Micelio
11001032700020240005400Consejo de Estado · Sección CuartaAuto interlocutorio2024-08-05

Radicación interna: 29160 · LEY 1437 NULIDAD CON SUSPENSION PROVISIONAL

Ponente: Wilson Ramos Girón

Actor: Dumek Turbay Paz·Demandado: Instituto Nacional De Vias

Radicado: 11001-03-27-000-2024-00054-00 (29160) Demandante: Dumek Turbay Paz Calle 12 No. 7-65 - Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERO PONENTE: WILSON RAMOS GIRÓN Bogotá D.C., veintidós (22) de noviembre de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: Nulidad simple con solicitud de suspensión provisional Expediente: 11001-03-27-000-2024-00054-00 (29160) Demandante: Dumek Turbay Paz Demandado: Instituto Nacional de Vías - INVIAS Acto acusado: Resolución No.1729 del 26 de mayo de 2023 Asunto: auto admite demanda En ejercicio de la acción de nulidad simple, el señor Dumek Turbay Paz, en calidad de alcalde de Cartagena de Indias, cuestiona la legalidad de la Resolución No.1729 del 26 de mayo de 20231 y que la demanda cumple con los requisitos de los artículos 137, 162, 163, 164 y 166 del CPACA, el despacho.

RESUELVE

1. Admitir la demanda de nulidad simple presentada por Dumek Turbay Paz. 2. Notificar la presente providencia, personalmente o mediante mensaje de datos al buzón electrónico despuesto para notificaciones judiciales al Instituto Nacional de Vías – INVIAS o a su delegado. 3. Correr traslado de la demanda al Instituto Nacional de Vías – INVIAS o a su delegado y al agente del Ministerio Público.

La autoridad demandada deberá aportar los antecedentes administrativos que dieron origen a la norma demandada. 4. Informar a la comunidad la existencia de este proceso, de conformidad con el artículo 171-5 del CPACA, mediante publicación del auto admisorio en el sitio web de la corporación. 5. Este despacho considera pertinente aplicar los artículos 182B y el literal c) del numeral 4 del artículo 184 del CPACA, por lo que por secretaría se procederá a invitar al Instituto Colombiano de Derecho Tributario, a la Universidad Externado de Colombia – Departamento de Derecho Fiscal – a presentar por escrito su concepto acerca de la solicitud de nulidad de Resolución No.1729 de 26 de mayo de 2023. 1 “Por medio de la cual se aplica el cobro de la Contribución Nacional de Valorización del Sector Transporte en el Proyecto de Infraestructura Vial Cartagena – Barranquilla – Circunvalar de la Prosperidad” expedida por el Instituto Nacional de Vías (En adelante “INVIAS”).

Radicado: 11001-03-27-000-2024-00054-00 (29160) Demandante: Dumek Turbay Paz Calle 12 No. 7-65 - Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 6. Ordenar a la secretaria de la sección que certifique si se han presentado otras demandas contra la legalidad de la Resolución No.1729 de 26 de mayo de 2023.

Si existieran otras demandas, además, deberá certificar la fecha de admisión y notificación a la parte demandada para decidir sobre la posible acumulación de procesos. Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) WILSON RAMOS GIRÓN