CONSEJO DE ESTADO SALA DE LO CONTENCIOSO AMINISTRATIVO SECCIÓN PRIMERA Bogotá, D.C., treinta (30) de noviembre de dos mil veintidós (2022) Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-06090-00 Referencia: Acción de tutela Actores: ANTONIO JOSÉ CASTRO RIVEROS Y OTROS Asunto: Admite demanda AUTO INTERLOCUTORIO Por ajustarse a las formalidades previstas en el Decreto Ley 2591 de 19 de noviembre de 19911, se admite la acción de tutela presentada por los señores ANTONIO JOSÉ CASTRO RIVEROS, BLANCA IRIS PINILLA MORENO, JUAN CARLOS LEAL CÉSPEDES, MARCOS EDÍLSON HERNÁNDEZ, WILSON FERNANDO SALGADO CIFUENTES, MATILDE ELISA VILLAMIL GÓMEZ, SORAYA MAGALY CASTELLANOS RUIZ, DAGOBERTO TORRES FLÓREZ, HAWARD IBARGÜEN MOSQUERA, HERNANDO CASTRO GARZÓN, JOSÉ ISNARDI SASTOQUE RUBIO, ANGIE NOELIA NUVAN SASTOQUE, GIOVANNI ENRIQUE HERNÁNDEZ CASALLAS y JAVIER DÍAZ CASTRO, contra el JUZGADO PRIMERO ADMINISTRATIVO ORAL DEL CIRCUITO DE VILLAVICENCIO y la SALA DE DECISIÓN NÚM. 3 DEL TRIBUNAL ADMINISTRATIVO DEL META, por estimar que les 1 "Por el cual se reglamenta la acción de tutela consagrada en el artículo 86 de la Constitución Política". 2 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-06090-00 Actores: ANTONIO JOSÉ CASTRO RIVEROS Y OTROS Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co vulneraron sus derechos fundamentales al debido proceso, a la igualdad, al acceso a la administración de justicia, al trabajo y al principio de prevalencia del derecho sustancial sobre el formal, al haber proferido, respectivamente, las providencias de 31 de mayo de 2021 y 16 de septiembre de 2022, dentro del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho identificado con el número único de radicación 2018-00457-02.
En consecuencia, se dispone: a): Notifíquese al señor Juez Primero Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio y a los magistrados de la Sala de Decisión Núm. 3 del Tribunal Administrativo del Meta. Remítaseles copia de la solicitud de tutela, para que si a bien lo tienen rindan informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co b): Por tener interés directo en las resultas del proceso, vincúlese y notifíquese a la UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS, parte demandada dentro del proceso que dio origen a la presente acción. Remítasele copia de la solicitud de tutela al señor Rector de la Universidad de los Llanos, para que si a bien lo tiene rinda informes sobre el particular, contando para ello con un término de dos (2) días a partir de la notificación de esta providencia, los cuales 3 Número único de radicación: 11001-03-15-000-2022-06090-00 Actores: ANTONIO JOSÉ CASTRO RIVEROS Y OTROS Calle 12 No. 7-65 – Tel: (57-1) 350-6700 – Bogotá D.C. – Colombia www.consejodeestado.gov.co podrán ser enviados a la dirección electrónica secgeneral@consejodeestado.gov.co c): Ténganse como pruebas, en cuanto fueren conducentes y por el valor que en derecho les corresponda, los documentos aportados por la parte actora con la solicitud de tutela. d): Tiénese al doctor NÉSTOR RAUL CONTRERAS BARAHONA como apoderado especial de la parte demandante, de conformidad con los poderes obrantes en el expediente. e): Ofíciese al Juzgado Primero Administrativo Oral del Circuito de Villavicencio para que remita, en el término de la distancia, con destino al proceso de la referencia, copia física o digital del expediente identificado con el número único de radicación 2018- 00457-02, contentivo del medio de control de nulidad y restablecimiento del derecho promovido por los actores contra la UNIVERSIDAD DE LOS LLANOS, al correo electrónico secgeneral@consejodeestado.gov.co
NOTIFÍQUESE Y CÚMPLASE, (Firmado electrónicamente) NUBIA MARGOTH PEÑA GARZÓN Consejera