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11001031500020220114700Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección A)Auto interlocutorio2022-02-16

Radicación interna: 1603 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Marta Nubia Velasquez Rico

Actor: Beatriz Eugenia Murillo Aguirre Y Otro·Demandado: Jorge Luis Trujillo Alfaro Presidente Del Consejo Superior De La Judicatura

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejera Ponente: Marta Nubia Velásquez Rico Bogotá, D.C., dieciocho (18) de febrero de dos mil veintidós (2022) Radicación: 110010315000202201147 00 Accionante: Beatriz Eugenia Murillo Aguirre y otro Accionado: Consejo Superior de la Judicatura y otros Referencia: Acción de tutela – Admite Por reunir los requisitos legales, el despacho dispone:

PRIMERO: ADMITIR la demanda presentada por los señores Beatriz Eugenia Murillo Aguirre y Diego Llovinson Ramírez Arias, para la protección de sus derechos fundamentales a la igualdad, a la salud y a la dignidad humana, supuestamente vulnerados por el presidente del Consejo Superior de la Judicatura, Jorge Luis Trujillo Alfaro, el director ejecutivo de administración judicial, José Mauricio Cuestas Gómez, el presidente del Consejo Seccional de la Judicatura de Quindío, Jaime Arteaga Céspedes, y el director ejecutivo seccional de administración judicial de Armenia – Quindío, Carlos Alberto Rocha Martínez.

SEGUNDO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.

TERCERO: NOTIFICAR la presente decisión a las partes. Para tal efecto, la Secretaría General de la Corporación remitirá copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia, para que, en el término de dos (2) días, la parte accionada, señores Jorge Luis Trujillo Alfaro, José Mauricio Cuestas Gómez, Jaime Arteaga Céspedes y Carlos Alberto Rocha Martínez, rinda informe sobre los hechos objeto del presente asunto.

CUARTO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, para que, si lo considera procedente dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto. Radicación: 110010315000202201147 00 Accionante: Beatriz Eugenia Murillo Aguirre y otro Accionado: Consejo Superior de la Judicatura y otros Referencia: Acción de tutela – Admite 2 QUINTO: RECONOCER personería a los señores Beatriz Eugenia Murillo Aguirre y Diego Llovinson Ramírez Arias para actuar a nombre propio, en los términos del artículo 10 del Decreto 2591 de 1991.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE MARTA NUBIA VELÁSQUEZ RICO BARG Nota: esta providencia fue suscrita en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.

Igualmente puede acceder al aplicativo de validación escaneando con su teléfono celular el código QR que aparece a la derecha.