Micelio
11001032800020220027300Consejo de Estado · Sección QuintaAclaración voto2022-09-02

Radicación interna: 364 · LEY 1437 ELECTORALES

Ponente: Pedro Pablo Vanegas Gil

Actor: Richard Humberto Fuelantala Delgado·Demandado: Polivio Leandro Rosales

Radicado: 11001-03-28-000-2022-00273-00 Demandante: Richard Humberto Fuentala Delgado Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica: http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8086/Vistas/documentos/evalidador CONSEJO DE ESTADO SALA PLENA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO Referencia: Nulidad Electoral Radicación: 11001-03-28-000-2022-00273-00 Demandante: Richard Humberto Fuentala Delgado Demandada: Polivio Leandro Rosales Cadena – senador de la República para el período 2022-2026 ACLARACIÓN DE VOTO DEL CONSEJERO MILTON CHAVES GARCÍA AL AUTO DE 25 DE ABRIL DE 2023, C.P. PEDRO PABLO VANEGAS GIL Aunque comparto la decisión de no avocar el conocimiento del auto que resuelve el recurso de reposición contra la providencia que negó la medida cautelar solicitada, las razones son otras a las expuestas en la parte considerativa.

Este no es el momento procesal para resolver si la sala plena avoca o no conocimiento con el fin de unificar su jurisprudencia, pues la decisión frente a la medida cautelar no es definitiva, bien podría ser modificada en la sentencia atendiendo a los argumentos de juicio que se planteen más adelante dentro del proceso de nulidad electoral.

Si bien la sala puede unificar respecto de autos, debe entenderse que cuando ello ocurre se refiere a- aspectos procedimentales, pero será en la sentencia que se unificará sobre asuntos sustanciales. No se trata de rechazar la solicitud de la parte, sino que esta debe ser resuelta por el Consejo de Estado cuando el asunto está pendiente de fallo, como lo dispone el artículo 271 del CPACA.

Es en esa etapa procesal que la sala estudiará la procedencia o no de avocar conocimiento En los anteriores términos dejo expresadas las razones de mi aclaración de voto. (Firmado electrónicamente) MILTON CHAVES GARCÍA