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📑 Concepto jurídico

Competencia Superintendencia De Sociedades.

30 de junio de 2013Rad. 2013-01-244428
Superintendencia de sociedades

Texto del concepto

ASUNTO: COMPETENCIA SUPERINTENDENCIA DE SOCIEDADES. De manera atenta me refiero a su escrito radicado bajo el número de la referencia, a través del cual efectúa algunas consideraciones entorno a una situación relacionada con el incumplimiento de una obligación por parte de una sociedad. Al respecto, me permito manifestarle que la función de atender consultas es general y abstracta, sobre temas relacionados con la inspección, vigilancia y control de las sociedades comerciales cuya supervisión le fue asignada a este organismo, de suerte que no es posible por esta vía emitir pronunciamientos de ninguna índole sobre situaciones particulares y concretas, ni asesorar a los peticionarios en el desarrollo de procedimientos que se surten al interior de las sociedades comerciales en las que participen como socios. En consideración a lo sealado, no es procedente emitir pronunciamiento alguno frente a la hipótesis planteada en su escrito, en razón a que se refiere a una presunta situación relacionada con el delito de Usura, por lo que se sugiere acudir frente a este caso a la Fiscalía General de la Nación para que formalice la correspondiente denuncia penal, por encontrarse dicha situación tipificada en el artículo 305 del Código Penal. En los anteriores términos ha sido resuelta su consulta, no sin antes manifestarle que la misma fue tramitada dentro del plazo legal y con los efectos contemplados en el artículo 28 del Código de Procedimiento y de lo Contencioso Administrativo.

Fuentes jurídicas