Radicado: 25000-23-36-000-2020-00032-01 (69896) Demandante: Asadero Parrilla Plaza S.A.S. CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN C 1 Magistrado ponente: JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Bogotá, D.C., cinco (05) de julio de dos mil veintitrés (2023) Radicación número: 25000-23-36-000-2020-00032-01 (69896) Actor: Asadero Parrilla Plaza S.A.S. Demandado: Nación – Ministerio de Defensa Nacional – Medio de control: Controversias contractuales Tema: Admisión recurso de apelación AUTO SEGUNDA INSTANCIA El Despacho ADMITE el recurso de apelación1 interpuesto2 por la apoderada de la parte actora, en contra de la sentencia del veintitrés (23) de febrero de dos mil veintitrés (2023)3, proferida por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, al encontrar reunidos todos los requisitos legales establecidos en el artículo 247 de la Ley 1437 de 2011, modificado por el artículo 67 de la Ley 2080 de 2021.
El Ministerio Público podrá rendir concepto desde que se admite el recurso y hasta antes de que ingrese el proceso para sentencia. En consecuencia,
NOTIFÍQUESE personalmente esta decisión al Ministerio Público, y por estado a las partes, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 3 del artículo 198 y en el artículo 201 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo. Notifíquese y cúmplase, JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Magistrado Firmado electrónicamente ASP/Expediente electrónico 1 Índice 33 del aplicativo SAMAI del Tribunal de primera instancia, al que puede accederse mediante el link anexo en el índice 2 del aplicativo SAMAI de esta Corporación. 2 Escrito radicado el quince (15) de marzo de dos mil veintitrés (2023). 3 Notificada electrónicamente el primero de marzo de dos mil veintitrés (2023).
Índice 27 del aplicativo SAMAI del Tribunal de primera instancia.