Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57) 6013506700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SECCIÓN CUARTA ACLARACIÓN DE VOTO Referencia Nulidad y restablecimiento del derecho Radicación 25000-23-37-000-2021-00439-01 (29488) Demandante CENTRALES ELÉCTRICAS DE NARIÑO S.A. E.S.P Demandado SUPERINTENDENCIA DE SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOS Aclaro el voto, para señalar que si bien no se presentaron los supuestos establecidos en la ley para que procediera la solicitud de aclaración y/o adición de la sentencia, no se puede desconocer que le asiste a los sujetos pasivos del tributo el deber de financiar los gastos de funcionamiento e inversión a favor de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios lo que conlleva como contraprestación la inspección, vigilancia y control a cargo de esa entidad, por esto, le asiste a la parte demandada las facultades ordinarias de fiscalización y determinación para establecer y cobrar la contribución especial a su cargo con fundamento en el artículo 85 de la Ley 142 de 1994 sin la modificación del artículo 18 de la Ley 1955 de 1999.
Atentamente, (Firmado electrónicamente) MYRIAM STELLA GUTIÉRREZ ARGÜELLO Señor ciudadano este documento fue firmado electrónicamente. Para comprobar su validez e integridad lo puede hacer a través de la siguiente dirección electrónica:https://samai.consejodeestado.gov.co/Vistas/documentos/evalidador