REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, diez (10) de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). Magistrado ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 25000-23-26-000-2005-02004-02 (49.448) Demandante: ALEXÁNDER AGUILAR Y OTROS Demandado: NACIÓN - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL – EJÉRCITO NACIONAL Medio de control: REPARACIÓN DIRECTA - CCA Asunto: CORRECCIÓN DE AUTO Decide la Sala la solicitud de corrección formulada por la parte actora respecto del auto proferido el 14 de septiembre de 2022 por la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado en el proceso de la referencia. I.
ANTECEDENTES 1) En providencia de 4 de mayo de 2022, la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado corrigió la parte resolutiva de la sentencia dictada el 11 de octubre de 2021 (índice 49 SAMAI), en el sentido de precisar que a la demandante María Sagrario Reyes le fue reconocida la suma equivalente a cuarenta (40) SMMLV por concepto de perjuicios morales, en los siguientes términos: “1°) Corrígese la parte resolutiva de la sentencia del 11 de octubre de 2021 la cual queda así: (…) Segundo: Condenáse a la Nación - Ministerio De Defensa - Ejército Nacional a pagar a los demandantes las siguientes sumas de dinero, por concepto de perjuicios morales: No. Nombre Título por el cual se le reconoce Valor a reconocer 1 Alexánder Aguilar Víctima con incapacidad laboral de 57,2% 100 SMMLV 2 Cecilia Aguilar Madre de Alexánder Aguilar 100 SMMLV 3 Miguel Alfonso Moreno Aguilar Hermano de Alexánder Aguilar 50 SMMLV 4 Jorge Aguilar Hermano de Alexánder Aguilar 50 SMMLV 2 Expediente 25000-23-26-000-2005-02004-02 (49.448) Actor: Alexánder Aguilar y otros Reparación directa – CCA Corrección auto 5 Diana Marcela Santana Aguilar Hermana de Alexánder Aguilar 50 SMMLV 6 Erika Marcela Aguilar Hermana de Alexánder Aguilar 50 SMMLV 7 Carlos Julián Rodríguez Choachí Víctima con incapacidad laboral de 19,45% 25 SMMLV 8 Martha Soraida Choachí Pachón Madre de Carlos Julián Rodríguez Choachí 20 SMMLV 9 María Tránsito Pachón de Choachí Abuela de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 10 Jaime Andrés Rodríguez Choachí Hermano de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 11 Michel David Rodríguez Choachí Hermano de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 12 Jhonnatan Mauricio Rodríguez Choachí Hermano de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 13 Yeny Yazbleidy Rodríguez Choachí Hermano de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 14 Víctor Alfonso Moreno Reyes Víctima con incapacidad laboral de 29,92% 40 SMMLV 15 Luis Moreno Barbosa Padre de Víctor Alfonso Moreno Reyes 40 SMMLV 16 María Sagrario Reyes Madre de Víctor Alfonso Moreno Reyes 40 SMMLV 17 Luis Armando Moreno Reyes Hermano de Víctor Alfonso Moreno Reyes 20 SMMLV 18 Yesica Carolina Moreno Reyes Hermana de Víctor Alfonso Moreno Reyes 20 SMMLV 19 Aura María Nieto Madre de Wílliam Hernán Bernal Nieto fallecido en el enfrentamiento 100 SMMLV 20 María de los Ángeles Bernal Nieto Hermana de Wílliam Hernán Bernal Nieto 50 SMMLV 21 Ibon Catalina Nieto Hermana de Wílliam Hernán Bernal Nieto 50 SMMLV (…).” (fl. 7 y 8 índice 49 SAMAI – negrillas del original - se resalta la parte corregida). 2) Posteriormente, mediante auto proferido el 14 de septiembre de 2022 (índice 60 SAMAI), esta Subsección corrigió la sentencia el 11 de octubre de 2021 respecto del nombre de la demandante “María Sagrario Reyes” para precisar que su nombre correcto es “María Sagrario Reyes Gaona”, en consecuencia, resolvió lo siguiente: “1°) Corrígese la parte motiva de la sentencia del 11 de octubre de 2021 en el sentido precisar que en todos los acápites en donde se hace referencia al nombre de “María Sagrario Reyes” se entenderá que en realidad corresponde a María Sagrario Reyes Gaona. 2°) Corrígese el ordinal segundo de la parte resolutiva de la sentencia del 11 de octubre de 2021, el cual queda así: Segundo: Condenáse a la Nación - Ministerio De Defensa - Ejército Nacional a pagar a los demandantes las siguientes sumas de dinero, por concepto de perjuicios morales: 3 Expediente 25000-23-26-000-2005-02004-02 (49.448) Actor: Alexánder Aguilar y otros Reparación directa – CCA Corrección auto No. Nombre Título por el cual se le reconoce Valor a reconocer 1 Alexánder Aguilar Víctima con incapacidad laboral de 57,2% 100 SMMLV 2 Cecilia Aguilar Madre de Alexánder Aguilar 100 SMMLV 3 Miguel Alfonso Moreno Aguilar Hermano de Alexánder Aguilar 50 SMMLV 4 Jorge Aguilar Hermano de Alexánder Aguilar 50 SMMLV 5 Diana Marcela Santana Aguilar Hermana de Alexánder Aguilar 50 SMMLV 6 Erika Marcela Aguilar Hermana de Alexánder Aguilar 50 SMMLV 7 Carlos Julián Rodríguez Choachí Víctima con incapacidad laboral de 19,45% 25 SMMLV 8 Martha Soraida Choachí Pachón Madre de Carlos Julián Rodríguez Choachí 20 SMMLV 9 María Transito Pachón de Choachí Abuela de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 10 Jaime Andrés Rodríguez Choachí Hermano de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 11 Michel David Rodríguez Choachí Hermano de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 12 Jhonnatan Mauricio Rodríguez Choachí Hermano de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 13 Yeny Yazbleidy Rodríguez Choachí Hermano de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 14 Víctor Alfonso Moreno Reyes Víctima con incapacidad laboral de 29,92% 40 SMMLV 15 Luis Moreno Barbosa Padre de Víctor Alfonso Moreno Reyes 40 SMMLV 16 María Sagrario Reyes Gaona Madre de Víctor Alfonso Moreno Reyes 15 SMMLV 17 Luis Armando Moreno Reyes Hermano de Víctor Alfonso Moreno Reyes 20 SMMLV 18 Yesica Carolina Moreno Reyes Hermana de Víctor Alfonso Moreno Reyes 20 SMMLV 19 Aura María Nieto Madre de Wílliam Hernán Bernal Nieto fallecido en el enfrentamiento 100 SMMLV 20 María de los Ángeles Bernal Nieto Hermana de Wílliam Hernán Bernal Nieto 50 SMMLV 21 Ibon Catalina Nieto Hermana de Wílliam Hernán Bernal Nieto 50 SMMLV (…).” (fl. 7 y 8 índice 49 SAMAI – se resalta la parte corregida). 3) A través de un memorial presentado por correo electrónico ante la Secretaría del Tribunal Administrativo de Cundinamarca el 12 de febrero de 2024 (índice 176 SAMAI del Tribunal), la parte demandante solicitó la corrección del auto proferido el 14 de septiembre de 2022, para el efecto puso de presente que esta Sala, al corregir el nombre de la demandante María Rosario Gaona Reyes consignado en la sentencia de segunda instancia “por un error involuntario de digitación se omitió modificar que a ella se le reconoció el monto equivalente a 40 SMMLV” (fl. 2 ibidem), 4 Expediente 25000-23-26-000-2005-02004-02 (49.448) Actor: Alexánder Aguilar y otros Reparación directa – CCA Corrección auto circunstancia que causa confusión por cuanto no se tiene claridad que realmente lo reconocido asciende al equivalente a 40 SMMLV.
II. CONSIDERACIONES 1) El artículo 310 del Código de Procedimiento Civil1 (CPC) dispone lo siguiente sobre la corrección de errores aritméticos o gramaticales en las providencias: “Artículo 310. Corrección de errores aritméticos y otros. Toda providencia en que se haya incurrido en error puramente aritmético, es corregible por el juez que la dictó, en cualquier tiempo, de oficio o a solicitud de parte, mediante auto susceptible de los mismos recursos que procedían contra ella, salvo los de casación y revisión. Si la corrección se hiciere luego de terminado el proceso, el auto se notificará en la forma indicada en los numerales 1. y 2. del artículo 320.
Lo dispuesto en los incisos anteriores se aplica a los casos de error por omisión o cambio de palabras o alteración de estas, siempre que estén contenidas en la parte resolutiva o influyan en ella.” (se resalta). 2) Verificado el expediente se advierte que i) en la parte motiva de la sentencia de segunda instancia proferida el 11 de octubre de 2021 por esta Subsección se consignó que a la demandante María del Rosario Reyes se le reconocería una indemnización a título de perjuicio moral equivalente a cuarenta (40) SAMMLV2 (fl. 25 índice 36 SAMAI) y, ii) por lo anterior, la Sala por auto del 4 de mayo de 2022 (índice 49 SAMAI) corrigió la parte resolutiva del fallo de segunda instancia para precisar que la indemnización reconocida a la señora María del Rosario Reyes correspondía a la suma equivalente a 40 SMMLV. 3) En ese orden, se observa que, en efecto, en el auto 14 de septiembre de 2022 (índice 60 SAMAI) al corregir el nombre de la demandante María del Rosario Reyes, en el sentido de determinar que el correcto es María del Rosario Reyes Gaona, la Sala involuntariamente incurrió en un error de digitación y consignó que la indemnización reconocida a esta equivalía a la suma de 15 SMMLV cuando en realidad el perjuicio moral reconocido corresponde a cuarenta (40) SMMLV. 1 Norma procesal vigente al momento en que se interpuso el recurso de apelación contra la sentencia de primera instancia dictada el 30 de mayo de 2012. 2 La decisión se apoyó en la sentencia de unificación dictada por la la Sala Plena de la Sección Tercera de esta Corporación el 28 de agosto de 2014, expediente no. 31.172, CP Olga Mélida Valle de De la Hoz. 5 Expediente 25000-23-26-000-2005-02004-02 (49.448) Actor: Alexánder Aguilar y otros Reparación directa – CCA Corrección auto En consecuencia, se corregirá la parte resolutiva del auto proferido el 14 de septiembre de 2022 para precisar que la indemnización reconocida a la demandante María del Rosario Reyes Gaona por concepto de perjuicio moral corresponde a la suma equivalente a cuarenta (40) SMMLV.
En mérito de lo expuesto, EL CONSEJO DE ESTADO, SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO, SECCIÓN TERCERA, SUBSECCIÓN B, R E S U E L V E: 1°) Corrígese la parte resolutiva del auto de 14 de septiembre de 2022, el cual queda así: “1°) Corrígese la parte motiva de la sentencia del 11 de octubre de 2021 en el sentido precisar que en todos los acápites en donde se hace referencia al nombre de “María Sagrario Reyes” se entenderá que en realidad corresponde a María Sagrario Reyes Gaona.
No. Nombre Título por el cual se le reconoce Valor a reconocer 1 Alexánder Aguilar Víctima con incapacidad laboral de 57,2% 100 SMMLV 2 Cecilia Aguilar Madre de Alexánder Aguilar 100 SMMLV 3 Miguel Alfonso Moreno Aguilar Hermano de Alexánder Aguilar 50 SMMLV 4 Jorge Aguilar Hermano de Alexánder Aguilar 50 SMMLV 5 Diana Marcela Santana Aguilar Hermana de Alexánder Aguilar 50 SMMLV 6 Erika Marcela Aguilar Hermana de Alexánder Aguilar 50 SMMLV 7 Carlos Julián Rodríguez Choachí Víctima con incapacidad laboral de 19,45% 25 SMMLV 8 Martha Soraida Choachí Pachón Madre de Carlos Julián Rodríguez Choachí 20 SMMLV 9 María Tránsito Pachón de Choachí Abuela de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 10 Jaime Andrés Rodríguez Choachí Hermano de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 11 Michel David Rodríguez Choachí Hermano de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 12 Jhonnatan Mauricio Rodríguez Choachí Hermano de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 13 Yeny Yazbleidy Rodríguez Choachí Hermano de Carlos Julián Rodríguez Choachí 10 SMMLV 14 Víctor Alfonso Moreno Reyes Víctima con incapacidad laboral de 29,92% 40 SMMLV 15 Luis Moreno Barbosa Padre de Víctor Alfonso Moreno Reyes 40 SMMLV 6 Expediente 25000-23-26-000-2005-02004-02 (49.448) Actor: Alexánder Aguilar y otros Reparación directa – CCA Corrección auto 2°) Por Secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación notifíquese esta providencia de conformidad con lo dispuesto en los numerales 1 y 2 del artículo 320 del CPC y en la Ley 2213 de 2022. 3°) En firme esta providencia devuélvase el expediente al tribunal de origen para lo de su cargo, previas las respectivas constancias secretariales de rigor.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE (Firmado electrónicamente) ALBERTO MONTAÑA PLATA Presidente de la Subsección (Firmado electrónicamente) (Firmado electrónicamente) FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado Constancia. La presente providencia fue firmada electrónicamente por los magistrados de la Subsección B de la Sección Tercera del Consejo de Estado en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con los artículos 1 y 2 de la Ley 2213 de 2022. 3 Se resalta el aparte corregido. 16 María Sagrario Reyes Gaona Madre de Víctor Alfonso Moreno Reyes 40 SMMLV3 17 Luis Armando Moreno Reyes Hermano de Víctor Alfonso Moreno Reyes 20 SMMLV 18 Yesica Carolina Moreno Reyes Hermana de Víctor Alfonso Moreno Reyes 20 SMMLV 19 Aura María Nieto Madre de Wílliam Hernán Bernal Nieto fallecido en el enfrentamiento 100 SMMLV 20 María de los Ángeles Bernal Nieto Hermana de Wílliam Hernán Bernal Nieto 50 SMMLV 21 Ibon Catalina Nieto Hermana de Wílliam Hernán Bernal Nieto 50 SMMLV