220-52606 Remisión de la consulta sobre empresas asociativas de trabajo
Texto del concepto
Asunto: Remisión de la consulta sobre empresas asociativas de trabajo Me refiero a su comunicación radicada en esta entidad con el número 459.578-0, por medio de la cual se refiere a las empresas asociativas de trabajo, menciona, entre otras disposiciones, la Ley 10 de 1991, norma marco de las citadas empresas y formula algunas inquietudes al respecto. Sobre el particular, me permito manifestarle que de conformidad con el artículo 189 de la Constitución Política, corresponde al Presidente de la República ejercer la inspección y vigilancia sobre instituciones de utilidad común numeral 26. En desarrollo de tal precepto constitucional se delegó 0en la Superintendencia de Economía Solidaria el control, inspección y vigilancia de las organizaciones de la economía solidaria que no se encuentren sometidas a la supervisión especializada del Estado Artículos 33, 34, 35 s.s. de la Ley 454 de 1996 Ahora bien, en virtud del parágrafo 2, del artículo 6 de la mencionada ley, tienen el carácter de organizaciones solidarias entre otras las empresas asociativas de trabajo, razón por la cual corresponde a la Superintendencia de Economía Solidaria, instruir a estas empresas sobre la manera como deben cumplir las disposiciones que rige su actividad, fijar los criterios técnicos y jurídicos que faciliten el cumplimiento de las normas a que están sujetas Ley 10 de 1991 y sealar los procedimientos para su observancia. Así mismo se le otorgó la facultad a dichas Superintendencia para absolver las consultas formuladas en asuntos de su competencia Numeral 15, artículo 36 de la Ley 454 de 1998. Por lo expuesto, esta Oficina está dando traslado de su escrito a dicha entidad, ubicada en la Calle 69 No. 5-05, por intermedio del seor Superintendente, doctor Jorge Andrés López Bautista, en cumplimiento de lo establecido en el artículo 33 del Código Contencioso Administrativo. Rad459578