Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: Fredy Ibarra Martínez Referencia: Acción de reparación directa Radicación: 50001-23-31-000-2011-00095 01 (69115) Demandante: Juan Gabriel Gutiérrez Peñalosa y otros Demandado: Nación – Ministerio de Defensa – Policía Nacional Salvamento de voto de Alberto Montaña Plata No comparto la decisión de la Sala, porque considero que limitar la falla del servicio al incumplimiento de una norma es reducir su función como título de imputación en la responsabilidad extracontractual del Estado.
En mi concepto, dado el altísimo riesgo que es inherente al trabajo de desminado, los elementos de protección resultaban claramente insuficientes; tanto así, que podría afirmarse que, si bien un detector de metales puede anticipar o advertir la presencia de un explosivo, no es, en estricto sentido, una protección. Los demás protocolos provenientes de otras instituciones demuestran lo enunciado: para esa tarea se necesitaban elementos que pudieran, como mínimo, mitigar el daño. El hecho de que con posterioridad se haya expedido una resolución que brindaba una mejor dotación es iniciativo de que, para la época de los hechos, se expuso al agente a un riesgo previsible que podía ser evitado o, al menos, aminorado.
Por tal motivo, considero que se demostró una falla del servicio y la Sala debía acceder a las pretensiones de la demanda. Firmado electrónicamente ALBERTO MONTAÑA PLATA Magistrado