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11001031500020220168200Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2022-03-15

Radicación interna: 2497 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Hector Fabian Moreno Y Otros·Demandado: Consejo De Estado Seccion Tercera Subseccion A

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá, DC, 28 de abril de 2022 Radicación: 11001-03-15-000-2022-01682-00 Demandante: Héctor Fabián Moreno y otros Demandado: Consejo de Estado – Sección Tercera – Subsección A Naturaleza: Acción de tutela.

Auto Encontrándose el asunto al despacho, es preciso indicar que, mediante Auto de 17 de marzo de 2022, se requirió al abogado Abraham Guerra para que precisara en representación de quién actuaba, es más, de ser el caso, allegara el respectivo poder conferido por las personas que no aparecían en el que fue aportado y, además, allegara el audio de pruebas faltante en el expediente.

Mediante comunicación enviada el 24 de marzo de 2022, el aludido abogado remitió la prueba faltante y, adicionalmente, informó que (se trascribe) “actúo en representación de las personas: HECTOR FABIAN PAEZ MORENO, ARLES ANTONIO PAEZ LOPEZ, y BLANCA ROCIO MORENO CABRERA”, razón por la cual se ADMITARÁ la acción de tutela de la referencia, de conformidad con lo previsto por el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto 2591 de 1991.

En consecuencia, el despacho,

RESUELVE

PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por Héctor Fabián Páez Moreno, Arles Antonio Páez López y Blanca Rocío Moreno Cabrera, mediante apoderado judicial, contra la Subsección A de la Sección Tercera del Consejo de Estado y, VINCULAR al Tribunal Administrativo de Caquetá y a la Nación – Ministerio de Defensa – Ejército Nacional, como terceros interesados en el proceso.

SEGUNDO: NOTIFICAR Y CORRER TRASLADO de esta providencia, junto con la tutela y sus anexos, al demandado y a los terceros vinculados, para que, en el término de 2 días, contados desde la fecha de notificación, rindan el informe que estimen pertinente. Id Documento: 11001031500020220168200005025220029 Radicación: 11001-03-15-000-2022-01682-00 Demandante: Héctor Fabián Moreno y otros Demandado: Consejo de Estado – Sección Tercera – Subsección A Naturaleza: Acción de tutela.

Auto Decisión: Admite 2 de 2 TERCERO: TENER como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la acción de tutela.

CUARTO: OFICIAR al Tribunal Administrativo de Caquetá, para que remita escaneado, el expediente del recurso extraordinario de revisión No. 11001-03-26-000-2019-00100-00, adelantado contra la Sentencia de 6 de julio de 2018 proferida por dicha autoridad judicial en el proceso de reparación directa No. 18001-33-40-004-00184-01, a la siguiente cuenta de correo electrónico «secgeneral@consejodeestado.gov.co».

QUINTO: RECONOCER personería al abogado Abraham Guerra Marchena, identificado con cédula de ciudadanía No. 72.126.160 y portador de la Tarjeta Profesional No.99.134 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte demandante, en los términos del poder obrante en el expediente digital.

SEXTO: Por Secretaría General de esta Corporación, PUBLICAR la presente providencia en la página web del Consejo de Estado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA Id Documento: 11001031500020220168200005025220029