Micelio
11001032400020030037801Consejo de Estado · Sección PrimeraAuto interlocutorio2003-09-12

ACCION DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO

Ponente: Nubia Margoth Peña Garzon

Actor: Marco Tulio Gomez Ochoa·Demandado: Superintendencia De Industria Y Comercio

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá D.C., veintinueve (29) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: ACCIÓN DE NULIDAD Y RESTABLECIMIENTO DEL DERECHO Número único de radicación: 11001-03-24-000-2003-00378-01 Actor: MARCO TULIO GÓMEZ OCHOA Asunto: Acepta desistimiento de pruebas.

AUTO INTERLOCUTORIO I. Comoquiera que la sociedad COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL DE COBRES DE COLOMBIA LTDA., no realizó manifestación alguna dentro del término concedido en providencia de 25 de agosto de 2023, téngase por desistida la prueba documental decretada en el auto de 9 de diciembre de 20221. II. CORRER traslado a las partes de los documentos visibles en los índices 212, 218 y 219 del expediente digital, por el término de tres 1 “3.- Ofíciese a la División de Nuevas Creaciones de la SUPERINTENDENCIA DE INDUSTRIA Y COMERCIO para que, en el término de diez (10) días, a cargo la sociedad COMERCIALIZADORA INTERNACIONAL DE COBRES DE COLOMBIA LTDA., tercero con interés directo en las resultas del proceso, envíe copia de los documentos solicitados en los literales a), b), c), d), e) y f) del numeral 1 del acápite de medios de prueba, visible a folio 331 del expediente físico”. 2 Número único de radicación: 11001-03-24-000-2003-00378-01 Actor: MARCO TULIO GÓMEZ OCHOA Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co días, de conformidad con el artículo 110 del CGP, para que puedan pronunciarse sobre las mismas.

III. En firme la presente providencia, regrese el expediente al Despacho para seguir con el trámite correspondiente.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado digitalmente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera