Expediente nro. 11001-03-15-000-2023-03957-00 Accionante: Carlos Efrén Cáceres Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 1 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá D.C., veintiséis (26) de julio de dos mil veintitres (2023) Referencia: Acción de Tutela Expediente: 11001-03-15-000-2023-03957-00 Accionante: CARLOS EFREN CACERES Accionado: CONSEJO SUPERIOR DE LA JUDICATURA - UNIDAD DE ADMINISTRACIÓN DE CARRERA JUDICIAL AUTO QUE ADMITE ACCIÓN DE TUTELA Carlos Efrén Cáceres, en nombre propio, interpuso acción de tutela en contra del Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Administración de Carrera Judicial, solicitó que se le ampare su derecho fundamental de petición, que presuntamente ha sido objeto de vulneración, dado que a la fecha la Unidad de Administración de Carrera Judicial no le ha enviado respuesta a su solicitud presentada el 4 de julio de 2023.
Como pretensión solicitó se ordene al Consejo Superior de la Judicatura – Unidad de Carrera Judicial, dar respuesta de la petición radicada el 4 de julio de 2023. Competencia: el numeral octavo del Decreto 333 de 2021, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 25 del Acuerdo nro. 080 de 2019 de la Sala Plena del Consejo de Estado, esta Corporación conoce de las acciones de tutela promovidas en contra del Consejo Superior de la Judicatura.
Dado que la solicitud cumple con los requisitos señalados en el artículo 14 del Decreto 2591 de 1991, el Despacho ADMITIRÁ la presente acción de tutela. En mérito de lo expuesto, RESUELVE:
PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela interpuesta por Carlos Efrén Cáceres en contra del Consejo Superior de la Judicatura – Unidad Administrativa de Carrera Judicial.
SEGUNDO: Notificar por el medio más expedito y eficaz al Consejo Superior de la Judicatura – Unidad Administrativa de Carrera Judicial, con el fin de que rindan un informe de la presente tutela y alleguen los documentos que pretendan hacer valer como pruebas, dentro de los tres (3) días siguientes al recibo del respectivo oficio. Expediente nro. 11001-03-15-000-2023-03957-00 Accionante: Carlos Efrén Cáceres Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co 2 TERCERO: Remítase por secretaría copia del auto admisorio, de la solicitud de amparo y sus anexos, al buzón de correo electrónico de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
CUARTO: Tener como pruebas los documentos aportados con la solicitud de amparo, con el valor probatorio que le corresponde según la Ley.
QUINTO: Notificar por el medio más expedito y eficaz esta decisión a la parte actora. Notifíquese y cúmplase, OSWALDO GIRALDO LÓPEZ Consejero de Estado CONSTANCIA: La presente providencia fue firmada electrónicamente en la Sede Electrónica para la Gestión Judicial – SAMAI. En consecuencia, se garantiza la autenticidad, integridad, conservación y posterior consulta, de conformidad con la ley.