Micelio
11001031500020230483600Consejo de Estado · Sección Tercera (Subsección B)Auto interlocutorio2023-09-05

Radicación interna: 7793 · ACCIONES DE TUTELA

Ponente: Martin Gonzalo Bermudez Muñoz

Actor: Roberto Rodriguez Zamudio·Demandado: Tribunal Administrativo Del Valle Del Cauca

Radicado: 11001-03-15-000-2023-04836-00 Accionante: Roberto Rodríguez Zamudio Se admite la tutela CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN TERCERA SUBSECCIÓN B Magistrado Ponente: MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Bogotá D.C, ocho (8) de septiembre de dos mil veintitrés (2023) Referencia: Acción de tutela Radicación: 11001-03-15-000-2023-04836-00 Accionante: Roberto Rodríguez Zamudio Accionado: Tribunal Administrativo del Valle del Cauca Tema: Acción de tutela por acción u omisión de autoridad pública / Admisión de la tutela / Cumplimiento de los requisitos de admisibilidad.

AUTO Roberto Rodríguez Zamudio presenta acción de tutela –en nombre propio– contra el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, debido a la mora judicial en que supuestamente ha incurrido esa autoridad judicial para proferir la sentencia de segunda instancia en la acción popular con radicado No. 76001333300620180008201. El accionante pretende obtener el amparo de sus derechos fundamentales de petición y trabajo.

Por reunir los requisitos legales, el Despacho dispone: Primero. Admitir la acción de tutela presentada por Roberto Rodríguez Zamudio contra el Tribunal Administrativo del Valle del Cauca. Segundo. Notificar la presente providencia al Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, para que dentro de un término de dos (2) días, contados a partir de la notificación, se pronuncie sobre las pretensiones y los hechos de la acción de tutela.

Tercero. En calidad de tercero con interés notificar a la Secretaría General del Tribunal Administrativo del Valle del Cauca, para que dentro de un término de dos (2) días, contados a partir de la notificación, se pronuncie sobre las pretensiones y los hechos de la acción de tutela. Cuarto. Las anteriores notificaciones se realizarán vía correo electrónico y los anexos se incluirán como archivo adjunto del mismo modo.

Los pronunciamientos de los notificados Radicado: 11001-03-15-000-2023-04836-00 Accionante: Roberto Rodríguez Zamudio Se admite la tutela deberán remitirse por correo electrónico a la dirección indicada por la Secretaría General en el momento de la notificación. Quinto. Una vez recibida la información solicitada y cumplido el plazo para que las partes presenten sus informes, la Secretaría General remitirá al despacho –vía correo electrónico– las respuestas y documentos que se alleguen, para resolver.

Sexto. Publíquese la presente providencia en la página web de la Corporación. NOTÍFIQUESE Y CÚMPLASE Con firma electrónica MARTÍN BERMÚDEZ MUÑOZ Magistrado