CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN A Consejera ponente: MARÍA ADRIANA MARÍN Bogotá, D.C., trece (13) de junio de dos mil veintidós (2022) Radicación número: 11001-03-26-000-2021-00191-00 (67510) Actor: EMPRESA DE ACUEDUCTO Y ALCANTARILLADO DE BOGOTÁ S.A E.S.P Demandado: PROTELCA INGENIEROS ARQUITECTOS S.A.S Y OTRO Referencia: RECURSO EXTRAORDINARIO DE ANULACIÓN DE LAUDO ARBITRAL El Despacho decide sobre la liquidación de costas realizada por la Secretaría de la Sección Tercera de esta Corporación, obrante en el índice 14 del SAMAI.
Mediante sentencia de 7 de diciembre de 2021, se fijó la suma equivalente a cinco (5) S.M.L.M.V, como agencias en derecho, a cargo de la parte convocada – Sociedad Protelca Ingenieros Arquitectos S.A.S. La Secretaría de la Sección, en atención a lo dispuesto en la providencia antes referida y en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 366 del Código General del Proceso, realizó la liquidación de costas de cuatro millones quinientos cuarenta y dos mil seiscientos treinta pesos ($ 4.542.630).
En atención a que la liquidación refleja lo dispuesto en la sentencia de 7 de diciembre de 2021, el Despacho la aprueba. Se deja constancia de que esta providencia se firma en forma electrónica mediante el aplicativo SAMAI, de manera que el certificado digital que arroja el sistema permite validar la integridad y autenticidad del presente documento en el link https://relatoria.consejodeestado.gov.co:8080/Vistas/documentos/evalidador.aspx
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE Firmado electrónicamente MARÍA ADRIANA MARÍN Magistrada PABB/EPRM Exp. electrónico