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11001031500020220260700Consejo de Estado · Sección Tercera (Conjueces Sección Tercera)Auto interlocutorio2022-05-11

Radicación interna: 4118 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Conjuez Daniel Posse Velásquez

Actor: Gloria Marina Suarez Trujillo·Demandado: Consejo De Estado Seccion Segunda, Sala De Conjueces Dres. González, Rondón Y Morales

CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA – SALA DE CONJUECES CONJUEZ PONENTE: DANIEL POSSE VELÁSQUEZ Bogotá, D.C., veintinueve (29) de julio de dos mil veintidós (2022) Referencia: Acción de Tutela Radicación: 11001-03-15-000-2022-02607-00 Accionante: GLORIA MARINA SUÁREZ TRUJILLO Accionados: CONSEJO DE ESTADO, SECCIÓN SEGUNDA, SALA DE CONJUECES Asunto: Auto Admite Tutela Revisada la acción de tutela elevada por la parte accionante, el Despacho encuentra que la misma reúne los requisitos del artículo 14 del Decreto 2591 de 1991.

Por lo anterior,

RESUELVE

PRIMERO: ADMITIR la acción de tutela instaurada por la señora GLORIA MARINA SUÁREZ TRUJILLO en contra del CONSEJO DE ESTADO, SECCIÓN SEGUNDA, SALA DE CONJUECES integrada por los doctores NUBIA GONZÁLEZ CERÓN, GILBERTO RONDÓN GONZÁLEZ y JHON JAIRO MORALES ALZATE.

SEGUNDO: CORRER traslado a la parte accionada, por el término de un (1) día, para que se pronuncie respecto de los hechos que dieron lugar a la presente actuación y para que allegue las pruebas pertinentes y que pretenda hacer valer.

TERCERO: OFICIAR a la secretaría de la SECCIÓN SEGUNDA DEL CONSEJO DE ESTADO para que de forma inmediata remita el expediente del proceso 11001- 03-25-000-2018-01295-00 (N.I. 4272- 2018), al interior del cual fue proferida la decisión del 8 de febrero de 2022 que provoca la presente acción de tutela.

CUARTO: TENER como prueba los documentos aportados como anexos con el escrito de la acción de tutela.

QUINTO: VINCULAR a la PROCURADURÍA GENERAL DE LA NACIÓN. ENTÉRESELE de esta decisión por el medio más expedito y HAGÁSELE entrega de copia del libelo junto con sus anexos para que, en el término de dos (2) días, contado a partir de la notificación de este proveído, se pronuncie respecto de los hechos que dieron lugar a la presente actuación y para que allegue las pruebas pertinentes que pretenda hacer valer.

Id Documento: 11001031500020220260700005025210022 CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA – SALA DE CONJUECES SEXTO: NOTIFICAR por el medio más expedito a las partes respecto de la admisión de la presente actuación constitucional. Notifíquese y cúmplase. DANIEL POSSE VELÁSQUEZ Conjuez Ponente Id Documento: 11001031500020220260700005025210022