Micelio
11001031500020230207600Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2023-04-25

Radicación interna: 3239 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Alberto Montaña Plata

Actor: Fabio Andres Obando Renteria·Demandado: Consejo Superior De La Judicatura - Unidad De Administracion De La Carrera Judicial

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá, D.C., 2 de mayo de 2023 Radicación: 11001-03-15-000-2023-02076-00 Demandante: Fabio Andrés Obando Rentería Demandado: Consejo Superior de la Judicatura y otro Naturaleza: Acción de tutela.

Auto 1. Admisión De conformidad con lo previsto por el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto 591 de 1991, SE ADMITE en primera instancia la acción de tutela de la referencia, instaurada por por Fabio Andrés Obando Rentería en contra el Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Administración de Carrera Judicial. 2.

Pruebas El despacho advierte que, pese a que el actor indicó que aportaba la prueba documental (se trascribe) “4. Copia del oficio del 10 de marzo de 2023, notificado el 22 de marzo de 2023, el Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Administración de Carrera Judicial.”, lo cierto es que no se encuentra dentro de los anexos correspondientes a la acción de tutela.

En esa medida, y con el fin de continuar el trámite, se le requerirá para que la remita nuevamente vía correo electrónico. En mérito de lo expuesto, el despacho

RESUELVE

PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por Fabio Andrés Obando Rentería en contra del Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Administración de Carrera Judicial y, VINCULAR a la Nación – Rama Judicial y a la Universidad Nacional de Colombia como terceros interesados.

SEGUNDO: NOTIFICAR Y CORRER TRASLADO de la tutela y sus anexos, a los demandados y a los terceros, para que, en el término de 2 días, contados desde la fecha de notificación, rindan el informe que estimen pertinente. Radicación: 11001-03-15-000-2023-02076-00 Demandante: Fabio Andrés Obando Rentería Demandado: Consejo Superior de la Judicatura y otro Naturaleza: Acción de tutela Decisión: Admite ______________________________________________________________________________________________________________ 2 de 2 TERCERO: Por Secretaría General, REQUERIR por el medio más expedito posible, al demandante para que, en el término de 2 días, contados a partir del conocimiento de esta decisión, remita la prueba documental relacionada en la parte motiva de esta providencia, a la siguiente cuenta de correo electrónico del Consejo de Estado «secgeneral@consejodeestado.gov.co».

CUARTO: TENER como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la acción de tutela.

QUINTO: Por Secretaría General de esta Corporación, PUBLICAR la presente providencia en la página web del Consejo de Estado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA