CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN A Consejero Ponente: JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ Bogotá, D.C., diez (10) de abril de dos mil veintitrés (2023) Radicación: 11001-03-15-000-2023-01589-00 Accionante: Ingenio Pichichi S.A. Accionado: Consejo de Estado – Sección Primera Referencia: Acción de tutela – Admisión La sociedad Ingenio Pichichi S.A., a través de apoderado judicial, presentó demanda de tutela contra la Sección Primera del Consejo de Estado, con el fin de obtener la protección de sus derechos fundamentales “al debido proceso, el derecho de contradicción y defensa, el acceso a la administración de justicia y la tutela efectiva”.
Considera que tales prerrogativas fueron vulneradas por la autoridad accionada al proferir la sentencia del 1 de diciembre de 2022, en el marco del proceso de nulidad y restablecimiento del derecho1, que promovió la sociedad accionante junto con otros2, contra la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Por reunir los requisitos legales, el Despacho: R E S U E L V E PRIMERO: ADMITIR la demanda.
SEGUNDO: VINCULAR al presente proceso a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC), a las sociedades Ingenio Providencia S.A., Ingenio Carmelita S.A., Ingenio Cauca S.A., Ingenio Risaralda S.A. y Mayaguez S.A., así como a los señores César Augusto Arango Isaza y Mauricio Iragorri Rizo, en calidad de terceros interesados.
TERCERO: DECRETAR como pruebas, con el valor que les asigna la ley, los documentos allegados con la demanda.
CUARTO: REQUERIR al Tribunal Administrativo de Cundinamarca para que remita, en medio magnético, copia del expediente identificado con el radicado número 25000-23-24-000-2011-00170-00/01.
QUINTO: NOTIFICAR la presente decisión a la Sección Primera del Consejo de Estado y a la Superintendencia de Industria y Comercio (SIC). Para tal efecto, la 1 Identificado con número de radicado: 25000-23-24-000-2011-00170-01. 2 Las sociedades Ingenio Providencia S.A., Ingenio Carmelita S.A., Ingenio del Cauca S.A., Ingenio Risaralda S.A. y Mayaguez S.A. y los señores César Augusto Arango Isaza y Mauricio Iragorri Rizo.
Radicación: 11001-03-15-000-2023-01589-00 Accionante: Ingenio Pichichi S.A. Accionado: Consejo de Estado – Sección Primera Referencia: Acción de tutela – Admisión 2 Secretaría General de la Corporación remitirá en la forma indicada, a las direcciones de correo electrónico reportadas en sus páginas web, copia de la demanda junto con sus anexos, así como de esta providencia. Lo anterior, para que, en el término de dos (2) días, la autoridad accionada rinda informe sobre los hechos objeto de la solicitud de amparo y el tercero con interés haga uso de sus derechos de contradicción y defensa.
SEXTO: NOTIFICAR la presente decisión a las sociedades Ingenio Providencia S.A., Ingenio Carmelita S.A., Ingenio Cauca S.A., Ingenio Risaralda S.A. y Mayaguez S.A., así como a los señores César Augusto Arango Isaza y Mauricio Iragorri Rizo, para que, en un término de dos (2) días, hagan uso de su derecho a intervenir en el proceso de la referencia. La notificación ordenada se realizará a las direcciones de correo electrónico que suministre la parte accionante, para lo cual se le concede un término de veinticuatro (24) horas.
SÉPTIMO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte demandante a la dirección de correo electrónico reportada (notificaciones@ingeniopichichi.com, jsolorza@dlapipermb.com y dbenitez@dlapipermb.com).
OCTAVO: COMUNICAR la presente decisión a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado para que, si lo considera pertinente, dentro del marco de las competencias a ella asignadas, intervenga en el presente asunto.
NOVENO: RECONOCER personería jurídica al abogado Julián David Solorza Martínez, portador de la tarjeta profesional 185.959 del Consejo Superior de la Judicatura, como apoderado de la parte accionante, en los términos y para los efectos del poder que obra en la demanda de tutela.
NOTIFÍQUESE y CÚMPLASE, FIRMADO ELECTRÓNICAMENTE3 JOSÉ ROBERTO SÁCHICA MÉNDEZ 3 VF Nota: se deja constancia de que esta providencia se suscribe en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI del Consejo de Estado, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar su integridad y autenticidad en el enlace https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081/Vistas/documentos/evalidador.