Micelio
11001031500020230264800Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección A)Auto interlocutorio2023-05-18

Radicación interna: 4119 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Jorge Iván Duque Gutiérrez

Actor: Antonio Jose Reyes Quintero·Demandado: Tribunal Administrativo De Santander

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO – ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A Bogotá D. C., veinticuatro (24) de mayo de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2023-02648-00 Accionante: Antonio José Reyes Quintero Accionado: Tribunal Administrativo de Santander Derechos: Debido proceso y acceso a la administración de justicia Tema: Admite tutela AUTO Por reunir los requisitos legales, SE ADMITIRÁ la presente acción de tutela que instaura el señor Antonio José Reyes Quintero, en nombre propio, en contra del Tribunal Administrativo de Santander, con ocasión a la providencia del 30 de enero de 2023, emitida dentro de la acción popular con radicado 68001-33-33-003-2020- 00143-00 [01].

Notificar, como accionado, al Tribunal Administrativo de Santander, quien conoció del proceso previamente identificado, y que da origen al presente trámite constitucional. Notificar, como terceros interesados, en las resultas de este proceso al Municipio de Piedecuesta Santander y a la Urbanizadora Marín Valencia S.A., quienes actuaron como demandados en el proceso anteriormente referenciado.

Requerir al Juzgado Tercero Administrativo Oral del Circuito Judicial de Bucaramanga, para que envíe, con destino a este despacho, copia digital del expediente de la acción popular con el radicado 68001-33-33-003-2020-00143-00 [01], en el que actuó como demandante el accionante. 2 Radicado: 11001 03 15 000 2023 02648 00 Accionante: Antonio José Reyes Quintero Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co Remitir copia de la solicitud de tutela a la parte accionada y a los terceros interesados, para que procedan a ejercer su derecho de defensa, si a bien lo tienen, y rindan el respectivo informe dentro de los tres (3) días siguientes a la notificación de la presente providencia. Notifíquese y cúmplase, JORGE IVÁN DUQUE GUTIÉRREZ Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente por el consejero ponente en la plataforma del Consejo de Estado denominada SAMAI.

En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con el artículo 186 del CPACA. HAPC