Micelio
11001031500020220573601Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección C)Aclaración voto2023-02-01

Radicación interna: 682 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Nicolas Yepes Corrales

Actor: Ana Yulei Vidales Quintero·Demandado: Tribunal Administrativo Del Tolima Y Otro

Magistrado ponente: NICOLAS YEPES CORRALES Radicado número: 11001-03-15-000-2022-05736-01. Accionante: Ana Yulei Vidales Quintero. Accionados: Tribunal Administrativo del Tolima y Juzgado Séptimo Administrativo de Ibagué. Referencia: Acción de tutela. ACLARACIÓN DE VOTO Con la debida consideración y respeto por las decisiones de la Sala, procedo a explicar los motivos por los que, en esta ocasión, si bien comparto la que se adoptó en la sentencia del 21 de abril de 2023 en el sentido de confirmar la improcedencia de la acción tuitiva por falta de relevancia constitucional, considero que, ante la omisión en que incurrió la Sección Quinta del Consejo de Estado de integrar el contradictorio al momento de admitir la acción, lo procedente era declarar la nulidad de lo actuado.

Lo anterior porque, ante la indebida integración del contradictorio, el juez constitucional que conozca de la impugnación tiene el deber de subsanar oficiosamente la actuación y declarar la nulidad, para que sea el juzgador de primer grado quien corrija la irregularidad; pues tal situación constituye una violación al derecho fundamental al debido proceso así como una pretermisión del trámite impartido para la parte faltante.

En este sentido dejo presentada mi aclaración de voto. Fecha ut supra JAIME ENRIQUE RODRÍGUEZ NAVAS Magistrado