Micelio
11001031500020230027500Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Auto interlocutorio2023-01-23

Radicación interna: 389 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Jose Roberto Sachica Mendez

Actor: Nora Carolina Fuentes Freile·Demandado: Presidencia De La Republica Y Otros

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Bogotá, D.C., trece (13) de febrero de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 11001-03-15-000-2023-00275-00 Accionante: Nora Carolina Fuentes Freile Accionado: Presidente de la República y otros Referencia: Acción de tutela – Rechazo Mediante auto de 25 de enero de 2023, se requirió a la señora Nora Carolina Fuentes Freile para que, en el término de tres (3) días contados a partir del día siguiente a la notificación de esa providencia, aclarara su escrito de tutela, pues no había certeza sobre sobre cuáles o cuál es la actuación o la omisión en que presuntamente incurrió el Presidente de la República, que la parte accionante considera transgresora de sus derechos fundamentales.

La anterior decisión fue notificada el 30 de enero del año en curso, al correo electrónico suministrado por la parte accionante en su escrito de tutela. No obstante, según informe secretarial del 8 de febrero de 2023, se observa que la actora no allegó ningún memorial, a través del cual cumpliera con la carga que le fue impuesta en el referido proveído.

En consecuencia, Se dispone RECHAZAR la demanda de tutela, de acuerdo con lo previsto en el artículo 171 del Decreto 2591 de 1991.

NOTIFÍQUESE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE2 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ 1 “Corrección de la solicitud. Si no pudiere determinarse el hecho o la razón que motiva la solicitud de tutela se prevendrá al solicitante para que la corrija en el término de tres días, los cuales deberán señalarse concretamente en la correspondiente providencia. Si no la corrigiere, la solicitud podrá ser rechazada de plano” (se resalta). 2 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.