Micelio
11001031500020220301400Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2022-06-02

Radicación interna: 4840 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Alberto Montaña Plata

Actor: Angela Maria Gomez Espinoza Y Otro·Demandado: Tribunal Administrativo De Antioquia

Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Alberto Montaña Plata Bogotá, D.C., 7 de junio de 2022 Radicación: 11001-03-15-000-2022-03014-00 Demandante: Jaime de Jesús Flórez Morales y otro Demandado: Tribunal Administrativo de Antioquia Naturaleza: Acción de tutela.

Auto De conformidad con lo previsto por el artículo 86 de la Constitución Política y el Decreto 2591 de 1991, el despacho,

RESUELVE

PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela presentada por Jaime de Jesús Flórez Morales y Ángela María Gómez Espinoza contra el Tribunal Administrativo de Antioquia y, VINCULAR al Juzgado 9 Administrativo de Medellín, a la Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional, al Municipio de Copacabana, al Municipio de Medellín y a Marta Cecilia Díaz Restrepo, como terceros interesados.

SEGUNDO: NOTIFICAR Y CORRER TRASLADO de esta providencia, junto con la tutela y sus anexos, al demandado y a los terceros interesados, para que, en el término de 2 días, contados desde la fecha de notificación, rindan el informe que estimen pertinente.

TERCERO: TENER como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la acción de tutela.

CUARTO: OFICIAR a la Sala Quinta Mixta del Tribunal Administrativo de Antioquia, para que, remita escaneado, el expediente del proceso de reparación directa No. 05001-33-33-009-2012-00315-00/01, a la siguiente cuenta de correo electrónico «secgeneral@consejodeestado.gov.co».

QUINTO: Por Secretaría General de esta Corporación, PUBLICAR la presente providencia en la página web del Consejo de Estado.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA