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11001031500020230108500Consejo de Estado · Sección CuartaAuto interlocutorio2023-03-01

Radicación interna: 1622 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Myriam Stella Gutierrez Arguello

Actor: Miguel Angel Cruz Rodriguez·Demandado: Tribunal Administrativo De Cundinamarca Seccion Tercera Subseccion A Y Otro

Radicado: 11001-03-15-000-2023-01085-00 Demandante: Miguel Ángel Cruz Rodríguez Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA CONSEJERA PONENTE: MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Bogotá, veintisiete (27) de marzo de dos mil veintitrés (2023) Referencia Acción de tutela Radicado 11001-03-15-000-2023-01085-00 Demandante MIGUEL ÁNGEL CRUZ RODRÍGUEZ Demandado TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DE CUNDINAMARCA, SECCIÓN TERCERA, SUBSECCIÓN A Y OTRO ASUNTO AUTO QUE ADMITE DEMANDA DE TUTELA Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone: 1.

Admitir la demanda presentada por el señor Miguel Ángel Cruz Rodríguez, quien actúa a través de apoderado judicial, contra el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección A y el Juzgado Treinta y Uno Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá. 2. En calidad de parte demandada, notificar al Tribunal Administrativo de Cundinamarca, Sección Tercera, Subsección A y al Juzgado Treinta y Uno Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, entregándoles copia de la demanda, del escrito de subsanación y de los anexos. 3.

En calidad de terceros, notificar a los señores Kevin Andrés Cruz Rodríguez, Luz Ever Cruz Acosta, Francy Stella Rodríguez Vargas, Alan Santiago Yate Rodríguez, Jhon Alexander García Rodríguez, Camilo Andrés Cruz Rodríguez y Luis Ever Cruz Rodríguez, quienes son demandantes en el expediente Nro. 11001-33-36-031-2021-00163-00/01, entregándoles copia de la demanda, del escrito de subsanación y de los anexos. 4.

Oficiar al Juzgado Treinta y Uno Administrativo del Circuito Judicial de Bogotá, para que, notifique a los señores: Kevin Andrés Cruz Rodríguez, Luz Ever Cruz Acosta, Francy Stella Rodríguez Vargas, Alan Santiago Yate Rodríguez, Jhon Alexander García Rodríguez, Camilo Andrés Cruz Rodríguez y Luis Ever Cruz Rodríguez, quienes son demandantes en el expediente Nro. 11001-33-36-031- 2021-00163-00/01.

Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, del escrito de subsanación y de los anexos, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario. Una vez realizado este trámite, el Juzgado deberá remitir constancia de dicha notificación efectuada en debida forma. 5.

Notificar el presente auto a las partes y a los terceros vinculados. Para tal efecto, remítaseles copia de la acción, de los anexos, del escrito de subsanación y de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días y por el medio más expedito, ejerzan su derecho de defensa siempre que lo consideren pertinente y necesario. Radicado: 11001-03-15-000-2023-01085-00 Demandante: Miguel Ángel Cruz Rodríguez Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 6.

Tener como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos aportados con la demanda. 7. Reconocer al abogado Néstor Eduardo Sierra Carrillo como apoderado judicial de la parte demandante, en los términos del poder conferido (Samai, índice 9). Notifíquese y cúmplase, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO