Micelio
11001031500020220411900Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Auto interlocutorio2022-07-28

Radicación interna: 6572 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Gabriel Valbuena Hernandez

Actor: Nilsson Ameedd Pasachoa·Demandado: Presidencia De La Republica

w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN “A” Consejero Ponente: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., primero (1.º) de agosto de dos mil veintidós (2022) Radicado: 11001-03-15-000-2022-04119-00 Accionantes: NILSSON AMEEDD PASACHOA Accionado: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Y OTRO AUTO QUE ADMITE Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por el señor Nilsson Ameedd Pasachoa, quien actúa en nombre propio, en contra la Presidencia de la República y el Ministerio del Trabajo y Seguridad Social, por la presunta vulneración del derecho fundamental de petición. TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.

NOTIFÍQUESE a la Presidencia de la República y al Ministerio del Trabajo y Seguridad Social como accionados. Asimismo,

NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso. REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días contados a partir de la notificación de la presente providencia.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Firmado Electrónicamente