el link: rnivacuna.sispro.gov.co, en el que se evidencie, como mínimo, el inicio del esquema de vacunación, como requisito de ingreso para las actividades aquí dispuestas entrará en vigencia a partir del 1 de diciembre de 2021 para mayores de 12 años; se exceptúa de esta medida a la población entre 0 y menor a 12 años.
La exigencia del carné de vacunación contra el Covid-19 o certificado digital de vacunación disponible en el link: mivacuna.sispro.gov.co, en el que se evidencie el esquema de vacunación completo -mínimo dos dosis-, como requisito de ingreso para las actividades aquí dispuestas, entrará en vigencia a partir del 14 de diciembre de 2021 para mayores de 18 años; y desde el 28 de diciembre de 2021 para mayores de 12 años; se exceptúa de esta medida a la población entre y 12 años.
Parágrafo 3. El Ministerio de Salud y Protección Social en 1) Se modificaron las fechas de exigencia del inicio del esquema de vacunación y para tener el esquema de vacunación completo: Decreto 1408 Decreto 1615 Requisito inicio esquema de vacunación Para mayores de 18 años, desde el 16 de noviembre de 2021. Para mayores de 12 años, desde el 30 de noviembre de 2021.
Para mayores de 12 años, desde el 1° de diciembre de 2021. Requisito esquena de vacunación completo (2 dosis) N/A Para mayores de 18 años, desde el 14 de diciembre de 2021. Para mayores de 12 años, desde el 28 de diciembre de 2021. En ambos decretos se exceptúa de ambas medidas a la población entre 0 y 12 años. 2) Se agregan los siguientes parágrafos: Parágrafo 3: Min.
Salud y Min. Interior podrán ampliar las medidas a otras actividades o sectores. Parágrafo 4. Las personas que hacen parte de una investigación con vacunas AntiCOVID-19 deberán presentar un certificado que los acredite como tal. Parágrafo 5. Día libre para servidores públicos y trabajadores oficiales que en el mes de diciembre completen sus esquemas de vacunación o apliquen dosis de refuerzo.
Parágrafo 6. Insta al sector privado a otorgar un día libre a empleados o contratistas que en el mes de diciembre completen sus esquemas de vacunación o apliquen dosis de refuerzo. *EN EL DECRETO 1408 EL PARÁGRAFO 3 DECÍA: Parágrafo 4. El Ministerio de Salud y Protección Social en conjunto con el Ministerio del Interior, quedan facultados para determinar la fecha desde la cual se realizar la exigencia de carné con esquema de vacunación completo. → Esto se definió para el Decreto 1615 de 2021. 18 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros Social en coordinación con el Ministerio del Interior, podrá ampliar esta medida a otras actividades o sectores, de acuerdo con la evolución de la pandemia contra el Covid -19 Y el avance del Plan Nacional de Vacunación. Parágrafo 4.
El Ministerio de Salud y Protección Social en conjunto con el Ministerio del Interior, quedan facultados para determinar la fecha desde la cual se realizar la exigencia de carné con esquema de vacunación completo. coordinación con el Ministerio del Interior, podrá ampliar esta medida a otras actividades o sectores, de acuerdo con la evolución de la pandemia contra el Covid -19 Y el avance del Plan Nacional de Vacunación. Parágrafo 4.
Las personas que hacen parte de una investigación con vacunas AntiCOVID-19 aprobados por el Instituto Nacional de Vigilancia de Medicamentos y Alimentos - INVIMA-, como requisito de ingreso para las actividades aquí dispuestas deberán presentar el certificado emitido por el Centro de Investigación en el que se está desarrollando el ensayo clínico que los acredite como personas en investigación clínica con vacunas contra el Covid-19.
Parágrafo 5. El Gobierno Nacional dará un día libre en el primer trimestre del 2022 a los servidores públicos y trabajadores oficiales que en el mes de diciembre completen sus esquemas de vacunación o apliquen dosis de refuerzo en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. Parágrafo 6.
El Gobierno Nacional insta al sector privado a otorgar un día libre en el primer trimestre del 2022 a los empleados o contratistas que en el mes de diciembre completen sus esquemas de vacunación o apliquen dosis de refuerzo en los tiempos y ciclos establecidos por el Ministerio de Salud y Protección Social. Artículo 3. Criterio y condiciones para el desarrollo de las actividades bajo esquemas de vacunación completos.
El desarrollo de todas las actividades aquí dispuestas se realizará, de acuerdo con los siguientes criterios: Todo evento presencial de carácter público o privado que implique asistencia masiva a bares, gastrobares, restaurantes, cines, discotecas, lugares de baile, conciertos, casinos, bingos y actividades de ocio, así como escenarios deportivos, parques de diversiones y temáticos, museos, y ferias deberá exigir sin excepción el carnet de vacunación con esquema completo de acuerdo con las fechas señaladas en el artículo anterior.
Los aforos podrán ser del 100% de acomodación cuando se cumpla con este criterio y condición. 1) Se agrega este artículo sobre CRITERIO Y CONDICIONES PARA EL DESARROLLO DE LAS ACTIVIDADES BAJO ESQUEMAS DE VACUNACIÓN COMPLETOS: - Se debe exigir sin excepción en todo evento o lugar el carnet de vacunación completo de acuerdo con las fechas anteriormente señaladas. - Puede haber un aforo del 100% cuando se cumpla con el criterio y condición. Artículo 3.
Comunicación de las Artículo 4. Comunicación de las medidas y órdenes en N/A 19 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros medidas y órdenes en materia de orden público emitidas por alcaldes y gobernadores. Las instrucciones y órdenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID-19 deben ser previamente justificadas y comunicadas al Ministerio del Interior, y deberán ser autorizadas por esta entidad. materia de orden público emitidas por alcaldes y gobernadores.
Las instrucciones y órdenes que emitan los gobernadores y alcaldes municipales y distritales en materia de orden público, con relación a la emergencia sanitaria por causa del Coronavirus COVID19 deben ser previamente justificadas y comunicadas al Ministerio del Interior, y deberán ser autorizadas por esta entidad.
Artículo 4. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su expedición. Artículo 5. Vigencia. El presente Decreto rige a partir de su publicación y deroga el Decreto 1408 del 3 de noviembre de 2021. El Decreto número 1615 de 2021 deroga expresamente el Decreto 1408 de 2021. 41. En virtud de lo expuesto, para la Sala es claro que, dadas las diferencias anteriormente advertidas, será el juez ordinario -o constitucional- que conozca de las correspondientes acciones judiciales en contra del Decreto 1615 de 2021, el llamado a emitir el pronunciamiento a que hubiere lugar. 42.
Por último, la Sala pone de presente que esta Sección, mediante los fallos de 15 de diciembre de 202165 y de 17 de enero de 202266, tuvo la ocasión de analizar un asunto idéntico al presente, adoptando la misma decisión que en esta oportunidad se prohíja en su integridad, en el sentido de señalar la carencia actual de objeto por sustracción de materia respecto de la acción de tutela que había sido interpuesta en contra del Decreto número 1408 de 2021.
En mérito de lo expuesto, el Consejo de Estado, Sala de lo Contencioso Administrativo, Sección Primera, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, F A L L A:
PRIMERO: Disponer la DESACUMULACIÓN del presente expediente de las acciones de tutela números 11001-03-15-000-2021-08919-0067, 11001-03-15-000- 2021-08730-0068, 11001-03-15-000-2021-09497-0069, 11001-03-15-000-2021-09498-0070, 11001-03-15-000-2021-09527-0071, 11001-03-15-000-2021-08251-0072, 11001-03-15-000- 65 Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo.
Sección Primera. Sentencia de 16 de diciembre de 2021. Expediente 11001-23-33-000-2021-07893-00, C.P. Roberto Augusto Serrato Valdés. 66 Consejo de Estado. Sala de lo Contencioso Administrativo. Sección Primera. Sentencia de 17 de enero de 2022. Expediente 11001-13-15-000-2021-07578-00, C.P. Roberto Augusto Serrato Valdés. 67 Promovido por la señora July Katherine González Reina. 68 Promovido por la señora Luz Myriam Sánchez de Gutiérrez. 69 Promovido por la señora Ana Lucía Rivera Sánchez. 70 Promovido por el señor Joshua Andrés Flórez Rodríguez. 71 Promovido por la señora María Ninfa Lara Gutiérrez. 72 Promovida por Liza Roxan Cortés Osorio. 20 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 2021-09993-0073, 11001-03-15-000-2021-09391-0074, 11001-03-15-000-2021-09365-0075, 11001-03-15-000-2021-09501-0076, 11001-03-15-000-2021-07738-0077, 11001-03-15-000- 2021-07714-0078, 11001-03-15-000-2021-07787-0079, 11001-03-15-000-2021-07876-0080, 11001-03-15-000-2021-08689-0081, 11001-03-15-000-2021-09595-0082, 11001-03-15-000- 2021-10477-0083, 11001-03-15-000-2021-09908-0084, 11001-03-15-000-2021-08407-0085, 11001-03-15-000-2021-08189-0086, 11001-03-15-000-2021-09466-0087, 11001-03-15-000- 2021-08939-0088, 11001-03-15-000-2021-09155-0089, 11001-03-15-000-2021-09267-0090, 11001-03-15-000-2021-08141-0091, 11001-03-15-000-2021-08845-0092, 11001-03-15-000- 2021-08756-0093, 11001-03-15-000-2021-09182-0094, 11001-03-15-000-2021-09312-0095, 11001-03-15-000-2021-10993-0096, 11001-03-15-000-2021-10227-0097, 11001-03-15-000- 2021-10237-0098, 11001-03-15-000-2021-10559-0099, 11001-03-15-000-2021-10750- 00100, 11001-03-15-000-2021-10914-00101, 11001-03-15-000-2021-10539-00102, 11001-03- 15-000-2021-11148-00103, 11001-03-15-000-2021-09286-00104, 11001-03-15-000-2021- 10268-00105, 11001-03-15-000-2021-08488-00106 y 11001-03-15-000-2021-09154-00107, por las razones expuestas en la parte motiva de esta providencia.
SEGUNDO: NEGAR la medida provisional solicitada por la actora Isabela Cárdenas Cuéllar, por las razones expuestas en esta providencia.
TERCERO: DECLARAR la carencia actual de objeto por sustracción de materia de las acciones de tutela números 11001-03-15-000-2021-07948-00108, 11001-03-15- 000-2021-08329-00109, 11001-03-15-000-2021-08352-00110, 11001-03-15-000-2021- 08420-00111, 11001-03-15-000-2021-08445-00112, 11001-03-15-000-2021-08664-00113, 73 Promovido por el señor Luis Alejandro Vega Cárdenas. 74 Promovido por el señor Robert Armando Flórez Castaño. 75 Promovido por la señora Laura Rocío Rodríguez Zambrano. 76 Promovido por el señor Juan Gabriel Vargas Hoyos. 77 Promovido por la señora Sandra Yurany Montenegro Martínez. 78 Promovido por la señora María Eugenia Justinico Marín. 79 Promovido por el señor Erick Gonzalo Calderón Ospina. 80 Promovido por el señor Simeón Soto Arias. 81 Promovida por Jennifer Rodríguez Ramírez 82 Promovida por Ana Deisy Rodríguez Rojas. 83 Promovido por la señora Dora Elizabeth Gutiérrez. 84 Promovido por el señor Natanael Arias Peralta. 85 Promovido por el señor Josías Suárez Perilla. 86 Promovido por el señor Luis Fidel Sánchez Díaz. 87 Promovido por el señor Dairo Alberto Cano Misas. 88 Promovido por la señora Nubia Esperanza Mayorga de Gil. 89 Promovido por el señor Rafael Antonio Estupiñán Pinto. 90 Promovido por la señora Janeth Jaramillo Uribe. 91 Promovido por el señor José Ferney Cortés Montoya. 92 Promovido por el señor Fredy Alexander Tovar Barrera. 93 Promovido por la señora Andrea Hernández Rodríguez. 94 Promovida por Elizabeth Trujillo Salas. 95 Promovido por el señor Omar Andrés Rueda Lamprea. 96 Promovido por el señor Juan Pablo Romero Pérez. 97 Promovido por la señora Eliana María Acevedo López. 98 Promovido por el señor Gildardo de Jesús Amaya Monsalve. 99 Promovido por la señora Ana Milena Pérez Buriticá. 100 Promovido por el señor Jorge Iván Medina Arango. 101 Promovido por la señora María Luz Elcy Giraldo Giraldo. 102 Promovido por la señora Edilma Rosa Giraldo de Suarez. 103 Promovido por el señor John Jaime Valencia Muñoz. 104 Promovido por el señor Luis Fernando Piedrahita. 105 Promovido por el señor Jorge Mario Rendón Velásquez. 106 Promovido por el señor Adrián Mauricio Ortega Reyes. 107 Promovido por la señora Mónica María Pérez López. 108 Promovido por el señor Hernán Alberto Cruz Bernal. 109 Promovido por el señor Daniel Esteban Tobón Serna. 110 Promovido por el señor Darío Penilla Reyes. 111 Promovido por el señor Julio Enrique Buriticá González. 21 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-07928-00114, 11001-03-15-000-2021-07934-00115, 11001-03-15- 000-2021-07998-00116, 11001-03-15-000-2021-07839-00117, 11001-03-15-000-2021- 08016-00118, 11001-03-15-000-2021-08276-00119, 11001-03-15-000-2021-08309-00120, 11001-03-15-000-2021-08515-00121, 11001-03-15-000-2021-08740-00122, 11001-03-15- 000-2021-08836-00123, 11001-03-15-000-2021-08906-00124, 11001-03-15-000-2021- 09059-00125, 11001-03-15-000-2021-09171-00126, 11001-03-15-000-2021-08627-00127, 11001-03-15-000-2021-08704-00128, 11001-03-15-000-2021-08712-00129, 11001-03-15- 000-2021-08796-00130, 11001-03-15-000-2021-08854-00131, 11001-03-15-000-2021- 08969-00132, 11001-03-15-000-2021-09406-00133, 11001-03-15-000-2021-08168-00134, 11001-03-15-000-2021-08176-00135, 11001-03-15-000-2021-08190-00136, 11001-03-15- 000-2021-08243-00137, 11001-03-15-000-2021-08256-00138, 11001-03-15-000-2021- 08344-00139, 11001-03-15-000-2021-08364-00140, 11001-03-15-000-2021-08383-00141, 11001-03-15-000-2021-08392-00142, 11001-03-15-000-2021-08418-00143, 11001-03-15- 000-2021-08473-00144, 11001-03-15-000-2021-08477-00145, 11001-03-15-000-2021- 08630-00146, 11001-03-15-000-2021-08646-00147, 11001-03-15-000-2021-08909-00148, 11001-03-15-000-2021-08936-00149, 11001-03-15-000-2021-09153-00150, 11001-03-15- 000-2021-09178-00151, 11001-03-15-000-2021-09199-00152, 11001-03-15-000-2021- 09335-00153; 11001-03-15-000-2021-09363-00154, 11001-03-15-000-2021-09465-00155, 11001-03-15-000-2021-07865-00156, 11001-03-15-000-2021-08129-00157, 11001-03-15- 112 Promovido por la señora María Clemencia Flórez Urrea. 113 Promovido por el señor Juan Sebastián Sánchez Forero. 114 Promovido por la señora Anabel Pérez Gutiérrez. 115 Promovido por la señora Beatriz Amparo Buitrago Montes. 116 Promovido por la señora Ana Julia Devia Bocanegra. 117 Promovido por la señora Ligia Stella González Sánchez. 118 Promovido por el señor José Antonio Duque Beltrán. 119 Promovido por la señora Olga Lucía Morales Villarraga. 120 Promovido por la señora Ana Milena Montoya Montoya. 121 Promovido por la señora July Katherine Morales Pulgarín. 122 Promovido por el señor Jhon Fredy Tobón Mira. 123 Promovido por la señora Diana María Granada Salazar. 124 Promovido por el señor Mario Andrés Villarraga Casis. 125 Promovido por el señor Roberto Bernardo Obando Diaz. 126 Promovido por el señor Carlos Horacio Tuñez Loewenthal. 127 Promovido por el señor Guillermo Bermúdez Campo. 128 Promovido por la señora Lina Marcela Martínez Guzmán. 129 Promovido por la señora María Eugenia Diaz Restrepo. 130 Promovido por el señor Diego Fernando Santofimio Gamboa. 131 Promovido por la señora Isis Leidy Domínguez Soto. 132 Promovido por el señor Luis Fernando Ramírez Suárez. 133 Promovido por la señora Yuliana Andrea Muñoz Jiménez. 134 Promovida por Mónica Pulido Acosta 135 Promovida por Silvana María López Martínez. 136 Promovida por María Teresa Amaya Valdivieso 137 Promovida por Jesús Antonio Abril Fuentes. 138 Promovida por Luz Francia Rodríguez Beltrán. 139 Promovida por Flor Ángela Trujillo Yara. 140 Promovida por Jairo Humberto Mejía Vaca. 141 Promovida por Johan Manuel Guzmán Marulanda. 142 Promovida por Jaiver Gonzalo Álvarez Agudelo. 143 Promovida por Julián Andrés Marulanda Acevedo. 144 María Teresa Láscar. 145 Promovida por María Yolanda Sánchez Grajales. 146 Promovida por Helena Cubides Ariza. 147 Promovida por Jhon Jairo Urrea Monsalve. 148 Promovida por Jorge Eduardo Restrepo Galvis. 149 Promovida por Néstor Gabriel Vergara Puerta. 150 Promovida por Mónica Botina Gómez. 151 Promovida por Dalila Patricia Giraldo Arroyave. 152 Promovida por Luis Orlando Nieto Cartagena. 153 Promovida por Diana Carolina Chaves Palomino. 154 Promovida por Carlos Raymoth Jaimes Osorio. 155 Promovida por Claudia Marcela Botero Sabogal. 156 Promovido por la señora Alba Luz Herrera García. 157 Promovido por la señora Elsa Villarraga González. 22 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 000-2021-08218-00158, 11001-03-15-000-2021-08267-00159, 11001-03-15-000-2021- 08326-00160, 11001-03-15-000-2021-08520-00161, 11001-03-15-000-2021-08681-00162, 11001-03-15-000-2021-08782-00163, 11001-03-15-000-2021-08880-00164, 11001-03-15- 000-2021-08995-00165, 11001-03-15-000-2021-09223-00166, 11001-03-15-000-2021- 09311-00167, 11001-03-15-000-2021-08780-00168, 11001-03-15-000-2021-09052-00169, 11001-03-15-000-2021-09276-00170, 11001-03-15-000-2021-09380-00171, 11001-03-15- 000-2021-09420-00172, 11001-03-15-000-2021-09450-00173, 11001-03-15-000-2021- 09722-00174, 11001-03-15-000-2021-09763-00175, 11001-03-15-000-2021-09798-00176, 11001-03-15-000-2021-09936-00177, 11001-03-15-000-2021-09937-00178, 11001-03-15- 000-2021-07838-00179, 11001-03-15-000-2021-08123-00180, 11001-03-15-000-2021- 09642-00181, 11001-03-15-000-2021-09892-00182, 11001-03-15-000-2021-09971-00183, 11001-03-15-000-2021-10081-00184, 11001-03-15-000-2021-09545-00185, 11001-03-15- 000-2021-09565-00186, 11001-03-15-000-2021-09659-00187, 11001-03-15-000-2021- 09718-00188, 11001-03-15-000-2021-09805-00189, 11001-03-15-000-2021-09875-00190, 11001-03-15-000-2021-09881-00191, 11001-03-15-000-2021-09301-00192, 11001-03-15- 000-2021-09533-00193, 11001-03-15-000-2021-10110-00194, 11001-03-15-000-2021- 10587-00195, 11001-03-15-000-2021-10048-00196, 11001-03-15-000-2021-09943-00197, 11001-03-15-000-2021-10005-00198, 11001-03-15-000-2021-10021-00199, 11001-03-15- 000-2021-11198-00200, 11001-03-15-000-2021-08455-00201, 11001-03-15-000-2021- 08589-00202, 11001-03-15-000-2021-09212-00203, 11001-03-15-000-2021-09344-00204, 158 Promovido por el señor Carlos Arturo Cuartas Calle. 159 Promovido por la señora Marithza María García Correa. 160 Promovido por el señor Cesar Augusto Jiménez Álvarez. 161 Promovido por la señora Liliana Patricia Guevara Ortiz. 162 Promovido por la señora Leidys Elena Figueroa Vergara. 163 Promovido por la señora Claudia Yamile Blanco Mantilla. 164 Promovido por la señora Hercilia Fajardo Colmenares. 165 Promovido por la señora Maritza Bernal Peña. 166 Promovido por la señora Ana Julia Vivas Rosas. 167 Promovido por el señor Víctor Hugo Ortega Martínez. 168 Promovido por la señora Claudia Nohelia Tarazona Esteban. 169 Promovido por el señor Raúl Yesid Zamora López. 170 Promovido por el señor Juan Sebastián Andrade. 171 Promovido por la señora Martha Elizabeth Erazo Zuleta. 172 Promovido por la señora Luisa Betancur de Rodríguez. 173 Promovido por el señor Carlos Arturo Garzón Magón. 174 Promovido por la señora Sandra Ximena Ibáñez Córdoba. 175 Promovido por la señora Cindy Alejandra Borrero García. 176 Promovido por la señora Diana Patricia Paba Fuentes. 177 Promovido por la señora Silvia Juliana Rueda Pardo. 178 Promovido por la señora Valentina Grisales Gómez. 179 Promovido por el señor Lesswis José Pineda Villa. 180 Promovido por la señora Diana Patricia Granados. 181 Promovido por la señora Michelle Torres Uribe. 182 Promovido por la señora Martha Nubia Rojas Guerrero. 183 Promovido por la señora Gladys García Molina. 184 Promovido por la señora Yurani Stephanie Torres Martínez. 185 Promovido por la señora Herlinda Bustos Gutiérrez. 186 Promovido por la señora María Alejandra Gálvez. 187 Promovido por la señora Sandra Patricia Murillo Ibarguen. 188 Promovido por la señora Nubia Orfilia Cifuentes Pedraza. 189 Promovido por la señora Edilma Chacón Cepeda. 190 Promovido por la señora Ruth Esperanza Lucas Rodríguez. 191 Promovido por la señora Silvia Liliana Bustamante Palacio. 192 Promovido por el señor Mario Giraldo Gallego. 193 Promovido por la señora Nubia Yolanda Morales Macias. 194 Promovido por el señor Leonardo Fabián Rodríguez Jiménez. 195 Promovido por la señora Gloria Andrea Angulo Acosta. 196 Promovido por la señora Yojam Ricardo Rivera Sabogal. 197 Promovido por Yulieth Daniela Arcos Bolaños. 198 Promovido por Juan Manuel García Guzmán 199 Promovido por María Angélica Rodríguez Párraga. 200 Promovido por la señora Aura Cecilia Teque Torres. 201 Promovido por la señora Paula Andrea Ortiz Méndez. 202 Promovido por la señora Dora María Méndez Zambrano. 23 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-09508-00205, 11001-03-15-000-2021-09520-00206, 11001-03-15- 000-2021-09587-00207, 11001-03-15-000-2021-09820-00208, 11001-03-15-000-2021- 09824-00209, 11001-03-15-000-2021-09856-00210, 11001-03-15-000-2021-08501-00211, 11001-03-15-000-2021-08952-00212, 11001-03-15-000-2021-09293-00213, 11001-03-15- 000-2021-09641-00214, 11001-03-15-000-2021-09685-00215, 11001-03-15-000-2021- 09765-00216, 11001-03-15-000-2021-09946-00217, 11001-03-15-000-2021-09992-00218, 11001-03-15-000-2021-10125-00219, 11001-03-15-000-2021-09976-00220, 11001-03-15- 000-2021-10402-00221, 11001-03-15-000-2021-10489-00222, 11001-03-15-000-2021- 10609-00223, 11001-03-15-000-2021-10688-00224, 11001-03-15-000-2021-09102-00225, 11001-03-15-000-2021-09251-00226, 11001-03-15-000-2021-07979-00227, 11001-03-15- 000-2021-09872-00228, 11001-03-15-000-2021-10137-00229, 11001-03-15-000-2021- 10149-00230, 11001-03-15-000-2021-10329-00231, 11001-03-15-000-2021-10357-00232, 11001-03-15-000-2021-10447-00233, 11001-03-15-000-2021-10459-00234, 11001-03-15- 000-2021-10659-00235, 11001-03-15-000-2021-10660-00236, 11001-03-15-000-2021- 10184-00237, 11001-03-15-000-2021-10258-00238, 11001-03-15-000-2021-10990-00239, 11001-03-15-000-2021-10991-00240, 11001-03-15-000-2021-11078-00241, 11001-03-15- 000-2021-11128-00242, 11001-03-15-000-2021-11166-00243, 11001-03-15-000-2021- 11276-00244, 11001-03-15-000-2021-11318-00245, 11001-03-15-000-2021-11423-00246, 11001-03-15-000-2021-10327-00247, 11001-03-15-000-2021-10610-00248, 11001-03-15- 203 Promovido por el señor Ricardo Castro Silva. 204 Promovido por el señor Yoan Sebastián Valencia Restrepo. 205 Promovido por la señora Edith Alexandra López Chacón. 206 Promovido por la señora Marcela Alexandra Álvarez Mantilla. 207 Promovido por la señora Alba Lucy Mejía Cortés. 208 Promovido por el señor Luis Augusto Fontalvo Carrascal. 209 Promovido por el señor Luis Yair Morón Fabra. 210 Promovido por el señor Jorge Luis Serrano Acevedo. 211 Promovido por el señor Jhon Alexander Jaimes. 212 Promovido por el señor Wilman Arturo Aguillón. 213 Promovido por la señora Mariela Vásquez Silva. 214 Promovido por la señora Melanie Katherine Rivera Corzo. 215 Promovido por la señora Irma Lucía Ortiz Escorcia. 216 Promovido por la señora Claudia Yolima Parra Rodríguez. 217 Promovido por la señora Maristella Dorado Ruiz. 218 Promovido por la señora Johanna Huertas. 219 Promovido por el señor Cruz Otilio Peña Pablos. 220 Promovido por el señor Jaime Humberto de la Vega Rondón. 221 Promovido por el señor Jhon Stiven Parra Sierra. 222 Promovido por la señora María Valentina Tejedor Reina. 223 Promovido por el señor Juan Javier Narváez Bahamón. 224 Promovido por el señor Carlos Fernando Velasco Moreno. 225 Promovido por la señora Yarlis del Carmen Coronado Castillo. 226 Promovido por el señor Carlos Ernesto Benavides Muñoz. 227 Promovido por el señor Natanael Herrera. 228 Promovido por la señora Juanita Trujillo López. 229 Promovido por el señor Jairo González Marín. 230 Promovido por la señora Nélida Ninco Saldaña. 231 Promovido por la señora Sandra Marlen Leal Realpe. 232 Promovido por la señora Gina Jamyle González Santana. 233 Promovido por la señora Luz Marcela Álvarez Ruiz. 234 Promovido por la señora María Lilia Galindo de Botia. 235 Promovido por la señora Lucero Sarria García. 236 Promovido por la señora Tránsito Velásquez López. 237 Promovido por la señora Gemma Galgani Banguero de Sánchez. 238 Promovido por la señora Ángela Patricia Granados Gutiérrez. 239 Promovido por la señora Sonia Janneth Coral Dulcey. 240 Promovido por el señor Luis Enrique Pardo Granados. 241 Promovido por la señora Ana María Castiblanco Pachón. 242 Promovido por la señora Cristina Esmeralda Flórez Cortés. 243 Promovido por la señora Luz Marina Galeano Herreño. 244 Promovido por el señor Pedro Julio González Ulloa. 245 Promovido por la señora Carmen Rosa Devia Núñez. 246 Promovido por el señor Ramón Humberto Martínez. 247 Promovido por la señora Sandra Liliana Castañeda Rodríguez. 248 Promovido por la señora Judith Lambraño Cáceres. 24 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 000-2021-10731-00249, 11001-03-15-000-2021-10832-00250, 11001-03-15-000-2021- 10874-00251, 11001-03-15-000-2021-10950-00252, 11001-03-15-000-2021-10922-00253, 11001-03-15-000-2021-11448-00254, 11001-03-15-000-2021-10037-00255, 11001-03-15- 000-2021-10171-00256, 11001-03-15-000-2021-10208-00257, 11001-03-15-000-2021- 10244-00258, 11001-03-15-000-2021-10246-00259, 11001-03-15-000-2021-10249-00260, 11001-03-15-000-2021-10299-00261, 11001-03-15-000-2021-10314-00262, 11001-03-15- 000-2021-10370-00263, 11001-03-15-000-2021-10378-00264, 11001-03-15-000-2021- 10403-00265, 11001-03-15-000-2021-10418-00266, 11001-03-15-000-2021-10428-00267, 11001-03-15-000-2021-10463-00268, 11001-03-15-000-2021-10480-00269, 11001-03-15- 000-2021-10496-00270, 11001-03-15-000-2021-10498-00271, 11001-03-15-000-2021- 10505-00272, 11001-03-15-000-2021-10525-00273, 11001-03-15-000-2021-10538-00274, 11001-03-15-000-2021-10573-00275, 11001-03-15-000-2021-10576-00276, 11001-03-15- 000-2021-10598-00277, 11001-03-15-000-2021-10599-00278, 11001-03-15-000-2021- 10643-00279, 11001-03-15-000-2021-10705-00280, 11001-03-15-000-2021-10716-00281, 11001-03-15-000-2021-10738-00282, 11001-03-15-000-2021-10778-00283, 11001-03-15- 000-2021-10815-00284, 11001-03-15-000-2021-10878-00285, 11001-03-15-000-2021- 10898-00286, 11001-03-15-000-2021-10918-00287, 11001-03-15-000-2021-11101-00288, 11001-03-15-000-2021-11138-00289, 11001-03-15-000-2021-11224-00290, 11001-03-15- 000-2021-11250-00291, 11001-03-15-000-2021-11259-00292, 11001-03-15-000-2021- 11309-00293, 11001-03-15-000-2021-07987-00294, 11001-03-15-000-2021-08088-00295, 249 Promovido por la señora Karen Mercedes Trujillo Armesto. 250 Promovido por la señora Claudia Alicia Espinosa. 251 Promovido por la señora Elizabeth Merchán Rodríguez. 252 Promovido por el señor Andrey Nieto Montenegro. 253 Promovido por el señor Omar Ricardo Alonso Espitia. 254 Promovido por la señora María Lilia García. 255 Promovido por la señora Susana Posada Sanín. 256 Promovido por la señora Rosa Elvia Diaz Penagos. 257 Promovido por la señora María Alejandra Corredor Quintana. 258 Promovido por el señor Héctor Enrique Romero Benítez. 259 Promovido por el señor Héctor Henry Rodríguez Alipio. 260 Promovido por la señora Hortensia Suarez Rueda. 261 Promovido por la señora Marleny Correa. 262 Promovido por el señor Orlando Pérez Correa. 263 Promovido por el señor Nelson González Sánchez. 264 Promovido por el señor Arnold Yecid Marín Hernández. 265 Promovido por el señor Luis Alejandro Borja Pacheco. 266 Promovido por el señor Cristian David Martínez Cantillo. 267 Promovido por la señora Lizeth Guarín Niño. 268 Promovido por el señor Pedro Elías Vargas Céspedes. 269 Promovido por la señora Gladis Duque Zuluaga. 270 Promovido por la señora Adriana María Posada Muñoz. 271 Promovido por la señora Alejandra María Salazar Forero. 272 Promovido por el señor Armando Sánchez Nieto. 273 Promovido por la señora Gloria Patricia Gómez Giraldo. 274 Promovido por la señora Damaris Navarro González. 275 Promovido por la señora Derly Rocío Villalba Gil. 276 Promovido por la señora Ederly Cruz Motta. 277 Promovido por el señor Jhon Alexander Aristizábal. 278 Promovido por la señora Johanna Rocío Reina Nieto. 279 Promovido por el señor Rodrigo Holguín Palacios. 280 Promovido por el señor Olmer Pinzón Hernández. 281 Promovido por el señor Samuel Esteban Cortes Gómez. 282 Promovido por el señor Daniel Miranda Baquero. 283 Promovido por la señora Luz Dary Rojas Ayala. 284 Promovido por la señora Ángela Patricia Rincón Romero, en nombre propio y en representación de la menor S.J.C.R. 285 Promovido por la señora Floralba Rojas Ayala. 286 Promovido por la señora Julia Inés Escobar Montoya. 287 Promovido por el señor Néstor Raúl Hoyos Rendon. 288 Promovido por la señora Beda Rosa Echavarría. 289 Promovido por la señora Nélida Saldaña de Ninco. 290 Promovido por el señor Roberto Rojas Sánchez. 291 Promovido por la señora Gloria Leonor Galindo de Quintana. 292 Promovido por el señor Luis Ernesto Naranjo. 293 Promovido por la señora Iván Darío Rodríguez Peña. 25 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-08238-00296, 11001-03-15-000-2021-08279-00297, 11001-03-15- 000-2021-08308-00298, 11001-03-15-000-2021-08310-00299, 11001-03-15-000-2021- 08311-00300, 11001-03-15-000-2021-08331-00301, 11001-03-15-000-2021-08333-00302, 11001-03-15-000-2021-08349-00303, 11001-03-15-000-2021-08365-00304, 11001-03-15- 000-2021-08367-00305, 11001-03-15-000-2021-08429-00306, 11001-03-15-000-2021- 08437-00307, 11001-03-15-000-2021-08463-00308, 11001-03-15-000-2021-08514-00309, 11001-03-15-000-2021-08524-00310, 11001-03-15-000-2021-08529-00311, 11001-03-15- 000-2021-08649-00312, 11001-03-15-000-2021-08656-00313, 11001-03-15-000-2021- 08690-00314, 11001-03-15-000-2021-08725-00315, 11001-03-15-000-2021-08750-00316, 11001-03-15-000-2021-08758-00317, 11001-03-15-000-2021-08772-00318, 11001-03-15- 000-2021-08778-00319, 11001-03-15-000-2021-08784-00320, 11001-03-15-000-2021- 08812-00321, 11001-03-15-000-2021-08862-00322, 11001-03-15-000-2021-08867-00323, 11001-03-15-000-2021-08881-00324, 11001-03-15-000-2021-08912-00325, 11001-03-15- 000-2021-08915-00326, 11001-03-15-000-2021-08918-00327, 11001-03-15-000-2021- 08920-00328, 11001-03-15-000-2021-08940-00329, 11001-03-15-000-2021-08942-00330, 11001-03-15-000-2021-08960-00331, 11001-03-15-000-2021-08968-00332, 11001-03-15- 000-2021-08978-00333, 11001-03-15-000-2021-08999-00334, 11001-03-15-000-2021- 09003-00335, 11001-03-15-000-2021-09007-00336, 11001-03-15-000-2021-09014-00337, 11001-03-15-000-2021-09019-00338, 11001-03-15-000-2021-09024-00339, 11001-03-15- 294 Promovido por la señora Shirley Polo Argel. 295 Promovido por la señora Alba Patricia Cuaspa. 296 Promovido por el señor Huberto Ruiz López. 297 Promovido por el señor Oscar Egidio Duarte Ortiz. 298 Promovido por la señora Ana María Gaviria Montoya. 299 Promovido por la señora Angie Karina Merchán Mantilla. 300 Promovido por la señora Anyela Patricia Vásquez Castillo. 301 Promovido por la señora Andrea Eduvina Martínez Barreto. 302 Promovido por la señora Angela Adriana Ardila Guzmán. 303 Promovido por la señora Geraldyn Soto Taborda. 304 Promovido por el señor Edgar Hamir Ramos Mauri. 305 Promovido por la señora Edilberto Rodríguez Forero. 306 Promovido por la señora María Elena Restrepo Jaramillo. 307 Promovido por la señora Martha Neyla González Bautista. 308 Promovido por la señora Sonaida Patricia Soto Calderín. 309 Promovido por la señora Patricia Elena Fernández Uribe. 310 Promovido por el señor Luis Julvio Suarez Ruiz. 311 Promovido por la señora Verónica Vargas Rodríguez. 312 Promovido por el señor Jhonny Alexander Ortiz Calderón. 313 Promovido por la señora Eslid Yamile Acosta Villamil. 314 Promovido por la señora Lina María Vargas Carreño. 315 Promovido por la señora Luz Helena Gómez Suarez. 316 Promovido por la señora Alison Caroline Nieto Zendejas. 317 Promovido por la señora Antonella Lang Peralta. 318 Promovido por la señora Carolina Romero Guzmán. 319 Promovido por la señora Clara Amelia Figueroa de León. 320 Promovido por el señor Damián Jaramillo Vega. 321 Promovido por el señor Alfonso Parra Naissir. 322 Promovido por el señor Jorge Eliécer Beltrán Pedraza. 323 Promovido por el señor Julián Esteban Pérez Piedrahita. 324 Promovido por la señora Lina María Álvarez Higuita. 325 Promovido por la señora José Alberto González Padilla. 326 Promovido por el señor José María Garcés Cadavid. 327 Promovido por el señor Juan Mora Marín 328 Promovido por el señor Julián Andrés Sandoval Orozco. 329 Promovido por la señora Olga Lucia Álvarez. 330 Promovido por la señora Rosa Aleida Buitrago Mejía. 331 Promovido por el señor Luis Alberto Plaza Vélez. 332 Promovido por el señor Luis Francisco Manrique Herrera. 333 Promovido por la señora Lydia María Beltrán Chitiva. 334 Promovido por la señora Martha del Socorro Echeverría del Portillo. 335 Promovido por el señor Mauricio Pérez Vásquez. 336 Promovido por la señora Micaela Riascos de Hurtado. 337 Promovido por la señora Mónica Gutiérrez Londoño. 338 Promovido por la señora Natalia Jaramillo Banguero. 339 Promovido por el señor Nelson Armando Niño Rodríguez. 26 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 000-2021-09026-00340, 11001-03-15-000-2021-09035-00341, 11001-03-15-000-2021- 09037-00342, 11001-03-15-000-2021-09045-00343, 11001-03-15-000-2021-09053-00344, 11001-03-15-000-2021-09054-00345, 11001-03-15-000-2021-09061-00346, 11001-03-15- 000-2021-09077-00347, 11001-03-15-000-2021-09078-00348, 11001-03-15-000-2021- 09080-00349, 11001-03-15-000-2021-09087-00350, 11001-03-15-000-2021-09095-00351, 11001-03-15-000-2021-09097-00352, 11001-03-15-000-2021-09110-00353, 11001-03-15- 000-2021-09143-00354, 11001-03-15-000-2021-09152-00355, 11001-03-15-000-2021- 09163-00356, 11001-03-15-000-2021-09169-00357, 11001-03-15-000-2021-09207-00358, 11001-03-15-000-2021-09217-00359, 11001-03-15-000-2021-09232-00360, 11001-03-15- 000-2021-09253-00361, 11001-03-15-000-2021-09254-00362, 11001-03-15-000-2021- 09258-00363, 11001-03-15-000-2021-09268-00364, 11001-03-15-000-2021-09277-00365, 11001-03-15-000-2021-09279-00366, 11001-03-15-000-2021-09285-00367, 11001-03-15- 000-2021-09291-00368, 11001-03-15-000-2021-09295-00369, 11001-03-15-000-2021- 09299-00370, 11001-03-15-000-2021-09302-00371, 11001-03-15-000-2021-09307-00372, 11001-03-15-000-2021-09325-00373, 11001-03-15-000-2021-09326-00374, 11001-03-15- 000-2021-09328-00375, 11001-03-15-000-2021-09336-00376, 11001-03-15-000-2021- 09341-00377, 11001-03-15-000-2021-09342-00378, 11001-03-15-000-2021-09349-00379, 11001-03-15-000-2021-09352-00380, 11001-03-15-000-2021-09355-00381, 11001-03-15- 000-2021-09359-00382, 11001-03-15-000-2021-09369-00383, 11001-03-15-000-2021- 09383-00384, 11001-03-15-000-2021-09390-00385, 11001-03-15-000-2021-09397-00386, 340 Promovido por el señor Néstor Javier Torres Martínez. 341 Promovido por la señora Olga del Socorro Angarita Meza. 342 Promovido por la señora Olga Patricia Escobar Zapata. 343 Promovido por la señora Paula Andrea Velásquez Álvarez. 344 Promovido por la señora Rebeca Aguirre Muñoz. 345 Promovido por el señor Ricardo Echeverry Lezama. 346 Promovido por el señor Robinson Mendoza Núñez. 347 Promovido por la señora Sandra Sandoval Escobar. 348 Promovido por el señor Santiago Lanz Kennedy. 349 Promovido por la señora Sara Fager Cortes. 350 Promovido por la señora Sonia Castilla Trigos. 351 Promovido por el señor William Alberto Tobar Ríos. 352 Promovido por el señor Willmar Julián Miguez Vásquez. 353 Promovido por el señor Marena Marulanda Ocampo. 354 Promovido por la señora Liclaudis Paola Urrutia Cera. 355 Promovido por la señora Matilde Arévalo Gutiérrez. 356 Promovido por el señor Adelio Antonio Bedoya Gallego. 357 Promovido por la señora Aura Elizabeth Ortega Martínez. 358 Promovido por la señora Nancy Herrera Beltrán. 359 Promovido por la señora Sonia Marlen Torres Patiño. 360 Promovido por la señora Amparo Morales Pérez. 361 Promovido por la señora Daniela Alejandra Uscátegui Hernández. 362 Promovido por el señor Fabio Eduardo Pico Melgarejo. 363 Promovido por el señor Ferney Vargas Quesada. 364 Promovido por el señor John Rodríguez Salazar. 365 Promovido por el señor Juan Carlos Orozco Valencia. 366 Promovido por el señor Juan Sebastián Quiroz Lambraño. 367 Promovido por el señor Luis Alejandro Soto Uribe. 368 Promovido por la señora María Leonor Carreño de Vargas. 369 Promovido por la señora Nayibe Lorena Ortega Martínez. 370 Promovido por la señora María Trinidad Rodríguez Martínez. 371 Promovido por el señor Nelson Darío Flórez Muñoz. 372 Promovido por el señor Miguel Ángel Morales Cruz. 373 Promovido por la señora Ana María Rivera Salazar. 374 Promovido por el señor Andersson Rincón Cabezas. 375 Promovido por la señora Biviana Lorena Calvo Osorio. 376 Promovido por la señora Yolanda Ramos Rodríguez. 377 Promovido por el señor Freddy Daniel Ahumada Ortiz. 378 Promovido por el señor Francisco Javier Echavarría Ramírez. 379 Promovido por la señora Gloria Rocío Matiz Avila. 380 Promovido por la señora Ibeth del Rosario Pacheco Acosta. 381 Promovido por el señor Alexander Gómez Villa. 382 Promovido por la señora Angela Patricia Ospina Zapata. 383 Promovido por el señor Luis Carlos Rosero Portillo. 384 Promovido por el señor Hugo Rincón Galvis. 27 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-09401-00387, 11001-03-15-000-2021-09403-00388, 11001-03-15- 000-2021-09409-00389, 11001-03-15-000-2021-09422-00390, 11001-03-15-000-2021- 09435-00391, 11001-03-15-000-2021-09439-00392, 11001-03-15-000-2021-09440-00393, 11001-03-15-000-2021-09443-00394, 11001-03-15-000-2021-09445-00395, 11001-03-15- 000-2021-09447-00396, 11001-03-15-000-2021-09468-00397, 11001-03-15-000-2021- 09469-00398, 11001-03-15-000-2021-09470-00399, 11001-03-15-000-2021-09471-00400, 11001-03-15-000-2021-09475-00401, 11001-03-15-000-2021-09481-00402, 11001-03-15- 000-2021-09487-00403, 11001-03-15-000-2021-09504-00404, 11001-03-15-000-2021- 09519-00405, 11001-03-15-000-2021-09522-00406, 11001-03-15-000-2021-09526-00407, 11001-03-15-000-2021-09532-00408, 11001-03-15-000-2021-09541-00409, 11001-03-15- 000-2021-09567-00410, 11001-03-15-000-2021-09568-00411, 11001-03-15-000-2021- 09575-00412, 11001-03-15-000-2021-09606-00413, 11001-03-15-000-2021-09622-00414, 11001-03-15-000-2021-09640-00415, 11001-03-15-000-2021-09647-00416, 11001-03-15- 000-2021-09651-00417, 11001-03-15-000-2021-09654-00418, 11001-03-15-000-2021- 09663-00419, 11001-03-15-000-2021-09696-00420, 11001-03-15-000-2021-09709-00421, 11001-03-15-000-2021-09719-00422, 11001-03-15-000-2021-09810-00423, 11001-03-15- 000-2021-09834-00424, 11001-03-15-000-2021-09897-00425, 11001-03-15-000-2021- 07605-00426, 11001-03-15-000-2021-07628-00427, 11001-03-15-000-2021-07634-00428, 11001-03-15-000-2021-07678-00429, 11001-03-15-000-2021-07683-00430, 11001-03-15- 385 Promovido por la señora Paula Robert Santos. 386 Promovido por la señora Tulia Inés Gómez Duque. 387 Promovido por el señor Yeison Chalarca. 388 Promovido por el señor Jerónimo Mayorga Alzate. 389 Promovido por el señor Juan Sebastián Jaramillo Ramírez. 390 Promovido por el señor Luis Alfonso Cano Yepes. 391 Promovido por la señora Astrid Elena Pérez López. 392 Promovido por la señora Sandra Cecilia Mancilla Tangarife. 393 Promovido por la señora Beatriz Elena Yepes Moreno. 394 Promovido por el señor Willton Yesid Casallas Calderón. 395 Promovido por la señora Yuly Paola Camacho Suárez. 396 Promovido por el señor Uriel Herrera Sánchez. 397 Promovido por el señor David Piedrahita Villalobo. 398 Promovido por la señora Diana Cristina Ramírez Martínez. 399 Promovido por la señora Dilma Ortencia Bello Castillo. 400 Promovido por la señora Doris del Socorro Amaya Corrales. 401 Promovido por el señor Edgar Hernando Rodríguez Criales. 402 Promovido por la señora Enith Javela Murcia. 403 Promovido por el señor Jairo Alberto Pérez Rengifo. 404 Promovido por la señora Juanita Santos Saenz. 405 Promovido por la señora Luz María Zapata Zapata. 406 Promovido por la señora María Adelaida Gómez Mesa. 407 Promovido por la señora María Isabel Gómez Restrepo. 408 Promovido por la señora Esperanza Parra Castro. 409 Promovido por la señora Sandra Ximena Rojas Gallego. 410 Promovido por el señor Valeriano González Aguirre. 411 Promovido por la señora Ruby Agredo Rojas. 412 Promovido por la señora Sandra Lucrecia Trujillo Yara. 413 Promovido por el señor Daniel Corralejo Alcuña. 414 Promovido por el señor Jaime de Jesús Pamplona Quintero. 415 Promovido por el señor Yermain García Aguilera. 416 Promovido por la señora Natalia Andrea Luna Zapata. 417 Promovido por el señor Atilio Antonio Aguirre Luna. 418 Promovido por el señor Ricardo Alberto López Almeida. 419 Promovido por la señora Sindy Tatiana Leal Rodríguez. 420 Promovido por el señor Santiago Medina Orjuela. 421 Promovido por la señora Luisa María Ospina Zapata. 422 Promovido por el señor Oscar Rodríguez Ramírez. 423 Promovido por la señora Elizabeth Gómez Soria. 424 Promovido por el señor Gustavo Adolfo Daza Rendon. 425 Promovido por el señor Wilmar Marín Loaiza. 426 Promovido por los señores Paula Andrea Palacio Vélez, Oscar de Jesús Palacio Vélez, Gloria Inés Vélez Toro, Gladys del Socorro Jaramillo Ortiz, Edwin Fernando García Osorio, Paula Andrea Hoyos Mejía, María Gladys Mejía Marín, Yeison Cano Restrepo, Erika María Araque Ríos, Leidy Johana Fonseca Suarez y Camilo Andrés Osorno Jaramillo. 427 Promovido por la señora María Nidia González Marín. 428 Promovido por el señor John Jairo Ruiz Mora. 429 Promovido por el señor Jaime Alirio Botina Criollo. 28 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 000-2021-07731-00431, 11001-03-15-000-2021-07758-00432, 11001-03-15-000-2021- 07784-00433, 11001-03-15-000-2021-07800-00434, 11001-03-15-000-2021-07853-00435, 11001-03-15-000-2021-07867-00436, 11001-03-15-000-2021-07887-00437, 11001-03-15- 000-2021-07912-00438, 11001-03-15-000-2021-07964-00439, 11001-03-15-000-2021- 08077-00440, 11001-03-15-000-2021-08146-00441, 11001-03-15-000-2021-08187-00442, 11001-03-15-000-2021-08204-00443, 11001-03-15-000-2021-08255-00444, 11001-03-15- 000-2021-08260-00445, 11001-03-15-000-2021-08269-00446, 11001-03-15-000-2021- 07561-00447, 11001-03-15-000-2021-07582-00448, 11001-03-15-000-2021-07585-00449, 11001-03-15-000-2021-07663-00450, 11001-03-15-000-2021-07675-00451, 11001-03-15- 000-2021-07728-00452, 11001-03-15-000-2021-07766-00453, 11001-03-15-000-2021- 07854-00454, 11001-03-15-000-2021-07870-00455, 11001-03-15-000-2021-07900-00456, 11001-03-15-000-2021-07939-00457, 11001-03-15-000-2021-08003-00458, 11001-03-15- 000-2021-08050-00459, 11001-03-15-000-2021-08061-00460, 11001-03-15-000-2021- 08067-00461, 11001-03-15-000-2021-08069-00462, 11001-03-15-000-2021-08130-00463, 11001-03-15-000-2021-08140-00464, 11001-03-15-000-2021-08166-00465, 11001-03-15- 000-2021-08184-00466, 11001-03-15-000-2021-08192-00467, 11001-03-15-000-2021- 08242-00468, 11001-03-15-000-2021-08254-00469, 11001-03-15-000-2021-08292-00470, 11001-03-15-000-2021-08295-00471, 11001-03-15-000-2021-08296-00472, 11001-03-15- 000-2021-08340-00473, 11001-03-15-000-2021-08351-00474, 11001-03-15-000-2021- 430 Promovido por el señor Samuel Tamayo Gaviria. 431 Promovido por la señora María Elena Escobar Rocero. 432 Promovido por el señor Antony Alexander Vargas Núñez. 433 Promovido por la señora Elisa Umaña Balen. 434 Promovido por la señora Gloria Astrid Tamayo Camargo. 435 Promovido por la señora María José Méndez Hache. 436 Promovido por la señora Paola Andrea Velásquez Hoyos. 437 Promovido por la señora Zaida Andrea Niño Linares. 438 Promovido por la señora Nelly Guzmán de Martínez. 439 Promovido por el señor Juan Carlos Romero Capera. 440 Promovido por la señora Marily Mendoza Núñez. 441 Promovido por el señor Leonardo Valdés García. 442 Promovido por la señora Loyda Daniela Rincón Pérez. 443 Promovido por la señora Adriana Marcela Cifuentes Galeano. 444 Promovido por la señora Luz Edilma Arbeláez Gómez. 445 Promovido por la señora María Cristina Zambrano Neira. 446 Promovido por el señor Mauricio Suescún Bedoya. 447 Promovido por el señor Orlando Moreno Zapata. 448 Promovido por la señora Diana Carolina Arévalo Restrepo. 449 Promovido por la señora Gladys Ruiz Cifuentes. 450 Promovido por la señora Yolanda Santos Rueda. 451 Promovido por el señor Néstor Iván Gómez Ángel. 452 Promovido por la señora Diana Giovanna Garzón Cadena. 453 Promovido por el señor Carlos Humberto Salazar Amaya. 454 Promovido por la señora María Paula Díaz Arias. 455 Promovido por la señora Betsi Janeth Bonilla Bastidas. 456 Promovido por el señor John Jader Torres Roldan. 457 Promovido por la señora Diana Carolina Martínez Morales. 458 Promovido por la señora Elsa Santos Rueda. 459 Promovido por el señor Ricardo Enrique Lasprilla Acosta. 460 Promovido por la señora Zulema Patiño de Moreno. 461 Promovido por la señora Lady Milena Parra Castro. 462 Promovido por la señora Luz Adriana Núñez. 463 Promovido por la señora Fanny Ismenia Acevedo Moreno. 464 Promovido por el señor Jorge Hernán Arboleda García. 465 Promovido por el señor Martin Alonso Rincón Ortiz. 466 Promovido por la señora Eliana Rocío Rojas Rodríguez. 467 Promovido por la señora María Emma Galvis Díaz. 468 Promovido por el señor Jeison Fernando Delgado Ramírez. 469 Promovido por la señora Luisa Fernanda Valdés García. 470 Promovido por el señor William Correa Perdigón. 471 Promovido por el señor Wilson Sánchez Forero. 472 Promovido por la señora Yanneth Fernández Uribe. 473 Promovido por el señor Carlos Alberto Delgado Jaramillo. 474 Promovido por el señor Germán Sánchez González. 29 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 08375-00475, 11001-03-15-000-2021-08394-00476, 11001-03-15-000-2021-08426-00477, 11001-03-15-000-2021-08430-00478, 11001-03-15-000-2021-08449-00479, 11001-03-15- 000-2021-08496-00480, 11001-03-15-000-2021-08498-00481, 11001-03-15-000-2021- 08508-00482, 11001-03-15-000-2021-08577-00483, 11001-03-15-000-2021-08608-00484, 11001-03-15-000-2021-08634-00485, 11001-03-15-000-2021-08697-00486, 11001-03-15- 000-2021-08747-00487, 11001-03-15-000-2021-08761-00488, 11001-03-15-000-2021- 08767-00489, 11001-03-15-000-2021-08792-00490, 11001-03-15-000-2021-08797-00491, 11001-03-15-000-2021-08800-00492, 11001-03-15-000-2021-08801-00493, 11001-03-15- 000-2021-08808-00494, 11001-03-15-000-2021-08835-00495, 11001-03-15-000-2021- 08846-00496, 11001-03-15-000-2021-08869-00497, 11001-03-15-000-2021-08877-00498, 11001-03-15-000-2021-08886-00499, 11001-03-15-000-2021-08896-00500, 11001-03-15- 000-2021-08897-00501, 11001-03-15-000-2021-08923-00502, 11001-03-15-000-2021- 08924-00503, 11001-03-15-000-2021-08930-00504, 11001-03-15-000-2021-08979-00505, 11001-03-15-000-2021-08989-00506, 11001-03-15-000-2021-08994-00507, 11001-03-15- 000-2021-09002-00508, 11001-03-15-000-2021-09006-00509, 11001-03-15-000-2021- 09010-00510, 11001-03-15-000-2021-09018-00511, 11001-03-15-000-2021-09021-00512, 11001-03-15-000-2021-09023-00513, 11001-03-15-000-2021-09031-00514, 11001-03-15- 000-2021-09041-00515, 11001-03-15-000-2021-09042-00516, 11001-03-15-000-2021- 09044-00517, 11001-03-15-000-2021-09055-00518, 11001-03-15-000-2021-09071-00519, 475 Promovido por la señora Jeinny Romero Torres. 476 Promovido por la señora Laura Dayanna Arboleda Acevedo. 477 Promovido por la señora Katerine Úsuga Valderrama. 478 Promovido por la señora Liuby Melissa Ramírez García. 479 Promovido por la señora María Emilia Aguirre Mejía. 480 Promovido por la señora Diana Marcela Ortiz Peña. 481 Promovido por la señora Eyiselly Claros Herrera. 482 Promovido por la señora Nikol Yissela Rincón Chinchilla. 483 Promovido por la señora Claudia María Rendón. 484 Promovido por la señora Fanny Velásquez Vahos. 485 Promovido por el señor Heyller José Villamizar Vargas. 486 Promovido por el señor Luis Alfonso Mendoza Núñez. 487 Promovido por el señor Alexander Hurtado Riascos. 488 Promovido por la señora Beatriz Umaña Calderón. 489 Promovido por el señor Brandon Alexander Hernández Tinjacá. 490 Promovido por la señora Denisse Lousiana Beltrán Pastran. 491 Promovido por la señora Dilia María Riascos. 492 Promovido por la señora Adriana Escobar Estrada. 493 Promovido por la señora Adriana Fontán García. 494 Promovido por la señora Adriana Patricia Vélez Hernández. 495 Promovido por el señor David Enrique Algarín Londoño. 496 Promovido por la señora Gloria Inés Forero Salgado. 497 Promovido por la señora Julieta Ruiz Uribe. 498 Promovido por el señor Henry Caraballo Sandoval. 499 Promovido por el señor Javier Enrique Rojas Prada. 500 Promovido por la señora María Estela Izaquita Díaz. 501 Promovido por el señor Jhon Edilson Serna. 502 Promovido por la señora Leidy Johanna Mallama Otero. 503 Promovido por los señores Leidy Teresa Ortiz Meza y Alexander Moreno Arias. 504 Promovido por la señora Mayra Alejandra Atehortúa Ortiz. 505 Promovido por el señor Marco Antonio Parra Villamil. 506 Promovido por la señora María Fernanda Lis Galindo. 507 Promovido por la señora María Teresa Acevedo Morantes. 508 Promovido por la señora Martha Lucía Romero Villareal. 509 Promovido por el señor Melquisedec Jaramillo. 510 Promovido por el señor Miguel Rodríguez de la Rosa. 511 Promovido por la señora Nataly Alejandra Peña Sarmiento. 512 Promovido por la señora Nayivis Clary Durán Torres. 513 Promovido por la señora Nelly María Ávila Pérez. 514 Promovido por la señora Norma Liliana Montoya Reyes. 515 Promovido por el señor Over Ovidio Carmona Henao. 516 Promovido por la señora Paola Andrea Euscátegui Hernández. 517 Promovido por la señora Patricia Celano Sierra. 518 Promovido por el señor Ricardo Valderruten Peña. 519 Promovido por la señora Sandra Cristina Vargas Cuervo. 30 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-09135-00520, 11001-03-15-000-2021-09146-00521, 11001-03-15- 000-2021-09161-00522, 11001-03-15-000-2021-09162-00523, 11001-03-15-000-2021- 09172-00524, 11001-03-15-000-2021-09175-00525, 11001-03-15-000-2021-09180-00526, 11001-03-15-000-2021-09187-00527, 11001-03-15-000-2021-09215-00528, 11001-03-15- 000-2021-09226-00529, 11001-03-15-000-2021-09231-00530, 11001-03-15-000-2021- 09236-00531, 11001-03-15-000-2021-09244-00532, 11001-03-15-000-2021-09250-00533, 11001-03-15-000-2021-09256-00534, 11001-03-15-000-2021-09263-00535, 11001-03-15- 000-2021-09265-00536, 11001-03-15-000-2021-09272-00537, 11001-03-15-000-2021- 09274-00538, 11001-03-15-000-2021-09284-00539, 11001-03-15-000-2021-09296-00540, 11001-03-15-000-2021-09308-00541, 11001-03-15-000-2021-09310-00542, 11001-03-15- 000-2021-09315-00543, 11001-03-15-000-2021-09317-00544, 11001-03-15-000-2021- 09318-00545, 11001-03-15-000-2021-09322-00546, 11001-03-15-000-2021-09329-00547, 11001-03-15-000-2021-09330-00548, 11001-03-15-000-2021-09334-00549, 11001-03-15- 000-2021-09339-00550, 11001-03-15-000-2021-09340-00551, 11001-03-15-000-2021- 09348-00552, 11001-03-15-000-2021-09353-00553, 11001-03-15-000-2021-09356-00554, 11001-03-15-000-2021-09366-00555, 11001-03-15-000-2021-09370-00556, 11001-03-15- 000-2021-09374-00557, 11001-03-15-000-2021-09375-00558, 11001-03-15-000-2021- 09385-00559, 11001-03-15-000-2021-09388-00560, 11001-03-15-000-2021-09394-00561, 11001-03-15-000-2021-09410-00562, 11001-03-15-000-2021-09412-00563, 11001-03-15- 000-2021-09415-00564, 11001-03-15-000-2021-09432-00565, 11001-03-15-000-2021- 520 Promovido por la señora Dinellys Yiceth Medina Galván. 521 Promovido por la señora Luz Denice Gutiérrez Zapata. 522 Promovido por la señora Alejandra Marcela Cataño Lujan. 523 Promovido por la señora Adelaida Reyes Suarez. 524 Promovido por la señora Clara Inés Rojas. 525 Promovido por la señora Claudia Margarita Franco Mancipe. 526 Promovido por el señor Diego Mauricio Rodríguez Romero. 527 Promovido por el señor Héctor Fabio Vélez Hernández. 528 Promovido por la señora Sandra Milena Marciales Montenegro. 529 Promovido por la señora Adriana Milena Córdoba Pereira. 530 Promovido por el señor Van Jefferson Alfonso Barrera. 531 Promovido por la señora Ana Isabel Aguilón Palacios. 532 Promovido por la señora Deicy Carolina Muñoz Palacio. 533 Promovido por el señor Ericsson Ernesto Mena Garzón. 534 Promovido por la señora Elsy Zabaleta Suárez. 535 Promovido por la señora Irma Villamuez Toro. 536 Promovido por el señor Iván Monsalve García. 537 Promovido por el señor Juan Carlos Cárdenas Meza. 538 Promovido por el señor Juan Carlos Castrillón Cardona. 539 Promovido por el señor Luis Fernando Zapata Bermúdez. 540 Promovido por la señora María Isabel Silva Bustos. 541 Promovido por la señora Rubiela del Socorro Arango Arenas. 542 Promovido por la señora Nelly Nohema Forero Arias. 543 Promovido por la señora Rosalin Céspedes Jaramillo. 544 Promovido por la señora Alba Luz Jaramillo Buitrago. 545 Promovido por la señora Victoria Viviana Becerra Velandia. 546 Promovido por el señor William Penilla Reyes. 547 Promovido por la señora Claudia Guiomar del Carmen Franco Villegas. 548 Promovido por la señora Claudia Lucía Ríos. 549 Promovido por la señora Yolanda del Socorro Duque Gaviria. 550 Promovido por el señor Elmer Wbeimar Riaño Ramírez. 551 Promovido por la señora Zulma Carolina Mora Cordero. 552 Promovido por la señora Adriana Patricia Plata Reyes. 553 Promovido por el señor Alejandro Moreno Rodríguez. 554 Promovido por el señor Alfonso Andrade Navarrete. 555 Promovido por el señor Cesar Augusto Montoya Reyes. 556 Promovido por el señor Dionicio Manchola Collazos. 557 Promovido por la señora Magdalena Palomino Escobar. 558 Promovido por la señora Evelyn Mariana Cárdenas Martínez. 559 Promovido por la señora Mónica Sirley Arango Uribe. 560 Promovido por el señor Orlando de Jesús Marín Álvarez. 561 Promovido por la señora Rosalbina León de Muñoz. 562 Promovido por el señor Julio Cesar Hoyos Cano. 563 Promovido por la señora Kathleen Muñoz Giraldo. 564 Promovido por la señora Natalia Grisales Gómez. 31 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 09436-00566, 11001-03-15-000-2021-09442-00567, 11001-03-15-000-2021-09449-00568, 11001-03-15-000-2021-09453-00569, 11001-03-15-000-2021-09482-00570, 11001-03-15- 000-2021-09490-00571, 11001-03-15-000-2021-09509-00572, 11001-03-15-000-2021- 09540-00573, 11001-03-15-000-2021-09553-00574, 11001-03-15-000-2021-09557-00575, 11001-03-15-000-2021-09560-00576, 11001-03-15-000-2021-09566-00577, 11001-03-15- 000-2021-09583-00578, 11001-03-15-000-2021-09586-00579, 11001-03-15-000-2021- 09592-00580, 11001-03-15-000-2021-09594-00581, 11001-03-15-000-2021-09599-00582, 11001-03-15-000-2021-09601-00583, 11001-03-15-000-2021-09624-00584, 11001-03-15- 000-2021-09631-00585, 11001-03-15-000-2021-09632-00586, 11001-03-15-000-2021- 09643-00587, 11001-03-15-000-2021-09649-00588, 11001-03-15-000-2021-09658-00589, 11001-03-15-000-2021-09666-00590, 11001-03-15-000-2021-09672-00591, 11001-03-15- 000-2021-09674-00592, 11001-03-15-000-2021-09684-00593, 11001-03-15-000-2021- 09727-00594, 11001-03-15-000-2021-09731-00595, 11001-03-15-000-2021-09741-00596, 11001-03-15-000-2021-09755-00597, 11001-03-15-000-2021-09787-00598, 11001-03-15- 000-2021-09795-00599, 11001-03-15-000-2021-09863-00600, 11001-03-15-000-2021- 09876-00601, 11001-03-15-000-2021-09877-00602, 11001-03-15-000-2021-09963-00603, 11001-03-15-000-2021-10082-00604, 11001-03-15-000-2021-07638-00605, 11001-03-15- 000-2021-07721-00606, 11001-03-15-000-2021-07759-00607, 11001-03-15-000-2021- 07798-00608, 11001-03-15-000-2021-07919-00609, 11001-03-15-000-2021-07949-00610, 565 Promovido por la señora Olga María Ramírez Gaitán. 566 Promovido por la señora Paola Andrea Osorio Penagos. 567 Promovido por la señora Sandra Yohanna Guerrero Roa. 568 Promovido por el señor Carlos Andrés Mosquera Arria. 569 Promovido por el señor Yeizon David Sánchez Castaño. 570 Promovido por el señor Euclides Rafael Roa Ruíz. 571 Promovido por el señor Joan Andrés Benavides Garzón. 572 Promovido por la señora Leidy Yojana Mosquera Arango. 573 Promovido por la señora Sandra Milena Vargas Quiroga. 574 Promovido por la señora Olga Patricia Méndez Díaz. 575 Promovido por la señora Diana Patricia Zapata Hernández. 576 Promovido por el señor Danilo Mendoza Martínez. 577 Promovido por el señor Harold Orlando Casas Hoyos. 578 Promovido por la señora Claudia María Sánchez Sánchez. 579 Promovido por la señora Martha Patricia Ardila Villamizar. 580 Promovido por la señora Diana Beatriz Giraldo. 581 Promovido por el señor Ulises Rafael Núñez Suarez. 582 Promovido por el señor Jesús Antonio Giraldo Bernal. 583 Promovido por el señor John Jairo Mejía Vélez. 584 Promovido por la señora Laura Karine Sánchez Pérez. 585 Promovido por el señor Luis Fernando Guzmán Velásquez. 586 Promovido por la señora Luz Marina Espinosa Álvarez. 587 Promovido por la señora Alejandra Ruz Rojas. 588 Promovido por la señora Paola Andrea Guzmán Portacio. 589 Promovido por el señor Cristhian Camilo Arévalo Rueda. 590 Promovido por la señora Deya Dimelsa Velásquez Caro. 591 Promovido por la señora Yeira Alexandra Sánchez Moreno. 592 Promovido por el señor Edgar Fernando Munar Jiménez. 593 Promovido por la señora Ingrid Faizuly Velásquez Bustos. 594 Promovido por la señora Sol Yineth Rodríguez Sánchez. 595 Promovido por la señora Yulisa Gómez Duque. 596 Promovido por la señora María Sorany Tabares Reigoza. 597 Promovido por el señor Boris Roberto Soto Galeano. 598 Promovido por el señor Harold Steven Grajales Cardona. 599 Promovido por la señora Dina María Ossa Molina. 600 Promovido por la señora Nury Belén Pérez Arévalo. 601 Promovido por la señora Karina Margarita Rincón Álvarez. 602 Promovido por la señora Sandra Betariz Cárcamo González. 603 Promovido por la señora Daniela Ospina Forero. 604 Promovido por el señor José Didier Arias Jaramillo. 605 Promovido por el señor Jorge Andrés Ramírez Vinasco. 606 Promovido por el señor José Javier Puerto Castro. 607 Promovido por la señora Anlly Lorena Chaverra Galindo. 608 Promovido por el señor Germán Antonio Beltrán Sabogal. 609 Promovido por la señora Sandra Marcela Peña López. 610 Promovido por la señora Ingrid Lizet Cortes Osorio. 32 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-07978-00611, 11001-03-15-000-2021-08008-00612, 11001-03-15- 000-2021-08055-00613, 11001-03-15-000-2021-08121-00614, 11001-03-15-000-2021- 08124-00615, 11001-03-15-000-2021-08199-00616, 11001-03-15-000-2021-08247-00617, 11001-03-15-000-2021-08424-00618, 11001-03-15-000-2021-08434-00619, 11001-03-15- 000-2021-08466-00620, 11001-03-15-000-2021-08476-00621, 11001-03-15-000-2021- 08483-00622, 11001-03-15-000-2021-08494-00623, 11001-03-15-000-2021-08497-00624, 11001-03-15-000-2021-08525-00625, 11001-03-15-000-2021-08564-00626, 11001-03-15- 000-2021-08576-00627, 11001-03-15-000-2021-08618-00628, 11001-03-15-000-2021- 08621-00629, 11001-03-15-000-2021-08731-00630, 11001-03-15-000-2021-08738-00631, 11001-03-15-000-2021-08766-00632, 11001-03-15-000-2021-08771-00633, 11001-03-15- 000-2021-08775-00634, 11001-03-15-000-2021-08786-00635, 11001-03-15-000-2021- 08789-00636, 11001-03-15-000-2021-08809-00637, 11001-03-15-000-2021-08825-00638, 11001-03-15-000-2021-08838-00639, 11001-03-15-000-2021-08857-00640, 11001-03-15- 000-2021-08890-00641, 11001-03-15-000-2021-08893-00642, 11001-03-15-000-2021- 08917-00643, 11001-03-15-000-2021-08943-00644, 11001-03-15-000-2021-08954-00645, 11001-03-15-000-2021-08964-00646, 11001-03-15-000-2021-08983-00647, 11001-03-15- 000-2021-08996-00648, 11001-03-15-000-2021-09012-00649, 11001-03-15-000-2021- 09060-00650, 11001-03-15-000-2021-09064-00651, 11001-03-15-000-2021-09066-00652, 11001-03-15-000-2021-09073-00653, 11001-03-15-000-2021-09094-00654, 11001-03-15- 000-2021-09108-00655, 11001-03-15-000-2021-09129-00656, 11001-03-15-000-2021- 611 Promovido por la señora Natalia Andrea Jaramillo Rodríguez. 612 Promovido por la señora Carla Victoria Yepes Gómez. 613 Promovido por el señor Sergio Andrés Jaimes Murillo. 614 Promovido por el señor César Augusto Delgado Tarquino. 615 Promovido por la señora Doris Silva García. 616 Promovido por la señora Yomaira Osuna Tijaro. 617 Promovido por la señora Lady Ivonne Osorio Acosta. 618 Promovido por la señora María Aída Borrero Carvajal. 619 Promovido por la señora María Concepción Ruiz. 620 Promovido por el señor Víctor Manuel Gordillo Socha. 621 Promovido por la señora Zuleyma Sepúlveda Mazo. 622 Promovido por la señora Marnelli Pabón Roso. 623 Promovido por la señora Deisy Niyer Castellanos Cortes. 624 Promovido por la señora Emilce Castillo Morales. 625 Promovido por la señora Valeria Ochoa Arrieta. 626 Promovido por la señora Angy Melissa Castillo Viveros. 627 Promovido por la señora Claudia Helena Hernández Hoyos. 628 Promovido por la señora Gladis Amparo Rúa Pulgarín. 629 Promovido por la señora Gloria Amparo Echeverri Cardona. 630 Promovido por los señores Luz Stella Gallo Herrera y Hernán Rivillas Cadavid. 631 Promovido por la señora María Claudia Rodas Chaux. 632 Promovido por el señor Braian Estiven Fontecha Meneses. 633 Promovido por el señor Carlos Mario González Gil. 634 Promovido por la señora Cecilia Mora Mendieta. 635 Promovido por el señor Daniel Luciano Jaramillo Rojas. 636 Promovido por el señor Dairo de Jesús Gómez Quintero. 637 Promovido por el señor Edward Alonso Aguilar Melo. 638 Promovido por el señor Carlos Alfonso Mendoza Otavo. 639 Promovido por la señora Diana Mercedes Granados Bernal. 640 Promovido por la señora Jennifer Ortiz Calderón. 641 Promovido por el señor Manuel Jacinto García Suarez. 642 Promovido por la señora Jenny Paola Rodríguez Moreno. 643 Promovido por el señor Juan Eugenio Meneses Restrepo. 644 Promovido por la señora Ruth Esther Cruz Díaz. 645 Promovido por la señora Yeangela Casaran Benalcázar. 646 Promovido por el señor Luis Antonio Trujillo Yara. 647 Promovido por la señora María Carolina Cubillos Vergara. 648 Promovido por la señora Marivel Salazar Yepes. 649 Promovido por la señora Mónica Johana Ávila Barbosa. 650 Promovido por el señor Roberto Carlos Castañeda Yepes. 651 Promovido por el señor Rolando Trujillo Marínez. 652 Promovido por la señora Rosa María Bustos. 653 Promovido por la señora Sandra Liliana Rodríguez Romero. 654 Promovido por el señor Vladimir Cadena Flórez. 655 Promovido por la señora Yoleirdy Yohana Betancur Vargas. 33 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 09159-00657, 11001-03-15-000-2021-09160-00658, 11001-03-15-000-2021-09176-00659, 11001-03-15-000-2021-09181-00660, 11001-03-15-000-2021-09194-00661, 11001-03-15- 000-2021-09196-00662, 11001-03-15-000-2021-09204-00663, 11001-03-15-000-2021- 09206-00664, 11001-03-15-000-2021-09208-00665, 11001-03-15-000-2021-09209-00666, 11001-03-15-000-2021-09210-00667, 11001-03-15-000-2021-09222-00668, 11001-03-15- 000-2021-09241-00669, 11001-03-15-000-2021-09243-00670, 11001-03-15-000-2021- 09298-00671, 11001-03-15-000-2021-09305-00672, 11001-03-15-000-2021-09306-00673, 11001-03-15-000-2021-09320-00674, 11001-03-15-000-2021-09324-00675, 11001-03-15- 000-2021-09333-00676, 11001-03-15-000-2021-09345-00677, 11001-03-15-000-2021- 09347-00678, 11001-03-15-000-2021-09362-00679, 11001-03-15-000-2021-09396-00680, 11001-03-15-000-2021-09423-00681, 11001-03-15-000-2021-09425-00682, 11001-03-15- 000-2021-09433-00683, 11001-03-15-000-2021-09438-00684, 11001-03-15-000-2021- 09454-00685, 11001-03-15-000-2021-09479-00686, 11001-03-15-000-2021-09485-00687, 11001-03-15-000-2021-09488-00688, 11001-03-15-000-2021-09489-00689, 11001-03-15- 000-2021-09494-00690, 11001-03-15-000-2021-09496-00691, 11001-03-15-000-2021- 09499-00692, 11001-03-15-000-2021-09511-00693, 11001-03-15-000-2021-09515-00694, 11001-03-15-000-2021-09518-00695, 11001-03-15-000-2021-09521-00696, 11001-03-15- 000-2021-09537-00697, 11001-03-15-000-2021-09547-00698, 11001-03-15-000-2021- 09548-00699, 11001-03-15-000-2021-09554-00700, 11001-03-15-000-2021-09561-00701, 656 Promovido por la señora Claudia Láscar Molano. 657 Promovido por el señor Wilson Murillo Gaviria. 658 Promovido por la señora Yuri Nairovis Montoya Duque. 659 Promovido por la señora Cristina Henao Castaño. 660 Promovido por la señora Edilia de Jesús Orozco de Sandoval. 661 Promovido por la señora Lina María Ortega Dániel. 662 Promovido por el señor Luis Antonio Cárdenas Hernández. 663 Promovido por la señora María Isabel Saldarriaga Plata. 664 Promovido por el señor Melquer Fernando Angarita Corona. 665 Promovido por la señora Olga Lucia Sánchez. 666 Promovido por la señora Oneyda Arbeláez Gómez. 667 Promovido por la señora Patricia Mercedes Rocha Zamora. 668 Promovido por el señor Jeison Andrés Cala Sanmiguel. 669 Promovido por el señor Cristian David Valdelamar Bohórquez. 670 Promovido por el señor David Federico Andrade Ochoa. 671 Promovido por el señor Nelson Andrés Barboza Landinez. 672 Promovido por la señora Martha Cecilia Pérez Lozano. 673 Promovido por el señor Ronald Andrés Moreno Martínez. 674 Promovido por el señor Walter Velásquez Álvarez. 675 Promovido por el señor Wilson Alejandro Ramírez Mora. 676 Promovido por la señora Deisy Arévalo Gutiérrez. 677 Promovido por el señor Germán Enrique Parra García. 678 Promovido por la señora Gloria Esperanza Villada Cano. 679 Promovido por la señora Juliana Matiz Ávila. 680 Promovido por el señor Sebastián Ruiz Rodríguez. 681 Promovido por la señora María Cristina Naranjo Arango. 682 Promovido por la señora Mariela López Báez. 683 Promovido por los señores Andrés Arango Mejía, Silvia María Madrid Osorio, María José Arango Madrid en nombre propio y en representación de la menor María Salome Arango Madrid. 684 Promovido por la señora Astrid Yohana Gutiérrez Celis. 685 Promovido por los señores Gladys Del Socorro Chaverra Vásquez y Carlos Mario Hernández Garcés. 686 Promovido por el señor Elías Cantero Ávila. 687 Promovido por el señor Francisco Solera Conde. 688 Promovido por el señor Jeison Fabian Polania Bello. 689 Promovido por el señor Jesús Abad Ossa Aristizábal. 690 Promovido por el señor José Eduardo Pedraza Angarita. 691 Promovido por la señora Ana Giset Vega González. 692 Promovido por el señor Juan Camilo Ardila Díaz. 693 Promovido por la señora Louis Sabrina Ramírez Hernández. 694 Promovido por el señor Lukas Esteban Aristizábal Sánchez. 695 Promovido por la señora Emelina Cortes Hernández. 696 Promovido por la señora Esneider Manuel Nieto Téllez. 697 Promovido por la señora Rosa Fabiola López Lasprilla. 698 Promovido por el señor Víctor Gabriel Benavides Aguas. 699 Promovido por el señor Víctor Hugo Pérez López. 700 Promovido por la señora Yudi Angélica Ciro Díaz. 701 Promovido por la señora Sara Inés Agudelo Ortiz. 34 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-09588-00702, 11001-03-15-000-2021-09608-00703, 11001-03-15- 000-2021-09618-00704, 11001-03-15-000-2021-09636-00705, 11001-03-15-000-2021- 09638-00706, 11001-03-15-000-2021-09639-00707, 11001-03-15-000-2021-09648-00708, 11001-03-15-000-2021-09692-00709, 11001-03-15-000-2021-09694-00710, 11001-03-15- 000-2021-09710-00711, 11001-03-15-000-2021-09711-00712, 11001-03-15-000-2021- 09713-00713, 11001-03-15-000-2021-09715-00714, 11001-03-15-000-2021-09721-00715, 11001-03-15-000-2021-09723-00716, 11001-03-15-000-2021-09724-00717, 11001-03-15- 000-2021-09726-00718, 11001-03-15-000-2021-09737-00719, 11001-03-15-000-2021- 09747-00720, 11001-03-15-000-2021-09773-00721, 11001-03-15-000-2021-09780-00722, 11001-03-15-000-2021-09781-00723, 11001-03-15-000-2021-09788-00724, 11001-03-15- 000-2021-09796-00725, 11001-03-15-000-2021-09827-00726, 11001-03-15-000-2021- 09829-00727, 11001-03-15-000-2021-09846-00728, 11001-03-15-000-2021-09848-00729, 11001-03-15-000-2021-09849-00730, 11001-03-15-000-2021-09851-00731, 11001-03-15- 000-2021-09884-00732, 11001-03-15-000-2021-09889-00733, 11001-03-15-000-2021- 09895-00734, 11001-03-15-000-2021-09899-00735, 11001-03-15-000-2021-09909-00736, 11001-03-15-000-2021-09914-00737, 11001-03-15-000-2021-09927-00738, 11001-03-15- 000-2021-09932-00739, 11001-03-15-000-2021-09933-00740, 11001-03-15-000-2021- 09938-00741, 11001-03-15-000-2021-09939-00742, 11001-03-15-000-2021-07538-00743, 11001-03-15-000-2021-07822-00744, 11001-03-15-000-2021-07835-00745, 11001-03-15- 000-2021-07960-00746, 11001-03-15-000-2021-07971-00747, 11001-03-15-000-2021- 702 Promovido por la señora Silvana Marcela Gómez Moreno. 703 Promovido por el señor Daniel David Humanez Lambertinez. 704 Promovido por la señora Martha Jeannette Daza Cárdenas. 705 Promovido por la señora María del Pilar Sánchez Wilches. 706 Promovido por la señora Valentina Galvis Bergsneider. 707 Promovido por la señora María Oliva Gil Echeverri. 708 Promovido por el señor Anderson Aguirre Muñoz. 709 Promovido por la señora Dilma Lineth Patiño Ipus. 710 Promovido por el señor Wilmar Galvis Ruiz. 711 Promovido por la señora Luz Mery Sánchez Cuervo. 712 Promovido por la señora Marcela Murcia Sánchez. 713 Promovido por la señora Marina Herrera De Manrique. 714 Promovido por la señora Mónica Sarmiento Mejía. 715 Promovido por el señor Pedro Nel Caraballo Cadena. 716 Promovido por el señor Santos Domingo Capador Aguilar. 717 Promovido por el señor Jhan Sebastián Penilla Polania. 718 Promovido por la señora Sindy Johanna Gómez Duque. 719 Promovido por la señora Julieth Cristina Collazos Lamilla. 720 Promovido por el señor Alexis Gelves Cantor. 721 Promovido por el señor Elkin Alfonso Echavarría Correa. 722 Promovido por el señor Fernando Rey Villamizar. 723 Promovido por el señor Carlos Andrés David Velazco. 724 Promovido por la señora Cleotilde Del Transito Cifuentes Alvarez. 725 Promovido por la señora Jeniffer Alexandra Méndez Sarmiento. 726 Promovido por la señora María del Mar Quintero Vanegas. 727 Promovido por la señora María Elicenia Valencia González. 728 Promovido por el señor Marlio Losada Duran. 729 Promovido por la señora Martha Helena Osorio Ramírez. 730 Promovido por el señor Jhon Fredy Cardona Sepúlveda. 731 Promovido por el señor John Alejandro Díaz Lamprea. 732 Promovido por el señor Luis Osbaldo Restrepo Zapata. 733 Promovido por la señora María Oliva Mape de Mendoza. 734 Promovido por el señor Víctor Julio Archila Niño. 735 Promovido por el señor Yamith Yesith Hoyos Castillo. 736 Promovido por la señora Nazarena Riascos Riascos. 737 Promovido por la señora Nuby Yaneth Mejía Cortés. 738 Promovido por la señora Viviana Paola Ortiz Valencia. 739 Promovido por la señora Sarith Stacy del Carmen Angarita Flórez. 740 Promovido por el señor Satomi Chiku Chiku. 741 Promovido por el señor Vladimir Calle Pérez. 742 Promovido por el señor William Antonio Chamorro Velásquez. 743 Promovida por el señor Iñigo Fernando Gómez Buesa. 744 Promovida por Juliana María Acosta López. 745 Promovida por Julio Edgar Méndez Franco. 746 Promovido por José Alejandro Mesa Tamayo. 35 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 07994-00748, 11001-03-15-000-2021-08145-00749, 11001-03-15-000-2021-08149-00750, 11001-03-15-000-2021-08162-00751, 11001-03-15-000-2021-08208-00752, 11001-03-15- 000-2021-08231-00753, 11001-03-15-000-2021-08233-00754, 11001-03-15-000-2021- 08314-00755, 11001-03-15-000-2021-08396-00756, 11001-03-15-000-2021-08440-00757, 11001-03-15-000-2021-08547-00758, 11001-03-15-000-2021-08635-00759, 11001-03-15- 000-2021-08642-00760, 11001-03-15-000-2021-08661-00761, 11001-03-15-000-2021- 08728-00762, 11001-03-15-000-2021-08768-00763, 11001-03-15-000-2021-08883-00764, 11001-03-15-000-2021-08884-00765, 11001-03-15-000-2021-08931-00766, 11001-03-15- 000-2021-08974-00767, 11001-03-15-000-2021-08997-00768, 11001-03-15-000-2021- 09004-00769, 11001-03-15-000-2021-09016-00770, 11001-03-15-000-2021-09039-00771, 11001-03-15-000-2021-09050-00772, 11001-03-15-000-2021-09075-00773, 11001-03-15- 000-2021-09089-00774, 11001-03-15-000-2021-09104-00775, 11001-03-15-000-2021- 09126-00776, 11001-03-15-000-2021-09127-00777, 11001-03-15-000-2021-09144-00778, 11001-03-15-000-2021-09151-00779, 11001-03-15-000-2021-09158-00780, 11001-03-15- 000-2021-09216-00781, 11001-03-15-000-2021-09242-00782, 11001-03-15-000-2021- 09282-00783, 11001-03-15-000-2021-09289-00784, 11001-03-15-000-2021-09361-00785, 11001-03-15-000-2021-09371-00786, 11001-03-15-000-2021-09399-00787, 11001-03-15- 000-2021-09429-00788, 11001-03-15-000-2021-09483-00789, 11001-03-15-000-2021- 09484-00790 11001-03-15-000-2021-09517-00791, 11001-03-15-000-2021-09536-00792, 747 Promovida por María Everidi Blandón Maturana. 748 Promovida por Alfredo Salomon Calvano 749 Promovida por Juan Felipe Pinzón Hartmann. 750 Promovida por Lucía Buenaventura de Cháves 751 Promovida por Marisol Orjuela Uriza 752 Promovida por Alfredo Cortés Daza 753 Promovida por Flor de María Casas Ángel 754 Promovida por Gladys Natalia Alférez León. 755 Promovida por Beatriz Elena Márquez Gómez. 756 Promovida por Gloria Rocío Mestizo Guacaneme. 757 Promovida por Luisa Fernanda Rodríguez Moreno. 758 Promovida por Esperanza Cordero Villamizar. 759 Promovida por Inés Yazmín Mayor Marmolejo. 760 Promovida por Jhon Alexander Vega Meneses. 761 Promovida por Juan Felipe Molina Martínez. 762 Promovida por Silvia Yaquelín Martínez Mai. 763 Promovida por Bryan de Jesús Salinas Durango. 764 Promovida por Linda Yanneth Beltrán Cárdenas. 765 Promovida por Hugo Edilberto Arce Mendoza. 766 Promovida por Michael Stevent Nontien Mesa. 767 Promovida por Luz Marina Vera Pallares. 768 Promovida por Marleny Isabel Plata Rendon. 769 Promovida por Maye Matilde Moreno Perea. 770 Promovida por Ana Jazmine Prada Villamizar. 771 Promovida por Oscar Darío Julio Criollo. 772 Promovida por Rafael Ricardo Roa Romero. 773 Promovida por Sandra Milena Peñarete Izaquita. 774 Promovida por Sonia Patricia Díaz Patiño. 775 Promovida por Yerli Paola Lasprilla. 776 Promovida por Bárbara Andrea Perdomo Gómez. 777 Promovida por Blanca Cecilia Velásquez de Palacio. 778 Promovida por Liliana Andrea Quiñones González. 779 Promovida por Maribel Espejo David, actuando en nombre propio y en representación de su hijo menor de 18 años S.J.E. 780 Promovida por Tania Sánchez Garzón. 781 Promovida por Sofanor Álvarez Gómez. 782 Promovida por Aura Amparo Correa de Jiménez 783 Promovida por Lina Marcela Taborda. 784 Promovida por María Isabel Muñoz Flórez. 785 Promovida por Angélica Cristina Gutiérrez Miranda. 786 Promovida por Luz Adriana Villada Cano. 787 Promovida por William Javier Malagón Pinto. 788 Promovida por Ana Milena Niño Plazas. 789 Promovida por Fabian Camilo Ortega Quintero. 790 Promovida por Flavia Malvina Restrepo Suárez. 791 Promovida por Luz Adriana Alzate Sánchez. 792 Promovida por Ricardo Andrés Arboleda García. 36 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-09558-00793, 11001-03-15-000-2021-09571-00794, 11001-03-15- 000-2021-09579-00795, 11001-03-15-000-2021-09598-00796, 11001-03-15-000-2021- 09609-00797, 11001-03-15-000-2021-09625-00798, 11001-03-15-000-2021-09661-00799, 11001-03-15-000-2021-09670-00800, 11001-03-15-000-2021-09673-00801, 11001-03-15- 000-2021-09699-00802, 11001-03-15-000-2021-09702-00803, 11001-03-15-000-2021- 09708-00804, 11001-03-15-000-2021-09742-00805, 11001-03-15-000-2021-09760-00806, 11001-03-15-000-2021-09767-00807, 11001-03-15-000-2021-09774-00808, 11001-03-15- 000-2021-09778-00809, 11001-03-15-000-2021-09844-00810, 11001-03-15-000-2021- 09860-00811, 11001-03-15-000-2021-09878-00812, 11001-03-15-000-2021-09891-00813, 11001-03-15-000-2021-09904-00814, 11001-03-15-000-2021-09916-00815, 11001-03-15- 000-2021-09922-00816, 11001-03-15-000-2021-09956-00817, 11001-03-15-000-2021- 09970-00818, 11001-03-15-000-2021-09978-00819, 11001-03-15-000-2021-09995-00820, 11001-03-15-000-2021-09998-00821, 11001-03-15-000-2021-10019-00822, 11001-03-15- 000-2021-10032-00823, 11001-03-15-000-2021-10043-00824, 11001-03-15-000-2021- 10060-00825, 11001-03-15-000-2021-10101-00826, 11001-03-15-000-2021-07501-00827, 11001-03-15-000-2021-07785-00828, 11001-03-15-000-2021-08441-00829, 11001-03- 15-000-2021-08531-00830, 11001-03-15-000-2021-08624-00831, 11001-03-15-000-2021- 08678-00832, 11001-03-15-000-2021-08705-00833, 11001-03-15-000-2021-08746-00834, 11001-03-15-000-2021-08765-00835, 11001-03-15-000-2021-08783-00836, 11001-03-15- 000-2021-08813-00837, 11001-03-15-000-2021-08816-00838, 11001-03-15-000-2021- 793 Promovida por José Antonio Pérez Duarte. 794 Promovida por Laura Daniela Trujillo Valencia 795 Promovida por Juan Carlos Ampudia Lozano. 796 Promovida por Isabel Lobo Aguilar. 797 Promovida por Diana Cristina Luna Zapata. 798 Promovida por Laura Trujillo Montoya. 799 Promovida por Sebastián Sánchez Trujillo. 800 Promovida por Doris Stella Sánchez Álvarez. 801 Promovida por Eda Benavides Chacón. 802 Promovida por Jorge Hernando Peralta Murillo. 803 Promovida por José Fernando Giraldo y Miguel Mauricio Rivera López. 804 Promovida por Luis Noé Rendón Vásquez. 805 Promovida por Paola Andrea Gallego Echavarría. 806 Promovida por Carmen Emilia de Patiño. 807 Promovida por Daniel Felipe López Tabares. 808 Promovida por Ángela García Escandón. 809 Promovida por Fernando Fabio Gómez González. 810 Promovida por Jaime Alberto Arcila Escudero. 811 Promovida por Nidia Irene Vargas Marín. 812 Promovida por Leidy Maritza Murillo Rodríguez. 813 Promovida por Martha Esperanza Durán Barrera. 814 Promovida por Yohan Darío Ospina Fino. 815 Promovida por Graciela Restrepo Chaguala. 816 Promovida por María Eunice López Pabón. 817 Promovida por Blanca Aurora Torroledo de Mercado. 818 Promovida por Gilma Rosa Vélez Montoya. 819 Promovida por Javier Ocampo Rodríguez. 820 Promovida por Martha Ruth Velásquez Vélez. 821 Promovida por Jorge Enrique Herrera Rico. 822 Promovida por Danna Melissa Torres Aguillón. 823 Promovida por Pedro Ignacio Páez Morales. 824 Promovida por Wilmer Vicente Zamora López. 825 Promovida por Gustavo Adolfo Hernández Caicedo. 826 Promovida por Santiago Yara Tovar. 827 Promovido por el señor Oscar Fernando Fetecua Rusinque. 828 Promovido por la señora Cindy María Lugo Romero. 829 Promovido por el señor Milton Alexis Rojas Villegas. 830 Promovido por la señora María Fernanda Castilla Silva. 831 Promovido por la señora Gloria Enyth Banguero Espinosa. 832 Promovido por la señora Alba Lucia Montoya Pérez. 833 Promovido por la señora Lina María Salgado Aguirre. 834 Promovido por el señor Aldemar Herrera Sánchez. 835 Promovido por la señora Yineth Paola Bonilla Hernández. 836 Promovido por el señor Cristian Camilo Granada Salazar. 837 Promovido por la señora Elizabeth Osorio Álvarez. 37 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 08858-00839, 11001-03-15-000-2021-08902-00840, 11001-03-15-000-2021-08914-00841, 11001-03-15-000-2021-09028-00842, 11001-03-15-000-2021-09029-00843, 11001-03-15- 000-2021-09033-00844, 11001-03-15-000-2021-09051-00845, 11001-03-15-000-2021- 09076-00846, 11001-03-15-000-2021-09079-00847, 11001-03-15-000-2021-09083-00848, 11001-03-15-000-2021-09084-00849, 11001-03-15-000-2021-09107-00850, 11001-03-15- 000-2021-09185-00851, 11001-03-15-000-2021-09224-00852, 11001-03-15-000-2021- 09237-00853, 11001-03-15-000-2021-09238-00854, 11001-03-15-000-2021-09240-00855, 11001-03-15-000-2021-09269-00856, 11001-03-15-000-2021-09280-00857, 11001-03-15- 000-2021-09294-00858, 11001-03-15-000-2021-09309-00859, 11001-03-15-000-2021- 09319-00860, 11001-03-15-000-2021-09321-00861, 11001-03-15-000-2021-09327-00862, 11001-03-15-000-2021-09338-00863, 11001-03-15-000-2021-09346-00864, 11001-03-15- 000-2021-09386-00865, 11001-03-15-000-2021-09389-00866, 11001-03-15-000-2021- 09404-00867, 11001-03-15-000-2021-09427-00868, 11001-03-15-000-2021-09437-00869, 11001-03-15-000-2021-09451-00870, 11001-03-15-000-2021-09463-00871, 11001-03-15- 000-2021-09491-00872, 11001-03-15-000-2021-09492-00873, 11001-03-15-000-2021- 09505-00874, 11001-03-15-000-2021-09516-00875, 11001-03-15-000-2021-09523-00876, 11001-03-15-000-2021-09525-00877, 11001-03-15-000-2021-09535-00878, 11001-03-15- 000-2021-09544-00879, 11001-03-15-000-2021-09573-00880, 11001-03-15-000-2021- 09574-00881, 11001-03-15-000-2021-09582-00882, 11001-03-15-000-2021-09593-00883, 838 Promovido por la señora Elsa Inés Velandia Velandia. 839 Promovido por el señor Jesús Antonio Jaramillo. 840 Promovido por la señora María Teresa de Jesús Hernández de Alba. 841 Promovido por el señor José Germán Plata Huertas. 842 Promovido por el señor Nicolás Lizcano Ramírez. 843 Promovido por la señora Nayive del Socorro Mass López. 844 Promovido por la señora Nubia Alvarado Bejarano. 845 Promovido por el señor Ramiro Parra Niño. 846 Promovido por la señora Sandra Rocío Ardila Villamizar. 847 Promovido por la señora Sara María Reyes Cruz. 848 Promovido por el señor Sebastián Puerto Serrano. 849 Promovido por el señor Sergio Andrés Leal Ardila. 850 Promovido por la señora Yolani Arias Tapiero. 851 Promovido por el señor Héctor Fabio Vélez Hernández. 852 Promovido por la señora María Teresa Martínez Velasco. 853 Promovido por la señora Carolina Isabel de Moya Galindo. 854 Promovido por la señora Ángela Jazmín Hernández Sánchez. 855 Promovido por la señora Ángela Núñez Martínez. 856 Promovido por el señor Jhon Henry Tabares Ramírez. 857 Promovido por la señora Leidy Lorena Romero Torres. 858 Promovido por el señor Cristhian Andrés Martínez López. 859 Promovido por el señor Moisés Morales Galeano. 860 Promovido por el señor Alberto Alomia Orozco. 861 Promovido por el señor Alejandro Ferrero Botero. 862 Promovido por la señora Andrea Villanueva Gómez. 863 Promovido por la señora Yury Marcela Camargo Rodríguez. 864 Promovido por el señor Abel Álvarez Guerrero. 865 Promovido por el señor Néstor David Otero Vargas. 866 Promovido por el señor Oscar Alberto Casas Oramas. 867 Promovido por la señora Yudis Patricia Montoya Gómez. 868 Promovido por la señora Alejandra Rodríguez Caraballo. 869 Promovido por la señora Astrid Rocío Ortiz Issa. 870 Promovido por la señora Carmen Bernarda Corrales Martínez. 871 Promovido por el señor César Augusto Montoya Restrepo. 872 Promovido por el señor Jhon Fredy Restrepo Herrón. 873 Promovido por el señor Jonathan Vanegas Parra. 874 Promovido por el señor Dairo Enrique Mojica Téllez. 875 Promovido por la señora Elvia Cardona Álvarez. 876 Promovido por la señora María Doralina Serna Serna. 877 Promovido por la señora María Eugenia Virginia Cuadrado. 878 Promovido por la señora Paula Natalia Rengifo Rodríguez. 879 Promovido por la señora Sara Raquel Zúñiga Benítez. 880 Promovido por la señora Sandra Milena Rodríguez Moreno. 881 Promovido por la señora Marcela Gómez Láscar. 882 Promovido por el señor Javier Andrés Millán Chica. 883 Promovido por el señor Aldemar Elías Torres Llanten. 38 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-09596-00884, 11001-03-15-000-2021-09597-00885, 11001-03-15- 000-2021-09615-00886, 11001-03-15-000-2021-09623-00887, 11001-03-15-000-2021- 09633-00888, 11001-03-15-000-2021-09671-00889, 11001-03-15-000-2021-09679-00890, 11001-03-15-000-2021-09705-00891, 11001-03-15-000-2021-09717-00892, 11001-03-15- 000-2021-09732-00893, 11001-03-15-000-2021-09743-00894, 11001-03-15-000-2021- 09751-00895, 11001-03-15-000-2021-09766-00896, 11001-03-15-000-2021-09768-00897, 11001-03-15-000-2021-09779-00898, 11001-03-15-000-2021-09784-00899, 11001-03-15- 000-2021-09806-00900, 11001-03-15-000-2021-09808-00901, 11001-03-15-000-2021- 09815-00902, 11001-03-15-000-2021-09832-00903, 11001-03-15-000-2021-09837-00904, 11001-03-15-000-2021-09839-00905, 11001-03-15-000-2021-09842-00906, 11001-03-15- 000-2021-09859-00907, 11001-03-15-000-2021-09874-00908, 11001-03-15-000-2021- 09880-00909, 11001-03-15-000-2021-09887-00910, 11001-03-15-000-2021-09890-00911, 11001-03-15-000-2021-09896-00912, 11001-03-15-000-2021-09910-00913, 11001-03-15- 000-2021-09912-00914, 11001-03-15-000-2021-09929-00915, 11001-03-15-000-2021- 09940-00916, 11001-03-15-000-2021-09950-00917, 11001-03-15-000-2021-09955-00918, 11001-03-15-000-2021-09960-00919, 11001-03-15-000-2021-09961-00920, 11001-03-15- 000-2021-09980-00921, 11001-03-15-000-2021-09988-00922, 11001-03-15-000-2021- 10023-00923, 11001-03-15-000-2021-10034-00924, 11001-03-15-000-2021-10036-00925, 11001-03-15-000-2021-10040-00926, 11001-03-15-000-2021-10045-00927, 11001-03-15- 884 Promovido por la señora Ana Julia Jaime González. 885 Promovido por la señora Anyela Tatiana Soto. 886 Promovido por el señor Freddy Andrés García Velasco. 887 Promovido por el señor Juan Manuel Rodas Ocampo. 888 Promovido por la señora Patricia Bergsneider Flórez, actuando en nombre propio y en representación de su hija menor de 18 años I.G.B. 889 Promovido por el señor Willian Valdivieso Quintero. 890 Promovido por el señor Elkin Mauricio Puentes Saavedra. 891 Promovido por la señora Julia Esther García. 892 Promovido por el señor Nelson Ilé Ríos Velandia. 893 Promovido por el señor Alejandro Sarmiento, actuando en nombre propio y en representación de su hija Leydi Mariana Sarmiento Díaz. 894 Promovido por la señora Sara Irene Martínez Sierra. 895 Promovido por la señora Ángela del Carmen Ladino Benvides. 896 Promovido por la señora Alexandra Córdoba Caicedo. 897 Promovido por el señor Diego Osorio Ramírez. 898 Promovido por la señora Azucena Niño Montañez. 899 Promovido por la señora Claudia Janeth Castrillón Vanegas. 900 Promovido por el señor José Antonio Rojas Guerrero. 901 Promovido por el señor José Del Carmen Barbosa Rueda. 902 Promovido por la señora Ernestina Arévalo Gutiérrez. 903 Promovido por la señora María Fernanda González Delgado. 904 Promovido por la señora María Rubiela Guzmán Londoño. 905 Promovido por la señora María Stella Ramírez Salazar. 906 Promovido por la señora Isabel Osorio Bernal. 907 Promovido por el señor José Luis Rodríguez Casas. 908 Promovido por la señora Juliana López Martínez. 909 Promovido por la señora Lida Omaira Amórtegui Martínez. 910 Promovido por la señora Margarita María Gutiérrez Penagos. 911 Promovido por la señora María Soledad del Socorro Restrepo Suárez. 912 Promovido por el señor Miguel Eugenio Toro Buenaventura. 913 Promovido por la señora Nicolle Sthefannia Guzmán Lara. 914 Promovido por el señor Eduardo Tinjacá Arias. 915 Promovido por la señora Paola Elvira Useche Perdomo. 916 Promovido por el señor Wilmer Yesid Velásquez Bustos. 917 Promovido por la señora Andrea Johanna Montoya Puerta, actuando en nombre propio y en representación de su hija menor S.Q.M. 918 Promovido por la señora Biviana Lucía Gallego Marulanda. 919 Promovido por el señor César Sneyder Torres Martínez. 920 Promovido por la señora Claudia Julieta Corral Higuera. 921 Promovido por el señor David Antonio Forero Tarquino. 922 Promovido por el señor Julio César González Garavito. 923 Promovido por la señora María Cristina Franco Tamayo. 924 Promovido por la señora Sandra Liliana Fontecha Moreno. 925 Promovido por el señor Steven Betancur Giraldo. 926 Promovido por la señora Verónica Fonseca Ochoa. 927 Promovido por la señora Yadith Sofia Paternina Romero. 39 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 000-2021-10067-00928, 11001-03-15-000-2021-10088-00929, 11001-03-15-000-2021- 10090-00930, 11001-03-15-000-2021-10102-00931, 11001-03-15-000-2021-10107-00932, 11001-03-15-000-2021-10144-00933, 11001-03-15-000-2021-10192-00934, 11001-03-15- 000-2021-10199-00935, 11001-03-15-000-2021-08228-00936, 11001-03-15-000-2021- 08427-00937, 11001-03-15-000-2021-08503-00938, 11001-03-15-000-2021-08545-00939, 11001-03-15-000-2021-08652-00940, 11001-03-15-000-2021-08667-00941, 11001-03-15- 000-2021-08770-00942, 11001-03-15-000-2021-08810-00943, 11001-03-15-000-2021- 08834-00944, 11001-03-15-000-2021-08843-00945, 11001-03-15-000-2021-08851-00946, 11001-03-15-000-2021-08932-00947, 11001-03-15-000-2021-08937-00948, 11001-03-15- 000-2021-08958-00949, 11001-03-15-000-2021-09057-00950, 11001-03-15-000-2021- 09377-00951, 11001-03-15-000-2021-09378-00952, 11001-03-15-000-2021-09400-00953, 11001-03-15-000-2021-09507-00954, 11001-03-15-000-2021-09513-00955, 11001-03-15- 000-2021-09534-00956, 11001-03-15-000-2021-09539-00957, 11001-03-15-000-2021- 09551-00958, 11001-03-15-000-2021-09555-00959, 11001-03-15-000-2021-09580-00960, 11001-03-15-000-2021-09602-00961, 11001-03-15-000-2021-09612-00962, 11001-03-15- 000-2021-09617-00963, 11001-03-15-000-2021-09627-00964, 11001-03-15-000-2021- 09644-00965, 11001-03-15-000-2021-09652-00966, 11001-03-15-000-2021-09653-00967, 11001-03-15-000-2021-09655-00968, 11001-03-15-000-2021-09656-00969, 11001-03-15- 000-2021-09664-00970, 11001-03-15-000-2021-09686-00971, 11001-03-15-000-2021- 928 Promovido por la señora Esther Cruz García. 929 Promovido por la señora Lizet Ramírez Chisica. 930 Promovido por la señora María Alejandra Ramírez Ramírez. 931 Promovido por la señora Silvia Rosa Ríos Ramírez. 932 Promovido por el señor Edgardo Méndez. 933 Promovido por la señora María Mercedes Luna Suárez. 934 Promovido por el señor Leonardo Peláez Jiménez. 935 Promovido por el señor William Cubides Zea. 936 Promovido por la señora Elvira Suárez González. 937 Promovido por la señora María Edilma Tamayo. 938 Promovido por el señor José Henry Mejía Escobar. 939 Promovido por la señora Yulieth Velásquez González. 940 Promovido por el señor Jorge Luis Aranda Chávez. 941 Promovido por la señora Juana Gabriela Rojas Rodríguez. 942 Promovido por el señor Carlos Eduardo Vásquez Núñez. 943 Promovido por el señor Alberto Ariel Gutiérrez Guerra. 944 Promovido por el señor Gian Luca Méndez González. 945 Promovido por el señor Edgar Augusto Moyano Forero. 946 Promovido por la señora Ibeth María Cárdenas Vallejo. 947 Promovido por la señora Natalia Andrea Dávila Moncada. 948 Promovido por la señora Nidia Estrella López Gómez. 949 Promovido por la señora Lucila Lobato Osorio. 950 Promovido por el señor Richard Álvarez Carrero. 951 Promovido por el señor Fernando Pérez Vanegas. 952 Promovido por la señora Mariana González Villada. 953 Promovido por el señor Wilson Chaparro Valero. 954 Promovido por la señora Juliana Rodríguez Caraballo. 955 Promovido por el señor Luis Hernando Quintana Plaza. 956 Promovido por la señora Omaira Londoño Mesa. 957 Promovido por la señora Rosalba Molina de Ossa. 958 Promovido por el señor Yimy Lemus Perea. 959 Promovido por la señora Margarita Naranjo de Malagón. 960 Promovido por la señora Geovanna Teresita Chávez Bustos. 961 Promovido por el señor José David Hurtado Gómez. 962 Promovido por los señores Alexander Díaz Gómez y Luz Denice Restrepo Nieto, esta última que, además, actúa en representación de su hijo menor de 18 años S.M.R. 963 Promovido por la señora Gloria Patricia Torres Romero. 964 Promovido por el señor Luis Alfredo Ramírez Pulido. 965 Promovido por las señoras Natalia Adames Sánchez, quien actúa a nombre propio y en representación de su hija menor de 18 años R.C.A. 966 Promovido por el señor Carlos Eduardo Acevedo Moreno. 967 Promovido por la señora Carolina Fernández Montoya. 968 Promovido por la señora Claudia Gutiérrez Bonilla. 969 Promovido por la señora Claudia Marcela Anzola Ruiz. 970 Promovido por la señora Delia Genara Viteri Arévalo. 971 Promovido por el señor Javier Mauricio Arias Ramírez. 40 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 09714-00972, 11001-03-15-000-2021-09720-00973, 11001-03-15-000-2021-09729-00974, 11001-03-15-000-2021-09730-00975, 11001-03-15-000-2021-09739-00976, 11001-03-15- 000-2021-09771-00977, 11001-03-15-000-2021-09775-00978, 11001-03-15-000-2021- 09785-00979, 11001-03-15-000-2021-09790-00980, 11001-03-15-000-2021-09799-00981, 11001-03-15-000-2021-09804-00982, 11001-03-15-000-2021-09807-00983, 11001-03-15- 000-2021-09809-00984, 11001-03-15-000-2021-09821-00985, 11001-03-15-000-2021- 09825-00986, 11001-03-15-000-2021-09830-00987, 11001-03-15-000-2021-09836-00988, 11001-03-15-000-2021-09838-00989, 11001-03-15-000-2021-09852-00990, 11001-03-15- 000-2021-09866-00991, 11001-03-15-000-2021-09873-00992, 11001-03-15-000-2021- 09879-00993, 11001-03-15-000-2021-09888-00994, 11001-03-15-000-2021-09893-00995, 11001-03-15-000-2021-09901-00996, 11001-03-15-000-2021-09905-00997, 11001-03-15- 000-2021-09934-00998, 11001-03-15-000-2021-09942-00999, 11001-03-15-000-2021- 09949-001000, 11001-03-15-000-2021-09969-001001, 11001-03-15-000-2021-09974-001002, 11001-03-15-000-2021-10001-001003, 11001-03-15-000-2021-10004-001004, 11001-03-15- 000-2021-10012-001005, 11001-03-15-000-2021-10018-001006, 11001-03-15-000-2021- 10025-001007, 11001-03-15-000-2021-10029-001008, 11001-03-15-000-2021-10044-001009, 11001-03-15-000-2021-10046-001010, 11001-03-15-000-2021-10047-001011, 11001-03-15- 000-2021-10062-001012, 11001-03-15-000-2021-10063-001013, 11001-03-15-000-2021- 10064-001014, 11001-03-15-000-2021-10073-001015, 11001-03-15-000-2021-10075-001016, 972 Promovido por la señora Martha Elizabeth Rozo Ayala. 973 Promovido por la señora Patricia Eunice Hernández Pianeta. 974 Promovido por la señora Xenia Durango Morales. 975 Promovido por la señora Yhun Nary Poveda Herrera. 976 Promovido por la señora Luisa Fernanda Grisales Toro. 977 Promovido por el señor Andrés Giraldo Alzate. 978 Promovido por el señor Arcesio Eduardo Quintero García. 979 Promovido por la señora Gloria Diaz Atuesta, en representación de su hija menor de 18 años L.M.S.D. 980 Promovido por la señora Cruz Helena Morales de Delgado. 981 Promovido por el señor Diego Andrés Caicedo Caicedo. 982 Promovido por el señor Jorge Enrique Restrepo Suárez. 983 Promovido por el señor Edison Muñoz Alvear. 984 Promovido por la señora Edna Valentina Camacho Montealegre. 985 Promovido por el señor Luis Carlos Tupaz Bustos. 986 Promovido por la señora Luz Arelis Escobar Osorio. 987 Promovido por la señora Geraldin Cano García. 988 Promovido por la señora María Ligia Grajales Echavarría. 989 Promovido por la señora Heidy Julissa Muñoz Ossa. 990 Promovido por la señora Mónica Núñez Guarín. 991 Promovido por la señora Patricia Sarmiento Hurtado. 992 Promovido por el señor Rubén Darío Marín Arce. 993 Promovido por la señora Sandra Janeth Álvarez Vélez. 994 Promovido por la señora María Eugenia Gutiérrez Bonilla. 995 Promovido por la señora Tulia Inés Benavides Henao. 996 Promovido por la señora Mónica María González Restrepo. 997 Promovido por la señora Nancy Murillo Alvear. 998 Promovido por el señor Sebastián Camilo Leal Daza. 999 Promovido por la señora Yennifer Paola Ariza. 1000 Promovido por la señora Ana Sofía Rebolledo. 1001 Promovido por el señor Francisco Medina Piccó. 1002 Promovido por el señor Henry de Jesús Giraldo Martínez. 1003 Promovido por el señor Wilmer Fabian Saavedra Aguirre. 1004 Promovido por el señor Juan José Acevedo Castrillón. 1005 Promovido por el señor Cristian Enrique Pinilla Leiva. 1006 Promovido por el señor Luis Carlos Peña Umaña. 1007 Promovido por la señora Martha Cecilia Vidal Noriega. 1008 Promovido por la señora Ninfa Carvajal. 1009 Promovido por el señor Wilson Valenzuela Peña. 1010 Promovido por la señora Yeni Gómez Álvarez. 1011 Promovido por la señora Yohana Zenith Cardona Martínez. 1012 Promovido por la señora Javier Enrique Torres Galeano. 1013 Promovido por el señor Jorge Luis Abondano Gómez. 1014 Promovido por la señora Eillen Tatiana Jaraba Fuentes. 1015 Promovido por el señor Guillermo Cruz Moya. 1016 Promovido por el señor Omar Vizcaíno Flórez. 41 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-10083-001017, 11001-03-15-000-2021-10085-001018, 11001-03-15- 000-2021-10089-001019, 11001-03-15-000-2021-10106-001020, 11001-03-15-000-2021- 10116-001021, 11001-03-15-000-2021-10124-001022, 11001-03-15-000-2021-10128-001023, 11001-03-15-000-2021-10135-001024, 11001-03-15-000-2021-10140-001025, 11001-03-15- 000-2021-10146-001026, 11001-03-15-000-2021-10162-001027, 11001-03-15-000-2021- 10175-001028, 11001-03-15-000-2021-10178-001029, 11001-03-15-000-2021-10188-001030, 11001-03-15-000-2021-10193-001031, 11001-03-15-000-2021-10198-001032, 11001-03-15- 000-2021-10218-001033, 11001-03-15-000-2021-10272-001034, 11001-03-15-000-2021- 10276-001035, 11001-03-15-000-2021-10293-001036, 11001-03-15-000-2021-10294-001037, 11001-03-15-000-2021-10300-001038, 11001-03-15-000-2021-10328-001039, 11001-03-15- 000-2021-10348-001040, 11001-03-15-000-2021-10374-001041, 11001-03-15-000-2021- 10391-001042, 11001-03-15-000-2021-10462-001043, 11001-03-15-000-2021-10483-001044, 11001-03-15-000-2021-10509-001045, 11001-03-15-000-2021-10510-001046, 11001-03-15- 000-2021-10512-001047, 11001-03-15-000-2021-07878-001048, 11001-03-15-000-2021- 08572-001049, 11001-03-15-000-2021-08640-001050, 11001-03-15-000-2021-08773-001051, 11001-03-15-000-2021-08887-001052, 11001-03-15-000-2021-09387-001053, 11001-03-15- 000-2021-09589-001054, 11001-03-15-000-2021-09591-001055, 11001-03-15-000-2021- 09628-001056, 11001-03-15-000-2021-09629-001057, 11001-03-15-000-2021-09740-001058, 11001-03-15-000-2021-09761-001059, 11001-03-15-000-2021-09772-001060, 11001-03-15- 1017 Promovido por el señor José Elías Cruz Torres 1018 Promovido por la señora Julia Viviana Narváez Preciado. 1019 Promovido por la señora Luz del Rocío Cárdenas Camargo. 1020 Promovido por el señor Alonso José Restrepo Leongomez. 1021 Promovido por el señor Álvaro Roa Valenzuela. 1022 Promovido por el señor Christian René Sarasty Orrego. 1023 Promovido por la señora Denis Garcés Caracas. 1024 Promovido por el señor Ismael Antonio Galindo Marín. 1025 Promovido por los señores Diana María Gómez Reyes, Laura Madrid Gómez y Julio César Madrid Buelvas. 1026 Promovido por la señora María Victoria Luna Suárez. 1027 Promovido por la señora Diana Marcela Cuervo Montes. 1028 Promovido por el señor Álvaro Medina Cely. 1029 Promovido por el señor Carlos Alberto Calvo. 1030 Promovido por la señora Hermencia Godoy Vanegas. 1031 Promovido por la señora Manuela García Upegui. 1032 Promovido por el señor Salomón Gutiérrez Jaramillo. 1033 Promovido por la señora Blanca Oneida Erazo. 1034 Promovido por el señor Juan Carlos Cardona Cárdenas. 1035 Promovido por el señor Juan Leonardo Rodríguez Nieto. 1036 Promovido por el señor Luis Alfredo Correa Montoya. 1037 Promovido por la señora Magda Carolina Monroy Rincón. 1038 Promovido por la señora Carolina Ardila Valencia. 1039 Promovido por la señora Sandra Lucía Ramírez Ronquillo. 1040 Promovido por la señora María Dolores Giraldo Giraldo. 1041 Promovido por la señora Bleyis del Carmen Agamez Acosta. 1042 Promovido por el señor Pablo Antonio Vivas Rosas. 1043 Promovido por la señora Paula Andrea Ovalle Restrepo. 1044 Promovido por la señora Juliana Zapata González. 1045 Promovido por la señora Clara Mayerlly Manchola Perdomo. 1046 Promovido por la señora Claudia Victoria Castaño Vélez. 1047 Promovido por el señor Danilo Alexander Correa Gil. 1048 Promovido por el señor Camilo Alberto Torres Sánchez. 1049 Promovido por el señor Carlos Núñez Martínez. 1050 Promovido por la señora Janeth Useche Perdomo. 1051 Promovido por la señora Carolina Zabala Suárez. 1052 Promovido por el señor Luis Guillermo Pardo Rodríguez. 1053 Promovido por la señora Noelia Sepúlveda de Úsuga. 1054 Promovido por el señor Marco Antonio Velásquez. 1055 Promovido por el señor César Mera Campo, actuando en nombre propio y en representación de sus dos hijas menores de 18 años S.N.M.C. y M.M.T. 1056 Promovido por la señora Mónica Beatriz Alzate Orozco. 1057 Promovido por la señora Nubia Esperanza Diaz Patiño. 1058 Promovido por la señora María Inés Páez Morales. 1059 Promovido por la señora Cecilia Palacio Palacio. 1060 Promovido por el señor Andrés Gustavo Castro Castro. 42 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 000-2021-09791-001061, 11001-03-15-000-2021-09794-001062, 11001-03-15-000-2021- 09853-001063, 11001-03-15-000-2021-09958-001064, 11001-03-15-000-2021-09964-001065, 11001-03-15-000-2021-09965-001066, 11001-03-15-000-2021-09990-001067, 11001-03-15- 000-2021-10000-001068, 11001-03-15-000-2021-10013-001069, 11001-03-15-000-2021- 10065-001070, 11001-03-15-000-2021-10074-001071, 11001-03-15-000-2021-10087-001072, 11001-03-15-000-2021-10109-001073, 11001-03-15-000-2021-10121-001074, 11001-03-15- 000-2021-10129-001075, 11001-03-15-000-2021-10138-001076, 11001-03-15-000-2021- 10147-001077, 11001-03-15-000-2021-10151-001078, 11001-03-15-000-2021-10154-001079, 11001-03-15-000-2021-10159-001080, 11001-03-15-000-2021-10163-001081, 11001-03-15- 000-2021-10173-001082, 11001-03-15-000-2021-10182-001083, 11001-03-15-000-2021- 10185-001084, 11001-03-15-000-2021-10191-001085, 11001-03-15-000-2021-10197-001086, 11001-03-15-000-2021-10204-001087, 11001-03-15-000-2021-10214-001088, 11001-03-15- 000-2021-10228-001089, 11001-03-15-000-2021-10232-001090, 11001-03-15-000-2021- 10264-001091, 11001-03-15-000-2021-10317-001092, 11001-03-15-000-2021-10322-001093, 11001-03-15-000-2021-10335-001094, 11001-03-15-000-2021-10344-001095, 11001-03-15- 000-2021-10363-001096, 11001-03-15-000-2021-10372-001097, 11001-03-15-000-2021- 10393-001098, 11001-03-15-000-2021-10406-001099, 11001-03-15-000-2021-10408-001100, 11001-03-15-000-2021-10419-001101, 11001-03-15-000-2021-10441-001102, 11001-03-15- 000-2021-10443-001103, 11001-03-15-000-2021-10448-001104, 11001-03-15-000-2021- 1061 Promovido por la señora Deicy Margarita Meza Noriega. 1062 Promovido por el señor Jeiber Fernando Gómez Parra. 1063 Promovido por la señora Nathalia Andrea Soto Vesga. 1064 Promovido por el señor Carlos Alberto Escobar. 1065 Promovido por la señora Daniela Pareja Álvarez. 1066 Promovido por la señora Diana Marcela Gutiérrez Díaz. 1067 Promovido por el señor Jhon Jaime Muñoz Hernández. 1068 Promovido por el señor Josué Natanael Rojas Ochoa. 1069 Promovido por la señora Liliana María Páez leal. 1070 Promovido por el señor Emiliano Rondón Rivera. 1071 Promovido por el señor Hernando Delgado Martínez. 1072 Promovido por la señora Libia Alicia Delgado Romero. 1073 Promovido por el señor Juan Esteban Córdoba Bermeo. 1074 Promovido por el señor Carlos Evelio Montoya González. 1075 Promovido por la señora Diana Ginneth Home Gómez. 1076 Promovido por el señor John Fredy Narváez Bahamón. 1077 Promovido por la señora Maritza Ayala Chamorro. 1078 Promovido por el señor Oscar Josué Calderón García. 1079 Promovido por la señora Rafaela Vivas Rosas. 1080 Promovido por la señora Yuri Vanessa Reina Vivas. 1081 Promovido por el señor Diego Armando Aldana Gómez. 1082 Promovido por el señor Reynaldo Correales Cortez. 1083 Promovido por la señora Elizabeth Gómez Bohórquez. 1084 Promovido por la señora Gladys Consuelo Delgado Romero. 1085 Promovido por la señora Leissy Adriana Serna Calderón. 1086 Promovido por la señora Rose Mary Vesga Rueda. 1087 Promovido por el señor Héctor Darío Rodríguez Berrio. 1088 Promovido por la señora Andrea Carolina Corredor Quintana. 1089 Promovido por la señora Elizabeth Laguna Diaz. 1090 Promovido por el señor Francisco Elías Aguirre Plata. 1091 Promovido por el señor Jhonatan Andrés Acosta Vanegas. 1092 Promovido por el señor Eliecer Laguna Mejía. 1093 Promovido por el señor Otoniel Prieto. 1094 Promovido por la señora Teresa Cuenca Rodríguez. 1095 Promovido por el señor William Darío Padilla Peña. 1096 Promovido por los señores Yesica Paola Yazas Márquez y Juan Pablo Ortega Tarazona. 1097 Promovido por la señora Ingrit Esperanza Trujillo Cubillos. 1098 Promovido por la señora Liny Daniela Reina Vivas. 1099 Promovido por la señora Jineth Paola Acero Barrera. 1100 Promovido por el señor Joan Felipe Arboleda Giraldo. 1101 Promovido por los señores Yuli Melissa Mejía Manrique y Andrés Mauricio Sánchez Soler, actuando en nombre propio y en representación de sus hijos menores de 18 años W.A.S.M. y A.M.S.M. 1102 Promovido por la señora María Idalí Salamando. 1103 Promovido por la señora Laudyth Paola Saumeth Ríos. 1104 Promovido por la señora Martha Prada Rodríguez. 43 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 10482-001105, 11001-03-15-000-2021-10507-001106, 11001-03-15-000-2021-10803-001107, 11001-03-15-000-2021-07679-001108, 11001-03-15-000-2021-07726-001109, 11001-03-15- 000-2021-07788-001110, 11001-03-15-000-2021-07823-001111, 11001-03-15-000-2021- 07869-001112, 11001-03-15-000-2021-07873-001113, 11001-03-15-000-2021-07915-001114, 11001-03-15-000-2021-07931-001115, 11001-03-15-000-2021-07969-001116, 11001-03-15- 000-2021-07995-001117, 11001-03-15-000-2021-08013-001118, 11001-03-15-000-2021- 08066-001119, 11001-03-15-000-2021-08112-001120, 11001-03-15-000-2021-08135-001121, 11001-03-15-000-2021-08861-001122, 11001-03-15-000-2021-08962-001123, 11001-03-15- 000-2021-09101-001124, 11001-03-15-000-2021-09769-001125, 11001-03-15-000-2021- 09868-001126, 11001-03-15-000-2021-09957-001127, 11001-03-15-000-2021-09983-001128, 11001-03-15-000-2021-09987-001129, 11001-03-15-000-2021-09989-001130, 11001-03-15- 000-2021-10009-001131, 11001-03-15-000-2021-10015-001132, 11001-03-15-000-2021- 10055-001133, 11001-03-15-000-2021-10070-001134, 11001-03-15-000-2021-10111-001135, 11001-03-15-000-2021-10130-001136, 11001-03-15-000-2021-10132-001137, 11001-03-15- 000-2021-10142-001138, 11001-03-15-000-2021-10158-001139, 11001-03-15-000-2021- 10177-001140, 11001-03-15-000-2021-10180-001141, 11001-03-15-000-2021-10189-001142, 11001-03-15-000-2021-10209-001143, 11001-03-15-000-2021-10225-001144, 11001-03-15- 000-2021-10233-001145, 11001-03-15-000-2021-10235-001146, 11001-03-15-000-2021- 10238-001147, 11001-03-15-000-2021-10247-001148, 11001-03-15-000-2021-10253-001149, 1105 Promovido por el señor Juan Álvaro Mejía González. 1106 Promovido por el señor Carlos Pedro de Andreis Lizarazo. 1107 Promovido por la señora Alix Yackelin Cadena Abaunza, actuando en nombre propio y en representación de su hija menor de 18 años A.S.A. 1108 Promovido por el señor Rubén Darío Gómez Mejía. 1109 Promovido por la señora Gloria Báez Bustos. 1110 Promovido por la señora Claudia Patricia Palacio Velásquez. 1111 Promovido por el señor Julio César Varela Cortés. 1112 Promovido por la señora Azucena Castillo Zuluaga. 1113 Promovido por la señora Sandra Jaramillo Zuluaga. 1114 Promovido por el señor Oscar Javier Arévalo Chilatra. 1115 Promovido por la señora Angela María España Salazar. 1116 Promovido por la señora Leidy Cateryne Castro Castro, en nombre propio y en representación de sus hijos menores de 18 años J.J.P.C. y G.P.C. 1117 Promovido por el señor Álvaro Mujica Vesga. 1118 Promovido por la señora Diana Carolina Garzón Parra. 1119 Promovido por la señora Juana Blanco Meléndez. 1120 Promovido por el señor Santiago Osorio Muñoz. 1121 Promovido por el señor Hernando Javier Martínez Rodríguez. 1122 Promovido por el señor John Rico Sandoval. 1123 Promovido por la señora Yudy Elena Delgado Morales. 1124 Promovido por la señora Yaned Cristina Tangarife Gallego. 1125 Promovido por la señora Ana Rita Soria de Gómez. 1126 Promovido por el señor Juan Manuel Coronado Zúñiga. 1127 Promovido por la señora Blanca Enid Bustamante Ospina. 1128 Promovido por el señor Jersson Leandro Párraga Ramírez. 1129 Promovido por el señor Jhon Alexander López Huertas. 1130 Promovido por la señora Lizbeth Castro Charris. 1131 Promovido por el señor Carlos Andrés Pérez Duarte. 1132 Promovido por la señora Lina María Ángel Hidalgo. 1133 Promovido por la señora Alba Marlen Jiménez Sánchez. 1134 Promovido por la señora Frandy Esmeralda Rojas Quintero. 1135 Promovido por la señora Libbie Ana Mercedes Luna Toledo. 1136 Promovido por el señor Edilberto Sáenz Pabuena. 1137 Promovido por la señora Fabiola Alegría Prieto Bohórquez. 1138 Promovido por el señor Luis Ferney Bolaños Prieto. 1139 Promovido por la señora Andrea Cristina Alzate Orozco. 1140 Promovido por el señor Arley Johan Peláez Torres. 1141 Promovido por el señor César Andrés Valencia Cabrera. 1142 Promovido por el señor José Mesías Marulanda Quintero. 1143 Promovido por el señor Santiago Gutiérrez Salgado. 1144 Promovido por el señor Deyro Valencia Ortiz. 1145 Promovido por la señora Nardelly Malagón Naranjo. 1146 Promovido por el señor Gerson Daniel Chaparro Quintero. 1147 Promovido por la señora Alba Lucia Buitrago Mejía. 1148 Promovido por la señora Amanda Caicedo Osorio. 1149 Promovido por el señor Iván Darío Tabares Serna. 44 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-10266-001150, 11001-03-15-000-2021-10277-001151, 11001-03-15- 000-2021-10280-001152, 11001-03-15-000-2021-10285-001153, 11001-03-15-000-2021- 10289-001154, 11001-03-15-000-2021-10318-001155, 11001-03-15-000-2021-10323-001156, 11001-03-15-000-2021-10341-001157, 11001-03-15-000-2021-10347-001158, 11001-03-15- 000-2021-10350-001159, 11001-03-15-000-2021-10356-001160, 11001-03-15-000-2021- 10364-001161, 11001-03-15-000-2021-10384-001162, 11001-03-15-000-2021-10385-001163, 11001-03-15-000-2021-10386-001164, 11001-03-15-000-2021-10425-001165, 11001-03-15- 000-2021-10431-001166, 11001-03-15-000-2021-10445-001167, 11001-03-15-000-2021- 10450-001168, 11001-03-15-000-2021-10476-001169, 11001-03-15-000-2021-10478-001170, 11001-03-15-000-2021-10484-001171, 11001-03-15-000-2021-10488-001172, 11001-03-15- 000-2021-10494-001173, 11001-03-15-000-2021-10500-001174, 11001-03-15-000-2021- 10506-001175, 11001-03-15-000-2021-10529-001176, 11001-03-15-000-2021-10531-001177, 11001-03-15-000-2021-10548-001178, 11001-03-15-000-2021-10554-001179, 11001-03-15- 000-2021-10584-001180, 11001-03-15-000-2021-10590-001181, 11001-03-15-000-2021- 10604-001182, 11001-03-15-000-2021-10616-001183, 11001-03-15-000-2021-10624-001184, 11001-03-15-000-2021-10627-001185, 11001-03-15-000-2021-10647-001186, 11001-03-15- 000-2021-10666-001187, 11001-03-15-000-2021-10676-001188, 11001-03-15-000-2021- 10678-001189, 11001-03-15-000-2021-10684-001190, 11001-03-15-000-2021-10685-001191, 11001-03-15-000-2021-10692-001192, 11001-03-15-000-2021-10695-001193, 11001-03-15- 000-2021-10728-001194, 11001-03-15-000-2021-10729-001195, 11001-03-15-000-2021- 1150 Promovido por el señor Joan Sebastián Vivas Correa. 1151 Promovido por el señor Juan Martín Rojas Sánchez. 1152 Promovido por la señora Blanca Aurora Morales Olarte. 1153 Promovido por la señora Blanca Cecilia Alvear Gómez. 1154 Promovido por el señor Leonel Díaz Hernández. 1155 Promovido por el señor Oscar Javier Campos Rentería. 1156 Promovido por el señor Faccello Argel Manjarrez. 1157 Promovido por el señor German Manrique Ramírez. 1158 Promovido por el señor William Javier Rojas Castro. 1159 Promovido por el señor Wilman Gilberto Alba Buitrago. 1160 Promovido por el señor Yefferson Vega Alvear. 1161 Promovido por el señor Miguel Antonio Rubiano Vásquez. 1162 Promovido por la señora Jaidy Patricia Gracia Suárez. 1163 Promovido por el señor Diego Andrés Gaitán Cañas. 1164 Promovido por la señora Sandra Patricia Vivas Erazo. 1165 Promovido por el señor Didier Pavajeau. 1166 Promovido por la señora Luz Alba Cerón Rodas. 1167 Promovido por la señora María Teresa Hincapié Arango. 1168 Promovido por la señora Martha Rosa Mejía González. 1169 Promovido por la señora Diana Marcela Ñustes Medina. 1170 Promovido por la señora Dora Nilsa Pava Cruz. 1171 Promovido por la señora Karen Johanna Lara Chaves. 1172 Promovido por la señora María Dolly Salazar Martínez. 1173 Promovido por el señor Yuveny Alba Pérez. 1174 Promovido por la señora Amparo Bocanegra Duarte. 1175 Promovido por la señora Aura Betsabé Martínez Córdoba. 1176 Promovido por el señor Melkis Guillermo Kammerer. 1177 Promovido por el señor Oscar Edilson Vanegas Giraldo. 1178 Promovido por la señora Kelly Olanda Luna Macías. 1179 Promovido por la señora Osiris Neferkara Khanholack Vargas. 1180 Promovido por el señor Francisco German Jaramillo Guzmán. 1181 Promovido por el señor Guido De Jesús Martínez Pérez. 1182 Promovido por el señor Jorge Tobías Gómez Roldán. 1183 Promovido por el señor Juan Andrés Torrente Valdés. 1184 Promovido por la señora Julieth Carmenza Navas Forero. 1185 Promovido por la señora María Beatriz Gallego Marín. 1186 Promovido por la señora Shirlen Patricia Prens Mosquera. 1187 Promovido por la señora Luz Francy Navarro Cuervo. 1188 Promovido por la señora Ángela María Cardona Jaramillo. 1189 Promovido por la señora María Edilma Nieto Moyano. 1190 Promovido por la señora Blanca Rosaira Cardona Ospina. 1191 Promovido por la señora Martha Liliana Londoño Álvarez. 1192 Promovido por la señora Martha Lucía García Bernal. 1193 Promovido por la señora Deyci Palacio Manco. 1194 Promovido por la señora Yina Paola Tinoco Jiménez. 45 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 10740-001196, 11001-03-15-000-2021-10755-001197, 11001-03-15-000-2021-10761-001198, 11001-03-15-000-2021-10799-001199, 11001-03-15-000-2021-10826-001200, 11001-03-15- 000-2021-10845-001201, 11001-03-15-000-2021-10852-001202, 11001-03-15-000-2021- 10856-001203, 11001-03-15-000-2021-10921-001204, 11001-03-15-000-2021-07451-001205, 11001-03-15-000-2021-07907-001206, 11001-03-15-000-2021-08164-001207, 11001-03-15- 000-2021-08316-001208, 11001-03-15-000-2021-08373-001209, 11001-03-15-000-2021- 08460-001210, 11001-03-15-000-2021-08484-001211, 11001-03-15-000-2021-08574-001212, 11001-03-15-000-2021-08613-001213, 11001-03-15-000-2021-08641-001214, 11001-03-15- 000-2021-08644-001215, 11001-03-15-000-2021-08739-001216, 11001-03-15-000-2021- 08749-001217, 11001-03-15-000-2021-08769-001218, 11001-03-15-000-2021-08781-001219, 11001-03-15-000-2021-08803-001220, 11001-03-15-000-2021-08818-001221, 11001-03-15- 000-2021-08820-001222, 11001-03-15-000-2021-08987-001223, 11001-03-15-000-2021- 09030-001224, 11001-03-15-000-2021-09088-001225, 11001-03-15-000-2021-09100-001226, 11001-03-15-000-2021-09145-001227, 11001-03-15-000-2021-09149-001228, 11001-03-15- 000-2021-09170-001229, 11001-03-15-000-2021-09252-001230, 11001-03-15-000-2021- 09300-001231, 11001-03-15-000-2021-09360-001232, 11001-03-15-000-2021-09373-001233, 11001-03-15-000-2021-09559-001234, 11001-03-15-000-2021-09645-001235, 11001-03-15- 000-2021-09667-001236, 11001-03-15-000-2021-09695-001237, 11001-03-15-000-2021- 09835-001238, 11001-03-15-000-2021-09840-001239, 11001-03-15-000-2021-09898-001240, 1195 Promovido por el señor Yony Wilmar Lozano Rico. 1196 Promovido por la señora Deyanira Cárdenas. 1197 Promovido por la señora Leidy Johanna Bohórquez Barrientos. 1198 Promovido por la señora Amanda Garavito Supelano. 1199 Promovido por la señora Aida Luz Triviño de Rojas. 1200 Promovido por el señor Camilo Humberto Rojas Triviño. 1201 Promovido por el señor German Narciso Rodríguez Peña. 1202 Promovido por la señora Jennifer Tatiana Vasco Vivas. 1203 Promovido por la señora María del Carmen Rincón Montaño. 1204 Promovido por el señor Omar Gutiérrez Arias. 1205 Promovido por el señor Dayber Leandro Bustos Navarro. 1206 Promovido por el señor Luis Gabriel Lucigniani Rodríguez. 1207 Promovido por la señora Martha Lucia Álvarez Mantilla. 1208 Promovido por la señora Brenda Sofía Parada Flórez. 1209 Promovido por la señora Jennifer Aguilar Guzmán. 1210 Promovido por la señora Sandra Judith García. 1211 Promovido por la señora Martha Lucia Gómez Marín. 1212 Promovido por la señora Clara Mónica Miranda López. 1213 Promovido por la señora Gina Alexandra Torres López. 1214 Promovido por el señor Javier Oswaldo Alba Quintana. 1215 Promovido por el señor Jhon Faber Parra Bocanegra. 1216 Promovido por la señora Lina Marcela León Salazar. 1217 Promovido por la señora Aleyda Mejía Cardona. 1218 Promovido por el señor Carlos Arturo Garzón Papamija. 1219 Promovido por la señora Claudia Patricia Úsuga Sepúlveda. 1220 Promovido por la señora Adriana Parra Hoyos. 1221 Promovido por la señora Angélica María Angarita Cáceres. 1222 Promovido por la señora Anyy Vanessa Caviedes Reyes. 1223 Promovido por la señora María Eugenia Restrepo Martínez. 1224 Promovido por la señora Noris Edith Navarro Hernández. 1225 Promovido por la señora Sonia Esther Niño Sánchez. 1226 Promovido por el señor Winston Morales Sarmiento. 1227 Promovido por la señora Luz Adriana Quiceno Gil. 1228 Promovido por la señora María de Jesús Uribe de Gómez. 1229 Promovido por el señor Carlos Arturo Jaimes Flórez. 1230 Promovido por el señor Esteban Ferrero Botero. 1231 Promovido por el señor Nelson Barboza Quintero. 1232 Promovido por el señor José Tomás Rodríguez Lara. 1233 Promovido por la señora Luz Angela Parra García. 1234 Promovido por la señora Hortencia Yamile Escobar Ruiz. 1235 Promovido por la señora Ana Concepción Bautista Román. 1236 Promovido por la señora Diana Constanza Castañeda Hernández, actuando en nombre propio y en representación de su hija menor de 18 años S.L.B.C. 1237 Promovido por la señora Marleny Tabares Cardona. 1238 Promovido por la señora María Isabel Huertas Sánchez. 1239 Promovido por el señor Humberto de Jesús Santa Valencia. 1240 Promovido por la señora Miriam Cecilia Daza de Ruiz. 46 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-09900-001241, 11001-03-15-000-2021-09953-001242, 11001-03-15- 000-2021-09962-001243, 11001-03-15-000-2021-09996-001244, 11001-03-15-000-2021- 10035-001245, 11001-03-15-000-2021-10038-001246, 11001-03-15-000-2021-10054-001247, 11001-03-15-000-2021-10077-001248, 11001-03-15-000-2021-10092-001249, 11001-03-15- 000-2021-10100-001250, 11001-03-15-000-2021-10141-001251, 11001-03-15-000-2021- 10155-001252, 11001-03-15-000-2021-10166-001253, 11001-03-15-000-2021-10190-001254, 11001-03-15-000-2021-10212-001255, 11001-03-15-000-2021-10216-001256, 11001-03-15- 000-2021-10240-001257, 11001-03-15-000-2021-10256-001258, 11001-03-15-000-2021- 10259-001259, 11001-03-15-000-2021-10267-001260, 11001-03-15-000-2021-10303-001261, 11001-03-15-000-2021-10312-001262, 11001-03-15-000-2021-10331-001263, 11001-03-15- 000-2021-10354-001264, 11001-03-15-000-2021-10355-001265, 11001-03-15-000-2021- 10359-001266, 11001-03-15-000-2021-10383-001267, 11001-03-15-000-2021-10414-001268, 11001-03-15-000-2021-10429-001269, 11001-03-15-000-2021-10432-001270, 11001-03-15- 000-2021-10436-001271, 11001-03-15-000-2021-10437-001272, 11001-03-15-000-2021- 10451-001273, 11001-03-15-000-2021-10481-001274, 11001-03-15-000-2021-10516-001275, 11001-03-15-000-2021-10518-001276, 11001-03-15-000-2021-10521-001277, 11001-03-15- 000-2021-10621-001278, 11001-03-15-000-2021-10628-001279, 11001-03-15-000-2021- 10638-001280, 11001-03-15-000-2021-10661-001281, 11001-03-15-000-2021-10681-001282, 11001-03-15-000-2021-10682-001283, 11001-03-15-000-2021-10689-001284, 11001-03-15- 000-2021-10700-001285, 11001-03-15-000-2021-10719-001286, 11001-03-15-000-2021- 1241 Promovido por la señora Mónica Francie Arévalo Guerrero. 1242 Promovido por la señora Angie Paola Borja Pacheco. 1243 Promovido por la señora Dana Manuela Gil Blandón. 1244 Promovido por el señor Jorge Eliecer Rondón Sánchez. 1245 Promovido por la señora Sara Flórez López. 1246 Promovido por la señora Tania Nicole Barreto Cabezas. 1247 Promovido por el señor Juan Felipe Abondano Malagón. 1248 Promovido por la señora Sandra Liliana Torres Martínez. 1249 Promovido por la señora María Elena García Sánchez. 1250 Promovido por la señora Paula Andrea Gaviria Robayo. 1251 Promovido por el señor Luis Alejandro Agudelo López. 1252 Promovido por la señora Sandra Patricia Rozo Ruiz. 1253 Promovido por el señor Líder Yoaner López Serna. 1254 Promovido por el señor Juan Manuel Mosquera Rodríguez. 1255 Promovido por el señor Álvaro Yesid Donoso Orozco. 1256 Promovido por el señor Ángel Narváez Galvis. 1257 Promovido por la señora Alba Vásquez Sánchez. 1258 Promovido por el señor Javier Armando Jaramillo Jurado. 1259 Promovido por la señora Jessica Stacie Guzmán Bolaños. 1260 Promovido por el señor Jorge Iván Timote Bermúdez. 1261 Promovido por la señora Mirna María Parra Peña. 1262 Promovido por la señora Omaira Orrego Durán. 1263 Promovido por el señor Savimir Sarmiento Santos. 1264 Promovido por la señora Yaneth Elena Jaramillo Guzmán. 1265 Promovido por el señor Germán Rolando Cubillos Ramírez. 1266 Promovido por la señora Gloria Denise Gómez Arias. 1267 Promovido por la señora Jacqueline Villada. 1268 Promovido por el señor José Ignacio Carazo Ibáñez. 1269 Promovido por la señora Fabiola Triviño Gaviria. 1270 Promovido por la señora Flor de María Rangel. 1271 Promovido por el señor Henry Moreno Fajardo. 1272 Promovido por la señora María Eisledia Herrera Martínez. 1273 Promovido por el señor Medardo Morales. 1274 Promovido por el señor Hikmeed Medina Bolaño. 1275 Promovido por el señor Eduard Elías Cujia Rondón. 1276 Promovido por el señor Eucaris Vargas. 1277 Promovido por la señora Francia Andrea Prado Vivas. 1278 Promovido por el señor Juan José García Cadavid. 1279 Promovido por la señora María Elena Mejía de Vélez. 1280 Promovido por la señora Nubia Cárdenas. 1281 Promovido por el señor Luis Alberto Ortiz González. 1282 Promovido por la señora María Fernanda Manchola Perdomo. 1283 Promovido por la señora Beatriz Murillo Bolaños. 1284 Promovido por el señor Carlos Iván Cañón Figueredo. 1285 Promovido por la señora Nini Johana Quintero Pino. 47 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 10727-001287, 11001-03-15-000-2021-10730-001288, 11001-03-15-000-2021-10747-001289, 11001-03-15-000-2021-10752-001290, 11001-03-15-000-2021-10767-001291, 11001-03-15- 000-2021-10777-001292, 11001-03-15-000-2021-10834-001293, 11001-03-15-000-2021- 10837-001294, 11001-03-15-000-2021-10847-001295, 11001-03-15-000-2021-10863-001296, 11001-03-15-000-2021-10866-001297, 11001-03-15-000-2021-10903-001298, 11001-03-15- 000-2021-10912-001299, 11001-03-15-000-2021-10942-001300, 11001-03-15-000-2021- 10969-001301, 11001-03-15-000-2021-11006-001302, 11001-03-15-000-2021-11023-001303, 11001-03-15-000-2021-11029-001304, 11001-03-15-000-2021-11044-001305, 11001-03-15- 000-2021-11047-001306, 11001-03-15-000-2021-11053-001307, 11001-03-15-000-2021- 11070-001308, 11001-03-15-000-2021-11072-001309, 11001-03-15-000-2021-11076-001310, 11001-03-15-000-2021-11082-001311, 11001-03-15-000-2021-11086-001312, 11001-03-15- 000-2021-11087-001313, 11001-03-15-000-2021-11090-001314, 11001-03-15-000-2021- 11100-001315, 11001-03-15-000-2021-11113-001316, 11001-03-15-000-2021-11135-001317, 11001-03-15-000-2021-11146-001318, 11001-03-15-000-2021-11158-001319, 11001-03-15- 000-2021-11165-001320, 11001-03-15-000-2021-11174-001321, 11001-03-15-000-2021- 11187-001322, 11001-03-15-000-2021-11189-001323, 11001-03-15-000-2021-11195-001324, 11001-03-15-000-2021-11207-001325, 11001-03-15-000-2021-11213-001326, 11001-03-15- 000-2021-11217-001327, 11001-03-15-000-2021-11225-001328, 11001-03-15-000-2021- 11228-001329, 11001-03-15-000-2021-11232-001330, 11001-03-15-000-2021-11235-001331, 1286 Promovido por la señora Sandra Paola Parra Marroquín. 1287 Promovido por el señor Yeison Augusto Valderrama Rodríguez. 1288 Promovido por la señora Zulma Beatriz Martínez Bernal. 1289 Promovido por la señora Jane Nancy Murillo Gómez. 1290 Promovido por el señor Juan Camilo Bohórquez. 1291 Promovido por la señora María Olga Ocampo Atehortúa. 1292 Promovido por los señores Pedro Luis Martínez Sánchez y Shelly Alexandra Torres Triviño. 1293 Promovido por la señora Claudia Janeth Hernández Quintero. 1294 Promovido por la señora Alexandra María Bernate Hernández. 1295 Promovido por el señor Giovanni Rojas Castro. 1296 Promovido por la señora Danidth Sanabria Mora. 1297 Promovido por la señora Diana Carolina Gutiérrez Loaiza. 1298 Promovido por la señora Karla Cristina Londoño Palacio. 1299 Promovido por la señora María Inés Pérez. 1300 Promovido por la señora Marleny López Cuartas. 1301 Promovido por el señor Geoffrey Carvajal Lozano. 1302 Promovido por el señor Julián Andrés Echeverri. 1303 Promovido por la señora María Elena Cáceres Arias. 1304 Promovido por la señora Nubia Sildana Bermúdez Segura. 1305 Promovido por el señor Alberto Ramírez Flórez. 1306 Promovido por el señor Bernardo Collazos Vidal. 1307 Promovido por el señor Andrés Fernando Naranjo Cruz. 1308 Promovido por el señor Jhan Carlos Rodríguez Salgado. 1309 Promovido por el señor Urban Skargren. 1310 Promovido por la señora Amalia Rodríguez Yepes. 1311 Promovido por la señora Carmen Lilia Guerrero. 1312 Promovido por la señora Claudia Libia Ospina Alzate. 1313 Promovido por la señora Cleofelina Sierra Fernández. 1314 Promovido por la señora Dora Isabel Merchán. 1315 Promovido por las señoras Angela Patricia Torres Arenas y Alejandra Trujillo Aránzazu. 1316 Promovido por el señor John Albeiro Cardona Jaramillo. 1317 Promovido por el señor Jorge Darío Suaza Villa. 1318 Promovido por el señor Jhon James Giraldo Arias. 1319 Promovido por la señora Juliana Ocampo Rodríguez. 1320 Promovido por el señor Luis Alfonso Morales González. 1321 Promovido por la señora Martha Lucía Suárez Erazo. 1322 Promovido por la señora Senith Yadira González Flórez. 1323 Promovido por el señor Wilmer Andrés Enciso. 1324 Promovido por la señora Adelaida Garzón Fierro. 1325 Promovido por la señora Gina Marcela Rojas Navarro. 1326 Promovido por el señor Luis Andrés Berti Suárez. 1327 Promovido por el señor Martín Naranjo. 1328 Promovido por la señora Rosa Aura Barrera. 1329 Promovido por la señora Rosmary Rico. 1330 Promovido por el señor Germán Eduardo Martínez Díaz. 1331 Promovido por la señora Alba del Carmen Álvarez León. 48 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-11237-001332, 11001-03-15-000-2021-11247-001333, 11001-03-15- 000-2021-11258-001334, 11001-03-15-000-2021-11271-001335, 11001-03-15-000-2021- 11272-001336, 11001-03-15-000-2021-11299-001337, 11001-03-15-000-2021-11428-001338, 11001-03-15-000-2021-11444-001339, 11001-03-15-000-2021-09931-001340, 11001-03-15- 000-2021-09945-001341, 11001-03-15-000-2021-09947-001342, 11001-03-15-000-2021- 09967-001343, 11001-03-15-000-2021-09985-001344, 11001-03-15-000-2021-10007-001345, 11001-03-15-000-2021-10022-001346, 11001-03-15-000-2021-10026-001347, 11001-03-15- 000-2021-10061-001348, 11001-03-15-000-2021-10096-001349, 11001-03-15-000-2021- 10097-001350, 11001-03-15-000-2021-10103-001351, 11001-03-15-000-2021-10117-001352, 11001-03-15-000-2021-10118-001353, 11001-03-15-000-2021-10119-001354, 11001-03-15- 000-2021-10120-001355, 11001-03-15-000-2021-10123-001356, 11001-03-15-000-2021- 10126-001357, 11001-03-15-000-2021-10127-001358, 11001-03-15-000-2021-10148-001359, 11001-03-15-000-2021-10160-001360, 11001-03-15-000-2021-10170-001361, 11001-03-15- 000-2021-10176-001362, 11001-03-15-000-2021-10183-001363, 11001-03-15-000-2021- 10187-001364, 11001-03-15-000-2021-10200-001365, 11001-03-15-000-2021-10203-001366, 11001-03-15-000-2021-10205-001367, 11001-03-15-000-2021-10206-001368, 11001-03-15- 000-2021-10213-001369, 11001-03-15-000-2021-10217-001370, 11001-03-15-000-2021- 10219-001371, 11001-03-15-000-2021-10220-001372, 11001-03-15-000-2021-10234-001373, 11001-03-15-000-2021-10239-001374, 11001-03-15-000-2021-10260-001375, 11001-03-15- 1332 Promovido por la señora Blanca María Cruz Rodríguez. 1333 Promovido por el señor Fredy Domingo Pabón Duque. 1334 Promovido por la señora Laura Sofia Buitrago Malagón. 1335 Promovido por la señora María Matilde Quintero. 1336 Promovido por la señora María Ruby Ocampo Vargas. 1337 Promovido por el señor Julián Esteban García Balsero. 1338 Promovido por la señora Gladys López Castro. 1339 Promovido por el señor Alexander Moreno Poveda. 1340 Promovido por Sandra Patricia Arbeláez Mesa. 1341 Promovido por Mario Alexander Vargas Ruiz. 1342 Promovido por Adriana Escobar Restrepo. 1343 Promovido por Eligio Ospina Meneses. 1344 Promovido por Jessica Andrea Pérez Zapata. 1345 Promovido por Carlos Andrés Garzón Latorre. 1346 Promovido por María Angélica Villamizar Rivero. 1347 Promovido por Mary Luz Pérez Uribe. 1348 Promovido por Darío Ruiz Charry. 1349 Promovido por Mildred Eugenia Guzmán. 1350 Promovido por Orlando Antonio Zapata. 1351 Promovido por Sonia Sánchez Méndez. 1352 Promovido por Andrés Felipe Villegas Salas, actuando en nombre propio y en representación de su hija menor de 18 años M.V.O. 1353 Promovido por Ángela Rocío Rodríguez Reina. 1354 Promovido por Arsenio Medina. 1355 Promovido por Carlos Augusto Rey Padilla. 1356 Promovido por César Augusto Pacheco Velandia. 1357 Promovido por Danilo Guillermo Chaves Ruiz. 1358 Promovido por Darling Mendoza Rosado. 1359 Promovido por Mirna María Parra Peña. 1360 Promovido por Andrés Camilo Castro Murcia. 1361 Promovido por John Edisson Rodríguez Serna. 1362 Promovido por Andrea Mildred Delgado Romero, actuando en nombre propio y en representación de sus hijos menores de 18 años D.A.P.D. y M.T.P.D. 1363 Promovido por Esperanza Cuellar. 1364 Promovido por Héctor Mauricio Osorio Pérez. 1365 Promovido por Yeimi Marcela Soler Barriga. 1366 Promovido por Gloria Sánchez Trujillo. 1367 Promovido por Iván Fermín Espinosa Campos. 1368 Promovido por Juan Carlos Cifuentes Cifuentes. 1369 Promovido por Ana Delys Becerra Usuga. 1370 Promovido por Arley Torres Cediel. 1371 Promovido por Carlos Alberto González Zapata. 1372 Promovido por Carlos Alberto Vélez Reyes. 1373 Promovido por Germán Bahamón Jiménez. 1374 Promovido por Giovanni Guzmán Porras. 1375 Promovido por Angie Vannessa Ruiz Castañeda. 49 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 000-2021-10261-001376, 11001-03-15-000-2021-10273-001377, 11001-03-15-000-2021- 10282-001378, 11001-03-15-000-2021-10290-001379, 11001-03-15-000-2021-10295-001380, 11001-03-15-000-2021-10305-001381, 11001-03-15-000-2021-10306-001382, 11001-03-15- 000-2021-10313-001383, 11001-03-15-000-2021-10316-001384, 11001-03-15-000-2021- 10326-001385, 11001-03-15-000-2021-10332-001386, 11001-03-15-000-2021-10334-001387, 11001-03-15-000-2021-10361-001388, 11001-03-15-000-2021-10369-001389, 11001-03-15- 000-2021-10379-001390, 11001-03-15-000-2021-10387-001391, 11001-03-15-000-2021- 10394-001392, 11001-03-15-000-2021-10398-001393, 11001-03-15-000-2021-10409-001394, 11001-03-15-000-2021-10411-001395, 11001-03-15-000-2021-10416-001396, 11001-03-15- 000-2021-10421-001397, 11001-03-15-000-2021-10422-001398, 11001-03-15-000-2021- 10433-001399, 11001-03-15-000-2021-10453-001400, 11001-03-15-000-2021-10455-001401, 11001-03-15-000-2021-10461-001402, 11001-03-15-000-2021-10464-001403, 11001-03-15- 000-2021-10467-001404, 11001-03-15-000-2021-10470-001405, 11001-03-15-000-2021- 10474-001406, 11001-03-15-000-2021-10497-001407, 11001-03-15-000-2021-10501-001408, 11001-03-15-000-2021-10504-001409, 11001-03-15-000-2021-10530-001410, 11001-03-15- 000-2021-10533-001411, 11001-03-15-000-2021-10536-001412, 11001-03-15-000-2021- 10541-001413, 11001-03-15-000-2021-10545-001414, 11001-03-15-000-2021-10555-001415, 11001-03-15-000-2021-10556-001416, 11001-03-15-000-2021-10561-001417, 11001-03-15- 000-2021-10563-001418, 11001-03-15-000-2021-10564-001419, 11001-03-15-000-2021- 1376 Promovido por Jesús Alberto Gutiérrez Figueroa. 1377 Promovido por Juan Carlos Espinosa Moncada. 1378 Promovido por Katineli del Carmen Maestre Buelvas. 1379 Promovido por Liliana del Niño Jesús Aristizábal Bernal. 1380 Promovido por María De Los Dolores López Pavón. 1381 Promovido por Mónica Andrea Henao Aristizábal. 1382 Promovido por Charles Pinzón. 1383 Promovido por Diana Karina Vega Barrero. 1384 Promovido por Oscar Del Carmen Revolleedo Galvis. 1385 Promovido por Rosa Elena Moreno Sotelo. 1386 Promovido por Sergio Mario Jaramillo Vásquez. 1387 Promovido por Sindy Lorena Sánchez Quiroz. 1388 Promovido por José Ever Vega. 1389 Promovido por Hollmann Stiven Peñuela Parra. 1390 Promovido por Linda Vanessa Vargas Gómez. 1391 Promovido por Zully Johanna Espinosa Velásquez. 1392 Promovido por María Esperanza Fonseca Gómez. 1393 Promovido por Juan Pablo Ardila Hortua. 1394 Promovido por Astrid Helena Vélez Vásquez. 1395 Promovido por Carlos Alberto Saurith Maestre. 1396 Promovido por José Israel Gómez Buitrago. 1397 Promovido por Daniel Felipe Bustos Rodríguez, Andrea Leytón Ramos y Nelly Rodríguez Díaz. 1398 Promovido por Leda María Pérez Arévalo. 1399 Promovido por Marcos Aurelio Saavedra Ramos. 1400 Promovido por Melba Molina López. 1401 Promovido por María Elisa Fajardo de Moreno. 1402 Promovido por María Rosa Saurith Balcazar. 1403 Promovido por Wilson Arbey Sánchez Quiroz. 1404 Promovido por Ritzy Taina Rodríguez Herazo, actuando en nombre propio y en representación de su hija menor de 18 años L.V.A.R. 1405 Promovido por Sandra Yaneth Huertas Leal. 1406 Promovido por Beatriz Sánchez Hurtado. 1407 Promovido por Adriana Trejos Arcila. 1408 Promovido por Ana María Londoño Álvarez. 1409 Promovido por Ángel Obdulio Henao Berrio. 1410 Promovido por Nashla Dau Corpus. 1411 Promovido por Rafael Sanabria Borda. 1412 Promovido por Bibiana María Henao Builes. 1413 Promovido por Gloria Enit Ruiz. 1414 Promovido por Inés Jaramillo García. 1415 Promovido por Teresa Gómez Roldán. 1416 Promovido por Víctor Alfonzo parra Zambrano. 1417 Promovido por Ana Patricia Posada Correa. 1418 Promovido por Ana Yancy Castellanos Moreno. 1419 Promovido por Angela López Valera. 50 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 10565-001420, 11001-03-15-000-2021-10567-001421, 11001-03-15-000-2021-10568-001422, 11001-03-15-000-2021-10569-001423, 11001-03-15-000-2021-10579-001424, 11001-03-15- 000-2021-10580-001425, 11001-03-15-000-2021-10582-001426, 11001-03-15-000-2021- 10594-001427, 11001-03-15-000-2021-10601-001428, 11001-03-15-000-2021-10603-001429, 11001-03-15-000-2021-10606-001430, 11001-03-15-000-2021-10611-001431, 11001-03-15- 000-2021-10612-001432, 11001-03-15-000-2021-10615-001433, 11001-03-15-000-2021- 10625-001434, 11001-03-15-000-2021-10626-001435, 11001-03-15-000-2021-10631-001436, 11001-03-15-000-2021-10632-001437, 11001-03-15-000-2021-10646-001438, 11001-03-15- 000-2021-10654-001439, 11001-03-15-000-2021-10655-001440, 11001-03-15-000-2021- 10656-001441, 11001-03-15-000-2021-10658-001442, 11001-03-15-000-2021-10663-001443, 11001-03-15-000-2021-10668-001444, 11001-03-15-000-2021-10671-001445, 11001-03-15- 000-2021-10677-001446, 11001-03-15-000-2021-10683-001447, 11001-03-15-000-2021- 10696-001448, 11001-03-15-000-2021-10697-001449, 11001-03-15-000-2021-10698-001450, 11001-03-15-000-2021-10699-001451, 11001-03-15-000-2021-10702-001452, 11001-03-15- 000-2021-10704-001453, 11001-03-15-000-2021-10710-001454, 11001-03-15-000-2021- 10718-001455, 11001-03-15-000-2021-10720-001456, 11001-03-15-000-2021-10724-001457, 11001-03-15-000-2021-10732-001458, 11001-03-15-000-2021-10746-001459, 11001-03-15- 000-2021-10770-001460, 11001-03-15-000-2021-10784-001461, 11001-03-15-000-2021- 10785-001462, 11001-03-15-000-2021-10792-001463, 11001-03-15-000-2021-10793-001464, 1420 Promovido por Harold Daniel Valderrama Martínez. 1421 Promovido por Carlos Alfredo Castro Hernández. 1422 Promovido por Carol Dayan Osorio Velásquez. 1423 Promovido por Cheila Correa De Vivas. 1424 Promovido por Mery Esperanza Fernández Porras. 1425 Promovido por Hugo Bolívar Trochez Vera. 1426 Promovido por Humberto Toro Ramírez. 1427 Promovido por Jeisson Andrés Jaramillo García. 1428 Promovido por Jorge Hely Rodríguez Reyes. 1429 Promovido por John Fernando Rojas Vargas. 1430 Promovido por José Fernando Torres Echavarría. 1431 Promovido por José Gregorio Herrera Acuña. 1432 Promovido por Leidy Johanna Castrillón Camacho. 1433 Promovido por Lorena Mamian Gómez. 1434 Promovido por Marcela González Escobar. 1435 Promovido por Margarita Guzmán. 1436 Promovido por María Magdalena Ortiz Herrera. 1437 Promovido por María Oliva Muñoz Salamanca. 1438 Promovido por Julio Aabdia Herrera Canole. 1439 Promovido por Ligia Marina Granobles Calvo. 1440 Promovido por Liliana Cristina Flórez Avella. 1441 Promovido por Sol Beatriz Ortiz. 1442 Promovido por Tatyana Pauline Arboleda Palacio. 1443 Promovido por Luis Antonio Zamora Ocampo. 1444 Promovido por Luz Mery Cardona De Ruano. 1445 Promovido por Madelis Marina Oliver Rodríguez. 1446 Promovido por Arley Rojas Ceballos. 1447 Promovido por Martha Cenelia Guevara Hernández. 1448 Promovido por Mónica Andrea Valencia Saenz. 1449 Promovido por Doris Socorro Santos de Tamayo. 1450 Promovido por Nidia Marsoly Arango Ospina. 1451 Promovido por Jesús Alirio Fernández Martínez. 1452 Promovido por la señora Noelia Gómez. 1453 Promovido por la señora Nubia Bolaños González. 1454 Promovido por el señor Pedro Luis Gómez Arango. 1455 Promovido por la señora Sandra Milena Salgado Ramírez. 1456 Promovido por la señora Sara Liliana Giraldo Osorio. 1457 Promovido por el señor Víctor Sene López López. 1458 Promovido por el señor Luis Alberto Cicery Toledo. 1459 Promovido por el señor Enrique Rafael Terán Serje. 1460 Promovido por el señor Fredy Oquendo Úsuga. 1461 Promovido por la señora Sandra Marcela Navarro González. 1462 Promovido por la señora Natalia Andrea Silva Tovar. 1463 Promovido por el señor Rafael Tadeo Carrillo Gómez. 1464 Promovido por la señora Wendy Lorena Cifuentes González. 51 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-10798-001465, 11001-03-15-000-2021-10801-001466, 11001-03-15- 000-2021-10810-001467, 11001-03-15-000-2021-10813-001468, 11001-03-15-000-2021- 10841-001469, 11001-03-15-000-2021-10843-001470, 11001-03-15-000-2021-10848-001471, 11001-03-15-000-2021-10850-001472, 11001-03-15-000-2021-10853-001473, 11001-03-15- 000-2021-10854-001474, 11001-03-15-000-2021-10858-001475, 11001-03-15-000-2021- 10861-001476, 11001-03-15-000-2021-10904-001477, 11001-03-15-000-2021-10906-001478, 11001-03-15-000-2021-10909-001479, 11001-03-15-000-2021-10913-001480, 11001-03-15- 000-2021-10917-001481, 11001-03-15-000-2021-10919-001482, 11001-03-15-000-2021- 10953-001483, 11001-03-15-000-2021-10979-001484, 11001-03-15-000-2021-11004-001485, 11001-03-15-000-2021-11014-001486, 11001-03-15-000-2021-11033-001487, 11001-03-15- 000-2021-11036-001488, 11001-03-15-000-2021-11039-001489, 11001-03-15-000-2021- 11052-001490, 11001-03-15-000-2021-11062-001491, 11001-03-15-000-2021-11073-001492, 11001-03-15-000-2021-11074-001493, 11001-03-15-000-2021-11075-001494, 11001-03-15- 000-2021-11095-001495, 11001-03-15-000-2021-11108-001496, 11001-03-15-000-2021- 11214-001497, 11001-03-15-000-2021-11219-001498, 11001-03-15-000-2021-11234-001499, 11001-03-15-000-2021-11241-001500, 11001-03-15-000-2021-11249-001501, 11001-03-15- 000-2021-11252-001502, 11001-03-15-000-2021-11274-001503, 11001-03-15-000-2021- 11278-001504, 11001-03-15-000-2021-08160-001505, 11001-03-15-000-2021-08182-001506, 11001-03-15-000-2021-08185-001507, 11001-03-15-000-2021-08217-001508, 11001-03-15- 000-2021-08225-001509, 11001-03-15-000-2021-08273-001510, 11001-03-15-000-2021- 1465 Promovido por la señora Adriana Garzón Buitrago. 1466 Promovido por el señor Aldemar Mantilla Fuentes. 1467 Promovido por la señora Ana Otilia Gallego Marín. 1468 Promovido por el señor André Giovanny Laverde Gutiérrez. 1469 Promovido por la señora Deyanira Lozano de Carvajal. 1470 Promovido por la señora Sofia Torres. 1471 Promovido por la señora Gladys Estévez Delgado. 1472 Promovido por el señor Godfree Carvajal Lozano. 1473 Promovido por el señor Jesús Antonio Ninco. 1474 Promovido por el señor Jorge Enrique Calderón Chocontá. 1475 Promovido por la señora María Teresa Becerra de Bonilla. 1476 Promovido por la señora Sandra Yolanda Gómez Cristancho. 1477 Promovido por la señora Katherin Rodríguez Fuertes. 1478 Promovido por el señor Leonidas Quintero Plata. 1479 Promovido por el señor Luis Albeiro Cardona Hernández. 1480 Promovido por la señora María Lucelma Herrera Mendivelso. 1481 Promovido por la señora Natalia Abad Calderón Quintero. 1482 Promovido por la señora Norela Osorio Ramírez. 1483 Promovido por la señora Blanca Lilia Cárdenas López. 1484 Promovido por el señor Diego Fernando Ruiz González. 1485 Promovido por la señora Sandra Milena Ángel. 1486 Promovido por la señora Mónica Milena Montañez Ramírez. 1487 Promovido por la señora Patricia Rojas Rojas. 1488 Promovido por la señora Sonia Ceballos Guzmán. 1489 Promovido por el señor Wilber León Rivillas Puello. 1490 Promovido por el señor Wilmer Antonio Cruz Reyes. 1491 Promovido por el señor Armando Aguilera Cabarcas. 1492 Promovido por la señora Adelaida Montañez Pinto. 1493 Promovido por la sociedad Chamorro Portilla S.A.S. 1494 Promovido por la señora Alicia Ávalos Ávalos. 1495 Promovido por el señor Fernando Penagos Hormiga. 1496 Promovido por el señor Emmanuel Velásquez Noreña. 1497 Promovido por la señora Luisa Marcela Álvarez Tobos. 1498 Promovido por la señora Nohora Malagón Naranjo. 1499 Promovido por la señora Luz Adriana Agudelo Ospina. 1500 Promovido por los señores Arnold Obregón y Erika Victoria Muriel. 1501 Promovido por la señora Gladys Campos de Roa. 1502 Promovido por el señor Haber Andrés Bustos Vargas. 1503 Promovido por la señora Nohora Inés Dueñas de Rodríguez. 1504 Promovido por el señor Ricardo Flórez García. 1505 Promovido por la señora María Irene Quintero López. 1506 Promovido por la señora Claudia Patricia Sierra López. 1507 Promovido por el señor Emerson Jair Criado Vargas. 1508 Promovido por la señora Blanca Lilia Restrepo Páez. 1509 Promovido por la señora Eimy Daniela Nieto Zendejas. 52 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 08286-001511, 11001-03-15-000-2021-08317-001512, 11001-03-15-000-2021-08523-001513, 11001-03-15-000-2021-08586-001514, 11001-03-15-000-2021-08601-001515, 11001-03-15- 000-2021-08629-001516, 11001-03-15-000-2021-08638-001517, 11001-03-15-000-2021- 08722-001518, 11001-03-15-000-2021-08743-001519, 11001-03-15-000-2021-08822-001520, 11001-03-15-000-2021-08894-001521, 11001-03-15-000-2021-08971-001522, 11001-03-15- 000-2021-09230-001523, 11001-03-15-000-2021-09235-001524, 11001-03-15-000-2021- 09351-001525, 11001-03-15-000-2021-09408-001526, 11001-03-15-000-2021-07558-001527, 11001-03-15-000-2021-07685-001528, 11001-03-15-000-2021-07718-001529, 11001-03-15- 000-2021-07722-001530, 11001-03-15-000-2021-07749-001531, 11001-03-15-000-2021- 09528-001532, 11001-03-15-000-2021-09570-001533, 11001-03-15-000-2021-09635-001534, 11001-03-15-000-2021-09802-001535, 11001-03-15-000-2021-09817-001536, 11001-03-15- 000-2021-09858-001537, 11001-03-15-000-2021-09867-001538, 11001-03-15-000-2021- 09906-001539, 11001-03-15-000-2021-09706-001540, 11001-03-15-000-2021-09752-001541, 11001-03-15-000-2021-09756-001542, 11001-03-15-000-2021-09758-001543, 11001-03-15- 000-2021-09777-001544, 11001-03-15-000-2021-09792-001545, 11001-03-15-000-2021- 07735-001546, 11001-03-15-000-2021-08347-001547, 11001-03-15-000-2021-08350-001548, 11001-03-15-000-2021-08388-001549, 11001-03-15-000-2021-08428-001550, 11001-03-15- 000-2021-08666-001551, 11001-03-15-000-2021-08708-001552, 11001-03-15-000-2021- 08751-001553, 11001-03-15-000-2021-08788-001554, 11001-03-15-000-2021-08852-001555, 1510 Promovido por la señora Nidia Morera Urrego. 1511 Promovido por la señora Rubí Mosquera Valdez. 1512 Promovido por el señor Byron de Jesús Paternina Pico. 1513 Promovido por la señora Sara María Delgado de la Calle. 1514 Promovido por la señora Dina Carolina González Acosta. 1515 Promovido por el señor Luis Emilio Garzón Garzón. 1516 Promovido por el señor Héctor Aníbal Montoya Jaramillo. 1517 Promovido por el señor Jairo Alfonso Cuaical Moscoso. 1518 Promovido por el señor Pedro Antonio Muñoz Romero. 1519 Promovido por la señora Alba Lucía Castaño Pava. 1520 Promovido por la señora Aracely Arias. 1521 Promovido por el señor Jhayler Aarón Figueredo Viaña. 1522 Promovido por la señora Luz Amparo Ruiz Gallego. 1523 Promovido por el señor Carlos Augusto Bautista Bautista. 1524 Promovido por la señora Carmen Rosa Rojas Mocetón. 1525 Promovido por el señor Hugo Enrique Cerón Grosso. 1526 Promovido por la señora Yuranni Paola Gil González. 1527 Promovido por la señora Mónica Alejandra Gómez Herrera. 1528 Promovido por la señora Alison Astrid Jaramillo. 1529 Promovido por la señora Sandra Stella Plazas. 1530 Promovido por la señora Diana Carolina Higuera Mejía. 1531 Promovido por la señora Martha Giovanna Lizcano Silva. 1532 Promovido por la señora Martha Olga del Socorro Martínez de López. 1533 Promovido por el señor John Jairo Alzate López. 1534 Promovido por la señora Rubby Cecilia Castro Puche. 1535 Promovido por los señores Alba Zuley Leal León y Joel Mauricio Martínez Henríquez, en nombre propio y en Representación de sus hijos menores de 18 años E.M.L., C.M.L. y A.M.L. 1536 Promovido por el señor Florencio Julio Zapata, en nombre propio y en representación de sus hijas menores de 18 años G.Z.H. y M.Z.H. 1537 Promovido por la señora Nely Barrero Vidal. 1538 Promovido por el señor Juan David Rodríguez Naranjo. 1539 Promovido por la señora Natalia Bronstein Alzate. 1540 Promovido por la señora Liliana Angelica Rubio Camargo. 1541 Promovido por la señora Angelica María Figueroa González. 1542 Promovido por el señor Carlos Alberto Páez Fonseca. 1543 Promovido por el señor Carlos Eduardo Hurtado Riascos. 1544 Promovido por el señor Evan Montes Medina. 1545 Promovido por la señora Hedel Quiridence Galvis Quebrada. 1546 Promovido por el señor Javier Naranjo Villalba. 1547 Promovido por la señora Cilia María Mesa Barragán. 1548 Promovido por la señora Claudia Maritza Ballén Naranjo. 1549 Promovido por el señor Juan Carlos Londoño Pulgarín. 1550 Promovido por el señor Leonardo Javier Atehortúa Arcila. 1551 Promovido por el señor Juan Sebastián Arboleda Acevedo. 1552 Promovido por la señora Luz Helena Ortiz. 1553 Promovido por el señor Álvaro Eduardo Vega Suaza. 1554 Promovido por el señor Danner Adib Uribe Giraldo. 53 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-08891-001556, 11001-03-15-000-2021-08965-001557, 11001-03-15- 000-2021-09048-001558, 11001-03-15-000-2021-09062-001559, 11001-03-15-000-2021- 09128-001560, 11001-03-15-000-2021-09132-001561, 11001-03-15-000-2021-09148-001562, 11001-03-15-000-2021-09234-001563, 11001-03-15-000-2021-09290-001564, 11001-03-15- 000-2021-09313-001565, 11001-03-15-000-2021-09323-001566, 11001-03-15-000-2021- 09331-001567, 11001-03-15-000-2021-09398-001568, 11001-03-15-000-2021-09416-001569, 11001-03-15-000-2021-09514-001570, 11001-03-15-000-2021-09613-001571, 11001-03-15- 000-2021-09630-001572, 11001-03-15-000-2021-09725-001573, 11001-03-15-000-2021- 09728-001574, 11001-03-15-000-2021-09733-001575, 11001-03-15-000-2021-09746-001576, 11001-03-15-000-2021-09754-001577, 11001-03-15-000-2021-09826-001578, 11001-03-15- 000-2021-09871-001579, 11001-03-15-000-2021-09951-001580, 11001-03-15-000-2021- 09977-001581, 11001-03-15-000-2021-10027-001582, 11001-03-15-000-2021-10049-001583, 11001-03-15-000-2021-10069-001584, 11001-03-15-000-2021-10080-001585, 11001-03-15- 000-2021-10122-001586, 11001-03-15-000-2021-10131-001587, 11001-03-15-000-2021- 10174-001588, 11001-03-15-000-2021-10195-001589, 11001-03-15-000-2021-10207-001590, 11001-03-15-000-2021-10221-001591, 11001-03-15-000-2021-10222-001592, 11001-03-15- 000-2021-10241-001593, 11001-03-15-000-2021-10251-001594, 11001-03-15-000-2021- 10271-001595, 11001-03-15-000-2021-10301-001596, 11001-03-15-000-2021-10307-001597, 11001-03-15-000-2021-10309-001598, 11001-03-15-000-2021-10338-001599, 11001-03-15- 1555 Promovido por el señor Isaac Valencia Arias. 1556 Promovido por la señora Jenny Maritza Cifuentes Reyes. 1557 Promovido por el señor Luis Camilo Aranda Díaz. 1558 Promovido por el señor Pedro Nelson Botero Ardila. 1559 Promovido por la señora Rocío de Jesús Atehortúa Gallego. 1560 Promovido por el señor Carlos Elías Cantero Meza. 1561 Promovido por la señora Diana Isabel Claros Correal. 1562 Promovido por la señora Magda Isabel Pérez López. 1563 Promovido por la señora Ana Ascensión Hernández Gutiérrez. 1564 Promovido por la señora Luz Mery González Acosta. 1565 Promovido por el señor Yulier Restrepo Rojas. 1566 Promovido por la señora Amparo de Jesús Meneses Restrepo. 1567 Promovido por la señora Daissy Yurani Acevedo Bermúdez. 1568 Promovido por la señora Valentina Gonzáles Arango. 1569 Promovido por la señora Liney María Mass. 1570 Promovido por el señor Elkin Horacio Correa Giraldo. 1571 Promovido por la señora Erika Susana Quintero Salazar. 1572 Promovido por la señora Nubia Lucia Castañeda Torres. 1573 Promovido por el señor Sergio Andrés Torres Martínez. 1574 Promovido por el señor Willintong Torres Jiménez. 1575 Promovido por la señora Brenda Melissa González Huertas. 1576 Promovido por el señor Alex Amaya Ruiz. 1577 Promovido por la señora Beatriz Amparo Gómez Zuluaga. 1578 Promovido por la señora Luz Nancy Loaiza Martínez. 1579 Promovido por el señor Rubén Darío Argüello Losada. 1580 Promovido por la señora Ángela Massiel Narváez Bahamón. 1581 Promovido por la señora Bernarda Carreño de Apache. 1582 Promovido por la señora Mayren Lucía Guarín Niño. 1583 Promovido por el señor Yovany Andrés Monroy González. 1584 Promovido por la señora Flor María Flórez Sosa. 1585 Promovido por el señor Jhon Deyvi Rodríguez Garzón. 1586 Promovido por la señora Catalina Londoño Carder. 1587 Promovido por la señora Emperatriz Vivas Rosas. 1588 Promovido por el señor Alfonso Melo Carrillo. 1589 Promovido por la señora Nury Alejandra Barbosa Pérez. 1590 Promovido por el señor Lázaro Barajas Jaimes. 1591 Promovido por el señor Carlos Armando Hurtado Morón. 1592 Promovido por la señora Claudia Patricia Parra. 1593 Promovido por la señora Gladys García. 1594 Promovido por la señora Isabel Cristina Gaitán Sánchez. 1595 Promovido por el señor Juan Camilo Chávez Jaraba. 1596 Promovido por la señora Carolina Corrales Peláez. 1597 Promovido por la señora Claudia Patricia Niño Cuervo. 1598 Promovido por el señor David Fernando Páez Leal. 1599 Promovido por los señores Villi Alidis Guevara Maturana, Giovanny Alfonso Asprilla y Andrés Felipe Alfonso Guevara. 54 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 000-2021-10340-001600, 11001-03-15-000-2021-10353-001601, 11001-03-15-000-2021- 10371-001602, 11001-03-15-000-2021-10390-001603, 11001-03-15-000-2021-10395-001604, 11001-03-15-000-2021-10405-001605, 11001-03-15-000-2021-10410-001606, 11001-03-15- 000-2021-10420-001607, 11001-03-15-000-2021-10426-001608, 11001-03-15-000-2021- 10446-001609, 11001-03-15-000-2021-10456-001610, 11001-03-15-000-2021-10473-001611, 11001-03-15-000-2021-10486-001612, 11001-03-15-000-2021-10487-001613, 11001-03-15- 000-2021-10513-001614, 11001-03-15-000-2021-10524-001615, 11001-03-15-000-2021- 10577-001616, 11001-03-15-000-2021-10586-001617, 11001-03-15-000-2021-10597-001618, 11001-03-15-000-2021-10613-001619, 11001-03-15-000-2021-10614-001620, 11001-03-15- 000-2021-10622-001621, 11001-03-15-000-2021-10639-001622, 11001-03-15-000-2021- 10648-001623, 11001-03-15-000-2021-10657-001624, 11001-03-15-000-2021-10679-001625, 11001-03-15-000-2021-10693-001626, 11001-03-15-000-2021-10703-001627, 11001-03-15- 000-2021-10706-001628, 11001-03-15-000-2021-10711-001629, 11001-03-15-000-2021- 10713-001630, 11001-03-15-000-2021-10717-001631, 11001-03-15-000-2021-10722-001632, 11001-03-15-000-2021-10751-001633, 11001-03-15-000-2021-10756-001634, 11001-03-15- 000-2021-10757-001635, 11001-03-15-000-2021-10762-001636, 11001-03-15-000-2021- 10773-001637, 11001-03-15-000-2021-10774-001638, 11001-03-15-000-2021-10787-001639, 11001-03-15-000-2021-10794-001640, 11001-03-15-000-2021-10808-001641, 11001-03-15- 000-2021-10817-001642, 11001-03-15-000-2021-10822-001643, 11001-03-15-000-2021- 10844-001644, 11001-03-15-000-2021-10857-001645, 11001-03-15-000-2021-10865-001646, 1600 Promovido por la señora María Doris Osorio Grisales. 1601 Promovido por el señor Francisco Javier López Sánchez. 1602 Promovido por la señora Luz Nidia Castaño García. 1603 Promovido por el señor Diego Mauricio Murcia Arango. 1604 Promovido por el señor Eduym González Murcia. 1605 Promovido por el señor Jhonatan José Guerrero Ortega. 1606 Promovido por la señora Johanna Barrera Bernal. 1607 Promovido por la señora Laura Sofía Sánchez Moreno. 1608 Promovido por el señor Egidio Duarte Briñez. 1609 Promovido por la señora Luz Deny Mancilla Flórez. 1610 Promovido por la señora Neyith Moya Romero. 1611 Promovido por la señora Yolanda Jiménez Sánchez. 1612 Promovido por la señora Luz Marina Páez Morales. 1613 Promovido por la señora Magda Rocío Zamora López. 1614 Promovido por el señor David Santiago Romero Lucas. 1615 Promovido por la señora Gloria Judith Coello Almeida. 1616 Promovido por el señor Harvey Bolívar López Oñate. 1617 Promovido por la señora Giseth Tovar Leal. 1618 Promovido por el señor Jaime Andrés Urquina Toledo. 1619 Promovido por la señora Lizeth Clavijo Ramírez. 1620 Promovido por el señor José William González Carvajal. 1621 Promovido por la señora Judith Elena Fuertes Romo. 1622 Promovido por la señora Olga Lucia Aristizábal Ramírez. 1623 Promovido por la señora Laura Dayana Acosta Pérez. 1624 Promovido por la señora Tatiana Agudelo Bermúdez. 1625 Promovido por la señora María Esperanza Del Socorro Cuartas Garner. 1626 Promovido por la señora Claudia Milena Castiblanco Peña. 1627 Promovido por la señora Norfany Rojas González. 1628 Promovido por el señor Orlando Mercado Benítez. 1629 Promovido por el señor Raúl Rodríguez Zambrano. 1630 Promovido por la señora Rosa Tulia Sarria García. 1631 Promovido por la señora Sandra del pilar Hernández Rodríguez. 1632 Promovido por el señor Stiven Rodríguez Castaño. 1633 Promovido por el señor José Antonio Klinger Mosquera. 1634 Promovido por la señora Letty Norelia Micolta Montenegro. 1635 Promovido por el señor Luis Alfredo Acuña García. 1636 Promovido por la señora María Alicia Muñoz De Sanabria. 1637 Promovido por el señor Jefferson García Castro. 1638 Promovido por la señora Karen Viviana Abril Castellanos. 1639 Promovido por el señor Johnatan Diaz Micolta. 1640 Promovido por el señor William Camacho Acosta. 1641 Promovido por la señora Ana Lidys De La Torre Diaz. 1642 Promovido por la señora Astrid Daniela Navas Martínez. 1643 Promovido por la señora Bertilda del Carmen Doria González. 1644 Promovido por la señora Elizabeth Gamboa Rodríguez. 55 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-10880-001647, 11001-03-15-000-2021-10883-001648, 11001-03-15- 000-2021-10886-001649, 11001-03-15-000-2021-10905-001650, 11001-03-15-000-2021- 10907-001651, 11001-03-15-000-2021-10911-001652, 11001-03-15-000-2021-10924-001653, 11001-03-15-000-2021-10948-001654, 11001-03-15-000-2021-10957-001655, 11001-03-15- 000-2021-10966-001656, 11001-03-15-000-2021-10986-001657, 11001-03-15-000-2021- 11008-001658, 11001-03-15-000-2021-11012-001659, 11001-03-15-000-2021-11017-001660, 11001-03-15-000-2021-11054-001661, 11001-03-15-000-2021-11059-001662, 11001-03-15- 000-2021-11071-001663, 11001-03-15-000-2021-11080-001664, 11001-03-15-000-2021- 11085-001665, 11001-03-15-000-2021-11091-001666, 11001-03-15-000-2021-11107-001667, 11001-03-15-000-2021-11112-001668, 11001-03-15-000-2021-11123-001669, 11001-03-15- 000-2021-11130-001670, 11001-03-15-000-2021-11161-001671, 11001-03-15-000-2021- 11169-001672, 11001-03-15-000-2021-11180-001673, 11001-03-15-000-2021-11181-001674, 11001-03-15-000-2021-11183-001675, 11001-03-15-000-2021-11197-001676, 11001-03-15- 000-2021-11202-001677, 11001-03-15-000-2021-11203-001678, 11001-03-15-000-2021- 11218-001679, 11001-03-15-000-2021-11221-001680, 11001-03-15-000-2021-11222-001681, 11001-03-15-000-2021-11227-001682, 11001-03-15-000-2021-11236-001683, 11001-03-15- 000-2021-11239-001684, 11001-03-15-000-2021-11240-001685, 11001-03-15-000-2021- 11253-001686, 11001-03-15-000-2021-11265-001687, 11001-03-15-000-2021-11277-001688, 11001-03-15-000-2021-11280-001689, 11001-03-15-000-2021-11287-001690, 11001-03-15- 1645 Promovido por la señora María Dora Yara. 1646 Promovido por la señora Viviana Ramírez Parra. 1647 Promovido por la señora María Isabel Bernal. 1648 Promovido por el señor Hernando Alexander Angulo Acosta. 1649 Promovido por el señor Jaime Antonio Mamian. 1650 Promovido por la señora Leisy Johana Naranjo Vidal. 1651 Promovido por el señor Lesteyner Fernández Astaiza. 1652 Promovido por el señor Luis Humberto Rodríguez. 1653 Promovido por el señor Rodrigo Ramos Cuenca. 1654 Promovido por la señora Ana Virginia Zamora Benítez. 1655 Promovido por el señor Daniel Esteban Rojas Rojas. 1656 Promovido por la señora Fanny Elena Garro Carvajal. 1657 Promovido por el señor Hollmann Elías Silva Del Valle. 1658 Promovido por el señor Luis Ernesto Sánchez Melo. 1659 Promovido por la señora Lucy Amparo Castellanos Hernández. 1660 Promovido por la señora Luz Marina Hernández Guerrero. 1661 Promovido por la señora Caory Vanessa Conde Penagos. 1662 Promovido por la señora Alexandra Giomar Téllez. 1663 Promovido por la señora Nathaly Woodcock Calvache. 1664 Promovido por la señora Aracely Romero Susa. 1665 Promovido por la señora Clara Isabel Muñoz Bustamante. 1666 Promovido por el señor Eider Cárdenas Kammerer. 1667 Promovido por el señor Emilio Zea Narváez. 1668 Promovido por el señor John Fredy Velásquez Restrepo. 1669 Promovido por la señora Nancy Soler Riaño. 1670 Promovido por la señora Yuly Nathalia Martínez González. 1671 Promovido por la señora Leidy Marcela Beltrán Montañez. 1672 Promovido por la señora Macbeth Nickeyra Liévano Bautista. 1673 Promovido por la señora Omaira Mora Vega. 1674 Promovido por la señora María Oliva González. 1675 Promovido por los señores Oswaldo Duván Montaño Solís, Juan Carlos Ortiz Jaramillo, Andersson Teodoro Montaño Solís y Carlos Eduardo Álvarez Arana. 1676 Promovido por la señora Andrea Constanza Navia. 1677 Promovido por el señor Edy Alberto Jaramillo Oquendo. 1678 Promovido por el señor Emmanuel Gómez González. 1679 Promovido por la señora Natalia Adela Navarro Hurtado. 1680 Promovido por el señor Omar Antonio Vargas Mendoza. 1681 Promovido por el señor Pedro Antonio Acevedo Guerrero. 1682 Promovido por la señora Rosalba Rincón. 1683 Promovido por la señora Belén Pardo Gutiérrez. 1684 Promovido por la señora Eda Mendoza Pabón. 1685 Promovido por la señora Edilia Quitian Ruíz. 1686 Promovido por el señor Heriberto Martínez Jerez, actuando en nombre propio y en representación de su hijo menor de 18 años A.F.M.D. 1687 Promovido por la señora María Elisa Rodríguez. 1688 Promovido por la señora Reinelda Ecilia Castillo. 1689 Promovido por la señora Sofia Sanabria Martínez. 56 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 000-2021-11325-001691, 11001-03-15-000-2021-11391-001692, 11001-03-15-000-2021- 11438-001693, 11001-03-15-000-2021-09793-001694, 11001-03-15-000-2021-09828-001695, 11001-03-15-000-2021-09843-001696, 11001-03-15-000-2021-09855-001697, 11001-03-15- 000-2021-09864-001698, 11001-03-15-000-2021-09883-001699, 11001-03-15-000-2021- 09885-001700, 11001-03-15-000-2021-09894-001701, 11001-03-15-000-2021-09913-001702, 11001-03-15-000-2021-10086-001703, 11001-03-15-000-2021-10108-001704, 11001-03-15- 000-2021-10133-001705, 11001-03-15-000-2021-10168-001706, 11001-03-15-000-2021- 10196-001707, 11001-03-15-000-2021-10255-001708, 11001-03-15-000-2021-10284-001709, 11001-03-15-000-2021-10288-001710, 11001-03-15-000-2021-10292-001711, 11001-03-15- 000-2021-10304-001712, 11001-03-15-000-2021-10315-001713, 11001-03-15-000-2021- 10336-001714, 11001-03-15-000-2021-10346-001715, 11001-03-15-000-2021-10367-001716, 11001-03-15-000-2021-10368-001717, 11001-03-15-000-2021-10382-001718, 11001-03-15- 000-2021-10412-001719, 11001-03-15-000-2021-10417-001720, 11001-03-15-000-2021- 10444-001721, 11001-03-15-000-2021-10465-001722, 11001-03-15-000-2021-10511-001723, 11001-03-15-000-2021-10514-001724, 11001-03-15-000-2021-10522-001725, 11001-03-15- 000-2021-10526-001726, 11001-03-15-000-2021-10528-001727, 11001-03-15-000-2021- 10544-001728, 11001-03-15-000-2021-10546-001729, 11001-03-15-000-2021-10589-001730, 11001-03-15-000-2021-10591-001731, 11001-03-15-000-2021-10595-001732, 11001-03-15- 000-2021-10607-001733, 11001-03-15-000-2021-10645-001734, 11001-03-15-000-2021- 1690 Promovido por la señora Doly Quintero Bohórquez. 1691 Promovido por el señor Gabriel Toloza Toloza. 1692 Promovido por la señora Leonor Figueredo Patiño. 1693 Promovido por el señor Hernán Alonso Bravo Vaquero. 1694 Promovido por la señora Delfira Alape Chico. 1695 Promovido por el señor Geovanni Salcedo Hernández. 1696 Promovido por la señora Maritza Yamhure Kattah. 1697 Promovido por el señor Nelson Guerrero Parra. 1698 Promovido por la señora Paola Andrea Álvarez Vélez. 1699 Promovido por el señor Luis Emilio Ojeda. 1700 Promovido por la señora Luz Dey Fajardo García. 1701 Promovido por la señora Mary Lud García González. 1702 Promovido por el señor Félix Ricardo Hernández Sierra. 1703 Promovido por la señora Kelly Andrea Cruz Sánchez. 1704 Promovido por el señor James Sarria García. 1705 Promovido por la señora Gloria Stella Santiago Romero. 1706 Promovido por la señora Luz Angelica Caicedo Nossa. 1707 Promovido por la señora Rita Villanueva Segura. 1708 Promovido por el señor Jacinto Javier Corredor Gil. 1709 Promovido por la señora Laura Daniela Gutiérrez Salgado. 1710 Promovido por la señora Leidy Julieth Torres Ramos. 1711 Promovido por la señora Lina Marcela Quintero Rueda. 1712 Promovido por el señor Cesar Andrés Salazar Morales. 1713 Promovido por el señor Edwaurd Freddy Barajas Méndez. 1714 Promovido por la señora Lorena Maritza Rivera Castañeda. 1715 Promovido por el señor German Jaramillo Giraldo. 1716 Promovido por la señora María Camila Lucigniani Malaver. 1717 Promovido por el señor Jaime Francisco Vélez Cuenca. 1718 Promovido por la señora Flor Alba Santiago Casas. 1719 Promovido por el señor Jorge Luis Bueno Bueno. 1720 Promovido por el señor Juan Esteban Rey. 1721 Promovido por la señora Laura Tatiana Gaviria Ruiz. 1722 Promovido por el señor William Javier Barajas Méndez. 1723 Promovido por la señora Cristina Londoño Carder. 1724 Promovido por la señora Diana Lorena López Tabares. 1725 Promovido por el señor Gilberto Sánchez Gutierrez. 1726 Promovido por la señora Guiomar Andrea Gaona Aldana. 1727 Promovido por la señora Melkis De Jesús Kammerer Díaz. 1728 Promovido por el señor Hernán Giraldo Herrera. 1729 Promovido por el señor Jhon Eduard Ramírez Vidal. 1730 Promovido por la señora Janneth Rocío Quintana Galindo. 1731 Promovido por el señor Humberto Jaime Martínez Velásquez. 1732 Promovido por la señora Ingrid Suliana Guevara Rivera. 1733 Promovido por el señor José Alexander Pérez Arango. 1734 Promovido por el señor Rubén Cifuentes. 57 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 10662-001735, 11001-03-15-000-2021-10673-001736, 11001-03-15-000-2021-10686-001737, 11001-03-15-000-2021-10715-001738, 11001-03-15-000-2021-10721-001739, 11001-03-15- 000-2021-10765-001740, 11001-03-15-000-2021-10769-001741, 11001-03-15-000-2021- 10776-001742, 11001-03-15-000-2021-10786-001743, 11001-03-15-000-2021-10809-001744, 11001-03-15-000-2021-10824-001745, 11001-03-15-000-2021-10881-001746, 11001-03-15- 000-2021-10900-001747, 11001-03-15-000-2021-10933-001748, 11001-03-15-000-2021- 10958-001749, 11001-03-15-000-2021-10980-001750, 11001-03-15-000-2021-11022-001751, 11001-03-15-000-2021-11061-001752, 11001-03-15-000-2021-11068-001753, 11001-03-15- 000-2021-11077-001754, 11001-03-15-000-2021-11089-001755, 11001-03-15-000-2021- 11109-001756, 11001-03-15-000-2021-11125-001757, 11001-03-15-000-2021-11145-001758, 11001-03-15-000-2021-11162-001759, 11001-03-15-000-2021-11167-001760, 11001-03-15- 000-2021-11179-001761, 11001-03-15-000-2021-11182-001762, 11001-03-15-000-2021- 11242-001763, 11001-03-15-000-2021-11246-001764, 11001-03-15-000-2021-11255-001765, 11001-03-15-000-2021-11269-001766, 11001-03-15-000-2021-11275-001767, 11001-03-15- 000-2021-11304-001768, 11001-03-15-000-2021-11324-001769, 11001-03-15-000-2021- 11363-001770, 11001-03-15-000-2021-11371-001771, 11001-03-15-000-2021-11379-001772, 11001-03-15-000-2021-11384-001773, 11001-03-15-000-2021-11412-001774, 11001-03-15- 000-2021-11421-001775, 11001-03-15-000-2021-11433-001776, 11001-03-15-000-2021- 11447-001777, 11001-03-15-000-2021-11449-001778, 11001-03-15-000-2021-11451-001779, 1735 Promovido por el señor Víctor Hugo Vélez Fernández. 1736 Promovido por la señora Margarita Rosa Carder de Londoño. 1737 Promovido por el señor Carlos Arturo Bejarano Mendoza. 1738 Promovido por la señora Ruby Doris Acosta Noscue. 1739 Promovido por el señor Sebastián Estiven López Leudo. 1740 Promovido por la señora Claudia Patricia Jaramillo Guzmán. 1741 Promovido por el señor Francisco Luis Ochoa Jaramillo. 1742 Promovido por el señor Leonor Alvarado Rodríguez. 1743 Promovido por el señor Sergio Andrés Soto Arango. 1744 Promovido por la señora Ana Milena Ruiz Garnica. 1745 Promovido por la señora Blanca Leticia Sanabria Muñoz. 1746 Promovido por la señora Gloria Moreno Sotelo. 1747 Promovido por la señora Adriana Julieth Villalba Guevara, en nombre propio y en representación de sus hijos menores de 18 años M.V.G. e I.J.V. 1748 Promovido por el señor Diego Armando Vallejo. 1749 Promovido por el señor David Fabián Gutierrez Patiño. 1750 Promovido por el señor Jhon Jairo Palacio Jaramillo. 1751 Promovido por la señora María Cristina Sierra de Martínez. 1752 Promovido por la señora María Piedad Noreña Giraldo. 1753 Promovido por la señora Fanny Antonia Rizo Ortiz. 1754 Promovido por la señora Ana Lucia Forero. 1755 Promovido por el señor Daniel Forero Orozco. 1756 Promovido por la señora Flor Ernestina León Muñoz. 1757 Promovido por la señora Yerly Tatiana Navarro Aponte. 1758 Promovido por la señora Jessica Alexandra Quiñones Gómez. 1759 Promovido por la señora Leila Fuentes de Pineda. 1760 Promovido por la señora Luz Mery Velasco Torres. 1761 Promovido por la señora Nora Muchachasoy Cárdenas. 1762 Promovido por el señor Oscar Mauricio Moreno Rivera. 1763 Promovido por el señor Fabián Hernando Maldonado Bautista. 1764 Promovido por la señora Flor Marina Bustacara González. 1765 Promovido por el señor Jairo Alonso Arévalo. 1766 Promovido por la señora María Ismaelina Rodríguez. 1767 Promovido por el señor Oscar Ricardo Amaya Mesa. 1768 Promovido por la señora Otsayla María Vence Fragozo. 1769 Promovido por el señor Franky Preciado Quintero. 1770 Promovido por la señora Andrea Hernández de Palacios. 1771 Promovido por la señora Diana Marcela Euscategui Hernández. 1772 Promovido por la señora Gladys López Hernández. 1773 Promovido por el señor Lucero de los Ángeles Hurtado de Bilbao. 1774 Promovido por la señora Paulina Álvarez Cacais. 1775 Promovido por el señor Sergio Andrés Romero Forero. 1776 Promovido por el señor Hernando Díaz Barreiro. 1777 Promovido por la señora María Hortencia Garzón. 1778 Promovido por la señora María Elena Carranza. 1779 Promovido por la señora Emperatriz Rodríguez Garzón. 58 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-11508-001780, 11001-03-15-000-2021-11509-001781, 11001-03-15- 000-2021-11511-001782, 11001-03-15-000-2021-11555-001783, 11001-03-15-000-2021- 11576-001784, 11001-03-15-000-2021-11586-001785, 11001-03-15-000-2021-11593-001786, 11001-03-15-000-2021-08916-001787, 11001-03-15-000-2021-08929-001788, 11001-03-15- 000-2021-08941-001789, 11001-03-15-000-2021-09000-001790, 11001-03-15-000-2021- 09069-001791, 11001-03-15-000-2021-09086-001792, 11001-03-15-000-2021-09091-001793, 11001-03-15-000-2021-09103-001794, 11001-03-15-000-2021-09167-001795, 11001-03-15- 000-2021-09168-001796, 11001-03-15-000-2021-09195-001797, 11001-03-15-000-2021- 09261-001798, 11001-03-15-000-2021-09281-001799, 11001-03-15-000-2021-09297-001800, 11001-03-15-000-2021-09343-001801, 11001-03-15-000-2021-09354-001802, 11001-03-15- 000-2021-09364-001803, 11001-03-15-000-2021-09384-001804, 11001-03-15-000-2021- 09428-001805, 11001-03-15-000-2021-09464-001806, 11001-03-15-000-2021-09472-001807, 11001-03-15-000-2021-09480-001808, 11001-03-15-000-2021-09495-001809, 11001-03-15- 000-2021-09531-001810, 11001-03-15-000-2021-09538-001811, 11001-03-15-000-2021- 09581-001812, 11001-03-15-000-2021-07799-001813, 11001-03-15-000-2021-08339-001814, 11001-03-15-000-2021-08506-001815, 11001-03-15-000-2021-08559-001816, 11001-03-15- 000-2021-08611-001817, 11001-03-15-000-2021-08753-001818, 11001-03-15-000-2021- 08757-001819, 11001-03-15-000-2021-08759-001820, 11001-03-15-000-2021-08815-001821, 11001-03-15-000-2021-08849-001822, 11001-03-15-000-2021-09619-001823, 11001-03-15- 000-2021-09657-001824, 11001-03-15-000-2021-09693-001825, 27175-40-03-001-2021- 1780 Promovido por la señora Luz Marina Acosta. 1781 Promovido por la señora María Rosa Peña. 1782 Promovido por la señora Naime Quiacha Monroy. 1783 Promovido por la señora Angie Melissa Bravo Hurtado. 1784 Promovido por la señora Celmira Lozano. 1785 Promovido por el señor Carlos Alfonso Parra. 1786 Promovido por la señora Celina Medina. 1787 Promovido por el señor José Miguel Rodríguez Gálvez. 1788 Promovido por la señora Mary Liliana Ardila Guzman. 1789 Promovido por el señor Pedro Ricardo Alba Hernández. 1790 Promovido por la señora Martha Esperanza Torres Parada. 1791 Promovido por el señor Rubén Mauricio Arenas Silva. 1792 Promovido por la señora Sol María Pacheco Hernández. 1793 Promovido por la señora Valery Tatiana Botero Aponte. 1794 Promovido por la señora Yeimi Marcela Bonilla Hernández. 1795 Promovido por la señora Ángela María Lemus Murillo. 1796 Promovido por la señora Angie Paola Murillo Murillo. 1797 Promovido por el señor Luis Alberto Rodriguez Restrepo. 1798 Promovido por la señora Herminda Niño Gómez. 1799 Promovido por la señora Liliana Ochoa. 1800 Promovido por la señora María Mercedes González López. 1801 Promovido por la señora Gabriela Arévalo Gutiérrez. 1802 Promovido por el señor Jhon Alexander Alviz Moreno. 1803 Promovido por la señora Katherine Rocio Matiz Ávila. 1804 Promovido por la señora Mónica Isabel Castro David. 1805 Promovido por la señora Nelly Rangel Hernández. 1806 Promovido por la señora Charlie Patricia Galvis González. 1807 Promovido por el señor Duver Aleizer Hurtado Betancur. 1808 Promovido por el señor Eliecer Giraldo Ramírez. 1809 Promovido por la señora Amparo Gómez López. 1810 Promovido por la señora Norma Esperanza Peña Sierra. 1811 Promovido por la señora Gloria Isabel González Marín. 1812 Promovido por la señora María Paula Lozada Gracia. 1813 Promovido por el señor Fitzgerald David Martinez Amazo. 1814 Promovido por la señora Elizabeth Vélez. 1815 Promovido por el señor Nicolai Santiago Medina Restrepo. 1816 Promovido por el señor Andrés Gabriel Rubio Camargo. 1817 Promovido por la señora Diana Milena Valderrania Rodríguez. 1818 Promovido por la señora Amparo Colmenares García. 1819 Promovido por la señora Angélica María García Guerra. 1820 Promovido por el señor Arlen Alberto Rodriguez Ruiz. 1821 Promovido por el señor Elizein Cano Yara. 1822 Promovido por el señor Héctor Edwin Beltrán Gutiérrez. 1823 Promovido por la señora Ingrid Johanna Guzmán Roa. 1824 Promovido por la señora Sandra Milena Alzate Orozco. 59 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 00676-001826, 11001-03-15-000-2021-08776-001827, 11001-03-15-000-2021-08860-001828, 11001-03-15-000-2021-08913-001829, 11001-03-15-000-2021-08927-001830, 11001-03-15- 000-2021-11027-001831, 11001-03-15-000-2021-11081-001832, 11001-03-15-000-2021- 11184-001833, 11001-03-15-000-2021-11196-001834, 11001-03-15-000-2021-11230-001835, 11001-03-15-000-2021-11243-001836, 11001-03-15-000-2021-11300-001837, 11001-03-15- 000-2021-11301-001838, 11001-03-15-000-2021-11400-001839, 11001-03-15-000-2021- 11502-001840, 11001-03-15-000-2021-11519-001841, 11001-03-15-000-2021-11538-001842, 11001-03-15-000-2021-11540-001843, 11001-03-15-000-2021-11559-001844, 11001-03-15- 000-2021-11568-001845, 11001-03-15-000-2021-11571-001846, 11001-03-15-000-2021- 11612-001847, 11001-03-15-000-2021-11618-001848, 11001-03-15-000-2021-11619-001849, 11001-03-15-000-2021-11690-001850, 11001-03-15-000-2021-11691-001851, 11001-03-15- 000-2021-11730-001852, 11001-03-15-000-2021-09022-001853, 11001-03-15-000-2021- 09190-001854, 11001-03-15-000-2021-09431-001855, 11001-03-15-000-2021-09610-001856, 11001-03-15-000-2021-09697-001857, 11001-03-15-000-2021-09735-001858, 11001-03-15- 000-2021-09789-001859, 11001-03-15-000-2021-09819-001860, 11001-03-15-000-2021- 09845-001861, 11001-03-15-000-2021-09847-001862, 11001-03-15-000-2021-09861-001863, 11001-03-15-000-2021-09972-001864, 11001-03-15-000-2021-09997-001865, 11001-03-15- 000-2021-10224-001866, 11001-03-15-000-2021-10321-001867, 11001-03-15-000-2021- 10380-001868, 11001-03-15-000-2021-10457-001869, 11001-03-15-000-2021-10495-001870, 1825 Promovido por el señor Yair Antonio Tuiran Ramos. 1826 Promovida por la señora María Eloina García Patiño. 1827 Promovido por la señora Celeida Rojas Quintana. 1828 Promovido por el señor John Bayron Caro Zapata. 1829 Promovido por el señor José David Betancourth Fajardo. 1830 Promovido por la señora Leonelly Betancur García. 1831 Promovido por la señora Mery Cáceres Arias. 1832 Promovido por el señor Carlos Alberto Hurtado López. 1833 Promovido por el señor Paul Nicolas Rojas Rojas. 1834 Promovido por la señora Alba Regina Rodríguez Romero. 1835 Promovido por la señora Yolanda Teque. 1836 Promovido por el señor Fernando Mauricio Campos. 1837 Promovido por la señora Luz Nerly Morales Torres. 1838 Promovido por la señora María Edelmira Restrepo. 1839 Promovido por la señora Marta Nelly Rodríguez Londoño. 1840 Promovido por la señora Cristian Sierra. 1841 Promovido por el señor Darío Andrés Martínez Casas. 1842 Promovido por la señora Aura Cecilia Camargo Osorio. 1843 Promovido por la señora Enna Karina Terán Villa. 1844 Promovido por la señora María Floralba Santa. 1845 Promovido por la señora María Castro Rojas. 1846 Promovido por la señora María García. 1847 Promovido por el señor Pastor Arias Bernal. 1848 Promovido por la señora Blanca Inés Rodríguez. 1849 Promovido por la señora Rosa Emma Cetina Cuadros. 1850 Promovido por la señora Lilia Gómez. 1851 Promovido por la señora Luz Ángela Rodríguez. 1852 Promovido por la señora Paulina Gutiérrez Leal. 1853 Promovido por la señora Neida Gisel Marín Aguillón. 1854 Promovido por el señor Juan Carlos Niño Patiño. 1855 Promovido por la señora Ana Victoria Pérez Murillo. 1856 Promovido por el señor Luis Felipe Espinosa Uribe. 1857 Promovido por la señora Yhenny Daza Díaz. 1858 Promovido por la señora Inés Liliana Pérez Duarte. 1859 Promovido por el señor Héctor William Ríos Carvajal. 1860 Promovido por el señor Fredy José Ávila Navarro. 1861 Promovido por la señora Jenny Catherine Ladino Pinilla. 1862 Promovido por la señora Jessica Patricia Murillo Acosta. 1863 Promovido por la señora Nina Helena Schlieper. 1864 Promovido por la señora Gladys López Díaz. 1865 Promovido por la señora Paola Andrea Romero Cabezas. 1866 Promovido por el señor Daniel Arturo Concha Herrera. 1867 Promovido por la señora Fabiola Bohórquez de Prieto. 1868 Promovido por el señor Israel Guzmán Henao. 1869 Promovido por la señora Nubia Esther Fuentes Mojica. 1870 Promovido por la señora Adriana Marcela Amaya Barrera. 60 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-10583-001871, 11001-03-15-000-2021-10882-001872, 11001-03- 15-000-2021-10985-001873, 11001-03-15-000-2021-11736-001874, 11001-03-15-000-2021- 11751-001875, 11001-03-15-000-2021-11756-001876, 11001-03-15-000-2021-11764-001877, 11001-03-15-000-2022-00015-001878, 11001-03-15-000-2021-08569-001879, 11001-03-15- 000-2021-08984-001880, 11001-03-15-000-2021-09474-001881, 11001-03-15-000-2021- 09502-001882, 11001-03-15-000-2021-09770-001883, 11001-03-15-000-2021-10028-001884, 11001-03-15-000-2021-10094-001885, 11001-03-15-000-2021-10337-001886, 11001-03-15- 000-2021-10619-001887, 11001-03-15-000-2021-10674-001888, 11001-03-15-000-2021- 11121-001889, 11001-03-15-000-2021-11205-001890, 11001-03-15-000-2021-11226-001891, 11001-03-15-000-2021-11267-001892, 11001-03-15-000-2021-11290-001893, 11001-03-15- 000-2021-11517-001894, 11001-03-15-000-2021-11520-001895, 11001-03-15-000-2021- 11539-001896, 11001-03-15-000-2021-11544-001897, 11001-03-15-000-2021-11606-001898, 11001-03-15-000-2021-11620-001899, 11001-03-15-000-2021-11631-001900, 11001-03-15- 000-2021-11667-001901, 11001-03-15-000-2021-11714-001902, 11001-03-15-000-2021- 11718-001903, 11001-03-15-000-2021-07631-001904, 11001-03-15-000-2021-07719-001905, 11001-03-15-000-2021-07741-001906, 11001-03-15-000-2021-07776-001907, 11001-03-15- 000-2021-07779-001908, 11001-03-15-000-2021-07790-001909, 11001-03-15-000-2021- 07802-001910, 11001-03-15-000-2021-07818-001911, 11001-03-15-000-2021-07874-001912, 11001-03-15-000-2021-07884-001913, 11001-03-15-000-2021-07925-001914, 11001-03-15- 000-2021-07937-001915, 11001-03-15-000-2021-07938-001916, 11001-03-15-000-2021- 1871 Promovido por la señora Inés Duarte Hernández. 1872 Promovido por el señor Henry Alberto Martínez Ochoa. 1873 Promovido por la señora Sergio Eduardo Mogollón Ávila. 1874 Promovido por la señora Luz Alba Hernández Rodríguez. 1875 Promovido por la señora Blanca Margarita Rivera. 1876 Promovido por la señora Clara Andrea Rojas Mocetón. 1877 Promovido por la señora Ana Edith Rodríguez Matabajoy. 1878 Promovido por la señora Luz Stella Gómez Vélez. 1879 Promovido por la señora Blanca Irene Veloza Maldonado. 1880 Promovido por la señora María Consuelo Trujillo Yara. 1881 Promovido por el señor Jean Pierre Delgado Montes. 1882 Promovido por el señor Juan Pablo Sandoval Rivera. 1883 Promovido por la señora Dolly Giraldo López. 1884 Promovido por el señor Nabor De Jesús Rivera García. 1885 Promovido por la señora María Lucy Gómez Gómez. 1886 Promovido por el señor Fernando Gómez Rondón. 1887 Promovido por el señor Juan José Carrión Londoño. 1888 Promovido por la señora María Alejandra García Guzmán. 1889 Promovido por el señor Lino Alberto Pabón Duque. 1890 Promovido por la señora Esther Gamarra Díaz. 1891 Promovido por la señora Rosa Delia Méndez Velásquez. 1892 Promovido por la señora María Eugenia Ardila Celis. 1893 Promovido por la señora Evelia Mercedes Duque. 1894 Promovido por la señora Edelmira López Marín. 1895 Promovido por la señora Diana Elizabeth Orozco Ríos. 1896 Promovido por la señora Herminzul Santa Restrepo. 1897 Promovido por el señor José Leoncio Santa Restrepo. 1898 Promovido por la señora Jacqueline Ramos Rodríguez. 1899 Promovido por la señora Mery Cecilia Angarita Pino. 1900 Promovido por el señor Cesar Alonso Carreño Barajas. 1901 Promovido por la señora Ligia Meza Rincón. 1902 Promovido por la señora María Grisales López. 1903 Promovido por la señora Yolanda Delgado Hernández. 1904 Promovido por el señor Jairo Aurelio Patacón Vega. 1905 Promovido por la señora Sonia Edyth Castro Castellanos. 1906 Promovido por la señora Dayanna Stephany Hernández Agudelo. 1907 Promovido por el señor Daniel Alejandro Rodas Muñoz. 1908 Promovido por la señora Eliana Andrea Molina Mesa. 1909 Promovido por el señor Gabriel David Montenegro Granados. 1910 Promovido por el señor Iván Fernando Sánchez Forero. 1911 Promovido por el señor José Luis Ortiz del Valle Valdivieso. 1912 Promovido por la señora Sandra Liceth Henao Arbeláez. 1913 Promovido por la señora Yaneth Rincón Ríos. 1914 Promovido por el señor Alexander Beltran Barrera. 1915 Promovido por la señora Claudia María Ovalle Camelo. 61 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 07962-001917, 11001-03-15-000-2021-07977-001918, 11001-03-15-000-2021-07984-001919, 11001-03-15-000-2021-08011-001920, 11001-03-15-000-2021-08029-001921, 11001-03-15- 000-2021-08054-001922, 11001-03-15-000-2021-08091-001923, 11001-03-15-000-2021- 08113-001924, 11001-03-15-000-2021-08136-001925, 11001-03-15-000-2021-08212-001926, 11001-03-15-000-2021-08293-001927, 11001-03-15-000-2021-08321-001928, 11001-03-15- 000-2021-08343-001929, 11001-03-15-000-2021-08381-001930, 11001-03-15-000-2021- 08495-001931, 11001-03-15-000-2021-08568-001932, 11001-03-15-000-2021-08658-001933, 11001-03-15-000-2021-08701-001934, 11001-03-15-000-2021-08709-001935, 11001-03-15- 000-2021-08733-001936, 11001-03-15-000-2021-08799-001937, 11001-03-15-000-2021- 08802-001938, 11001-03-15-000-2021-08934-001939, 11001-03-15-000-2021-08985-001940, 11001-03-15-000-2021-08990-001941, 11001-03-15-000-2021-09005-001942, 11001-03-15- 000-2021-09015-001943, 11001-03-15-000-2021-09070-001944, 11001-03-15-000-2021- 09090-001945, 11001-03-15-000-2021-09112-001946, 11001-03-15-000-2021-09123-001947, 11001-03-15-000-2021-09133-001948, 11001-03-15-000-2021-09174-001949, 11001-03-15- 000-2021-09192-001950, 11001-03-15-000-2021-09202-001951, 11001-03-15-000-2021- 09213-001952, 11001-03-15-000-2021-09220-001953, 11001-03-15-000-2021-09245-001954, 11001-03-15-000-2021-09248-001955, 11001-03-15-000-2021-09249-001956, 11001-03-15- 000-2021-09259-001957, 11001-03-15-000-2021-09271-001958, 11001-03-15-000-2021- 09316-001959, 11001-03-15-000-2021-09379-001960, 11001-03-15-000-2021-09381-001961, 1916 Promovido por el señor Daniel Antonio Patiño Fernández. 1917 Promovido por el señor José Alfredo Guzmán Granda. 1918 Promovido por la señora Nancy Carolina Leal León en nombre propio y en representación de la menor S.C.R.L. 1919 Promovido por el señor Raúl Ernesto Cancino Caro. 1920 Promovido por la señora Isabela Cárdenas Cuéllar. 1921 Promovido por la señora Benilda Rubiano Isaza. 1922 Promovido por el señor Heriberto Forero Sánchez. 1923 Promovido por la señora Beatriz Elena Gutiérrez Cardona. 1924 Promovido por el señor Sebastián Naranjo Acosta. 1925 Promovido por la señora Hilda María Neira Estupiñán. 1926 Promovido por el señor Andrés Felipe Fernández Vega. 1927 Promovido por el señor William Pico Silva. 1928 Promovido por la señora Carmen Cecilia Portilla Portilla. 1929 Promovido por el señor César Augusto García Pico. 1930 Promovido por el señor Graciano Puerto Barón. 1931 Promovido por el señor Miguel Ángel Fonseca Uneme. 1932 Promovido por la señora Blanca Inés Salgado De Forero. 1933 Promovido por el señor José Alfonso Olarte Penagos. 1934 Promovido por el señor Juan David Martínez Mestra. 1935 Promovido por la señora Clara Bertilda Vera de Gil. 1936 Promovido por la señora Luz Yeimy Martínez Barreto. 1937 Promovido por el señor Dioni Ferney Manchola Perdomo. 1938 Promovido por la señora Dora Inés Arango Henao. 1939 Promovido por la señora Nelly Becerra Prieto. 1940 Promovido por la señora María Del Carmen Veloza Maldonado. 1941 Promovido por la señora María Liria Santa De Bedoya. 1942 Promovido por el señor Mayron Alexis Moreno Plaza. 1943 Promovido por la señora Maidy Yulieth Jiménez Ocampo. 1944 Promovido por el señor Samuel Díaz Carvajal. 1945 Promovido por la señora Sory Daniela Gómez Duque. 1946 Promovido por la señora Zarina Rosa Durango Herazo. 1947 Promovido por la señora Alba Yaneth Rendón Ortiz. 1948 Promovido por la señora Diana Liceth Taborda Higuita. 1949 Promovido por la señora Claudia Marcela Barbosa Torres. 1950 Promovido por la señora Katherine Giraldo González. 1951 Promovido por la señora María Bárbara Menjuren. 1952 Promovido por la señora Sandra Milena Ardila Quiroga. 1953 Promovido por la señora Marisol Letrado Ochoa. 1954 Promovido por la señora Dilma Ipus Ospina. 1955 Promovido por la señora Elsa Marina Forero Salgado. 1956 Promovido por la señora Carlina Sánchez Barrero. 1957 Promovido por la señora Gloria Lucía Naranjo Novoa. 1958 Promovido por el señor Jimy Hernando Preciado. 1959 Promovido por la señora Sandra Esperanza Ortega Ibáñez. 1960 Promovido por el señor Gerson Álvarez Archila. 1961 Promovido por el señor Hermann Ricardo Silva Hermida. 62 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-09413-001962, 11001-03-15-000-2021-09421-001963, 11001-03-15- 000-2021-09424-001964, 11001-03-15-000-2021-09476-001965, 11001-03-15-000-2021- 09477-001966, 11001-03-15-000-2021-09556-001967, 11001-03-15-000-2021-09576-001968, 11001-03-15-000-2021-09621-001969, 11001-03-15-000-2021-09668-001970, 11001-03-15- 000-2021-09681-001971, 11001-03-15-000-2021-09700-001972, 11001-03-15-000-2021- 09704-001973, 11001-03-15-000-2021-09736-001974, 11001-03-15-000-2021-09841-001975, 11001-03-15-000-2021-09865-001976, 11001-03-15-000-2021-09911-001977, 11001-03-15- 000-2021-09948-001978, 11001-03-15-000-2021-09981-001979, 11001-03-15-000-2021- 10002-001980, 11001-03-15-000-2021-10071-001981, 11001-03-15-000-2021-10115-001982, 11001-03-15-000-2021-10139-001983, 11001-03-15-000-2021-10263-001984, 11001-03-15- 000-2021-10311-001985, 11001-03-15-000-2021-10325-001986, 11001-03-15-000-2021- 10404-001987, 11001-03-15-000-2021-10502-001988, 11001-03-15-000-2021-10585-001989, 11001-03-15-000-2021-10763-001990, 11001-03-15-000-2021-10864-001991, 11001-03-15- 000-2021-10920-001992, 11001-03-15-000-2021-10959-001993, 11001-03-15-000-2021- 07755-001994, 11001-03-15-000-2021-08590-001995, 11001-03-15-000-2021-08806-001996, 11001-03-15-000-2021-09113-001997, 11001-03-15-000-2021-09266-001998, 11001-03-15- 000-2021-09600-001999, 11001-03-15-000-2021-09745-002000, 11001-03-15-000-2021- 09850-002001, 11001-03-15-000-2021-09921-002002, 11001-03-15-000-2021-09984-002003, 11001-03-15-000-2021-10003-002004, 11001-03-15-000-2021-10093-002005, 11001-03-15- 1962 Promovido por la señora Diana Patricia Osorio Agudelo. 1963 Promovido por la señora Luz Alba Paternina Arango. 1964 Promovido por la señora María Victoria Guzmán Martínez. 1965 Promovido por el señor Edgar Ostos Chinchilla. 1966 Promovido por la señora Edna Yomaira Pérez Clavijo. 1967 Promovido por el señor Víctor Moreno Granados. 1968 Promovido por la señora Lucero Zárate Herrera. 1969 Promovido por la señora Irma Uchima Trejos. 1970 Promovido por la señora Diana Patricia Castaño Restrepo. 1971 Promovido por el señor Erick Adolfo Gastelbondo Montalvo. 1972 Promovido por la señora Beatriz Elena Torres Romero. 1973 Promovido por la señora Judy Fanny Aguilar Figueroa. 1974 Promovido por el señor Javier Muñoz Olarte. 1975 Promovido por la señora Mariela González Martínez. 1976 Promovido por el señor Ever Jafet Ahumada Muñoz. 1977 Promovido por la señora Nidia Angélica Martínez Martínez. 1978 Promovido por la señora Adriana Agudelo. 1979 Promovido por la señora Jenny María Páez Morales. 1980 Promovido por el señor Juan Fernando Fonseca Ochoa. 1981 Promovido por la señora Gloria Rocío Osorio Ramírez. 1982 Promovido por la señora Patricia Lucia Calero Rojas. 1983 Promovido por el señor Juan Camilo Suárez Beltrán. 1984 Promovido por el señor Antonio María Pérez. 1985 Promovido por la señora Diana Constanza Carvajal Peña. 1986 Promovido por el señor Rodrigo Sabbie. 1987 Promovido por el señor Antonio José López Moreno. 1988 Promovido por el señor Andrés Corchuelo Alonso. 1989 Promovido por la señora Ingrid Janeth Rincón Piragauta. 1990 Promovido por el señor Cesar David Gaviria Orjuela. 1991 Promovido por el señor Víctor Julio Pacachique Montaña. 1992 Promovido por la señora Olga Inés Alegría Córdoba, en nombre propio y en representación de los menores M.C.A. y J.D.C.A. 1993 Promovido por la señora Dilia Muñoz de Pardo. 1994 Promovido por la señora Angela Yaneth Vargas Rodríguez. 1995 Promovido por la señora Doris O’byrne Dorado. 1996 Promovido por el señor Adriana Patricia González Ávila. 1997 Promovido por la señora Zoraida Carolina Loaiza Rivera. 1998 Promovido por el señor John Jairo Torres Romero. 1999 Promovido por el señor Joaquín Alberto Hurtado Muñoz. 2000 Promovido por la señora Alelly Montes Moreno. 2001 Promovido por la señora Maryori Ciro Alzate. 2002 Promovido por la señora Magaly Esther Rosado Mercado. 2003 Promovido por el señor Fabio Ayala Luna. 2004 Promovido por la señora Yaneth Patricia Moncada Moreno. 2005 Promovido por la señora María Isaura Zapata Blandón. 63 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 000-2021-10104-002006, 11001-03-15-000-2021-10439-002007, 11001-03-15-000-2021- 10471-002008, 11001-03-15-000-2021-10492-002009, 11001-03-15-000-2021-10562-002010, 11001-03-15-000-2021-10570-002011, 11001-03-15-000-2021-10669-002012, 11001-03-15- 000-2021-10675-002013, 11001-03-15-000-2021-10796-002014, 11001-03-15-000-2021- 10836-002015, 11001-03-15-000-2021-10846-002016, 11001-03-15-000-2021-10981-002017, 11001-03-15-000-2021-11129-002018, 11001-03-15-000-2021-11251-002019, 11001-03-15- 000-2021-11270-002020, 11001-03-15-000-2021-11382-002021, 11001-03-15-000-2021- 11610-002022, 11001-03-15-000-2021-11624-002023, 11001-03-15-000-2021-07744-002024, 11001-03-15-000-2021-07781-002025, 11001-03-15-000-2021-07903-002026, 11001-03-15- 000-2021-07941-002027, 11001-03-15-000-2021-08291-002028, 11001-03-15-000-2021- 08299-002029, 11001-03-15-000-2021-08950-002030, 11001-03-15-000-2021-09136-002031, 11001-03-15-000-2021-09184-002032, 11001-03-15-000-2021-09246-002033, 11001-03-15- 000-2021-09292-002034, 11001-03-15-000-2021-09430-002035, 11001-03-15-000-2021- 09542-002036, 11001-03-15-000-2021-09620-002037, 11001-03-15-000-2021-09637-002038, 11001-03-15-000-2021-09646-002039, 11001-03-15-000-2021-09660-002040, 11001-03-15- 000-2021-09683-002041, 11001-03-15-000-2021-09968-002042, 11001-03-15-000-2021- 10084-002043, 11001-03-15-000-2021-10098-002044, 11001-03-15-000-2021-10150-002045, 11001-03-15-000-2021-10243-002046, 11001-03-15-000-2021-10566-002047, 11001-03-15- 000-2021-10780-002048, 11001-03-15-000-2021-10932-002049, 11001-03-15-000-2021- 10973-002050, 11001-03-15-000-2021-11037-002051, 11001-03-15-000-2021-11190-002052, 2006 Promovido por la señora Yeny Calderón Avilés. 2007 Promovido por el señor Jorge Isaac Gutiérrez Mejía. 2008 Promovido por la señora Stephanie Torres Uribe. 2009 Promovido por el señor Ricardo Blanco Castillo. 2010 Promovido por la señora Ana Victoria Rojas Ramírez. 2011 Promovido por la señora Claudia Cielito Moreno Fajardo. 2012 Promovido por la señora Luz Myriam Duarte Avellaneda. 2013 Promovido por la señora María Camila Guzmán. 2014 Promovido por la señora Sonia Pilar Velásquez Ocasión. 2015 Promovido por la señora Claudia Marcela Amaya Bohórquez. 2016 Promovido por el señor Gilberto Zuluaga Serna. 2017 Promovido por el señor Johann Manuel Pineda López. 2018 Promovido por el señor James Esneider Gutiérrez Rodríguez. 2019 Promovido por el señor Gloria Leonor Hernández. 2020 Promovido por la señora María Ludivia Santa Restrepo. 2021 Promovido por el señor Javier de Jesús Toro Giraldo. 2022 Promovido por la señora Ana Julia Beltrán Núñez. 2023 Promovido por la señora Rosa Inés Fiquitiva Segura. 2024 Promovido por el señor César Octavio Castañeda Navarro. 2025 Promovido por la señora Eliana Marcela Galeano Valencia. 2026 Promovido por el señor Juan Adelmo Montenegro Carranza. 2027 Promovido por el señor Eduardo Alberto Torres Fajardo. 2028 Promovido por el señor Vitelmo Pardo Algarra. 2029 Promovido por la señora Yineth Patricia Correa Pérez. 2030 Promovido por la señora Stella Contreras Gómez. 2031 Promovido por el señor Erasmo Gómez Castro. 2032 Promovido por el señor Gratiniano Eduardo López Lasprilla. 2033 Promovido por la señora Bibiana del Carmen Acevedo Toro. 2034 Promovido por la señora María De Los Ángeles Galindo Soler. 2035 Promovido por la señora Olga María Paredes Caicedo. 2036 Promovido por el señor Santiago Gil. 2037 Promovido por la señora Mayerli Navarrete Esteban. 2038 Promovido por la señora Sandra Milena Cartagena Sarrazola. 2039 Promovido por la señora Ana Doris Albarracín Melgarejo. 2040 Promovido por el señor Daniel Gálvez Munera. 2041 Promovido por la señora Gilma Guevara González. 2042 Promovido por el señor Francisco Luis Gallo Gómez. 2043 Promovido por el señor José Luis Sánchez Trujillo. 2044 Promovido por la señora Paula Andrea Patiño Mantilla. 2045 Promovido por las señoras Olga Calderón Barrera y María Teresa Calderón Barrera. 2046 Promovido por el señor Alberto Poveda Guerrero. 2047 Promovido por el señor Carlos Alberto Espinosa Gómez. 2048 Promovido por la señora María Bastidas Morales. 2049 Promovido por la señora Victoria Medina. 2050 Promovido por la señora Natalia Zapata Arbeláez, en nombre y en representación de su hijo menor de 18 años J.S.Z. 64 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 11001-03-15-000-2021-11282-002053, 11001-03-15-000-2021-11332-002054, 11001-03-15- 000-2021-11362-002055, 11001-03-15-000-2021-11500-002056, 11001-03-15-000-2021- 11510-002057, 11001-03-15-000-2021-11515-002058, 11001-03-15-000-2021-11522-002059, 11001-03-15-000-2021-11527-002060, 11001-03-15-000-2021-11547-002061, 11001-03-15- 000-2021-11566-002062, 11001-03-15-000-2021-11578-002063, 11001-03-15-000-2021- 11584-002064, 11001-03-15-000-2021-11587-002065, 11001-03-15-000-2021-11623-002066, 11001-03-15-000-2021-11636-002067, 11001-03-15-000-2021-11651-002068, 11001-03-15- 000-2021-11663-002069, 11001-03-15-000-2021-11666-002070, 11001-03-15-000-2021- 11670-002071, 11001-03-15-000-2021-11689-002072, 11001-03-15-000-2021-11692-002073, 11001-03-15-000-2021-11723-002074, 11001-03-15-000-2021-11754-002075, 11001-03-15- 000-2022-00061-002076, 11001-03-15-000-2021-09486-002077, 11001-03-15-000-2021- 09524-002078, 11001-03-15-000-2021-09682-002079, 11001-03-15-000-2021-10058-002080, 11001-03-15-000-2021-10113-002081, 11001-03-15-000-2021-10287-002082, 11001-03-15- 000-2021-10637-002083, 11001-03-15-000-2021-10672-002084, 11001-03-15-000-2021- 10714-002085, 11001-03-15-000-2021-10839-002086, 11001-03-15-000-2021-10875-002087, 11001-03-15-000-2021-11035-002088, 11001-03-15-000-2021-11042-002089, 11001-03-15- 000-2021-11114-002090, 11001-03-15-000-2021-11263-002091, 11001-03-15-000-2021- 11441-002092, 11001-03-15-000-2021-11446-002093, 11001-03-15-000-2021-11523-002094, 11001-03-15-000-2021-11536-002095, 11001-03-15-000-2021-11541-002096, 11001-03-15- 2051 Promovido por el señor Walter Audur. 2052 Promovido por la señora Yerlis Aguilar. 2053 Promovido por el señor Alcides Amaya Mora. 2054 Promovido por la señora Josefina González de Gómez. 2055 Promovido por la señora Ana María González Escobar. 2056 Promovido por la señora Ana Sofia Malaver. 2057 Promovido por la señora Moisés Ricaurte Toquica. 2058 Promovido por la señora Zoila Acero Báez. 2059 Promovido por la señora Gabriela Calderón. 2060 Promovido por la señora Margot Hurtado. 2061 Promovido por la señora María Olga Obando Villamar. 2062 Promovido por la señora María Luz Grijalba Gómez. 2063 Promovido por la señora Rosa María García. 2064 Promovido por la señora Blanca Flor Vargas. 2065 Promovido por la señora Luz Mirian Espitia. 2066 Promovido por la señora María Boyacá de Soto. 2067 Promovido por la señora Aura Milena Parra Ramírez. 2068 Promovido por la señora Ana Cecilia Espinosa. 2069 Promovido por la señora María del Carmen Pinzón. 2070 Promovido por la señora Adriana Lizarazo Maldonado. 2071 Promovido por la señora Francy Santana Baquero. 2072 Promovido por la señora Madeleine Garnica Cárdenas. 2073 Promovido por la señora María Elizabeth Mora Ruiz. 2074 Promovido por la señora Angie Melissa Cardona Parra. 2075 Promovido por la señora María Antonia Hernández. 2076 Promovido por la señora María Alba Alarcón Zambrano. 2077 Promovido por la señora Gloria Del Carmen López Muñoz. 2078 Promovido por la señora María Elvia Cruz Parra. 2079 Promovido por la señora Fabiola Pineda De Gutiérrez. 2080 Promovido por la señora Diana Patricia Zapata Contreras. 2081 Promovido por la señora Marla Giovana Jaraba De Lucas. 2082 Promovido por el señor Camilo Andrés Ahumada Leal. 2083 Promovido por la señora Myriam Aurora Vásquez Mendieta. 2084 Promovido por la señora Margarita Cifuentes Aguirre. 2085 Promovido por el señor Rubén Felipe Benavides Villada. 2086 Promovido por la señora Ana Isabel Venegas. 2087 Promovido por la señora Elvira Montañez Pinto. 2088 Promovido por el señor Silvio César Acosta Aristizábal. 2089 Promovido por el señor Wilson Rojas Villegas. 2090 Promovido por el señor Jorge René Sandoval Rey, actuando en nombre propio y en representación de sus hijos menores de 18 años J.D.S.L. y Y.V.S.L. 2091 Promovido por la señora Luz Betty García. 2092 Promovido por la señora Justina Silva. 2093 Promovido por los señores Juan Carlos Echeverry Gómez y María Yolanda Muñoz Rojas. 2094 Promovido por el señor Harold Orión Bravo. 2095 Promovido por la señora Blanca Edilia Montes Sánchez. 2096 Promovido por el señor Iván Darío Guzmán Lozano. 65 Radicación: 11001-03-15-000-2021-07948-00 y Acumulados Accionantes: Hernán Alberto Cruz Bernal y otros 000-2021-11549-002097, 11001-03-15-000-2021-11558-002098, 11001-03-15-000-2021- 11562-002099, 11001-03-15-000-2021-11583-002100, 11001-03-15-000-2021-11594-002101, 11001-03-15-000-2021-11633-002102, 11001-03-15-000-2021-11672-002103, 11001-03-15- 000-2021-11704-002104, 11001-03-15-000-2021-11715-002105, 11001-03-15-000-2021- 11724-002106, 11001-03-15-000-2021-11745-002107, 11001-03-15-000-2021-11746-002108, 11001-03-15-000-2021-11749-002109, 11001-03-15-000-2021-11757-002110, 11001-03-15- 000-2021-11761-002111, 11001-03-15-000-2021-11762-002112, 11001-03-15-000-2021- 11781-002113 y 11001-03-15-000-2021-10782-002114, de conformidad con las consideraciones anteriormente expuestas.
CUARTO: En caso de no ser impugnada esta decisión, se REMITIRÁ el expediente a la Corte Constitucional para su eventual revisión, dentro de los diez (10) días siguientes a la ejecutoria de esta providencia, de conformidad con el artículo 31 del Decreto Ley No. 2591 de 1991. Se deja constancia que la anterior providencia fue leída, discutida y aprobada por la Sala en la sesión de la fecha.
CÓPIESE,
NOTIFÍQUESE,
COMUNÍQUESE Y CÚMPLASE, ROBERTO AUGUSTO SERRATO VALDÉS Consejero de Estado Presidente OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Consejero de Estado NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera de Estado HERNANDO SÁNCHEZ SÁNCHEZ Consejero de Estado P:(18) CONSTANCIA: La presente decisión fue firmada electrónicamente por todos los integrantes de la Sala de Decisión de la Sección Primera del Consejo de Estado en la sede electrónica para la gestión judicial Samai.
En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA. 2097 Promovido por el señor Víctor Fernando Camargo Osorio. 2098 Promovido por la señora Martha Cecilia Restrepo Restrepo. 2099 Promovido por la señora Adriana Grijalba Gómez. 2100 Promovido por la señora Blanca Lilia Torres Ruíz. 2101 Promovido por la señora Aurora Maldonado de Salgado. 2102 Promovido por la señora María Nelly Torijano Cárdenas. 2103 Promovido por el señor Hernán Alonso Bravo Urrea. 2104 Promovido por la señora Clara Stella Riaño De Soler. 2105 Promovido por la señora Julieth Carolina Parra Peña. 2106 Promovido por la señora Johanna Andrea Lara Rodríguez. 2107 Promovido por la señora María Cristina Niño Camacho. 2108 Promovido por la señora Ana Celia Espinosa Pachón. 2109 Promovido por el señor Yeisson Enrique Velásquez Castro. 2110 Promovido por la señora María Benicia Ochoa Ochoa. 2111 Promovido por la señora María Virginia Nivia Rodríguez. 2112 Promovido por el señor Pedro Pablo de la Cruz Luna. 2113 Promovido por la señora Elicelba Monroy Robles. 2114 Promovido por el señor Rubén Darío García Vargas.