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11001031500020220648600Consejo de Estado · Sección QuintaAuto interlocutorio2022-12-05

Radicación interna: 10350 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Carlos Enrique Moreno Rubio

Actor: Jairo Marcelo Torres Cruz·Demandado: Presidencia De La Republica

Demandante: Jairo Marcelo Torres Cruz Demandado: Presidencia de la República Radicado: 11001-03-15-000-2022-06486-00 A 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA MAGISTRADO PONENTE: CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Bogotá D.C., doce (12) de diciembre de dos mil veintidós (2022) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-06486-00 Demandante: JAIRO MARCELO TORRES CRUZ Demandado: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA AUTO ADMISORIO Mediante escrito radicado el 5 de diciembre de 2022 en el Sistema de Recepción de Tutelas y Habeas Corpus en línea de la Rama Judicial1, el señor Jairo Marcelo Torres Cruz, en nombre propio, presentó acción de tutela contra el presidente de la República, al considerar vulnerado su derecho fundamental a la igualdad por cuanto el mandatario informó que se priorizará el pago del Programa Ingreso Solidario a las madres cabeza de hogar.

En consecuencia, solicita que sea considerado como padre cabeza de familia dentro del mencionado programa, toda vez que es soltero y tiene la custodia de su hijo menor Marcelo Adrián Camilo Torres Reina2, quien es beneficiario de ese apoyo económico. El Consejo de Estado conoce de las acciones de tutela promovidas contra la Presidencia de la República, según lo establecido en el numeral doce del artículo 1º del Decreto 333 de 2021, el cual modificó el artículo 2.2.3.1.2.1. del Decreto 1069 de 2015 “[p]or medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho”, y como la aquí presentada lo es contra dicha autoridad, es competente esta Sección para conocerla y fallarla.

En atención a que la solicitud cumple con los requisitos que señala el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, se RESUELVE Primero: Admítese la acción de tutela presentada por el señor Jairo Marcelo Torres Cruz, por los motivos descritos anteriormente. Segundo: Notifíquese por el medio más expedito y eficaz al presidente de la República y al Departamento Administrativo de la Presidencia de la República de Colombia, quienes podrán contestar la presente tutela y allegar los documentos que pretendan hacer valer como pruebas, dentro de los tres (3) días siguientes al 1 Remitido el mismo día al correo electrónico de la Secretaría General de esta Corporación. 2 Según el acta de la audiencia de conciliación de custodia y cuidado personal, alimentos y visitas celebrada el 8 de abril de 2019 ante la Comisaría Dieciocho de Familia de Bogotá aportada con la solicitud de tutela.

Demandante: Jairo Marcelo Torres Cruz Demandado: Presidencia de la República Radicado: 11001-03-15-000-2022-06486-00 A 2 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co recibo del respectivo oficio. Tercero: Comuníquese por el medio más expedito y eficaz la existencia de esta acción a la directora del Departamento Administrativo para la Prosperidad Social, para que dentro del término de tres (3) días, contado a partir de la fecha de recibo de la correspondiente comunicación, manifieste lo que considere pertinente.

Lo anterior, en atención al interés que le asiste en las resultas de este proceso, dado que esa entidad es la encargada de administrar el Programa Ingreso Solidario. Cuarto: Solicítese al actor que allegue la respuesta de la petición y el Registro Civil de Nacimiento del menor Marcelo Adrián Camilo Torres Reina referenciados en el acápite de los medios de prueba, dentro de los tres (3) días siguientes al recibo del respectivo oficio.

Quinto: Ténganse como pruebas los documentos aportados con la solicitud de tutela, con el valor probatorio que les corresponda según la ley. Sexto: Notifíquese por el medio más expedito y eficaz esta decisión al actor. Séptimo: Por Secretaría, verifíquese si existen otras acciones de tutela tramitadas en esta Corporación con el mismo objeto de la presente solicitud y, de ser así, infórmese a este Despacho.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE CARLOS ENRIQUE MORENO RUBIO Magistrado “Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicación en http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081”