Micelio
11001031500020220236000Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Auto interlocutorio2022-04-26

Radicación interna: 3663 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Jose Roberto Sachica Mendez

Actor: Luis Carlos Monroy Minota·Demandado: Tribunal Administrativo De Bolivar

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: José Roberto Sáchica Méndez Bogotá, D.C., veintiocho (28) de abril de dos mil veintidós (2022) Radicación: 11001-03-15-000-2022-02360-00 Accionante: Luis Carlos Monroy Minota en calidad de agente oficioso de Bercelia Minuta Hinestroza Accionado: Tribunal Administrativo de Bolívar y otros Referencia: Acción de tutela – Admisión El señor Luis Carlos Monroy Minota, actuando en calidad de agente oficioso de su madre1, la señora Bercelia Minuta Hinestroza2, interpuso demanda de tutela contra el Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Cartagena, el Tribunal Administrativo de Bolívar, el Ministerio de Defensa Nacional y la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares -CREMIL-, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales al debido proceso, igualdad, seguridad social, vida digna y mínimo vital, presuntamente vulnerados por las autoridades judiciales accionadas, al proferir las sentencias del 30 de agosto de 2019 y 11 de febrero de 2022, respectivamente, dentro del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho (rad. 13001-33-33-005-2015-00446-00/01) que promovió la señora Minuta Hinestroza contra la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares -CREMIL-.

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone:

PRIMERO: ADMITIR la demanda.

SEGUNDO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.

TERCERO: REQUERIR al Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Cartagena para que remita, en calidad de préstamo, el expediente identificado con el radicado número 13001-33-33-005-2015-00446-00.

CUARTO: NOTIFICAR la presente decisión al Juzgado Quinto Administrativo del Circuito de Cartagena, al Tribunal Administrativo de Bolívar, al Ministerio de Defensa Nacional y a la Caja de Retiro de las Fuerzas Militares -CREMIL-. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las direcciones de correo electrónico reportadas en sus páginas web, copia de la demanda junto 1 Tal como consta en el registro civil de nacimiento anexado en la demanda. 2 Quien tiene 69 años de edad y padece diversas complicaciones de salud, entre estas, diabetes mellitus tipo 2, diagnosticada en el año 2017, lo que le ocasionó ceguera, según la historia clínica aportada con el escrito de demanda.

Radicación: 11001-03-15-000-2022-02360-00 Accionante: Luis Carlos Monroy Minota en calidad de agente oficioso de Bercelia Minuta Hinestroza Accionado: Tribunal Administrativo de Bolívar y otros Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 con sus anexos, así como de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días, rindan informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo.

QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante a la dirección de correo electrónico reportada (luisfelipemonroycerezo@gmail.com).

SEXTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera procedente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.

NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE3 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ 3 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.