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08001233100020110106602Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2016-09-07

Radicación interna: 57858 · ACCION DE REPARACION DIRECTA

Ponente: Alberto Montaña Plata

Actor: Maria Teresa Torres Roncallo·Demandado: Distrito Especial Industrial Y Portuario De Barranquilla

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA- SUBSECCIÓN B Bogotá DC, catorce (14) de julio de dos mil veintitrés (2023) Magistrado ponente: ALBERTO MONTAÑA PLATA Expediente: 08001-23-31-002-2011-01066-02 (57.858) Actor: MARÍA TERESA TORRES RONCALLO Demandado: DISTRITO DE BARRANQUILLA Medio de control: REPARACIÓN DIRECTA ACLARACIÓN DE VOTO Aunque comparto la decisión que profirió la Sala en el asunto de la referencia, aclaro mi voto por lo siguiente: 1) En este caso, la procedibilidad y oportunidad del medio de control ejercido con la demanda fueron definidas por el Consejo de Estado en auto de 30 de enero de 2013, por medio del cual se revocó el auto del tribunal de primera instancia que rechazó la demanda por caducidad.

En esas condiciones, la Sala no podía revivir el debate sobre ese punto de derecho que ya había sido previamente definido en dos instancias; en un caso similar, la Corte Constitucional1 fue enfática en relación con la imposibilidad de que el mismo juez revoque una decisión válidamente adoptada y ejecutoriada, por el hecho de vulnerarse con ello el derecho fundamental del debido proceso y el principio constitucional de seguridad jurídica. 3) De acuerdo con lo expuesto, aunque considero que algunas de las pretensiones de la demanda no podían tramitarse por la vía de la reparación directa, v.gr. las 1 Corte Constitucional, Sala Tercera de Revisión, sentencia del 20 de marzo de 2019, exp.

T- 2123838, MP Luís Ernesto Vargas Silva. Esta providencia revocó las sentencias proferidas por el Juzgado 34 Administrativo del Circuito de Bogotá y la Subsección B de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca en el expediente con radicación número 2005-00094- 02. 2 Exp. 08001-23-31-002-2011-01066-02 (57.858) Demandante: María Teresa Torres Roncallo Reparación directa – aclaración de voto encaminadas al reconocimiento y pago de una sanción por mora en el pago de las prestaciones sociales de la demandante, tal aspecto de la controversia no podía revivirse por haber sido definido por la Corporación en auto anterior; por tal razón, compartí que había lugar a decidir de fondo respecto de todas las pretensiones de la demanda.

FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (Firmado eletronicamente) Constancia. La presente aclaración de voto fue firmada electrónicamente por el magistrado en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley 2213 de 2022.