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11001031500020240079300Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Aclaración voto2024-02-19

Radicación interna: 1240 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Fredy Hernando Ibarra Martínez

Actor: Harold Eduardo Sua Montaña·Demandado: Consejo De Estado Seccion Quinta

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Bogotá D.C., veintiuno (21) de mayo de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2024-00793-00 Accionante: Harold Eduardo Sua Montaña Accionado: Consejo de Estado – Sección Quinta Tema: Acción de tutela contra providencia judicial.

Se cumple el requisito de relevancia constitucional. Se debió negar el amparo. Aclaración de voto del magistrado Martín Bermúdez Muñoz Aunque estoy de acuerdo con la decisión de negar el amparo, no comparto la decisión que declaró improcedente la acción de tutela por falta de relevancia constitucional. 1.- La relevancia constitucional está cumplida porque el accionante señaló el derecho que consideró vulnerado (debido proceso) e identificó el defecto que, en su concepto, se configuró en la decisión acusada (procedimental).

El hecho de que se hubiesen planteado argumentos que fueron discutidos en el proceso ordinario no configura la falta de relevancia constitucional, pues puede ocurrir que en el debate resuelto por el juez se hubiese incurrido en alguna de las causales específicas de procedencia de la acción de tutela contra providencia judicial. 2.- En todo caso, estimo que no se configuró el defecto alegado porque el hecho de que la Sección Quinta del Consejo de Estado haya resuelto desfavorablemente otros procesos promovidos por el actor en los que alegó similares argumentos a los que planteó en el caso concreto, no significa que hubiere una imparcialidad por parte de esa autoridad judicial sino, por el contrario, que ha sido consecuente con su línea jurisprudencial.

Fecha ut supra. Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado