Radicado: 11001-03-15-000-2024-00235-00 Demandante: Said Vergel Ascanio Demandado: Presidencia de la República 1 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN QUINTA Magistrado Ponente: PEDRO PABLO VANEGAS GIL Bogotá D.C., diecinueve (19) de enero de dos mil veinticuatro (2024) Referencia: ACCIÓN DE CUMPLIMIENTO Radicación: 11001-03-15-000-2024-00235-00 Demandante: SAID VERGEL ASCANIO Demandado: PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA Tema: Remite para reparto a otra autoridad judicial AUTO 1.
Mediante correo electrónico remitido al buzón electrónico de la Secretaría General del Consejo de Estado el 17 de enero de 2024, Said Vergel Ascanio, actuando en nombre propio, presentó acción de cumplimiento contra el Presidente de la República – Gustavo Francisco Petro Urrego. Con la interposición de este medio de control pretende que se le ordene a la autoridad accionada cumplir con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 581 de 2000. 2.
Teniendo en cuenta la solicitud de la actora y la entidad contra la cual interpone la presente acción de cumplimiento, el Despacho considera que el Consejo de Estado no tiene competencia para conocer de este asunto en primera instancia. En efecto, de conformidad con lo establecido en los artículos 150 y 152 – numeral 14 – del CPACA, esta corporación solo es competente para conocer de las acciones de cumplimiento contra autoridades del orden nacional en segunda instancia. 3.
Toda vez que esta acción de cumplimiento se dirige contra el Presidente de la República, son los tribunales Administrativos los que deberán tramitar en primera instancia esta acción. Ahora bien, teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley 393 de 1997, en este caso el proceso se remitirá al Tribunal Administrativo de Norte de Santander por ser la ciudad de Cúcuta el domicilio de la parte actora, según se pudo verificar en el escrito de la demanda que consta en el índice 2 de Samai.
En mérito de lo expuesto, se RESUELVE:
PRIMERO: REMITIR la presente acción de cumplimiento al Tribunal Administrativo de Norte de Santander. Radicado: 11001-03-15-000-2024-00235-00 Demandante: Said Vergel Ascanio Demandado: Presidencia de la República 2 Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 601-350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co SEGUNDO: NOTIFICAR la presente decisión a la parte actora por el medio más expedito y eficaz.
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE PEDRO PABLO VANEGAS GIL Magistrado “Este documento fue firmado electrónicamente. Usted puede consultar la providencia oficial con el número de radicación en http://relatoria.consejodeestado.gov.co:8081”