Micelio
11001032600020240014100Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2024-10-15

Radicación interna: 71957 · LEY 1437 RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISION

Ponente: Fredy Hernando Ibarra Martínez

Actor: Melissa Alexandra Guzman Jimeno, Juan Pablo Guzman Jimeno, Abdo Nazir Benitez Guzman, Sharon Andrea Guzman Martinez, Alex Andres Benitez Guzman, Sebastian Andres Guzman Olivero, Lisseth Paola Guzman Jimeno, Naseida Yulieth Guzman Jimeno, Betty Lazaro Guzman, Enith Esther Martinez Banquez, Luz Elena Martinez Banquet, Betty Maria Guzman Lazaro, Naguitt Enrique Guzman Arroyo, Jorge Eliecer Guzman Lazaro, Eder Martin Guzman Lazaro, David Naguitt Guzman Lazaro, Naguitt Enrique Guzman Lazaro·Demandado: Nacion- Rama Judicial, Fiscalia General De La Nacion

REPÚBLICA DE COLOMBIA CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA - SUBSECCIÓN B Bogotá DC, veinticinco (25) de junio de dos mil veinticinco (2025). Magistrado ponente: FREDY IBARRA MARTÍNEZ Expediente: 11001-03-26-000-2024-00141-00 (71.957) Demandante: MELISSA ALEXANDRA GUZMÁN JIMENO Y OTROS Demandado: NACIÓN – RAMA JUDICIAL Y FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN Medio de control: RECURSO EXTRAORDINARIO DE REVISIÓN - CPACA Asunto: ADMISIÓN DEL RECURSO Visto el informe secretarial que antecede (índice 25 SAMAI), dispónese: En la oportunidad procesal pertinente ábrese el proceso a pruebas, y con observancia de los requisitos de pertinencia, conducencia, utilidad y legalidad de las pruebas se provee lo siguiente: I. PRUEBAS SOLICITADAS POR LOS RECURRENTES 1.

Documentales aportadas Con el valor que en derecho corresponda ténganse como pruebas los documentos allegados con el recurso extraordinario de revisión (índices 2 y 9 SAMAI), los cuales quedan a disposición de las partes. 2. Documentales pedidas Por ser conducente y pertinente, por Secretaría ofíciese al Juzgado Noveno Administrativo Oral del Circuito Judicial de Sincelejo (Sucre) para que en el término de diez (10) días hábiles, contados a partir de la notificación de esta providencia remita, por el medio más expedito e idóneo y con destino al proceso de la referencia, la totalidad del expediente del proceso de reparación directa con radicación núm.: 70001-33-33-009-2018-00248-01, actor: David Naguitt Guzmán 2 Expediente: 11001-03-26-000-2024-00141-00 (71.957) Actor: Melissa Alexandra Guzmán Jimeno y otros Recurso extraordinario de revisión Lázaro y otros, demandada: Nación – Rama Judicial y Fiscalía General de la Nación. Allegado el expediente a esta actuación, por Secretaría córrase traslado a las partes y déjense las constancias secretariales de rigor.

II. PRUEBAS SOLICITADAS POR LA PARTE DEMANDADA 1º) La Fiscalía General de la Nación no aportó ni solicitó pruebas (índices 21 y 23 SAMAI). 2º) Con el valor que en derecho corresponda ténganse como pruebas los documentos allegados por la Nación – Rama Judicial (índices 2 y 9 SAMAI), los cuales quedan a disposición de las partes. III.

RECONOCIMIENTO DE PERSONERÍA PARA ACTUAR 1°) Reconócese personería jurídica a la abogada Diana Alexandra Paredes Cáceres para que actuar como apoderada judicial de la demandada Nación - Fiscalía General de la Nación, en los términos del poder a ella conferido (índices 21 y 23 SAMAI). 2°) Reconócese personería jurídica al abogado Diego Fernando Pinilla Cárdenas para que actuar como apoderado judicial de la demandada Nación – Rama Judicial, en los términos del poder a él conferido (índices 22 y 24 SAMAI).

Cumplido lo anterior, por Secretaría ingrésese el expediente al despacho para proferir la correspondiente decisión de fondo.

NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE FREDY IBARRA MARTÍNEZ Magistrado (Firmado electrónicamente) Constancia: la presente providencia fue firmada electrónicamente en la plataforma SAMAI, en consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta de conformidad con el artículo 2 de la Ley 2213 de 2022. DR/ Exp. digital.