CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejera Ponente: Marta Nubia Velásquez Rico Bogotá, D.C., veinticuatro (24) de julio de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 110010315000202303886 00 Accionante: Ángel Rodrigo Pérez Lemus Accionado: Consejo de Estado – Sección Quinta Referencia: Acción de tutela – Admite Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone:
PRIMERO: ADMITIR la demanda presentada por el señor Ángel Rodrigo Pérez Lemus, para la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, de participación política y de acceso a la administración de justicia, supuestamente vulnerados por los magistrados Rocío Araújo Oñate, Pedro Pablo Vanegas Gil, Luis Alberto Álvarez Parra y Carlos Enrique Moreno Rubio, integrantes de la Sección Quinta del Consejo de Estado.
SEGUNDO: VINCULAR al Presidente y a la Vicepresidente de la República, como terceros interesados en el proceso.
TERCERO: NOTIFICAR la presente decisión a las partes y a los terceros vinculados. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá copia de la demanda, así como de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días, la parte accionada, magistrados Rocío Araújo Oñate, Pedro Pablo Vanegas Gil, Luis Alberto Álvarez Parra y Carlos Enrique Moreno Rubio, rinda informe sobre los hechos objeto del presente asunto.
CUARTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, para que, si lo considera procedente dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto. Radicación: 110010315000202303886 00 Accionante: Ángel Rodrigo Pérez Lemus Accionado: Consejo de Estado – Sección Quinta Referencia: Acción de tutela 2 QUINTO: RECONOCER personería al señor Ángel Rodrigo Pérez Lemus para actuar a nombre propio, en los términos del artículo 10 del Decreto 2591 de 1991.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO BARG Nota: esta providencia fue suscrita en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.
Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha.