w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA – SUBSECCIÓN A CONSEJERO PONENTE: GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Bogotá D.C., once (11) de octubre de dos mil veintidós (2022) Referencia: ACCIÓN DE TUTELA Radicación: 11001-03-15-000-2022-05368-00 Accionante: JAIRO ANTONIO MOSQUERA SÁNCHEZ Y OTROS Accionado: TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL CHOCÓ Y OTRO AUTO QUE ADMITE Se ADMITE la solicitud de tutela instaurada por los señores Jairo Antonio Mosquera Sánchez, María de la Luz Perea Mosquera, José Mateo Mosquera Perea, Yuber Alfonso Mosquera Perea, Cruz Yadira Mosquera Mosquera, Jesús Amado Mosquera, José Edilson Mosquera Mosquera, Carlos Andrés Mosquera, Rosa María Mosquera Perea, Tatiana Andrea Mosquera Perea, Jesús Javier Mosquera Perea, Jair Antonio Mosquera Perea, Cesar Yunior Mosquera Perea y María Beatriz Mosquera Perea, quienes actúan por conducto de apoderado, en contra del Juzgado Segundo Administrativo de Quibdó y del Tribunal Administrativo del Chocó, por la presunta vulneración de los derechos fundamentales al debido proceso, familia y acceso a la administración de justicia, así como del principio de buena fe, ocurrida con ocasión de la expedición de las providencias del 28 de noviembre de 2019, 27 de septiembre y 12 de agosto de 2022, respectivamente, dentro del proceso ejecutivo con el radicado n.° 27001-33-33-002-2019-00161- 00/01.
ACC IÓN D E TUT EL A Radicado: 11001-03-15-000-2022-05368-00 Accionante: Jairo Antonio Mosquera Sánchez y otros w w w. c o n s e j o d e e s t a d o. g o v. c o Calle 12 No. 7–65 – Tel: (601) 350-6700 Bogotá D.C. – Colombia 2 TÉNGANSE como pruebas, las aportadas con el escrito de tutela.
NOTIFÍQUESE al Juzgado Segundo Administrativo de Circuito Judicial de Quibdó y al Tribunal Administrativo del Chocó como accionados y al municipio de Istmina como tercero interesado en las resultas del proceso. Asimismo,
NOTIFÍQUESE a la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, para que, si a bien lo tiene, intervenga en el presente proceso. REMÍTASE copia de la solicitud de tutela a las partes para que procedan a rendir el respectivo informe dentro del término de tres (3) días contados a partir de la notificación de la presente providencia. REQUIÉRASE al Juzgado Segundo Administrativo de Quibdó para que allegue copia en medio magnético o el respectivo link de acceso al expediente del proceso ejecutivo identificado con el radicado n.° 27001-33-33-002-2019-00161-00/01, donde fungió como demandante el señor Jairo Antonio Mosquera Sánchez y otros.
Se RECONOCE PERSONERÍA al abogado Milvio Jacob Lozano Mayo, portador de la tarjeta profesional n.º 20.230 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte demandante, en los términos y para los fines conferidos en el poder especial obrante en el expediente.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE GABRIEL VALBUENA HERNÁNDEZ Consejero de Estado