Micelio
11001031500020220207500Consejo de Estado · Sección Segunda (Subsección B)Auto interlocutorio2022-04-06

Radicación interna: 3166 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: William Hernandez Gomez

Actor: Alirio Tapiero Trillera Y Otro·Demandado: Tribunal Administrativo De Antioquia Y Otro

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA SUBSECCIÓN B Consejero sustanciador: Carmelo Perdomo Cuéter Bogotá, D. C., ocho (8) de abril de dos mil veintidós (2022) Acción: Tutela Expediente: 11001-03-15-000-2022-0207500 Actores: Edinson Alberto González Rivera y Alirio Tapiera Trillera Accionados: Magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia y Jueces Noveno (9º) y Veintiocho (28) Administrativos de Medellín Actuación: Admite tutela Mediante la acción de la referencia, los señores Edinson Alberto González Rivera y Alirio Tapiera Trillera, por conducto de apoderado, demandan el amparo de sus derechos constitucionales fundamentales al debido proceso, seguridad social y acceso a la administración de justicia, presuntamente quebrantados por los señores magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia y Jueces Noveno (9º) y Veintiocho (28) Administrativos de Medellín. Comoquiera que la presente acción alcanza a satisfacer los requisitos básicos previstos en el artículo 14 del Decreto ley 2591 de 1991, se procederá a su admisión y se ordenará notificar esta decisión a las partes por el medio más expedito y eficaz.

Por tanto, se requerirá de las autoridades accionadas rendir el informe necesario para el esclarecimiento de los hechos narrados por los tutelantes y allegar la documentación que repose en sus archivos relacionada con estos. Asimismo, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 13 del Decreto 2591 de 1991, se dispondrá vincular al señor director general de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional, toda vez que el ente estatal que regenta fue demandado en el asunto en el que se dictaron las providencias que aquí se cuestionan.

Por último, se solicitará, a través de secretaría general, de los Juzgados Noveno (9º) y Veintiocho (28) Administrativos de Medellín copia de los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho 05001-33-33-009-2018- 00318-01 y 05001-33-33-028-2017-00578-011, en su orden, que deberán ser enviados en medio magnético al correo electrónico 1 Según lo verificado en la página electrónica de la Rama Judicial (http://procesos.ramajudicial.gov.co/consultaprocesos).

Expediente: 11001-03-15-000-2022-02075-00 Edinson Alberto González Riviera y otro contra los señores magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia y otros 2 secgeneral@consejodeestado.gov.co, habilitado por esta Corporación para tal propósito. En consecuencia, se DISPONE: 1º. Admítese la acción de tutela instaurada por los señores Edinson Alberto González Rivera y Alirio Tapiera Trillera contra los señores magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia y Jueces Noveno (9º) y Veintiocho (28) Administrativos de Medellín. 2º.

Por secretaría general, a través del medio más eficaz, notifíquese la decisión adoptada mediante este proveído a las autoridades demandadas, para que en el término de dos (2) días se pronuncien acerca de la presente acción. Igualmente y por el medio más expedito y eficaz, infórmese a los tutelantes sobre la admisión de este trámite. 3º.

Requiérese de las autoridades accionadas informen a este despacho sobre el conocimiento que tengan de los hechos planteados por los actores y remitan la documentación que repose en sus archivos relacionada con estos. Para tal efecto se concede el término de dos (2) días contados desde el recibo de la respectiva comunicación, previa la notificación ordenada. 4º.

Vincúlase a este asunto constitucional al señor director general de la Caja de Sueldos de Retiro de la Policía Nacional y désele a conocer la interposición de esta acción, para cuyo efecto se deberá adjuntar copia de su texto, con el propósito de que se pronuncie en el lapso de dos (2) días sobre el conocimiento que tenga de los hechos planteados por los demandantes. 5º.

Solicítese, a través de secretaría general, con carácter URGENTE de los Juzgados Noveno (9º) y Veintiocho (28) Administrativos de Medellín copia de los procesos de nulidad y restablecimiento del derecho 05001-33-33-009- 2018-00318-01 y 05001-33-33-028-2017-00578-01, en su orden, que deberán ser enviados en medio magnético al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co, e indíqueseles que de no tenerlo en su poder den traslado de este requerimiento a la corporación o despacho correspondiente.

Expediente: 11001-03-15-000-2022-02075-00 Edinson Alberto González Riviera y otro contra los señores magistrados del Tribunal Administrativo de Antioquia y otros 3 6º. Reconócese personería al abogado Róbinson Oswaldo Rodríguez Caicedo, identificado con cédula de ciudadanía 3.147.240 y tarjeta profesional 215.104 del Consejo Superior de la Judicatura, para actuar dentro de las presentes diligencias en representación de los actores.

Notifíquese y cúmplase, Firmado electrónicamente CARMELO PERDOMO CUÉTER